Judiciales
Deberán entregarle una camioneta 0 km e indemnizarla con casi 8 millones de pesos
Una vecina de Roca fue a la Justicia porque su vehículo tenía un peligroso defecto. Condenaron a una concesionaria, una empresa de planes de ahorro y a la fábrica.
Una fabricante de autos, una empresa de planes de ahorro y una concesionaria fueron condenadas en Roca por no reemplazar una camioneta 0 kilómetro que tenía un peligroso defecto de fábrica. La dueña del vehículo pidió que le cambien su camioneta por otra igual, pero en respuesta recibió unos arreglos insatisfactorios en la unidad y una información confusa sobre el resultado de la reparación.
La Chevrolet Tracker era el primer 0 km de la mujer. Comenzó a pagar con un plan de ahorro y la retiró en septiembre de 2021. A los siete meses encontró en un portal informativo de Buenos Aires la noticia de que una tanda de ese modelo había salido al mercado con un defecto de fábrica que generaba «peligro de incendio» en caso de chocar. Siguiendo la recomendación de la noticia, la mujer se acercó a la concesionaria Sahiora, donde le dieron un turno de inspección. Allí verificaron que su camioneta era, efectivamente, una de las unidades falladas.
Como la mujer seguía pagando las cuotas de su plan, pidió que directamente le cambien la unidad por otra igual, pero sin fallas. Luego habló con una empleada de la concesionaria que le transmitió tranquilidad y aceptó ingresar la camioneta al taller oficial. Sin embargo, hubo inconvenientes con la provisión de los repuestos y en definitiva la mujer nunca supo con certeza si el peligro había sido neutralizado por completo.
La incertidumbre le impedía manejar con tranquilidad. De hecho, en el juicio, se destacó que en tres años hizo apenas 22.000 km con la camioneta, un dato que confirmó el sentimiento de «inseguridad» que alegaba la mujer.
Para insistir con el cambio del rodado la señora inició un proceso de mediación. En ese tiempo la camioneta entró una vez más al taller, pero se la devolvieron sin darle explicaciones claras sobre la efectividad del arreglo. En definitiva, seguía sin saber si el peligro de incendio había sido solucionado.
«Rechazaré lo alegado por la fábrica y administradora del Plan en cuanto a que la desconfianza de la consumidora es sólo una cuestión subjetiva de la persona. Argumentar de tal manera implica subestimar su reclamo y violar el trato digno hacia ella -clienta- también en el orden procesal», estableció la titular del Juzgado Civil N° 3 de Roca al dictar la sentencia. «Pesaba sobre las empresas demandadas aportar elementos objetivos y que con grado de certeza demostraran que fue subsanado, que el riesgo no es actual y esto no ocurrió», agregó.
La elección de la compradora fue clara desde el principio: pedía el reemplazo del bien. Esa opción es reconocida por la Ley de Defensa del Consumidor cuando, por ejemplo, el bien adquirido no puede ser usado con el fin para el que fue creado. En este caso, «no existe certidumbre sobre la persistencia o no del vicio de fabricación y es sabido que en caso de duda debe ser interpretado a favor de la consumidora», dijo la sentencia.
El fallo, que no está firme, enumeró diversas afectaciones a los derechos de la consumidora. Hubo incumplimiento «al deber de información» antes, durante y después de los arreglos; no se respetó el «deber de trato digno» porque fue subestimado su reclamo; se incumplió el «deber de seguridad» porque la falla de fábrica implicaba un riesgo de incendio asociado con la fricción del cinturón de seguridad, que es de uso obligatorio. También se afectó la «autonomía» y el «derecho de propiedad» de la mujer, porque la ley le garantizaba una «libre elección» por un producto nuevo, que no fue respetada.
La sentencia impuso condenas diferenciadas. La concesionaria Sahiora, la administradora Chevrolet S.A. de Ahorro para Fines Determinados y la fabricante General Motors de Argentina SRL deberán entregar a la mujer una camioneta nueva del mismo modelo o equivalente y deberán cubrir los costos administrativos para que la mujer pueda transferirla y devolver la camioneta fallada. Además, deberán indemnizarla con $1.850.000 por daño moral. En tanto que la automotriz fabricante, en forma independiente, deberá pagar más de $6.000.000 en concepto de «daño punitivo».
Judiciales
Robó tres veces el mismo lugar durante la madrugada: Quedó preso y deberá enfrentar un juicio
Ocurrió el viernes pasado en un local de calle Maipú, en la zona céntrica de Roca.
Ayer (03/02) al mediodía, el Ministerio Público Fiscal formuló cargos a un hombre por un hecho registrado el pasado viernes (31/01) a la madrugada. Asimismo solicitó la prisión preventiva argumentando el riesgo procesal de posible entorpecimiento a la investigación.
Según la acusación fiscal, «en tres oportunidades, desde las 3.00 hasta las 4.25 horas aproximadamente, el hoy imputado junto a otras personas más, habrían irrumpido en un local ubicado en calle Maipú, y habrían ido sacando elementos relacionados al rubro de celulares y computadoras».
«Primero se habrían retirado caminando, luego regresaron en un taxi, que los esperó frente al negocio, y la última vez lo hicieron en otro taxi, de otra empresa, que los dejó en la esquina del local, luego los buscó y los habría dejado a escasos metros del domicilio imputado», explicó el fiscal titular.
«Ambos lograron apoderarse de varios elementos relacionados con celulares, recuperado, parte de lo sustraído, en los allanamientos realizados al día siguiente del hecho (01/02)», detalló el representante fiscal.
La calificación legal por la cual el hombre quedó imputado es la de robo calificado por haberse cometido en poblado y en banda, en calidad de co-autor.
