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Mango apoya proyecto de despenalización de la marihuana para uso terapéutico

Fue presentado por 14 Diputados Nacionales de distintos bloques políticos y está siendo analizado en la Cámara.

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El legislador Marcelo Mango (FpV), presentó un nuevo proyecto legislativo de comunicación, dirigido a la Honorable Cámara de Diputados de la Nación, respecto del apoyo al tratamiento y aprobación de la “Despenalización del consumo de marihuana para uso terapéutico”. La iniciativa legislativa, brinda apoyo al proyecto 147-D-2016 presentado por Diputados Nacionales de distintos bloques políticos, entre ellos: Diana Conti, Juan Manuel Pedrini, Ana Gaillard, Lautaro Gervasoni, Gabriela Troiano, Adrian Grana, Remo Carlotto, Araceli Ferreyra, Nilda Garre, Juliana Di Tullio, Alejandro Ramos, Myriam Bregman, Luis Cigogna y Alcira Argumedo.

Al respecto, el legislador explicó que “la Legislatura de Río Negro debe acompañar esta iniciativa que contribuye a mejorar la calidad de vida de cientos de argentinos que padecen distintas enfermedades, facilitándoles la adquisición legal de los productos medicinales derivados de la marihuana. A su vez, la iniciativa logrará que el Estado ponga el foco de atención en la lucha contra el narcotráfico y no en la persecución y criminalización de los ciudadanos que consumen el cannabis para hacer frente a sus problemas de salud”, remarcó Mango.

El proyecto está siendo analizado en la Cámara de Diputados de la Nación, y el pasado 13 de junio los integrantes de la comisión de Salud organizaron una reunión con enfermos, médicos, cultivadores, militantes cannábicos, abogados, jueces y otros funcionarios para compartir información y experiencias sobre el uso medicinal del cannabis. Los legisladores escucharon más de 20 testimonios con argumentaciones y reclamos para que el Estado se haga cargo del tema, ya que hay cientos de enfermos que caminan en la cornisa de lo legal para acceder a los productos medicinales de la marihuana.

Cabe señalar, que ya han manifestado su apoyo e impulsan la aprobación de este proyecto de ley, médicos, investigadores y familiares de pacientes que experimentan con derivados del cultivo para tratar distintas enfermedades. Asimismo, entienden que es el momento propicio para dar el debate sobre la no criminalización del uso terapéutico de la planta de cannabis. Al respecto, “el Dr. Carlos Chiale, titular de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT), que ya otorgó 85 permisos para importar el aceite desde Estados Unidos, fue contundente: «Esta ley tiene que salir ayer. No hay que esperar más», versa en el proyecto legislativo.

En un mismo sentido, Mango opinó que “Argentina se encuentra atrasada en este tema respecto de otros países de la región y del mundo como por ejemplo, Colombia, Uruguay, Chile, Estados Unidos, Holanda, Canadá y Australia. En tanto, Uruguay fue el primer país de la región que, en el año 2014, no sólo fue legalizada la marihuana, sino que el Estado se hace cargo del control, distribución y educación sobre el uso del cannabis”. En tanto, especialistas, sostienen que la ciencia ha avanzado y que la prohibición y punición de la tenencia de cannabis para uso terapéutico debe terminar en nuestro país, ya que cada vez toman más fuerza los testimonios y experiencias positivas en tratamientos paliativos de pacientes oncológicos o con enfermedades como VIH sida, epilepsia, anorexia y otros. Asimismo, aseguran que el uso del cannabis ha mejorado la calidad de vida de las personas enfermas, reduciendo dolores y diferentes síntomas.

Por caso, el 17 de febrero pasado, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT), autorizó la importación de aceite de cannabis para cinco pacientes que conviven con epilepsia refractaria. Entre ellas se encuentra Josefina una niña de 3 años con una encefalopatía epiléptica infantil, conocida como el Síndrome de West, que con el uso del aceite de cannabis logró mejorar su calidad de vida y disminuir la cantidad de espasmos que sufría de 600 a menos de 20 por día. La enfermedad es una alteración cerebral poco frecuente, cuyos rasgos principales son los espasmos epilépticos y el retraso del desarrollo psicomotor y es considerada una “enfermedad rara” que afecta a uno de cada 5 mil nacidos.

