Río Negro
Un museo natural al aire libre: El proyecto del primer geoparque en Argentina
Alberto Caselli, investigador del CONICET-UNRN, lidera un grupo multidisciplinario con el objetivo de llevar a cabo un parque geológico en la provincia de Neuquén y que a futuro sea reconocido por la UNESCO.

La naturaleza nos regala espacios abiertos con una gran geodiversidad, equiparables a un museo natural. Actualmente, existen 213 Geoparques Mundiales divididos en 48 países, en Latinoamérica sólo hay siete, todos ellos designados por la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO, por sus siglas en inglés), éstas son áreas geográficas en las que se gestionan sitios y paisajes de importancia geológica internacional, a través de un concepto de protección, educación y desarrollo sostenible. Además, favorecen a que los habitantes locales se enorgullezcan de su región y se identifiquen con ella. Por lo tanto, gracias a la generación de nuevas fuentes de ingresos, a través del geoturismo, se estimula la creación de emprendedores locales, innovadores y que, avanzando el tiempo, se protejan los recursos geológicos de la zona. Es así, que Alberto Caselli, investigador principal del CONICET con lugar de trabajo en el Instituto de Investigación en Paleobiología y Geología (IIPG, CONICET-UNRN) y docente de la Universidad Nacional de Río Negro (UNRN), se encuentra coordinando un grupo multidisciplinario dedicado al relevamiento e inventario de gesositios, con el objetivo de llevar a cabo un geoparque en la provincia de Neuquén y presentarla a futuro ante la UNESCO para su reconocimiento.
«A mediano plazo se espera un impacto turístico, a partir del desarrollo del geoturismo, en donde se ha posicionado como una estrategia innovadora que fomenta el desarrollo sostenible. Es una actividad turística basada en la divulgación del patrimonio geológico, cuyo objetivo es la sensibilización del turista mediante el empleo de estrategias de interpretación y socialización que faciliten la apreciación, disfrute, aprendizaje y conservación de este patrimonio y su importancia. Esta modalidad emergente del turismo probablemente experimentará un gran crecimiento durante las próximas décadas, contribuyendo al desarrollo de muchas regiones del mundo que quedan fuera de los circuitos turísticos tradicionales», comenta Caselli, quien también es director de la Diplomatura en Geoturismo de la UNRN, la primera en dictarse en el país y en Sudamérica desde el año 2023.
Estudios de impacto, realizados en diferentes regiones, han demostrado que la designación de los parques geológicos, proclamados por la UNESCO, lograron un aumento en la visibilidad y el atractivo turístico, lo que resulta en un mayor flujo de visitantes y un impulso económico para las comunidades locales. Además, se ha indicado, que el interés en el turismo por la naturaleza y la cultura fue creciendo, generando así ingresos adicionales y oportunidades de empleo.
El investigador explica que «un geoparque puede ser un gran motor para el turismo sostenible en una región al integrar estrategias de conservación, educación y desarrollo económico local. Puede contribuir con la conservación del patrimonio geológico y natural, asegurando que estos sitios se mantengan intactos para futuras generaciones, implementando regulaciones que limiten actividades perjudiciales y fomenten un uso responsable de los recursos naturales. También, promover la educación y la concienciación a través de paneles informativos, guías interpretativas y programas educativos, ya que los geoparques enseñan a los visitantes sobre la historia geológica, biodiversidad y cultura de la región, generando un turismo más consciente y respetuoso con el entorno. Además, impulsa a las economías locales, promoviendo productos, artesanías y servicios autóctonos integrando aspectos culturales, tradicionales e históricos de las comunidades locales, brindando una experiencia turística integral y auténtica”. Y añade que, «en este sentido, con el fin de intercambiar ideas y ver experiencias de otros geoparques, del 26 al 28 de noviembre del año 2025, se desarrollará el Segundo Encuentro Internacional de Geoturismo, Geoparques y Volcanes, a realizarse en la ciudad de Caviahue, provincia de Neuquén, y que será organizado por el IIPG».
Dentro del proyecto general se está elaborando un inventario de geositios de importancia geoturística de la región Alto Neuquén, financiado por el Consejo Federal de Inversiones, a partir de la solicitud del Ministerio de Turismo de Neuquén. Asimismo, se está realizando una recopilación bibliográfica sobre la evolución geológica de la zona y dividir en etapas evolutivas para que el turista pueda comprender los procesos geológicos ocurridos. «A partir de febrero se realizarán visitas a los municipios seleccionados, donde se brindará un taller participativo con la comunidad, para comentar el trabajo que estamos realizando y obtener a través de ellos los sitios más visitados por pobladores y turistas. Luego se hará una visita y relevamiento de los sitios indicados por la comunidad y se generará una ficha de cada uno, cuantificando su valor científico, educativo, turístico y de fragilidad para su posterior uso. El informe final constará de una explicación divulgativa y una técnica que sirva para una futura presentación ante la UNESCO para su reconocimiento», indica el científico.
