Sociedad
Hacen lugar a amparo presentado por el Municipio contra ARSA
Exigen a la empresa «cesar el daño ambiental». El fallo todavía no está firme ya que puede ser recurrido ante el STJ.

La titular del Juzgado Civil N° 3 de Roca, Andrea De La Iglesia, hizo lugar a la acción de amparo colectivo que impulsó la Municipalidad de General Roca y ordenó a la Provincia de Río Negro, Aguas Rionegrinas SA y el Departamento Provincial de Aguas “cesar el daño ambiental” que provoca el derrame de líquidos cloacales sin tratamiento y a cielo abierto en dos sectores de la ciudad. El fallo no está firme ya que, por su carácter de amparo, puede ser recurrido ante el Superior Tribunal de Justicia.
La jueza dio por acreditada la afectación ambiental en el área comprendida por el desagüe pluvial C21 (paralelo a la Ruta Nacional N° 22 desde calle Mendoza hasta calle Jujuy) y el desagüe PV (ubicado sobre la calle Jujuy desde la Ruta Nacional N° 22 hasta calle Perú).
La condena declaró la “responsabilidad objetiva y solidaria” de las tres demandadas y ordenó que de manera “inmediata, urgente y efectiva” cumplan una serie de disposiciones entre las que se destacan:
– Arbitrar “en forma coordinada todas las medidas concretas, idóneas y eficaces (…) a los fines de que cese el daño ambiental que genera -en los sectores comprendidos en esta acción- el derrame de líquidos cloacales, sin tratamiento y a cielo abierto, impidiendo que se sigan volcando;
– Arbitrar en forma coordinada todas las medidas (…) a los fines de recomponer el daño ambiental en tales sectores en todos sus componentes -agua, aire y suelos-;
– Arbitrar en forma coordinada todas las medidas (…) a los fines de mitigar los efectos nocivos que generan los agentes contaminantes y de prevenir (…) cualquier posibilidad de agravamiento y/o de riesgos a futuro por derrames de líquidos cloacales -desratización, desmalezado, control de insectos-.
Además ordenó la presentación de un “Plan integrado” que cumpla los requisitos de la Ley 25.675 (Ley General del Ambiente) y un plan de acción para materializar el cese del daño y su recomposición, para que la jueza pueda “fiscalizar la ejecución de lo resuelto”. En ese punto, encomendó que el plan de trabajo “deberá ser producto de la participación tanto de las autoridades provinciales que correspondan como del municipio local -conforme sus competencias-, procurando aplicar en todo momento un criterio ambiental, de desarrollo sustentable, con una mirada y criterio de aplicación superadora y constitucional sobre “deslinde de competencias””.
Por otro lado, otorgó a la Provincia y al DPA un plazo de 30 días hábiles para la presentación de la “Información Pública Ambiental” que dispone la Ley General del Ambiente “en forma concentrada, clara y accesible para cualquier persona”, detallando el estado real de avance y viabilidad del “Plan Director del Sistema de Desagües Cloacales de la ciudad de General Roca” que el DPA presentó en el expediente como descargo.
La jueza también dispuso que se presente una evaluación sobre “la posible interferencia que pudiere generar en esta problemática y a futuro la ampliación de la Ruta Nacional 22. Esto ante la estrecha cercanía de las colectoras afectadas en este proceso, la precariedad de las instalaciones (…) y a los fines de no tornar ilusorio lo ordenado”.
Ordenó además diseñar el plan de acción previendo la no repetición de los problemas registrados hasta ahora en las áreas donde Aguas Rionegrinas trabaja para contener el volcado, como los “inconvenientes en la bomba/funcionamiento del by pass, taponaduras, fallas en la tensión eléctrica, falta de funcionamiento de los equipos de ozono y cloro, etcétera”.
En otro tramo la jueza dispuso “interpelar a las demandadas para que asuman el compromiso de acatar lo resuelto lealmente y con la mayor economía procesal y precisión en sus presentaciones”. En cuanto al rol del Municipio, señaló que impulsó el amparo en nombre de los vecinos afectados y que le corresponden acciones de “colaboración, diálogo y bajo una mirada superadora” en la etapa de cumplimiento del fallo. “Todos los involucrados deberán arbitrar de manera efectiva e idónea todos los medios a su alcance para lograr lo encomendado (…) Serán las autoridades involucradas en este litigio, entonces, las que deberán sortear cualquier tipo de valla que obstaculice lo ordenado, por cuanto en definitiva debe procurarse en forma conjunta y coordinada la tutela efectiva al medio ambiente, contándose en la actualidad y como herramienta útil para tal logro el uso de la tecnología”, indicó la jueza.
