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Río Negro

Presentan el Código de Tierras Fiscales Provinciales

Lo hará oficialmente Weretilneck para que empiece a ser tratado en la Legislatura.

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El gobernador de Río Negro, Alberto Weretilneck, presentará mañana el Código de Tierras Fiscales Provinciales, que será remitido a la Legislatura para su tratamiento. El acto será a las 11 en el Salón Gris de Casa de Gobierno. El objetivo es reemplazar un marco normativo con leyes dispersas y desactualizadas, por otro que congregue las disposiciones aisladas en un mismo cuerpo, con previsiones modernas y futuristas.

El ministro de Gobierno, Luis Di Giácomo, informó que la iniciativa llevó más de un año de trabajo y estuvo a cargo fundamentalmente de Enrique Álvarez Costa, quien se venía desempañando como director de Tierrras y que fue reemplazado por Diego Lawrie, de manera de concentrarse exclusivamente en esta tarea.

El funcionario recordó que “el marco legal referido a las tierras fiscales lleva unos 50 años, se encuentra perimido en distintas cuestiones que son esenciales y tiene la dificultad de estar disperso, ya que hay una Ley para las tierras rurales, otra para las tierras urbanas y distintos decretos que son regulatorios”. El ministro destacó que con el nuevo código “se persigue adecuar las leyes a las demandas actuales, así como prever las herramientas para el desarrollo productivo de la provincia de las próximas generaciones”.

Di Giácomo además señaló que “el Poder Ejecutivo busca proteger el patrimonio público, limitando la discrecionalidad en la toma de decisiones de los funcionarios intervinientes, otorgando transparencia y publicidad a las titularizaciones”.

Si bien el contenido específico de la reforma será informado en detalle el próximo miércoles, Di Giácomo adelantó que entre los ejes del nuevo código estará la protección del medio ambiente, con medidas punitivas para quienes no cumplan con las directivas emanadas de la correspondiente autoridad de aplicación.

Finalmente, el ministro destacó que habrá transferencia de facultades sobre las tierras fiscales a los municipios, de manera de terminar con décadas en que las autoridades locales fueron rehenes de la provincia a la hora de querer diseñar el crecimiento de sus ciudades y administrar las tierras de sus ciudadanos.

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Judiciales

Préstamos online: Qué valor tiene un contrato sin firma digital

La Justicia analizó reclamos iniciados por empresas financieras y estableció un criterio: los contratos electrónicos sin firma digital no habilitan, por sí solos, la vía ejecutiva.

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¿Qué pasa si una persona toma un préstamo online sin firma digital? El fuero Civil de Cipolletti analizó reclamos iniciados por empresas financieras y estableció un criterio: los contratos electrónicos sin firma digital no habilitan, por sí solos, la vía ejecutiva.

Las decisiones surgieron en varios expedientes tramitados en Cipolletti. En esos casos, las empresas invocaron contratos celebrados a distancia, a través de plataformas digitales. Luego pidieron la preparación de la vía ejecutiva para reclamar supuestos saldos impagos. Los fallos rechazaron esas presentaciones porque la documentación acompañada no contenía firma manuscrita ni firma digital de las personas reclamadas.

La preparación de la vía ejecutiva no es todavía una ejecución. Es un trámite previo que busca transformar un documento en un título ejecutivo. Con ese título, luego sí, la parte que reclama puede iniciar un proceso más rápido para cobrar la deuda. Ese proceso puede habilitar medidas sobre el patrimonio de la persona reclamada, como embargos sobre cuentas, ingresos o bienes, siempre que el documento tenga fuerza suficiente según la ley.

En el esquema tradicional, la empresa acompaña un contrato con firma ológrafa. En ese caso, se cita a la persona reclamada para que reconozca o desconozca la firma atribuida en el documento. Si la persona no la reconoce, el trámite puede avanzar con una pericia caligráfica. Ese mecanismo parte de un dato material: existe una firma que puede ser reconocida o sometida a análisis técnico.

El problema en los contratos online examinados fue distinto. Los documentos no tenían firma manuscrita ni firma digital. Según las presentaciones, la contratación se produjo mediante una plataforma, con validaciones de datos, constancias digitales y remisión de documentación, como una foto del DNI. Para los Juzgados, esos elementos no reemplazaron la firma exigida para habilitar la preparación de la vía ejecutiva.

En las sentencias, las Unidades Jurisdiccionales Civiles de Cipolletti señalaron que no toda contratación electrónica tiene el mismo efecto procesal. Las resoluciones diferenciaron la firma digital de la firma electrónica. La primera fue equiparada por la ley a la firma manuscrita. La segunda puede servir como prueba de una manifestación de voluntad, pero no tiene las mismas presunciones legales.

En los préstamos online, la firma electrónica también puede consistir en una aceptación realizada dentro de una plataforma digital, el uso de una clave, un token, un código enviado por mensaje o correo electrónico, o la confirmación de términos y condiciones mediante una aplicación. A diferencia de la firma digital, no cuenta con un certificado oficial que la equipare automáticamente a la firma manuscrita. Por eso, si una empresa la invoca en un reclamo, debe probar su validez, su autoría y su eficacia.

Ese punto resultó central. Los fallos indicaron que, para habilitar la preparación de la vía ejecutiva, el documento base debe reunir las condiciones de un instrumento privado en los términos del Código Procesal Civil y Comercial. En los casos analizados, los fallos consideraron que las empresas presentaron instrumentos particulares no firmados, cuyo valor probatorio debía evaluarse en otro tipo de proceso, con mayor debate y prueba.

