Sociedad
Hacen lugar a amparo presentado por el Municipio contra ARSA
Exigen a la empresa «cesar el daño ambiental». El fallo todavía no está firme ya que puede ser recurrido ante el STJ.

La titular del Juzgado Civil N° 3 de Roca, Andrea De La Iglesia, hizo lugar a la acción de amparo colectivo que impulsó la Municipalidad de General Roca y ordenó a la Provincia de Río Negro, Aguas Rionegrinas SA y el Departamento Provincial de Aguas “cesar el daño ambiental” que provoca el derrame de líquidos cloacales sin tratamiento y a cielo abierto en dos sectores de la ciudad. El fallo no está firme ya que, por su carácter de amparo, puede ser recurrido ante el Superior Tribunal de Justicia.
La jueza dio por acreditada la afectación ambiental en el área comprendida por el desagüe pluvial C21 (paralelo a la Ruta Nacional N° 22 desde calle Mendoza hasta calle Jujuy) y el desagüe PV (ubicado sobre la calle Jujuy desde la Ruta Nacional N° 22 hasta calle Perú).
La condena declaró la “responsabilidad objetiva y solidaria” de las tres demandadas y ordenó que de manera “inmediata, urgente y efectiva” cumplan una serie de disposiciones entre las que se destacan:
– Arbitrar “en forma coordinada todas las medidas concretas, idóneas y eficaces (…) a los fines de que cese el daño ambiental que genera -en los sectores comprendidos en esta acción- el derrame de líquidos cloacales, sin tratamiento y a cielo abierto, impidiendo que se sigan volcando;
– Arbitrar en forma coordinada todas las medidas (…) a los fines de recomponer el daño ambiental en tales sectores en todos sus componentes -agua, aire y suelos-;
– Arbitrar en forma coordinada todas las medidas (…) a los fines de mitigar los efectos nocivos que generan los agentes contaminantes y de prevenir (…) cualquier posibilidad de agravamiento y/o de riesgos a futuro por derrames de líquidos cloacales -desratización, desmalezado, control de insectos-.
Además ordenó la presentación de un “Plan integrado” que cumpla los requisitos de la Ley 25.675 (Ley General del Ambiente) y un plan de acción para materializar el cese del daño y su recomposición, para que la jueza pueda “fiscalizar la ejecución de lo resuelto”. En ese punto, encomendó que el plan de trabajo “deberá ser producto de la participación tanto de las autoridades provinciales que correspondan como del municipio local -conforme sus competencias-, procurando aplicar en todo momento un criterio ambiental, de desarrollo sustentable, con una mirada y criterio de aplicación superadora y constitucional sobre “deslinde de competencias””.
Por otro lado, otorgó a la Provincia y al DPA un plazo de 30 días hábiles para la presentación de la “Información Pública Ambiental” que dispone la Ley General del Ambiente “en forma concentrada, clara y accesible para cualquier persona”, detallando el estado real de avance y viabilidad del “Plan Director del Sistema de Desagües Cloacales de la ciudad de General Roca” que el DPA presentó en el expediente como descargo.
La jueza también dispuso que se presente una evaluación sobre “la posible interferencia que pudiere generar en esta problemática y a futuro la ampliación de la Ruta Nacional 22. Esto ante la estrecha cercanía de las colectoras afectadas en este proceso, la precariedad de las instalaciones (…) y a los fines de no tornar ilusorio lo ordenado”.
Ordenó además diseñar el plan de acción previendo la no repetición de los problemas registrados hasta ahora en las áreas donde Aguas Rionegrinas trabaja para contener el volcado, como los “inconvenientes en la bomba/funcionamiento del by pass, taponaduras, fallas en la tensión eléctrica, falta de funcionamiento de los equipos de ozono y cloro, etcétera”.
En otro tramo la jueza dispuso “interpelar a las demandadas para que asuman el compromiso de acatar lo resuelto lealmente y con la mayor economía procesal y precisión en sus presentaciones”. En cuanto al rol del Municipio, señaló que impulsó el amparo en nombre de los vecinos afectados y que le corresponden acciones de “colaboración, diálogo y bajo una mirada superadora” en la etapa de cumplimiento del fallo. “Todos los involucrados deberán arbitrar de manera efectiva e idónea todos los medios a su alcance para lograr lo encomendado (…) Serán las autoridades involucradas en este litigio, entonces, las que deberán sortear cualquier tipo de valla que obstaculice lo ordenado, por cuanto en definitiva debe procurarse en forma conjunta y coordinada la tutela efectiva al medio ambiente, contándose en la actualidad y como herramienta útil para tal logro el uso de la tecnología”, indicó la jueza.
