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Río Negro

El 47% del estudiantado de la UNRN es pobre

Un informe de la Universidad de Río Negro revela que en el primer trimestre de 2023 el porcentaje era mucho menor, del 30,7%.

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Un reciente informe elaborado por la Oficina de Aseguramiento de la Calidad (OAC) de la Universidad Nacional de Río Negro (UNRN) reveló que el 46.6% del estudiantado de la casa de estudios pertenece a los sectores de menores ingresos socioeconómicos.

Así lo determina el análisis «Estudiantes UNRN por quintil de ingreso 2009 – 2024» en donde se consigna que el 25,5% de las y los estudiantes pertenecen a familias cuyos ingresos familiares se ubican en el primer y segundo quintil con un ingreso promedio de $154.476 (Informe del Indec Evolución de la distribución del ingreso (EPH). Segundo trimestre 2024).

El gráfico presentado ofrece una valiosa perspectiva sobre la composición socioeconómica del estudiantado de la Universidad Nacional de Río Negro (UNRN) a lo largo de un periodo de 15 años.

«Al desglosar a los estudiantes por quintiles de ingreso familiar, se puede identificar la evolución de la diversidad socioeconómica dentro de la institución y extraer conclusiones relevantes para la política educativa y la gestión universitaria. En el período analizado, se observa una tendencia general hacia una mayor concentración de estudiantes en los quintiles de ingresos más bajos (I y II). Esto sugiere un aumento en la accesibilidad de la educación superior para sectores sociales menos favorecidos, lo cual es un indicador positivo en términos de inclusión social», señalaron desde la OAC.

El informe de la OAC es coincidente con las conclusiones de otro recientemente publicado por la consultora exQuanti, que en base a estadísticas publicadas por el Indec, indica que el 48,5% de los estudiantes universitarios vive en hogares pobres.  

Los datos surgidos de ese organismo nacional señalan que hace un año, en el primer trimestre de 2023, los estudiantes en hogares pobres eran muchísimos menos (30,7%) y en el último trimestre, antes de la asunción de Javier Milei el dato era de 33,8%.

El análisis de la OAC, destaca también que hubo un aumento moderado de la proporción de estudiantes provenientes de los hogares de ingresos medios, ubicados en los quintiles III y IV, quienes mantienen una representación significativa, indicando que la UNRN también atrae a estudiantes de clases medias.

Los jóvenes de los sectores de menores ingresos de la población se han incorporado progresivamente a la educación superior universitaria en Argentina. Entre 1996 y 2023, en un contexto de expansión de la matrícula universitaria, la proporción de jóvenes pertenecientes a familias de bajos ingresos que asisten a la universidad prácticamente se triplicó, al tiempo que creció más moderadamente la proporción de estudiantes de los estratos medios y fundamentalmente altos. «Sin embargo, en paralelo a la transformación estructural del sistema universitario argentino, incorporando nuevas plataformas institucionales, se observa la subsistencia de barreras históricas de la desigualdad (por ejemplo de capital formativo y simbólico de los ingresantes), hecho que queda  evidenciado en el perfil de los graduados universitarios, segmento en el que, comparativamente, se incrementa la proporción de personas de los quintiles de mayores ingresos», señalaron desde la OAC. 

«Este panorama muestra la necesidad de compensar las desigualdades iniciales para permitir a los estudiantes de bajos recursos completar sus estudios. No obstante, la última modificación de la Ley de Educación Superior, en el 2015, que estableció el ingreso libre e irrestricto supuso a las universidades un compromiso mayor, por lo insostenible de la decisión en un escenario con menos del 1% de su PBI destinado a Universidades Públicas y donde la incorporación y avance de nuevas cohortes de estudiantes depende de mayores recursos humanos, financieros y de equipamiento», agregaron.

«Con este enfoque, la OAC mide el fenómeno del desempeño estudiantil y realiza el seguimiento de las políticas a gran escala o  focalizadas que comprometen recursos de la UNRN, para lograr la integración académica del estudiantado a través del curso de ingreso, de ajustes en los planes de estudio,  del acceso a recursos de apoyo, como becas por ejemplo, y  de actividades con perfil social y cultural, con la finalidad de compensar las barreras territoriales de desplazamientos y distancias con los sobrecostos agregados de una universidad con demanda mayormente local y regional», informaron desde la Oficina de Aseguramiento de la Calidad.

«La inversión del Estado nacional en educación superior ha demostrado ser un motor de inclusión que contribuye a la movilidad educativa intergeneracional y mejora las posibilidades de ascenso económico y social. Los resultados del análisis sugieren que las políticas de inclusión implementadas por la UNRN han sido efectivas en atraer a estudiantes de bajos recursos. Sin embargo, es fundamental continuar fortaleciendo estas políticas para reducir aún más las desigualdades y garantizar una mayor equidad en el acceso a la educación superior», concluyeron.

