Sociedad
Hacen lugar a amparo presentado por el Municipio contra ARSA
Exigen a la empresa «cesar el daño ambiental». El fallo todavía no está firme ya que puede ser recurrido ante el STJ.

La titular del Juzgado Civil N° 3 de Roca, Andrea De La Iglesia, hizo lugar a la acción de amparo colectivo que impulsó la Municipalidad de General Roca y ordenó a la Provincia de Río Negro, Aguas Rionegrinas SA y el Departamento Provincial de Aguas “cesar el daño ambiental” que provoca el derrame de líquidos cloacales sin tratamiento y a cielo abierto en dos sectores de la ciudad. El fallo no está firme ya que, por su carácter de amparo, puede ser recurrido ante el Superior Tribunal de Justicia.
La jueza dio por acreditada la afectación ambiental en el área comprendida por el desagüe pluvial C21 (paralelo a la Ruta Nacional N° 22 desde calle Mendoza hasta calle Jujuy) y el desagüe PV (ubicado sobre la calle Jujuy desde la Ruta Nacional N° 22 hasta calle Perú).
La condena declaró la “responsabilidad objetiva y solidaria” de las tres demandadas y ordenó que de manera “inmediata, urgente y efectiva” cumplan una serie de disposiciones entre las que se destacan:
– Arbitrar “en forma coordinada todas las medidas concretas, idóneas y eficaces (…) a los fines de que cese el daño ambiental que genera -en los sectores comprendidos en esta acción- el derrame de líquidos cloacales, sin tratamiento y a cielo abierto, impidiendo que se sigan volcando;
– Arbitrar en forma coordinada todas las medidas (…) a los fines de recomponer el daño ambiental en tales sectores en todos sus componentes -agua, aire y suelos-;
– Arbitrar en forma coordinada todas las medidas (…) a los fines de mitigar los efectos nocivos que generan los agentes contaminantes y de prevenir (…) cualquier posibilidad de agravamiento y/o de riesgos a futuro por derrames de líquidos cloacales -desratización, desmalezado, control de insectos-.
Además ordenó la presentación de un “Plan integrado” que cumpla los requisitos de la Ley 25.675 (Ley General del Ambiente) y un plan de acción para materializar el cese del daño y su recomposición, para que la jueza pueda “fiscalizar la ejecución de lo resuelto”. En ese punto, encomendó que el plan de trabajo “deberá ser producto de la participación tanto de las autoridades provinciales que correspondan como del municipio local -conforme sus competencias-, procurando aplicar en todo momento un criterio ambiental, de desarrollo sustentable, con una mirada y criterio de aplicación superadora y constitucional sobre “deslinde de competencias””.
Por otro lado, otorgó a la Provincia y al DPA un plazo de 30 días hábiles para la presentación de la “Información Pública Ambiental” que dispone la Ley General del Ambiente “en forma concentrada, clara y accesible para cualquier persona”, detallando el estado real de avance y viabilidad del “Plan Director del Sistema de Desagües Cloacales de la ciudad de General Roca” que el DPA presentó en el expediente como descargo.
La jueza también dispuso que se presente una evaluación sobre “la posible interferencia que pudiere generar en esta problemática y a futuro la ampliación de la Ruta Nacional 22. Esto ante la estrecha cercanía de las colectoras afectadas en este proceso, la precariedad de las instalaciones (…) y a los fines de no tornar ilusorio lo ordenado”.
Ordenó además diseñar el plan de acción previendo la no repetición de los problemas registrados hasta ahora en las áreas donde Aguas Rionegrinas trabaja para contener el volcado, como los “inconvenientes en la bomba/funcionamiento del by pass, taponaduras, fallas en la tensión eléctrica, falta de funcionamiento de los equipos de ozono y cloro, etcétera”.
En otro tramo la jueza dispuso “interpelar a las demandadas para que asuman el compromiso de acatar lo resuelto lealmente y con la mayor economía procesal y precisión en sus presentaciones”. En cuanto al rol del Municipio, señaló que impulsó el amparo en nombre de los vecinos afectados y que le corresponden acciones de “colaboración, diálogo y bajo una mirada superadora” en la etapa de cumplimiento del fallo. “Todos los involucrados deberán arbitrar de manera efectiva e idónea todos los medios a su alcance para lograr lo encomendado (…) Serán las autoridades involucradas en este litigio, entonces, las que deberán sortear cualquier tipo de valla que obstaculice lo ordenado, por cuanto en definitiva debe procurarse en forma conjunta y coordinada la tutela efectiva al medio ambiente, contándose en la actualidad y como herramienta útil para tal logro el uso de la tecnología”, indicó la jueza.
En ese punto, destacó que desde el inicio del expediente, en marzo de 2015, “pese a la gravedad y dinámica de la problemática ambiental generada por la rotura de los colectores en cuestión, el encuentro entre autoridades municipales, provinciales y de la propia demandada ARSA no ha dado resultados positivos para la tutela, protección y/o preservación del ambiente en sus distintos niveles”.
Argumentos
“Los agentes contaminantes de los líquidos cloacales, los riesgos de contaminación al río Negro, la posible afectación hacia otras comunidades o sectores por el paso del tiempo sin el accionar debido y diligente, la realización de obras y/o de proyectos sin un estudio previo, correcto, diligente, expedito, eficaz, previendo sus implicancias, el modo en que modificará el ambiente, el desenvolvimiento de la población, del tránsito, del desarrollo urbano en curso, son todas cuestiones que no pueden pasar inadvertidas para ARSA, dada la actividad que como persona jurídica desarrolla y por delegación del Estado Provincial”, sostuvo la jueza en su sentencia. “La falta de control, insuficiencia e ineficacia para la protección del bien jurídico y orden público en juego por parte del Estado Provincial y del DPA también ha quedado acreditada”, concluyó.
“Tanto el daño generado como la amenaza de generarse aún uno mayor persisten a la fecha de este decisorio y con llamativa nota de actualidad”, sostuvo en otro tramo de la resolución. “A la fecha del dictado de la presente los derrames de líquidos cloacales no han cesado; la información ambiental pública requerida no ha sido suministrada en autos; el informe sobre impacto ambiental tampoco ha sido confeccionado y presentado, y a todo lo anterior debo sumar la subsistencia de la situación de precariedad inicial en las instalaciones: tanto en el sector concerniente al C21 como al PV, y ello hace temer sobre la concreta posibilidad de que en un futuro cercano esta causa se vea retrotraída a la situación fáctica inicial de esta acción -gran volumen de líquidos cloacales por caída de colectora-”, sintetizó.
Cabe señalar que la resolución no se encuentra firme, pues están habilitadas las instancias legales de apelación para todas las partes.
Roca
El Municipio compactará más de 170 vehículos abandonados
Se trata de 161 motocicletas y 18 automotores. El plazo para regularizar la situación es de 20 días corridos.