En ese punto, destacó que desde el inicio del expediente, en marzo de 2015, “pese a la gravedad y dinámica de la problemática ambiental generada por la rotura de los colectores en cuestión, el encuentro entre autoridades municipales, provinciales y de la propia demandada ARSA no ha dado resultados positivos para la tutela, protección y/o preservación del ambiente en sus distintos niveles”.
Argumentos
“Los agentes contaminantes de los líquidos cloacales, los riesgos de contaminación al río Negro, la posible afectación hacia otras comunidades o sectores por el paso del tiempo sin el accionar debido y diligente, la realización de obras y/o de proyectos sin un estudio previo, correcto, diligente, expedito, eficaz, previendo sus implicancias, el modo en que modificará el ambiente, el desenvolvimiento de la población, del tránsito, del desarrollo urbano en curso, son todas cuestiones que no pueden pasar inadvertidas para ARSA, dada la actividad que como persona jurídica desarrolla y por delegación del Estado Provincial”, sostuvo la jueza en su sentencia. “La falta de control, insuficiencia e ineficacia para la protección del bien jurídico y orden público en juego por parte del Estado Provincial y del DPA también ha quedado acreditada”, concluyó.
“Tanto el daño generado como la amenaza de generarse aún uno mayor persisten a la fecha de este decisorio y con llamativa nota de actualidad”, sostuvo en otro tramo de la resolución. “A la fecha del dictado de la presente los derrames de líquidos cloacales no han cesado; la información ambiental pública requerida no ha sido suministrada en autos; el informe sobre impacto ambiental tampoco ha sido confeccionado y presentado, y a todo lo anterior debo sumar la subsistencia de la situación de precariedad inicial en las instalaciones: tanto en el sector concerniente al C21 como al PV, y ello hace temer sobre la concreta posibilidad de que en un futuro cercano esta causa se vea retrotraída a la situación fáctica inicial de esta acción -gran volumen de líquidos cloacales por caída de colectora-”, sintetizó.
Cabe señalar que la resolución no se encuentra firme, pues están habilitadas las instancias legales de apelación para todas las partes.
Roca
Aguas Rionegrinas trabaja en una reparación y hay corte en la zona norte
El suministro comenzaría a normalizarse desde las 16 horas.

Vecinos de la zona norte de Roca se ven afectados este lunes (04/05) por un corte en el suministro de agua potable debido a trabajos que lleva adelante Aguas Rionegrinas.
La empresa explicó que se trata de la reparación de una bomba instalada en los filtros rápidos ubicados en Maipú y Gelonch, fundamentales para el abastecimiento del sector.
El corte alcanza a los barrios ubicados al norte del Canal Principal de Riego y al oeste de calle Maipú, incluyendo Nuevo, Tiro Federal, Noroeste y Aeroclub.
De acuerdo a lo informado, el servicio comenzará a normalizarse en forma paulatina desde las 16 horas, una vez finalizadas las tareas.
Mientras tanto, desde Aguas Rionegrinas solicitan a los usuarios hacer un uso responsable del agua disponible y resguardar las reservas domiciliarias. También se recomienda almacenar agua en recipientes limpios en caso de no contar con tanque.
Ante dudas o consultas, se puede llamar al 0800-999-24827 o comunicarse vía WhatsApp al 2920-402808.
Política
Cesantearon a 6 agentes y sancionaron a otros 36 por incumplimientos
Se registraron casos de abandono de servicio y conductas indebidas.

El Gobierno de Río Negro dispuso 6 cesantías, 33 suspensiones sin goce de haberes y 3 apercibimientos tras las últimas reuniones de la Junta de Disciplina, en el marco de sumarios por incumplimientos graves dentro de la administración pública.
Según se informó oficialmente, «las sanciones son firmes y buscan garantizar el correcto funcionamiento del Estado, así como el uso adecuado de los recursos públicos».