Judiciales

Un divorcio y una fotografía patrimonial incompleta fue determinante para rechazar la compensación económica

La jueza consideró que ambos integrantes de la pareja trabajaron durante toda la relación y compartieron las dificultades financieras.

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La pareja se conoció mientras trabajaba en un galpón de empaque. Ella buscaba empleo y una oportunidad mejor para su hija. Él realizaba tareas rurales junto a su padre. Entre cajones de fruta y largas temporadas laborales comenzó la relación.

Los comienzos fueron difíciles. No tenían vivienda propia ni estabilidad económica. Vivían en un monoambiente alquilado y trataban de sostenerse con trabajos temporarios. En ese contexto nació el primer hijo de la pareja. La situación económica era frágil y las discusiones comenzaron temprano.

Finalmente se casaron y la vida continuó siendo trabajosa. Ella hizo temporadas en empaque, tareas rurales y pequeños emprendimientos. Más adelante vendió ropa  y luego estudió un oficio. Él continuó vinculado al trabajo rural y a las actividades de la chacra familiar.

Con el paso de los años la relación se deterioró. Finalmente se divorciaron. Para entonces, la dinámica familiar ya había cambiado mucho. El hijo menor eligió vivir con el padre y los abuelos paternos.

Luego de la separación, la mujer inició una demanda de compensación económica. Sostuvo que había dedicado gran parte de su vida al cuidado familiar y que terminó en una situación de desventaja económica. Él respondió que ambos siempre trabajaron y que ninguno construyó riqueza a costa del otro.

El fuero de Familia de Luis Beltrán rechazó la demanda. La jueza consideró que la historia de la pareja reflejaba años de esfuerzo compartido. También entendió que no existió una situación en la que uno hubiera sacrificado su desarrollo personal para que el otro prosperara económicamente.

La sentencia concluyó que no se acreditó un desequilibrio económico actual, manifiesto y directamente derivado del matrimonio y de su ruptura.

El fallo aclara que la compensación económica prevista el Código Civil y Comercial no es automática, sino una herramienta para equilibrar. El divorcio, por sí solo, no genera derecho a cobrar una compensación. La persona que la reclama debe probar cómo era su situación antes y durante el matrimonio, qué sacrificios o postergaciones realizó, de qué manera eso favoreció el crecimiento del otro cónyuge y cuál es el desequilibrio económico manifiesto que sufrió la persona tras la separación.

La jueza utilizó la «metáfora de la fotografía» para explicar cómo debe analizarse una compensación económica después del divorcio. Señaló que no basta con afirmar que una persona quedó en peor situación económica, sino que resulta necesario comparar dos momentos concretos de la vida de la pareja.

La metáfora consiste en tomar dos «fotografías» patrimoniales: una al inicio de la convivencia o del matrimonio y otra al momento de la ruptura. A partir de esa comparación, se determina si existe un desequilibrio económico relevante provocado por la relación y su finalización.

En este caso, la jueza valoró que esa «fotografía inicial» no pudo reconstruirse porque la actora no aportó pruebas suficientes sobre cuál era su situación económica al comienzo de la relación. Ese punto resultó central para rechazar la demanda.

Según la sentencia, si no se conoce la situación económica inicial de la actora, no es posible establecer si realmente empeoró como consecuencia del matrimonio o si las diferencias actuales ya existían antes.

Respecto del hombre, el fallo señaló que tampoco se comprobó que tuviera una posición económica significativamente superior. Los informes oficiales indicaron que no registraba actividad económica formal relevante, bienes rurales propios ni cuentas bancarias importantes. La explotación agropecuaria mencionada por la mujer figuraba registrada a nombre de su padre.

La sentencia también destacó que, tras la separación, el hijo menor quedó bajo el cuidado cotidiano del padre, con residencia principal junto a los abuelos paternos, y que incluso la madre asumió una cuota alimentaria. Esa circunstancia fue considerada relevante porque modificó la organización familiar.

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Río Negro

Comenzó la inscripción para las becas terciarias y universitarias

Hay tiempo de inscribirse hasta el 25 de mayo.

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A partir de ayer lunes (11/05) y hasta el 25 de mayo está abierta la inscripción para que estudiantes de la provincia puedan inscribirse en el Programa de Becas para Carreras Terciarias y Universitarias.

Se trata de una política del Gobierno de Río Negro que a través del Ministerio de Educación y Derechos Humanos, acompaña a las y los estudiantes en su formación y que en este caso brinda la posibilidad de asignar una beca a quienes precisen de ese recurso para poder continuar con sus estudios.

Las inscripciones se reciben en la página del Ministerio de Educación en el botón Becas mientras que también se pueden realizar consultas en el correo [email protected].