El Municipio de General Roca avanza con el proceso de compactación de vehículos que superaron el plazo máximo de permanencia en depósito, tal como lo establece la ordenanza vigente.
En esta oportunidad, se trata de 161 motocicletas y 18 automotores que serán destruidos si no se regulariza su situación dentro del plazo establecido.
El listado completo de los rodados fue publicado en el sitio web municipal y, a partir de este martes (21/04), comenzó a regir un plazo de 20 días corridos para que los titulares puedan realizar los reclamos correspondientes.
En caso de no registrarse presentaciones ni regularizaciones, se procederá a la compactación definitiva del lote.
Roca
Avanza la obra de un nuevo cruce sobre el Canalito
Estará ubicado sobre la calle Santa Cruz y será similar al ya ejecutado sobre el cruce de España.

El Municipio de Roca continúa avanzando con la obra del cruce de calzada sobre el Canalito (canal secundario de riego), ubicado en calle Santa Cruz entre Isidro Lobo e Yrigoyen, donde se desarrollan las tareas de hormigonado de la futura calzada.
Asimismo, esta intervención forma parte del programa de remodelación integral de las plazas del Canalito, una iniciativa que busca poner en valor estos espacios públicos, promoviendo entornos más accesibles, seguros y de calidad para el disfrute de la comunidad.
Este nuevo cruce contará con un puente que permitirá optimizar la conectividad en la zona, brindando una alternativa segura y ordenada para el tránsito vehicular y peatonal. La calzada tendrá un ancho de 5,20 metros y será de circulación en una sola mano, con sentido sur-norte.

Además, a ambos lados del puente se construirán veredas de hormigón de 1,65 metros de ancho, que incluirán rampas de accesibilidad para garantizar una circulación inclusiva para todas las personas. La obra también contempla la colocación de luminarias, bancos y barandas de contención en el puente, aportando mayor seguridad y confort al espacio público.
Cabe destacar que este nuevo cruce es similar al ya ejecutado en calle España, una intervención que ha demostrado ser altamente positiva para mejorar la conectividad urbana.
La concreción de esta obra resulta fundamental para descomprimir el tránsito en sectores aledaños, generar nuevos accesos y favorecer una circulación más fluida, segura y ordenada, acompañando el crecimiento de la ciudad y mejorando la calidad de vida de vecinos y vecinas.
«Se solicita a la comunidad circular con precaución en la zona mientras se desarrollan los trabajos y respetar la señalización dispuesta», indicaron al respecto desde el Municipio.
Roca
Más de 140 actas y 26 alcoholemias positivas en controles de tránsito en Roca
Las multas pueden superar los $3.600.000.

Como ocurre semanalmente, inspectores municipales de tránsito realizaron operativos de control en distintos sectores de General Roca con el objetivo de reforzar la seguridad vial tanto en zonas urbanas como rurales.
Durante el período comprendido entre el lunes 13 de marzo y el domingo 19 de abril se labraron 145 actas, de las cuales 26 correspondieron a casos de alcoholemia positiva.
Además, se procedió a la retención preventiva de 40 vehículos: 25 motocicletas y 15 automóviles. Del total, 11 fueron retenidos por alcoholemia positiva, 5 por ruidos molestos, 4 por delegar la conducción a menores de edad y 20 por falta de documentación.
Desde el Municipio indicaron que las infracciones más frecuentes detectadas fueron la falta de licencia de conducir y de seguro obligatorio.
La importancia de conducir sin haber tomado alcohol
Desde la Dirección de Tránsito reiteraron que rige la Ordenanza N° 5020/23 de Alcohol Cero, que prohíbe conducir con cualquier nivel de alcohol en sangre. Las multas por incumplimiento van de 1.000 a 3.000 USAM, es decir, entre $1.200.000 y $3.600.000, además de la inhabilitación de la licencia.
También remarcaron que el consumo de alcohol, incluso en pequeñas cantidades, incrementa significativamente el riesgo de siniestros viales, por lo que recomendaron evitar su ingesta al conducir o designar un conductor responsable.