En términos prácticos, el criterio fijó un límite para los reclamos basados solo en constancias digitales: sin firma manuscrita o digital, la empresa no puede acceder directamente a ese trámite más rápido y debe acudir a un proceso con mayor posibilidad de debate y prueba.

Las resoluciones citaron el artículo 288 del Código Civil y Comercial y la Ley de Firma Digital. También recordaron que la firma digital cuenta con una estructura de certificación que permite equipararla a la firma manuscrita. En cambio, cuando se invoca una firma electrónica, la parte que la presenta debe probar su validez, su autoría y su eficacia.

Los fallos aclararon que el rechazo de la preparación de vía ejecutiva no implica una decisión sobre la existencia de las deudas ni sobre su alcance. Tampoco descartaron la validez de las contrataciones electrónicas. Lo que resolvieron fue que esos reclamos, con la documentación presentada, no podían avanzar por ese trámite previo y debían canalizarse por la vía procesal correspondiente.

Para las personas usuarias de servicios financieros digitales, las sentencias ofrecen una pauta concreta: antes de contratar un préstamo online conviene revisar qué tipo de firma se utiliza, qué documentación queda disponible y qué mecanismos de validación respalda la operación.

Por el momento se trata de sentencias de primera instancia que aún no están firmes porque ya fueron apeladas.

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Río Negro

Río Negro abre cursos digitales gratuitos junto a Fundación YPF

Las propuestas son Data Analytics + IA y Project Management + IA. Ambas son de nivel inicial.

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El Gobierno de Río Negro abrió la inscripción a dos cursos digitales gratuitos, junto a Fundación YPF, para mayores de 18 años de Sierra Grande, Valcheta y San Antonio Oeste, con foco en las habilidades del futuro laboral.

Las propuestas son Data Analytics + IA y Project Management + IA. Ambas son de nivel inicial y se dictarán a través del programa Energía Digital de Fundación YPF a partir del 18 de agosto.

Formación para ser protagonistas del futuro

Las capacitaciones brindarán herramientas vinculadas con el análisis de datos, la Inteligencia Artificial y la gestión de proyectos, competencias que adquieren un papel cada vez más relevante en el mundo del trabajo.

La iniciativa forma parte del rumbo de desarrollo productivo y energético que impulsa la Provincia, con el objetivo de que el crecimiento de Río Negro se traduzca en más conocimientos, oportunidades y preparación para sus habitantes.

En esta etapa, la convocatoria está destinada a personas mayores de 18 años con residencia en Sierra Grande, Valcheta y San Antonio Oeste, tres localidades estratégicas de la región Atlántica.

Una agenda conjunta de formación y desarrollo

La propuesta profundiza el trabajo articulado entre el Gobierno de Río Negro y Fundación YPF, que sostienen una agenda común orientada a la capacitación, el empleo y el desarrollo territorial.

Con estas herramientas, la Provincia busca acompañar a las comunidades y preparar a las y los rionegrinos para que puedan ser protagonistas de las transformaciones productivas y tecnológicas que ya están en marcha.

Cómo inscribirse

Las personas interesadas pueden completar la inscripción a través de los siguientes enlaces:

Data Analytics + IA: https://lab.fundacionypf.org/formacion-digital/energia-digital/data-analytics–ia

Project Management + IAhttps://lab.fundacionypf.org/formacion-digital/energia-digital/project-management–ia

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Río Negro

Isabella y Benjamín vuelven a liderar los nombres elegidos en Río Negro

Algunos nombres tradicionales se mantienen entre las preferencias, mientras que otros reflejan nuevas tendencias.

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Durante el primer semestre de 2026, Isabella y Benjamín encabezaron el ranking de los nombres más registrados para niñas y niños, respectivamente.

Entre las niñas, Isabella volvió a ocupar el primer lugar, seguida por Olivia, Valentina, Sofía, Emma, Jazmín, Emilia, Martina, Aitana y Franchesca.

En el caso de los niños, Benjamín encabezó nuevamente el ranking. Detrás se ubicaron Gael, Valentín, Giovanni, Mateo, Valentino, Enzo, Liam, Noah y Lionel.

Las estadísticas son elaboradas por el Registro Civil a partir de las inscripciones de nacimientos realizadas en las delegaciones de toda la provincia y permiten conocer las tendencias que eligen las familias rionegrinas al momento de nombrar a sus hijos.

Como ocurre cada año, algunos nombres tradicionales se mantienen entre las preferencias, mientras que otros reflejan nuevas tendencias que ganan lugar entre los recién nacidos de Río Negro.

«Las estadísticas que produce el Registro Civil son mucho más que números: son una radiografía permanente de la realidad demográfica de Río Negro. Contar con esa información nos permite proyectar el crecimiento, anticipar la demanda de servicios y acompañar el desarrollo de cada región. Planificar con datos es planificar mejor», sostuvo el ministro de Gobierno y Trabajo, Agustín Ríos.

Datos curiosos

Lionel ingresó al Top 10 y desplazó a Bautista. Valentino subió del puesto 13 (ranking 2025) al 6° lugar en el primer semestre de 2026.

En niñas, el Top 10 se mantuvo exactamente igual, aunque con algunos cambios de posiciones: Emma pasó al 5° lugar, Emilia al 7° y Franchesca ascendió al 10° puesto.

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