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Matrimonio igualitario: Primera adopción del hijo de su pareja en Viedma

Es la primera pareja adoptante del mismo sexo en la capital provincial.

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La Jueza a cargo del Juzgado de Familia N° 5 con asiento en Viedma, Carolina Scoccia, resolvió otorgar la adopción de integración respecto de un niño, a la pareja de su madre. También estableció que dicha adopción tendrá el carácter de plena y el niño además del apellido materno tendrá el apellido de la mujer que hizo la petición de adopción. De esta forma, es la primera pareja adoptante del mismo sexo en Viedma.

La madre que pidió la adopción del hijo de su pareja explicó que desde principios del año 2014 comenzó una relación sentimental con la madre del niño, a quien conocía desde hacía tres años y con el transcurso del tiempo la relación fue creciendo, como así también el deseo de ambas de formar una familia.

Ambas contrajeron matrimonio (ante la vigencia de la ley 16.618 de Matrimonio Igualitario) en marzo del 2015. El padre biológico del niño no reconoció la paternidad ni buscó establecer un vínculo establecer un vínculo. Hasta el momento, solo tenía el apellido de la mamá biológica.

Una vez iniciado el pedido, la Jueza dio curso y seguidamente dictaminaron el Agente Fiscal y la Defensora de Menores e Incapaces, quienes no tuvieron objeciones que formular.

En sus considerandos la magistrada explicó: “el artículo 594 del Código Civil y Comercial define a la adopción como una institución jurídica que tiene por objeto proteger el derecho de niños, niñas y adolescentes a vivir y desarrollarse en una familia que le procure los cuidados tendientes a satisfacer sus necesidades afectivas y materiales, cuando éstos no le pueden ser proporcionados por su familia de origen”.

Continúo: “El principio rector de la presente resolución es el interés superior del niño, que debe ser tenido en cuenta al tiempo de la decisión e integrar el objeto del proceso, siendo éste necesariamente protagonista de aquello que lo tiene como destinatario final, toda vez que la petición de la actora lo involucrará como persona y en la forma en que se conceda la adopción afectará su vida, tal como se desarrolla en la actualidad, es decir, se verá afectados en su ser”.

En tal sentido, la adopción se otorga sólo por sentencia judicial y emplaza al adoptado en el estado de hijo, conforme con las disposiciones del último párrafo del art. 594 del Código Civil y Comercial. También se introduce en el art. 621 CCyC una profunda innovación por la cual se determina la facultad judicial de respetar, modificar o crear consecuencias jurídicas con algunos o varios miembros de la familia adoptiva o de origen, es decir, que la sentencia que se dicte deberá indicar los alcances y efectos y entre ellos determinará el grado de parentesco que nace, se extingue o se mantiene respecto de la familia biológica (nuclear o ampliada) o la adoptiva.

La jueza destacó que se escuchó al niño. La magistrada explicó en su resolución: “En estas circunstancias, unidas y con acuerdos de crianza, ejercen de manera mancomunada funciones parentales respecto del niño, evidenciando apego y afecto en el lazo creado. Este contexto favorece un crecimiento infantil armonioso que permite desarrollar capacidades personales y adquirir habilidades sociales, escenario en el que consolidar legalmente los vínculos establecidos ya naturalmente, asegurará al niño la formal inserción a una red parental que lo contiene y que él reconoce como propia”.

Al momento de la decisión definitiva de la Jueza se tuvieron en cuenta tres aspectos fundamentales del caso; uno que la peticionante previa relación sentimental y convivencia que data de más de cuatro años, se encuentra casada con la madre del niño cuya adopción pretende, por lo que se trata de una unión estable. Otra cuestión es que se ha constituido un verdadero vínculo filial entre la adoptante y el niño (hijo de su esposa) y por último que entre todos y sumado principalmente a la familia nuclear de la adoptante, han formado un verdadero grupo familiar.