Características geológicas de la región Alto Neuquén
Se puede observar un gran número de procesos geológicos y una representación histórica evolutiva de los últimos 260 millones de años de esta área del planeta, desde lo que fue el borde del supercontinente Gondwana, la evolución de los Andes, la formación de la Cuenca Neuquina y los volcanes activos más importantes de este sector de la Patagonia. «Junto a este eje conductor, se encuentran las maravillosas termas utilizadas por pueblos originarios y que hoy ofrecen actividades en turismo-salud. Además, se vinculan yacimientos auríferos, producto del volcanismo terciario, que marcaron su historia con los buscadores de oro en los arroyos que descienden desde la Cordillera del Viento. Por otra parte, la generación de la cuenca Neuquina hace cientos de millones de años es de gran importancia científica, por su relevante registro fósil y económica por los yacimientos hidrocarburíferos que contiene», finaliza Caselli.
Grupo de investigación que participan dentro del proyecto:
Alberto Caselli, investigador del CONICET, docente UNRN.
Arturo Heredia, investigador del CONICET.
Emiliano Renda, becario del CONICET, docente UNRN.
Diego Pino, becario del CONICET, docente UNRN.
Juan Manuel Andres, Coordinador General Subsecretaría de Turismo de Neuquén, docente UNCO.
Ana Monasterio, doctora en Hidrología Médica, docente Diplomatura en Geoturismo UNRN.
Ana González, Diseñadora Gráfica, docente IUPA.
Judiciales
La Justicia ratificó que la falta de trabajo no exime el deber alimentario de un progenitor
Para evitar pagar la cuota alimentaria que fijó una jueza, también alegó dolencias físicas y dificultades económicas.

Un hombre intentó eludir su responsabilidad parental en favor de su hija con el argumento de que no tenía trabajo. Para evitar pagar la cuota alimentaria que fijó una jueza de Familia de Bariloche también alegó dolencias físicas y dificultades económicas. Presentó un recurso de apelación, pero la respuesta fue la misma: la Cámara de Apelaciones confirmó la sentencia y ratificó que la desocupación no anula las obligaciones legales de un padre.
El Tribunal rechazó el recurso y respaldó el criterio de primera instancia, que había fijado una cuota alimentaria equivalente al 35% de todos los ingresos del progenitor, con un piso no inferior al Salario Mínimo Vital y Móvil (SMVM). El fallo estableció además que el monto deberá actualizarse automáticamente cada vez que cambie el valor del salario mínimo, lo que evita que la madre deba volver a litigar para solicitar nuevos aumentos.
Durante el proceso judicial, el padre sostuvo que no tenía trabajo y que una dolencia en la espalda le impedía conseguir uno. También argumentó que tenía otros hijos a cargo. Su propuesta fue pagar $40.000 por mes, monto que resultó insuficiente frente a los gastos de su hija adolescente, quien cursa estudios universitarios y no mantiene vínculo con él.
La jueza de primera instancia desestimó el planteo tras un análisis del expediente y de los informes incorporados. El hombre figuraba inscripto como monotributista, había trabajado como remisero hasta pocos meses antes del juicio y no aportó pruebas médicas serias que justificaran una incapacidad prolongada. Tampoco había demostrado voluntad de involucrarse en la crianza o de mejorar su situación para asumir el rol que le corresponde como padre.
La pericia social confirmó que la madre, quien trabaja como portera en una escuela pública, mantiene sola a su hija y a otro hijo menor. Realiza actividades adicionales para sostener el hogar y destina gran parte de sus ingresos al pago de alquiler y educación. El informe describió un entorno austero, organizado y enfocado en el cuidado y desarrollo de los hijos.
La Cámara respaldó íntegramente ese análisis. Indicó que la obligación alimentaria no se basa únicamente en los ingresos reales, sino en la capacidad económica potencial del alimentante, y que esta no puede desaparecer por falta de voluntad o por informalidad laboral. También recordó que la ley reconoce el valor económico del trabajo doméstico y de cuidado, y que quien no asume esas tareas debe compensarlo de otro modo.
El fallo final ratificó el monto y el criterio establecido en primera instancia. Rechazó la apelación del demandado y confirmó que, incluso sin empleo, un progenitor no puede dejar de cumplir con su obligación alimentaria.
Río Negro
Río Negro actualiza su Código de Aguas para impulsar energías limpias
La Ley permitirá ampliar las facultades del DPA, llevando adelante obras de energía solar, eólica y mareomotiz.

