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Sociedad

Hacen lugar a amparo presentado por el Municipio contra ARSA

Exigen a la empresa «cesar el daño ambiental». El fallo todavía no está firme ya que puede ser recurrido ante el STJ.

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La titular del Juzgado Civil N° 3 de Roca, Andrea De La Iglesia, hizo lugar a la acción de amparo colectivo que impulsó la Municipalidad de General Roca y ordenó a la Provincia de Río Negro, Aguas Rionegrinas SA y el Departamento Provincial de Aguas “cesar el daño ambiental” que provoca el derrame de líquidos cloacales sin tratamiento y a cielo abierto en dos sectores de la ciudad. El fallo no está firme ya que, por su carácter de amparo, puede ser recurrido ante el Superior Tribunal de Justicia.

La jueza dio por acreditada la afectación ambiental en el área comprendida por el desagüe pluvial C21 (paralelo a la Ruta Nacional N° 22 desde calle Mendoza hasta calle Jujuy) y el desagüe PV (ubicado sobre la calle Jujuy desde la Ruta Nacional N° 22 hasta calle Perú).

La condena declaró la “responsabilidad objetiva y solidaria” de las tres demandadas y ordenó que de manera “inmediata, urgente y efectiva” cumplan una serie de disposiciones entre las que se destacan:
– Arbitrar “en forma coordinada todas las medidas concretas, idóneas y eficaces (…) a los fines de que cese el daño ambiental que genera -en los sectores comprendidos en esta acción- el derrame de líquidos cloacales, sin tratamiento y a cielo abierto, impidiendo que se sigan volcando;
– Arbitrar en forma coordinada todas las medidas (…) a los fines de recomponer el daño ambiental en tales sectores en todos sus componentes -agua, aire y suelos-;
– Arbitrar en forma coordinada todas las medidas (…) a los fines de mitigar los efectos nocivos que generan los agentes contaminantes y de prevenir (…) cualquier posibilidad de agravamiento y/o de riesgos a futuro por derrames de líquidos cloacales -desratización, desmalezado, control de insectos-.

Además ordenó la presentación de un “Plan integrado” que cumpla los requisitos de la Ley 25.675 (Ley General del Ambiente) y un plan de acción para materializar el cese del daño y su recomposición, para que la jueza pueda “fiscalizar la ejecución de lo resuelto”. En ese punto, encomendó que el plan de trabajo “deberá ser producto de la participación tanto de las autoridades provinciales que correspondan como del municipio local -conforme sus competencias-, procurando aplicar en todo momento un criterio ambiental, de desarrollo sustentable, con una mirada y criterio de aplicación superadora y constitucional sobre “deslinde de competencias””.

Por otro lado, otorgó a la Provincia y al DPA un plazo de 30 días hábiles para la presentación de la “Información Pública Ambiental” que dispone la Ley General del Ambiente “en forma concentrada, clara y accesible para cualquier persona”, detallando el estado real de avance y viabilidad del “Plan Director del Sistema de Desagües Cloacales de la ciudad de General Roca” que el DPA presentó en el expediente como descargo.

La jueza también dispuso que se presente una evaluación sobre “la posible interferencia que pudiere generar en esta problemática y a futuro la ampliación de la Ruta Nacional 22. Esto ante la estrecha cercanía de las colectoras afectadas en este proceso, la precariedad de las instalaciones (…) y a los fines de no tornar ilusorio lo ordenado”.

Ordenó además diseñar el plan de acción previendo la no repetición de los problemas registrados hasta ahora en las áreas donde Aguas Rionegrinas trabaja para contener el volcado, como los “inconvenientes en la bomba/funcionamiento del by pass, taponaduras, fallas en la tensión eléctrica, falta de funcionamiento de los equipos de ozono y cloro, etcétera”.

En otro tramo la jueza dispuso “interpelar a las demandadas para que asuman el compromiso de acatar lo resuelto lealmente y con la mayor economía procesal y precisión en sus presentaciones”. En cuanto al rol del Municipio, señaló que impulsó el amparo en nombre de los vecinos afectados y que le corresponden acciones de “colaboración, diálogo y bajo una mirada superadora” en la etapa de cumplimiento del fallo. “Todos los involucrados deberán arbitrar de manera efectiva e idónea todos los medios a su alcance para lograr lo encomendado (…) Serán las autoridades involucradas en este litigio, entonces, las que deberán sortear cualquier tipo de valla que obstaculice lo ordenado, por cuanto en definitiva debe procurarse en forma conjunta y coordinada la tutela efectiva al medio ambiente, contándose en la actualidad y como herramienta útil para tal logro el uso de la tecnología”, indicó la jueza.