Luego, habrá una instancia de entrega de la documentación correspondiente (digital y/o presencial) la cual estará vigente desde el 25 de mayo hasta el 8 de junio en los Consejos Escolares correspondientes al lugar de residencia.

De acuerdo a los establecido por el Consejo Provincial de Becas, las mismas están destinadas a estudiantes terciarios y universitarios de gestión pública o privada, que cursen sus estudios dentro o fuera de la provincia.

Un aspecto importante reside en que aquellos estudiantes que hoy cuenten con alguna beca de otra institución o entidad educativa, también podrán inscribirse en este programa.

Quienes quieran anotarse deberán presentar Documento Nacional de Identidad del solicitante y de su grupo familiar; título de Nivel Medio y título analítico o su constancia en trámite, sin adeudar materias al momento de la entrega de la documentación; constancia de inscripción a una carrera de grado de universidades e institutos terciarios de gestión pública y/o privada, y acreditar Plan de Estudios.

También se solicitará constancia de CBU como titular de cuenta; recibos de sueldos del grupo familiar, constancia de inscripción al monotributo o como responsable inscripto, según correspondiera; rendimiento académico con la cursada y finales de materias; Certificado Único de Discapacidad (CUD), si lo hubiera; Certificación Negativa de Anses de los miembros del grupo familiar, si los hubiera y Declaración Jurada de domicilio.

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Judiciales

Autorizan a una mujer a donar un riñón a su amigo, que lleva 12 años en diálisis y espera un trasplante 

La ley exige autorización judicial cuando el donante no tiene vínculo familiar ni convivencial con el receptor.

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Se conocieron hace más de 10 años y forjaron una profunda amistad. Se acompañaron en momentos de crisis y construyeron un vínculo con rasgos de familiaridad que se sostuvo en el tiempo. Él ya convivía con un diagnóstico que con los años derivó en una insuficiencia renal terminal y en una vida atada a la diálisis. Su estado es grave y desde hace tiempo espera un donante. En ese contexto, ella tomó una decisión fuerte: ofrecerle uno de sus riñones.

Pero su voluntad no es suficiente: los estudios debían confirmar compatibilidad, los equipos médicos debían validar la intervención y, además, la ley imponía un límite: sin vínculo familiar, el trasplante requería autorización judicial. Con todos los informes a favor, el caso llegó al fuero de Familia de Bariloche. La jueza analizó las pericias médicas, psicológicas y sociales, evaluó el vínculo entre ambos y autorizó la donación.

El planteo se presentó como una medida autosatisfactiva, una vía excepcional que permite obtener una respuesta urgente cuando no hay otra alternativa eficaz. El objetivo fue concreto: remover el obstáculo legal que impide, en principio, la donación entre personas sin parentesco. La ley de trasplantes limita estos casos a vínculos familiares o convivenciales, con la intención de evitar cualquier forma de comercialización de órganos. Fuera de ese esquema, la intervención judicial resulta indispensable.

En ese marco, también intervinieron organismos especializados. El INCUCAI señaló que los trasplantes con donante vivo sin vínculo familiar solo pueden realizarse de manera excepcional y con autorización judicial, y remarcó la necesidad de garantizar la voluntariedad, el carácter altruista y la gratuidad de la donación. En la misma línea, CUCAI Río Negro avaló esos criterios y destacó que el procedimiento debe cumplir con todos los requisitos médicos y legales vigentes.

Para resolver, la Unidad Procesal de Familia reunió una batería de pruebas. Los estudios médicos confirmaron que existía compatibilidad y que el trasplante representaba la mejor alternativa terapéutica. También se determinó que el receptor no presentaba contraindicaciones para atravesar la intervención.

Las evaluaciones psicológicas indicaron que ambos comprenden el alcance del procedimiento, sus riesgos y sus implicancias. En el caso de la donante, se destacó la capacidad de decidir con autonomía, con un nivel de madurez adecuado y sin interferencias externas. Los informes descartaron la presencia de presiones o condicionamientos que pudieran afectar su voluntad.

Las pericias sociales reforzaron ese cuadro. Describieron una relación previa, estable y verificable, con cercanía y participación compartida en distintos momentos de sus vidas. También señalaron la inexistencia de intereses económicos o beneficios indirectos, un punto central en este tipo de procesos.

Durante la audiencia, la mujer ratificó su decisión y explicó sus motivos. Expuso que su única intención era mejorar la calidad de vida de su amigo. La jueza dejó constancia de que podía revocar su consentimiento en cualquier momento antes de la cirugía, sin consecuencias.

Con ese conjunto de elementos, la magistrada concluyó que se trataba de un caso excepcional en el que correspondía apartarse de la restricción legal. La autorización habilita la donación, aunque el procedimiento queda sujeto al cumplimiento de todos los requisitos médicos, controles y condiciones establecidos por la normativa vigente.

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