Las madres de los niños que padecen epilepsia refractaria reclamaron que el Estado se involucre que «es inmoral seguir negándonos un privilegio. La ciencia y la política se tienen que ajustar a nosotros», e insistieron que «el derecho a la salud no se le puede negar a nadie». Los neurólogos presentes pidieron a los diputados que avancen con la sanción de la ley ya que «existe una posibilidad de mejorar la vida de esta gente, no lo impidamos» y también afirmaron que “se venden medicamentos que no logran ni el 20% de mejora en chicos con epilepsia, el cannabis lo hace en un 40% o 50%. Sentimos vergüenza de tener que medicar con cannabis a escondidas».

Según la opinión de médicos que apoyan la iniciativa, hay muchas afecciones que la ciencia no puede curar y dolores que no puede calmar y sostuvieron que el uso medicinal del cannabis tiene que representar una oportunidad y no una preocupación.

Proyecto Nacional para la despenalización del consumo, tenencia y producción de cannabis

La Diputada Nacional del Frente para la Victoria Diana Conti, acompañada de legisladores de distintos bloques, presentó a principios del corriente año un proyecto de ley para despenalizar el consumo, la tenencia y la producción de la planta de cannabis para fines terapéuticos. La iniciativa propone incorporar a la ley nacional de estupefacientes 23.737 el artículo 29 QUÁTER, que textualmente propone:

Art. 29 QUÁTER.- Se considerará legítima y autorizada la comisión de las conductas descriptas en los artículos 5 excepto los incisos c) y d), 10, 14 y 28 de la presente ley, ejercidas con la planta de cannabis sativa en todas sus variedades y compuestos activos, cuando la misma sea utilizada con fines terapéuticos o para la investigación de su posible eficacia como medicación terapéutica o para el control de síntomas o cuidados paliativos. Las conductas antes descriptas serán reglamentadas por la autoridad competente.

En sus fundamentos, el proyecto de la diputada Conti sostiene que «los antecedentes empíricos revelan que la utilización de compuestos cannabinoides y químicos de tetrahidrocannabinol (THC) han tenido resultados positivos para el tratamiento de ciertas afecciones. En particular, la propuesta considera que algunas de las virtudes terapéuticas que se atribuyen al cannabis son, por ejemplo, el alivio de la ansiedad y la reducción de las náuseas provocadas por la quimioterapia. Además, retoma los resultados de estudios que arrojan los beneficios que proporciona el cannabis medicinal para disminuir el insomnio y distintas dolencias».

Municipio de Gral. la Madrid proyecta producción y distribución de extractos para uso terapéutico

A partir de casos como los que se hicieron públicos recientemente y por la creciente demanda de la planta de marihuana para uso medicinal, el intendente de General La Madrid, Martín Randazzo, puso en marcha un proyecto en conjunto con la Universidad de La Plata y el Conicet para la producción y distribución del extracto de la planta para su uso terapéutico. Este Municipio, busca impulsar la producción a nivel local y convertirse en la primera ciudad de la Argentina que cultiva marihuana con fines medicinales, con el desafío de lograr una producción nacional que abarate costos y que permita a toda persona que lo necesite acceder sin tener que acudir a la importación.

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Río Negro

Río Negro se consolida como el destino más elegido del invierno argentino

En todo el país se movilizaron 4,6 millones de turistas, que generaron un impacto económico superior a los $2,12 billones.

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Río Negro fue la provincia más elegida durante las vacaciones de invierno 2026, con Bariloche alcanzando hasta un 90% de ocupación hotelera y consolidándose una vez más como el principal destino del turismo invernal argentino, según el relevamiento de la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME).

Las vacaciones de invierno 2026 concluyeron con un saldo positivo para el turismo nacional. De acuerdo con el informe de CAME, se movilizaron 4,6 millones de turistas, que generaron un impacto económico superior a los $2,12 billones. En un contexto marcado por un escenario económico desafiante y por factores atípicos como el Mundial de Fútbol, los destinos de nieve y montaña fueron los más demandados, consolidando a Río Negro como la principal elección de quienes viajaron durante el receso.