En ese punto, destacó que desde el inicio del expediente, en marzo de 2015, “pese a la gravedad y dinámica de la problemática ambiental generada por la rotura de los colectores en cuestión, el encuentro entre autoridades municipales, provinciales y de la propia demandada ARSA no ha dado resultados positivos para la tutela, protección y/o preservación del ambiente en sus distintos niveles”.

Argumentos

“Los agentes contaminantes de los líquidos cloacales, los riesgos de contaminación al río Negro, la posible afectación hacia otras comunidades o sectores por el paso del tiempo sin el accionar debido y diligente, la realización de obras y/o de proyectos sin un estudio previo, correcto, diligente, expedito, eficaz, previendo sus implicancias, el modo en que modificará el ambiente, el desenvolvimiento de la población, del tránsito, del desarrollo urbano en curso, son todas cuestiones que no pueden pasar inadvertidas para ARSA, dada la actividad que como persona jurídica desarrolla y por delegación del Estado Provincial”, sostuvo la jueza en su sentencia. “La falta de control, insuficiencia e ineficacia para la protección del bien jurídico y orden público en juego por parte del Estado Provincial y del DPA también ha quedado acreditada”, concluyó.

“Tanto el daño generado como la amenaza de generarse aún uno mayor persisten a la fecha de este decisorio y con llamativa nota de actualidad”, sostuvo en otro tramo de la resolución. “A la fecha del dictado de la presente los derrames de líquidos cloacales no han cesado; la información ambiental pública requerida no ha sido suministrada en autos; el informe sobre impacto ambiental tampoco ha sido confeccionado y presentado, y a todo lo anterior debo sumar la subsistencia de la situación de precariedad inicial en las instalaciones: tanto en el sector concerniente al C21 como al PV, y ello hace temer sobre la concreta posibilidad de que en un futuro cercano esta causa se vea retrotraída a la situación fáctica inicial de esta acción -gran volumen de líquidos cloacales por caída de colectora-”, sintetizó.

Cabe señalar que la resolución no se encuentra firme, pues están habilitadas las instancias legales de apelación para todas las partes.

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Judiciales

Buscan intensamente a una mujer de 35 años desaparecida desde hace una semana en Roca

Fue vista por última vez alrededor de las 13.30 del martes pasado y desde entonces se desconoce su paradero.

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Las autoridades judiciales y policiales solicitaron la colaboración de la comunidad para dar con el paradero de Cintia Alexis Campos, una mujer de 35 años domiciliada en General Roca, cuyo rastro se perdió durante la tarde del martes 9 de junio. Según informó el Ministerio Público Fiscal, la mujer fue vista por última vez alrededor de las 13.30 horas y desde entonces no se tienen novedades sobre su ubicación.

Campos reside en un domicilio ubicado sobre Avenida Roca al 4000 y es intensamente buscada por familiares, la Justicia y las fuerzas de seguridad. Tiene contextura delgada, mide aproximadamente 1,59 metros de altura, posee tez blanca, ojos marrones y cabello castaño oscuro, largo hasta los hombros y con rulos.

Al momento de ausentarse vestía una calza negra, una campera inflada color gris y zapatillas blancas.

Desde el Ministerio Público Fiscal solicitaron que cualquier persona que cuente con información que pueda contribuir a localizarla se comunique de inmediato al RN Emergencias 911, a la Fiscalía de turno al teléfono (0298) 4231271 o a la unidad policial más cercana.

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Judiciales

Murió el anestesiólogo condenado por la muerte de Valentín

Atencio Krausse falleció en las últimas horas. Había sido condenado a tres años de prisión condicional e inhabilitado para ejercer la profesión.

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En las últimas horas de este domingo (14/06) se confirmó el fallecimiento del médico anestesiólogo Mauricio Atencio Krausse, quien había sido condenado por su responsabilidad en la muerte de Valentín, el niño de 4 años que falleció durante una intervención quirúrgica realizada en General Roca.

Atencio Krausse atravesaba una enfermedad terminal y sufrió un ACV hemorrágico que agravó de manera irreversible su estado de salud.

El nombre del anestesiólogo había adquirido notoriedad pública durante los últimos años a raíz del juicio por la muerte de Valentín. La Justicia concluyó que el fallecimiento del pequeño no fue producto de una fatalidad, sino consecuencia de una conducta negligente durante la práctica médica.