Entonces, la magistrada afirmó: “No cabe sino concluir que la conveniencia de su adopción plena está fuera de discusión, pues resulta palmariamente favorable para el bienestar y el mejor interés del niño, teniendo en cuenta las cualidades acreditadas de ésta y principalmente por ser a quien reconoce como su ´otra mamá´ desde sus necesidades afectivas, sociales, culturales y legales”.

Por último, en su sentencia la Jueza manifestó que en el caso que en un futuro el niño quiera conocer sus orígenes biológicos respecto a su línea paterna, ambas madres deberán colaborar a que logre dicho fin.

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Lograron recuperar los $140 millones robados al Municipio de Chichinales

Se trató de un ataque informático a la computadora de Tesorería de la comuna.

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La Municipalidad de Chichinales informó que finalmente lograron recuperar los $140.000.000 que habían sido robados de las cuentas bancarias de la comuna. A través de un comunicado informaron que se trató de un hackeo en las computadoras del área de Tesorería.

En un comunicado, desde el Ejecutivo informaron que gracias al trabajo en conjunto con el Banco Patagonia fue que se pudo lograr la recuperación de los fondos. «Fueron objeto de un ataque informático cometido a partir de la instalación de un programa malicioso (malware) en los sistemas informáticos de la comuna», indicaron.

«Se trató del accionar de atacantes externos que violaron la seguridad de la computadora de Tesorería e instalaron un software que les permitió manipularla de manera remota y realizar las transferencias», detallaron.

El intendente Lucas González admitió que «a partir de esta situación se ha dispuesto una revisión absoluta, control y actualización, de ser necesario, de todo el sistema informático de la Municipalidad a fin de evitar este tipo de acciones».

El jefe comunal agradeció especialmente la pronta respuesta de las autoridades del Banco Patagonia, apenas enterados del lamentable hecho, además de la inmediata respuesta de la Fiscalía Descentralizada de Villa Regina, autoridades provinciales y personal de la institución bancaria y del Municipio.

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Increíble: Hackearon y le robaron 140 millones de pesos a la Municipalidad de Chichinales

El intendente realizó la denuncia ayer.

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El intendente de la Municipalidad de Chichinales, Lucas González, denunció un millonario robo mediante un hackeo de las cuentas bancarias de la comuna. Se estima que los delincuentes informáticos se llevaron cerca de $140.000.000.

El jefe comunal indicó en la denuncia que se encuentra todo en proceso de investigación por parte del Banco Patagonia. Asimismo, también se efectuó la demanda correspondiente en la Policía y la Fiscalía descentralizada de Villa Regina.

González ya se reunió con las autoridades máximas de la entidad bancaria, para conocer detalles de lo ocurrido y analizar las posibles medidas para recuperar el dinero.

A su vez, se puso en marcha una investigación sumaria para poder determinar posibles responsabilidades internas.

En este sentido, la Municipalidad de Chichinales se presentará como querellante ante la Justicia con el objetivo de investigar qué fue lo que ocurrió y el destino del monto robado.

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Un médico de Roca fue denunciado por sedar y abusar de una paciente

El hecho habría ocurrido en la casa del profesional, donde también funciona su consultorio.

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Una mujer denunció en los Tribunales de General Roca que un reconocido médico de la ciudad la sedó y abusó sexualmente en su consultorio.

Según informó el diario Río Negro, la paciente concurrió a la vivienda del profesional, donde también funciona su consultorio, para retirar medicamentos para un tratamiento que lleva adelante. El médico generalista la habría sedado y posteriormente abusado sexual.

Según consta en la denuncia, la víctima habría sentido una sensación muy extraña de adormecimiento de los sentidos dentro de la vivienda del profesional, motivo por el cual no se pudo defender del abuso sexual.

La fiscal Norma Reyes es la encargada de los primeros pasos de la instrucción y ya dispuso una serie de pericias para comprobar el hecho denunciado.

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