Bariloche volvió a posicionarse como el destino más elegido del país, con niveles de ocupación hotelera de hasta el 90%. Las intensas nevadas registradas durante la segunda quincena de julio, sumadas a la calidad de sus centros de esquí, su amplia oferta turística y un nivel histórico de conectividad aérea, permitieron que la ciudad encabezara una vez más la temporada invernal. Al mismo tiempo, Río Negro se ubicó entre los principales destinos receptores de turismo internacional, con una importante llegada de visitantes brasileños y de otros países no limítrofes, lo que contribuyó a sostener una alta ocupación en toda la provincia.

El buen desempeño también se reflejó en el resto del territorio rionegrino. Playas Doradas alcanzó un 90% de ocupación, Viedma y el Valle llegaron al 80%, mientras que Las Grutas, San Antonio Oeste y San Antonio Este registraron un 70%, con propuestas vinculadas a la naturaleza, la gastronomía y las actividades recreativas, según consigna el informe de CAME.

La secretaria de Turismo de Río Negro, María Sol Canalda, señaló que «que Río Negro haya sido uno de los destinos más elegidos durante estas vacaciones de invierno, liderando las búsquedas en los principales portales de viajes y registrando un nivel histórico de conectividad aérea, demuestra que el trabajo previo a la temporada está dando resultados. Estos indicadores reflejan la confianza de los viajeros en nuestros destinos y el enorme esfuerzo que realizan municipios, prestadores y trabajadores del turismo para ofrecer experiencias de calidad. Nuestro desafío ahora es consolidar este crecimiento, atraer más inversiones, mejorar la competitividad y seguir posicionando a Río Negro como uno de los grandes destinos turísticos de la Argentina durante todo el año».

Por su parte, el director ejecutivo de la Agencia de Turismo Río Negro (ATUR), Diego Piquín, destacó que «el trabajo entre el sector público y privado, junto con la diversidad y la calidad de la oferta en cada una de nuestras regiones, nos permite seguir siendo una gran opción para miles de visitantes que nos eligen año tras año».

El informe de CAME también señala que durante las vacaciones viajaron 4,6 millones de personas, un 5,9% más que en 2025, de las cuales 4,2 millones fueron turistas nacionales y 400.000 visitantes extranjeros. El impacto económico alcanzó los $2,12 billones (US$1.412 millones), con un crecimiento real interanual del 2,5%. La estadía promedio fue de cuatro días y el gasto diario por persona llegó a $115.115. Mientras varios destinos de la Costa Atlántica registraron una temporada moderada, el turismo de nieve, encabezado por Bariloche, lideró las preferencias de los viajeros en todo el país.

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Roca

Insistía con invitar a una adolescente a su casa y la Justicia le prohibió acercarse

El hombre volvió dos días seguidos al comercio donde trabajaba la adolescente y la invitó a su casa. La Justicia entendió que afectó la tranquilidad de la joven.

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Una adolescente atendía el negocio de su familia en el Alto Valle cuando un cliente terminó de pagar y, antes de retirarse, le preguntó por qué siempre estaba seria. Como no obtuvo respuesta, insistió y la invitó a tomar mate en su casa. La joven guardó silencio y el hombre se fue del lugar.

Al día siguiente regresó al comercio y volvió sobre el tema y preguntó por la adolescente. En ese momento intervino la pareja del padre de la joven, quien le respondió que no correspondía que invitara a la chica a tomar mate. El hombre se retiró sin discutir.

El padre de la adolescente promovió una denuncia ante el Juzgado de Paz en representación de su hija, por una  infracción al Código Contravencional de Río Negro.

La jueza dispuso una prohibición de comunicación y contacto. Luego de la audiencia se resolvió responsabilizar al hombre por la conducta denunciada y le impuso una amonestación prevista en el artículo 47 de la Ley.

Durante la audiencia, el hombre sostuvo que todo había sido un malentendido. Explicó que había invitado a la adolescente para que fuera con sus hermanos a jugar con la perra que tenía en su casa. Dijo que no advirtió que esa conducta podía resultar inapropiada y aseguró que nunca actuó con mala intención.

Sin embargo, la jueza entendió que esas explicaciones no desvirtuaban los hechos acreditados y concluyó que su conducta había afectado la tranquilidad de la joven.
El fallo recordó que el Código Contravencional sanciona a quien moleste a otra persona y afecte su tranquilidad en la vía pública o en lugares de acceso público. Esa figura integra el capítulo referido a las contravenciones contra la integridad de las personas y protege el derecho a desarrollar actividades sin sufrir conductas que alteren la tranquilidad.