Entre los principales motivos se encuentran casos de abandono de servicio, con agentes que se ausentaron de sus puestos durante períodos prolongados sin justificación, incluso tras ser intimados a retomar sus tareas.
También se detectaron situaciones que afectaron directamente la atención a la comunidad, como la ausencia de un trabajador encargado de otorgar turnos para tomografías en un hospital público, lo que impedía el acceso a estudios médicos de alta complejidad.
En la misma línea, se dictó la cesantía de un agente de salud por maltrato reiterado a compañeros y pacientes, quien además abandonó su puesto dejando a personas internadas sin el cuidado correspondiente. También se aplicaron suspensiones sin goce de haberes por conductas inaceptables, como el uso de una ambulancia oficial para participar de una manifestación o presentarse a trabajar en estado de ebriedad y acosar a una compañera.
Cabe destacar que el sistema es progresivo: si un agente acumula sanciones que superan los 30 días de suspensión, el estatuto prevé la aplicación de la cesantía.
Desde el inicio de la gestión en enero de 2024, se procesaron más de 1.200 expedientes disciplinarios, destrabando trámites que antes sufrían grandes demoras. Este ordenamiento integral resultó en un balance de 102 cesantías, 6 exoneraciones y 492 suspensiones. También se dictaron 91 sobreseimientos y el archivo de 245 expedientes donde no se comprobaron faltas.
El control que realiza el Gobierno es transversal, más allá de que la mayor cantidad de sanciones se concentra en el Ministerio de Salud, debido a su gran densidad de empleados y a la sensibilidad crítica de servicios como guardias hospitalarias. Durante este año se aplicaron sanciones también en la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia (SENAF), IPROSS, IPPV, Desarrollo Humano, Deporte, Cultura y Educación, entre otros.
«Este proceso es riguroso y transparente: las sanciones no son arbitrarias, sino el resultado de sumarios donde instructores especializados reúnen pruebas y garantizan el derecho a defensa. La decisión final recae en la Junta de Disciplina, integrada por representantes del Ejecutivo y los gremios ATE y UPCN», sostuvo la secretaria de la Función Pública, Tania Lastra..
«Río Negro está en marcha y eso nos exige un Estado eficiente. Tenemos la responsabilidad de usar las herramientas legales para poner orden. No hacerlo sería fallarle a la gran mayoría de los empleados que cumplen con orgullo y a los rionegrinos que sostienen el sistema con sus impuestos», afirmó Lastra.
Río Negro
Becas terciarias y universitarias: Requisitos para la inscripción
El monto de las mismas estará establecido en base al Salario Mínimo, Vital y Móvil, calculado al 1 de agosto de 2026

El próximo 11 de mayo comienzan las inscripciones para el Programa de Becas Terciarias/Universitarias 2026, un programa del Gobierno de Río Negro para acompañar a estudiantes de la provincia en su formación.
El Consejo Provincial de Becas definió los criterios de acceso a estas becas destinadas a estudiantes terciarios y universitarios de gestión pública y privada. El monto de las mismas estará establecido en base al Salario Mínimo, Vital y Móvil, calculado al 1 de agosto de 2026, y se fijó como requisito que los ingresos mensuales del grupo familiar no superen los $1.129.800 netos.
Las y los estudiantes podrán inscribirse a través de la página web del Ministerio de Educación y Derechos Humanos donde deberán completar un formulario que estará habilitado en la fecha mencionada.
Posteriormente tendrán que entregar la documentación correspondiente en los Consejos Escolares al que pertenecen por lugar de residencia.
Para anotarse deberán presentar Documento Nacional de Identidad del solicitante y de su grupo familiar; título de Nivel Medio y título analítico o su constancia en trámite, sin adeudar materias al momento de la entrega de la documentación; constancia de inscripción a una carrera de grado de universidades e institutos terciarios de gestión pública y/o privada, y acreditar Plan de Estudios.
También tendrán que presentar constancia de CBU como titular de cuenta; recibos de sueldos del grupo familiar, constancia de inscripción al monotributo o como responsable inscripto, según correspondiera; rendimiento académico con la cursada y finales de materias; Certificado Único de Discapacidad (CUD), si lo hubiera; Certificación Negativa de Anses de los miembros del grupo familiar, si los hubiera y Declaración Jurada de domicilio.
Para más información, se pueden realizar consultas a [email protected].