El Gobierno Provincial envió a la Legislatura un proyecto de ley que amplía las facultades del Departamento Provincial de Aguas (DPA) para llevar adelante obras de energía solar, eólica y mareomotriz, además de la hidroeléctrica. La propuesta busca adecuar el Código de Aguas a los desafíos ambientales actuales y avanzar hacia un modelo energético más limpio y sustentable.
El gobernador Alberto Weretilneck, impulsor de la iniciativa, destacó que esta actualización le otorga a la Provincia «las herramientas necesarias para transformar nuestros recursos en energía limpia, moderna y sostenible, con impacto directo en el desarrollo local».
La modificación de la Ley Q Nº 3930 y del Código de Aguas establece que el DPA tendrá prioridad para ejecutar y explotar proyectos de energías renovables en todo el territorio rionegrino. El objetivo es complementar los aprovechamientos hidroeléctricos con fuentes limpias, reducir costos, optimizar infraestructuras existentes y garantizar la sustentabilidad ambiental de cada emprendimiento.
El proyecto toma como ejemplo la Central Hidroeléctrica Salto Andersen, en Río Colorado, donde se impulsa la incorporación de generación solar fotovoltaica aprovechando instalaciones ya construidas. Este modelo de complementariedad entre agua y energías renovables busca replicarse en otros puntos de la provincia, siempre sujeto a la viabilidad económica y a la admisibilidad ambiental de cada caso.
De esta manera, Río Negro actualiza su marco legal para consolidarse como productora de energías renovables, promoviendo el autoabastecimiento, la diversificación de la matriz energética y un desarrollo que combine crecimiento económico con responsabilidad ambiental.
Judiciales
Su muñeca no resistió más: Abrió miles de pollos con cuchillo y sufrió una lesión permanente
La Justicia estableció que el porcentaje de incapacidad es del 8,75% y fijó la indemnización correspondiente para la trabajadora.

Una trabajadora de una planta avícola de Cipolletti logró que la Cámara del Trabajo reconociera su incapacidad como una enfermedad profesional y condenara a la ART al pago de una indemnización.
Durante años, cortó, limpió y clasificó piezas de pollo bajo exigencias físicas constantes. Abrió aves con cuchillos, separó vísceras, embaló productos y levantó bandejas pesadas, en jornadas extensas. Lo hizo con esfuerzo repetido y posturas forzadas que fueron dejando marcas en su cuerpo.
A comienzos de 2023, los dolores comenzaron a instalarse en sus muñecas. Informó a su empleadora, recibió calmantes, reposo y sesiones de fisioterapia. En julio ya no pudo continuar trabajando. En febrero del año siguiente, se sometió a una cirugía en la muñeca izquierda, donde se detectó una lesión en el fibrocartílago triangular.
La aseguradora de riesgos del trabajo (ART) no reconoció la relación entre la patología y las tareas, y la Comisión Médica dictaminó que se trataba de una dolencia inculpable. Frente a ese rechazo, la trabajadora inició una acción judicial.
El expediente tramitó ante la Cámara del Trabajo de Cipolletti. La ART demandada no respondió en el plazo legal, lo que derivó en su declaración en rebeldía. El tribunal dio curso a la prueba y designó a un perito médico, quien evaluó a la trabajadora y determinó que sufría una limitación funcional en la muñeca izquierda, con un grado de incapacidad inicial del 5,85%.
Ambas partes impugnaron ese dictamen. La aseguradora insistió con el informe de la Comisión Médica, mientras que la trabajadora cuestionó el cálculo del factor edad. El perito ratificó su informe, describió el impacto de los movimientos repetitivos en las lesiones articulares y señaló que en este caso existía causalidad con las tareas laborales.
La jueza y los dos jueces del tribunal valoraron el dictamen, la prueba documental, el relato no controvertido y la falta de respuesta de la demandada. Reconocieron que las tareas desempeñadas durante años constituyeron un mecanismo adecuado para generar la lesión. Aplicaron la «teoría de la indiferencia de la concausa», ya admitida por el Superior Tribunal de Justicia (STJ), según la cual el trabajo debe considerarse causa relevante aunque existan factores concurrentes.
También se remitieron a los precedentes del STJ que sostienen la obligatoriedad del baremo previsto en el Decreto 659/96 para calcular incapacidades, y a su pronunciamiento sobre el Decreto 669/2019, que avaló su validez con aplicación desde su entrada en vigencia.
En función de esos lineamientos, el Tribunal incrementó el porcentaje de incapacidad al 8,75% y fijó la indemnización correspondiente, con intereses desde la fecha del infortunio. Estableció que el monto debía abonarse en un plazo de diez días, y en caso de mora, debía aplicarse la tasa activa del Banco Nación. La firma condenada es La Segunda Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A.