Entre la evidencia recolectada hasta el momento se enumeró la denuncia radicada por el dueño del local, la ampliación de la misma, las actuaciones en relación al allanamiento realizado en el domicilio del hoy imputado, el acta de reconocimiento de los elementos secuestrados, la intervención del Cuerpo de Investigación Judicial de la Policía de Río Negro, imágenes de cámaras.
La Fiscalía solicitó la prisión preventiva teniendo presente el posible entorpecimiento a la investigación «ya que dio dos domicilios diferentes, uno en sede policial y otro acá en audiencia. Cuestión que habla de una clara intención de entorpecer el accionar de la Justicia y de impedir el avance de la investigación», argumentó el fiscal
Por su parte, el defensor penal público que asistió al hombre durante la audiencia se opuso a la calificación legal como también a la prisión preventiva.
Finalmente, la jueza de Garantías interviniente resolvió disponer la medida cautelar de preventiva.
Judiciales
Eligió unas zapatillas, pasó cinco veces la tarjeta de débito y no las pudo comprar
No obstante, el banco le descontó el monto y tardó 16 días en reponérselo, ya que nunca ese dinero llegó a la cuenta de la tienda. La Justicia falló a su favor y ordenó una indemnización para la damnificada.
Una mujer de Roca terminó frustrada al no poder adquirir el par de zapatillas que pretendía. Después de que el sistema de pago electrónico arrojara un error con la tarjeta de débito se retiró del local. Había decidido abonar por transferencia pero revisó los movimientos y advirtió descontado el monto, sin embargo el dinero nunca llegó a la tienda. Inició el reclamo en el Juzgado de Paz y consiguió una indemnización.
El Juzgado de Paz de Roca resolvió que una entidad bancaria indemnice a una usuaria de sus servicios tras un débito erróneo en su cuenta, lo que le impidió disponer de su dinero durante 16 días. La sentencia de menor cuantía estableció un resarcimiento económico por los daños patrimoniales y extrapatrimoniales sufridos.
La clienta intentó comprar un par de zapatillas en Alpha Deportes. Luego de varios intentos fallidos con su tarjeta de débito, el sistema registró la compra, pero el dinero nunca llegó a la cuenta del comercio. Ante esta situación, la usuaria decidió no realizar una transferencia alternativa y regresó más tarde al local, donde le confirmaron que el pago no se había acreditado.
Al notar el débito en su cuenta sin haber recibido el producto, la clienta reclamó ante el Banco Credicoop, pero no obtuvo una respuesta inmediata. Finalmente, la entidad reintegró el dinero 16 días después de la operación.
En su demanda, la usuaria solicitó una indemnización por los perjuicios económicos sufridos debido a la imposibilidad de disponer de su dinero, así como un resarcimiento por el daño extrapatrimonial generado por la situación.
El fallo reconoció que la clienta fue privada de su dinero por causas ajenas a su voluntad y estableció que debía ser indemnizada. En cuanto a los perjuicios económicos, se fijó una compensación calculada a través de la herramienta de intereses del Poder Judicial de Río Negro.
Además, el Juzgado consideró que la afectación emocional de la usuaria era indemnizable, destacando que el problema ocurrió en diciembre, una época del año en la que disponer del dinero resulta especialmente importante. Para ello, se tomó en cuenta la prueba testimonial aportada en el expediente.
Por otro lado, el fallo determinó que el banco actuó con «grave indiferencia» al no ofrecer una solución rápida a su clienta, por lo que también impuso una sanción bajo la figura del «daño punitivo». Sin embargo, el juez ajustó el monto reclamado y estableció una suma equivalente al dinero del cual la usuaria fue privada.
Judiciales
Una adolescente denunció que un compañero del colegio la acosó digitalmente
Una jueza dispuso diferentes medidas, entre las que se encuentra la prohibición de acercamiento del acusado a la víctima.
Un fallo judicial dispuso medidas en favor de una adolescente quien fue víctima de acoso digital y violencia física. La denuncia fue presentada por su madre, quien relató episodios de intimidación y agresión cometidos por un compañero del colegio, en una localidad cercana a Roca. Los hechos incluyeron mensajes de contenido sexual, envío de fotos explícitas y una agresión durante una actividad deportiva.
El caso se conoció cuando la adolescente informó a un tallerista del establecimiento educativo que un compañero la acosaba por redes sociales. De inmediato, se notificó a la madre de la joven, quien presentó la denuncia. Detalló que el acusado enviaba mensajes de contenido sexual y fotografías explícitas. La joven también describió un episodio en el que fue agredida físicamente durante una actividad deportiva. En la denuncia se señaló que otras estudiantes atravesaron situaciones similares.
La jueza que intervino en el caso dispuso medidas preventivas urgentes. Prohibió al denunciado acercarse a menos de 200 metros de la víctima, medida que incluye su domicilio, el colegio y cualquier lugar de concurrencia habitual. La prohibición tendrá un plazo inicial de 160 días.
Además, se le exigió al acusado abstenerse de realizar actos de intimidación o cualquier tipo de contacto con la adolescente, ya sea en persona o a través de medios digitales. La magistrada advirtió que cualquier incumplimiento será considerado un delito penal conforme al artículo 239 del Código Penal.
Instrucciones a las autoridades educativas
Dado el vínculo entre las partes y el contexto escolar, la jueza instruyó a las autoridades educativas a adoptar acciones específicas para proteger a la joven. La denuncia fue remitida a la Supervisión del Nivel Secundario y al Consejo Provincial de Educación, quienes deberán garantizar la seguridad de la víctima dentro del colegio.
La magistrada solicitó que se implementen medidas que eviten que el denunciado comparta espacios con la víctima en el ámbito educativo. Las autoridades también deberán resguardar estrictamente la identidad de la adolescente y tomar medidas preventivas para evitar casos similares con otros estudiantes.