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Judiciales

Expertos internacionales iniciaron visitas técnicas a Bubalcó para evaluar el traslado del chimpancé Toti

El animal no puede ser trasladado en cualquier momento, ya que ha vivido sus 34 años en cautiverio, los últimos 11 en el zoológico ubicado en Guerrico.

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Dos instituciones internacionales dedicadas a la conservación animal y ambiental ya están interviniendo en el caso del chimpancé Toti. La jueza a cargo del proceso las convocó para que participen con sus equipos expertos en la instancia de evaluación, diagnóstico y preparación del eventual traslado del simio a un centro o santuario para grandes primates fuera del país. Se trata de la Fundación Franz Weber, de Suiza, y del Instituto Gane Goodall, con sede en Estados Unidos. Ambas tienen proyectos activos y referentes en Argentina.

La intervención de las instituciones, dedicadas a la investigación, educación y protección de la vida silvestre, fue ratificada en el proceso judicial luego de que la Corte Suprema de Justicia de la Nación dejara firme la sentencia que ordenó el traslado. Con la firmeza de la decisión, se abrió la instancia de ejecución o cumplimiento de la sentencia en la misma Unidad Procesal de Familia N° 17 de Roca.

Las instituciones comenzaron su trabajo en Bubalcó el pasado 25 de mayo. Según el informe que presentaron al expediente, ese día «un comité de especialistas designados por la Fundación Franz Weber y por el Instituto Jane Goodall se hizo presente en la provincia de Río Negro de manera tal de dar comienzo a las visitas técnicas correspondientes, que duraron varios días».

Según explicaron, «en sus visitas los especialistas recabaron diversidad de información necesaria con el fin de ser procesada y evaluar el caso particular de Toti, buscando conocerlo a él como individuo. Una vez procesada la información y que se tengan evaluaciones, estimaciones o mayores precisiones se informará al expediente», señalaron.

Las instituciones resaltaron que el eventual traslado del chimpancé no es un acto único sino «un proceso». Sobre su actividad en la etapa de ejecución de la sentencia indicaron que tienen dos misiones: una es «evaluar la posibilidad de dar comienzo a un proceso de traslado, en donde se prepare al individuo para familiarizarse con la logística indispensable»; la otra es «evaluar Centros especializados en la rehabilitación de grandes simios, que estén en condiciones de recibirlo y que conlleven a una significativa mejora de su bienestar, de acuerdo con estándares internacionales para individuos de su especie».

En este punto, cabe señalar que el chimpancé no puede ser trasladado en cualquier momento, bajo cualquier condición o a cualquier lugar. Es necesario tener en cuenta su edad, estado psicofísico y sus reales posibilidades de readaptación a un nuevo lugar, ya que ha vivido sus 34 años en cautiverio, los últimos 11 en el zoológico Bubalcó, en Guerrico.

Los equipos de ambas fundaciones deberán emitir informes y recomendaciones técnicas para el eventual traslado, además de colaborar en la gestión de un lugar de destino apropiado y viable.

El proceso judicial por el traslado de Toti fue iniciado por la ONG Asociación de Funcionarios y Abogados por los Derechos de los Animales (Afada). El chimpancé tiene representación en el proceso a través de la Unidad de Defensa de Derechos Civiles y Sociales, perteneciente a la Defensa Pública.

Judiciales

Condenaron a 10 años de prisión al cuarto acusado por el homicidio de Oscar Ripari

El brutal hecho ocurrió en diciembre del año pasado en la zona norte de Roca, en una vivienda ubicada lindante a una carnicería.

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El último imputado por el homicidio de Oscar Ripari, ocurrido en diciembre del año pasado en General Roca, fue condenado a 10 años de prisión tras reconocer su participación en el hecho, al igual que los otros tres coautores ya sentenciados.

La calificación legal aceptada fue la de homicidio en ocasión de robo, según los artículos 45 y 165 del Código Penal.

Entre las pruebas presentadas por la Fiscalía en el acuerdo abreviado se destacan los procedimientos realizados por el personal de la Comisaría 21°, múltiples allanamientos, entrevistas testimoniales, informes del Departamento de Informática Forense del Poder Judicial y de la Oficina de Investigación en Telecomunicaciones (O.I.Tel.) de Procuración General, además del análisis de celulares secuestrados y las imágenes captadas por las cámaras del 911.

El hecho ocurrió el 10 de diciembre de 2024, minutos antes de las 4.20, en una vivienda ubicada sobre Cardenales casi San Juan, margen sur, lindante a la carnicería La Familia.

Según la investigación, el imputado -junto a los demás condenados- ingresó sin autorización al domicilio de la víctima con fines de robo, tras violentar varias puertas. Una vez dentro, golpearon a Ripari, provocándole una hemorragia interna por desgarro del bazo, lesión que le causó la muerte horas después.