Por ese motivo, Krausse fue condenado a 3 años de prisión de ejecución condicional y a la inhabilitación para ejercer la medicina. La sentencia fue ratificada en su totalidad a mediados de mayo por instancias superiores.

La muerte del profesional se produce pocas semanas después de la confirmación definitiva de la condena y mientras continúa vigente el debate sobre la seguridad en los quirófanos y las responsabilidades médicas en procedimientos de alta complejidad.

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Sociedad

Tragamonedas, juegos de mesa y live dealer: Qué diferencia a cada tipo de juego en un casino online

Tres tipos de juegos en un casino online y en qué se diferencian: tragamonedas, juegos de mesa y live dealer. Qué mirar antes de elegir dónde jugar.

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Cuando alguien entra por primera vez a un casino online, lo más probable es que termine en una tragamoneda. Son el tipo de juego más visible, el de mayor variedad y el que menos requiere conocer reglas previas. Pero los casinos digitales no se reducen a los slots: ofrecen al menos tres categorías de juegos con mecánicas, ritmos y niveles de interacción completamente distintos. Saber en qué se diferencia cada una cambia la forma de elegir en qué plataforma y en qué juego invertir el tiempo.

Tragamonedas: el juego más popular y por qué

Las tragamonedas, también llamadas slots, funcionan con un generador de números aleatorios (RNG) que determina el resultado de cada giro de forma independiente. Dos conceptos clave para entenderlas son el RTP (Return to Player) y la volatilidad.

El RTP indica el porcentaje teórico que el juego devuelve al jugador a largo plazo. Una tragamoneda con RTP del 96% devolverá, en teoría, $96 por cada $100 apostados a lo largo de miles de giros. La volatilidad describe el patrón de pagos: baja volatilidad implica premios pequeños pero frecuentes; alta volatilidad, premios menos frecuentes pero de mayor valor.

Las tragamonedas clásicas tienen tres rodillos y símbolos simples. Las video slots modernas incorporan cinco o más rodillos, rondas de bonos, giros gratuitos (free spins) y mecánicas como Megaways, que multiplican las formas de ganar en cada giro. Esta variedad explica por qué dominan la oferta de cualquier casino online.

Juegos de mesa online: blackjack, ruleta y baccarat

Los juegos de mesa se distinguen de las tragamonedas por dos características: la ventaja de la casa es fija y conocida de antemano, y algunos tienen un componente estratégico real que el jugador puede aprender.

En la ruleta europea, esa ventaja es del 2,7%. En el blackjack, aplicando la estrategia básica correctamente, el margen puede reducirse por debajo del 0,5%. El baccarat, aunque parece complejo, es en realidad uno de los juegos de azar más simples: el jugador solo elige entre tres opciones posibles.

Los juegos de mesa en formato digital funcionan también con RNG. La diferencia con el formato live es que en la versión digital no hay un crupier humano del otro lado de la pantalla, lo que para muchos jugadores altera parte de la experiencia.

Casino en vivo: el crupier real desde la pantalla

El casino en vivo resuelve exactamente eso. En esta modalidad, el juego se transmite en tiempo real desde un estudio especializado: hay un crupier humano manejando las cartas o la ruleta, y la imagen llega al jugador vía streaming con alta resolución y cámaras múltiples. El jugador toma sus decisiones desde la interfaz de la plataforma, pero ve el desarrollo del juego en directo.

Esto genera una percepción distinta del resultado: el giro de la ruleta o el reparto de cartas ocurre frente a la cámara, sin intermediación de algoritmos visibles. Para muchos jugadores, eso equivale a mayor transparencia.

La oferta de live varía según la plataforma: algunas solo tienen blackjack y ruleta en vivo, otras suman baccarat, póker y variantes menos comunes. Para quienes quieran ver qué juegos de las tres categorías tienen destacados en Granawin, el análisis de argenpress.info detalla su catálogo, los bonos disponibles y las condiciones para jugadores argentinos.

Tres perfiles definen a qué categoría conviene entrar primero: quien busca simplicidad y entretenimiento sin curva de aprendizaje va a encontrar lo suyo en las tragamonedas; quien quiere aplicar estrategia y reducir la ventaja de la casa tiene más herramientas en los juegos de mesa; quien prioriza la experiencia social y la sensación de una mesa real va a preferir el live dealer. Conocer esa diferencia antes de abrir una cuenta evita frustraciones y ayuda a elegir con criterio.

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