La sentencia también destacó que, durante el tiempo en que estuvieron vigentes las medidas de protección, no se denunciaron nuevos episodios y que el hombre se presentó a la audiencia luego de ser notificado.

Asimismo, señaló que no registraba antecedentes contravencionales por hechos similares, circunstancia que fue considerada al momento de definir la sanción aplicable.

Así, el Juzgado de Paz resolvió amonestar al hombre y advertirle que, en adelante, deberá ajustar su comportamiento a las normas vigentes para evitar nuevas infracciones.

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Judiciales

La ruta de sociedades, cuentas y comercios detrás de una cuota alimentaria

La jueza analizó informes tributarios, habilitaciones comerciales, sociedades, movimientos bancarios y testimonios para determinar la capacidad económica del demandado.

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El expediente no ofrecía una cifra única ni una respuesta directa. Para conocer la capacidad económica de un progenitor, la jueza debió seguir un recorrido compuesto por registros tributarios, habilitaciones comerciales, sociedades, movimientos bancarios, certificaciones contables y testimonios.

La causa tramitó ante la Unidad Procesal de Familia N.º 11 de Cipolletti. La progenitora inició la acción en representación de sus dos hijos y sostuvo que el otro progenitor desarrollaba distintas actividades comerciales y empresariales. También afirmó que ella asumía el cuidado cotidiano de los niños.

El padre rechazó el alcance del reclamo. Explicó que sus ingresos no eran fijos, presentó una certificación contable y acompañó documentación bancaria. Además, sostuvo que realizaba aportes mensuales y entregas de alimentos, ropa y útiles escolares.

La discusión quedó centrada en una pregunta: cuál era su capacidad económica real.
El primer tramo de la respuesta apareció en los informes tributarios. La Agencia de Recaudación Tributaria de Río Negro informó que el progenitor figuraba inscripto en actividades vinculadas con servicios gastronómicos, asesoramiento y gestión empresarial.
También registró vehículos a su nombre.

Luego llegaron los datos de la Municipalidad de Cipolletti. Los registros indicaron la existencia de una habilitación comercial vigente para un establecimiento gastronómico y señalaron su participación como socio gerente en una sociedad. Otro informe municipal dio cuenta de antecedentes vinculados con inmuebles y permisos comerciales.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero sumó más piezas. Según la sentencia, el progenitor aparecía registrado como socio, gerente o administrador en distintas firmas. A esa información se agregó un contrato de franquicia para la explotación de un local comercial. La documentación acreditó vínculos con sociedades, comercios y emprendimientos. Sin embargo, el expediente no permitió determinar con exactitud cuánto dinero generaban esas actividades ni qué parte correspondía al progenitor.

La jueza también examinó una certificación contable que él mismo presentó. Ese documento informó un promedio de ingresos durante un período determinado y consignó una relación laboral con una de las empresas. El fallo aclaró que esos datos no reflejaban necesariamente la totalidad de los recursos, ya que existían otras participaciones comerciales acreditadas en la causa.

El informe bancario añadió otro elemento. La cuenta registró variaciones importantes entre ingresos, egresos y saldos durante varios meses. La sentencia tomó esos movimientos como parte del análisis patrimonial, aunque no los consideró suficientes para establecer por sí solos una cifra definitiva.

Las declaraciones testimoniales completaron el cuadro. Varias personas hablaron sobre locales gastronómicos, viajes al exterior, vehículos y nivel de vida. Otro testimonio mencionó la relación del progenitor con una empresa que ocupaba un inmueble comercial.

Aun con ese conjunto de pruebas, la jueza señaló que faltó documentación contable específica. También sostuvo que el progenitor estaba en mejores condiciones de presentar información precisa sobre sus ingresos, su patrimonio y las ganancias de las sociedades.
El fallo aplicó el criterio de las cargas probatorias dinámicas. Según la resolución, ese principio impone el deber de aportar la prueba a quien cuenta con mejores posibilidades técnicas o materiales para hacerlo.

La jueza fijó una cuota alimentaria equivalente a ocho salarios mínimos, vitales y móviles. También ordenó que se practique una liquidación por los períodos anteriores, con deducción de los pagos ya realizados.

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