Posteriormente, los agresores sustrajeron la billetera del hombre, dinero en efectivo, tarjetas, su celular y mercadería de la carnicería, entre ellas unos 10 costillares de carne y varias cajas de pollo, que fueron trasladadas a una vivienda alquilada por uno de los involucrados.

Tras un cuarto intermedio, y con el acuerdo de las partes de renunciar a los plazos procesales, el Tribunal Colegiado condenó al hombre de 32 años a 10 años de prisión, más las accesorias legales, costas y la declaración de reincidencia que ya registraba.

De esta manera, el condenado comenzó a cumplir la pena desde este viernes (17/10).

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Imputaron a la dueña de una agencia de viajes que vendía traslados a Italia que nunca se realizaron

La mujer está bajo investigación del Ministerio Público Fiscal. Se ordenó la inhibición de bienes y la presentación diaria ante la Justicia.

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Ayer (17/10) por la tarde, el Ministerio Público Fiscal de General Roca solicitó la aplicación de estrictas medidas cautelares contra una mujer investigada por presunta estafa en la venta de viajes al exterior.

Según la acusación, el hecho bajo investigación habría ocurrido entre octubre de 2024 y agosto de 2025, en un local ubicado sobre calle Mitre 930 de Roca, donde la imputada -representante de una empresa de viajes Lola Tour se habría ganado la confianza de un grupo de personas a las que ofreció paquetes turísticos a Italia.

De acuerdo con la Fiscalía, la mujer emitía comprobantes falsos y aparentaba tener la capacidad para brindar el servicio. Sin embargo, nunca gestionó los pasajes ni las reservas de alojamiento, y llegada la fecha del viaje, éste no se concretó.

Las víctimas, integrantes de un grupo de estudio, habrían abonado la totalidad del paquete, sin recibir el reintegro del dinero pese a los reclamos reiterados. «De esa manera, les ocasionó un perjuicio patrimonial significativo», explicó la representante fiscal durante la audiencia.

Entre las pruebas reunidas por el Ministerio Público se encuentran 15 denuncias formales, testimonios, el allanamiento de la vivienda de la acusada y el secuestro de documentación vinculada a las operaciones.

Tras el pedido del Ministerio Público Fiscal, la jueza interviniente ordenó la inhibición general de todos los bienes de la mujer, el bloqueo de sus cuentas bancarias y la obligación de presentarse diariamente en la Fiscalía.

En caso de incumplir las medidas impuestas, la Fiscalía podrá solicitar una nueva audiencia para evaluar sanciones más severas y garantizar el avance de la causa.

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Pagó las 84 cuotas de un plan de ahorro y nunca le entregaron el vehículo

La empresa tendrá que devolverle el dinero e indemnizarlo por el incumplimiento.

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Un hombre de Cipolletti se inscribió a un plan de ahorro con la expectativa de adquirir un Volkswagen Fox cero kilómetro. Abonó cada una de las 84 cuotas pero nunca le entregaron el vehículo. Impulsó un reclamo civil y obtuvo una sentencia favorable: la empresa tendrá que devolverle el dinero e indemnizarlo por el incumplimiento.

El plan, de tipo 70/30, se orientaba a la adquisición de un Volkswagen Fox Confortline, cinco puertas, motor 1.6. El contrato preveía 84 pagos mensuales y una vez cancelado, la empresa debía adjudicar el vehículo si el adherente cumplía con los requisitos establecidos. El ciudadano completó todos los pagos en marzo de 2017 y solicitó la unidad en varias oportunidades, sin obtener respuesta.

Ante la falta de información, remitió dos cartas documento. En la primera, pidió detalles sobre el procedimiento y los datos para concretar el pago del 30% restante. En la segunda, intimó a la empresa a entregarle el vehículo o devolverle las sumas abonadas. Ninguna de las misivas fue respondida.

La jueza del caso concluyó que el contrato se resolvió por un incumplimiento imputable a la empresa. Determinó que no existió comunicación fehaciente hacia el adherente sobre los sorteos, los requisitos para la adjudicación ni el resultado de la liquidación final. Tampoco surgió prueba alguna de que la firma hubiera notificado al consumidor sobre el avance o finalización del plan.

El fallo ordenó la devolución del total de las cuotas abonadas, con intereses desde la fecha de cada pago. También reconoció una indemnización por la privación de uso del rodado, al establecer que el ciudadano mantuvo durante más de un año la expectativa legítima de acceder al vehículo.

La sentencia incluyó una compensación por daño moral: valoró la frustración causada por el incumplimiento, luego de siete años de aportes cumplidos. Destacó la ausencia total de información por parte de la empresa, incluso después de las intimaciones formales.

Finalmente, la resolución impuso una multa por daño punitivo. La jueza consideró que la empresa actuó con desinterés frente a los derechos del consumidor y con un nivel de desinformación que justificó la sanción prevista por la Ley de Defensa del Consumidor.

La sentencia es de primera instancia y el fallo no está firme porque puede ser apelado. La empresa condenada es Volkswagen S.A de ahorro para fines determinados.

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