En ese punto, destacó que desde el inicio del expediente, en marzo de 2015, “pese a la gravedad y dinámica de la problemática ambiental generada por la rotura de los colectores en cuestión, el encuentro entre autoridades municipales, provinciales y de la propia demandada ARSA no ha dado resultados positivos para la tutela, protección y/o preservación del ambiente en sus distintos niveles”.
Argumentos
“Los agentes contaminantes de los líquidos cloacales, los riesgos de contaminación al río Negro, la posible afectación hacia otras comunidades o sectores por el paso del tiempo sin el accionar debido y diligente, la realización de obras y/o de proyectos sin un estudio previo, correcto, diligente, expedito, eficaz, previendo sus implicancias, el modo en que modificará el ambiente, el desenvolvimiento de la población, del tránsito, del desarrollo urbano en curso, son todas cuestiones que no pueden pasar inadvertidas para ARSA, dada la actividad que como persona jurídica desarrolla y por delegación del Estado Provincial”, sostuvo la jueza en su sentencia. “La falta de control, insuficiencia e ineficacia para la protección del bien jurídico y orden público en juego por parte del Estado Provincial y del DPA también ha quedado acreditada”, concluyó.
“Tanto el daño generado como la amenaza de generarse aún uno mayor persisten a la fecha de este decisorio y con llamativa nota de actualidad”, sostuvo en otro tramo de la resolución. “A la fecha del dictado de la presente los derrames de líquidos cloacales no han cesado; la información ambiental pública requerida no ha sido suministrada en autos; el informe sobre impacto ambiental tampoco ha sido confeccionado y presentado, y a todo lo anterior debo sumar la subsistencia de la situación de precariedad inicial en las instalaciones: tanto en el sector concerniente al C21 como al PV, y ello hace temer sobre la concreta posibilidad de que en un futuro cercano esta causa se vea retrotraída a la situación fáctica inicial de esta acción -gran volumen de líquidos cloacales por caída de colectora-”, sintetizó.
Cabe señalar que la resolución no se encuentra firme, pues están habilitadas las instancias legales de apelación para todas las partes.
Sociedad
Pidió gasoil y le cargaron nafta: Tendrán que compensar los daños en el vehículo
El error ocurrió en una estación concesionada de la región y derivó en fallas mecánicas y un reclamo judicial.

Pidió gasoil para una camioneta diésel, pero en el surtidor le cargaron nafta. A las pocas cuadras el motor empezó a fallar y el conductor volvió de inmediato a la estación para reclamar. Ese error en la carga activó un traslado al taller y, más tarde, un nuevo desperfecto en plena ruta. El episodio terminó en un juicio por daños y perjuicios en Cipolletti con una sentencia favorable al dueño de la Mitsubishi Montero.
Según surge del fallo, el hecho ocurrió en una estación de servicio concesionada de la región. La persona que conducía el vehículo solicitó expresamente gasoil, aunque la factura acreditó que se despachó nafta. Tras advertir fallas en el funcionamiento, regresó al lugar y efectuó el reclamo. Desde la estación se informó que se harían cargo del inconveniente y se dispuso el traslado del rodado a un taller mecánico.
En ese primer ingreso al taller se realizaron tareas de vaciado y limpieza del sistema de combustible, además de la carga del combustible correspondiente. El vehículo regresó a la estación y fue retirado por su titular, quien firmó una constancia vinculada a los trabajos realizados. Sin embargo, el conflicto no terminó allí.
De acuerdo con la versión expuesta en el expediente, tiempo después el vehículo volvió a presentar fallas mientras circulaba en la Ruta Provincial N° 65, en cercanías de Fernández Oro. Ante esa situación, el conductor intentó comunicarse con personal de la estación y, al no obtener respuesta inmediata, recurrió a un tercero para recibir asistencia. Luego llevó la camioneta a otro taller mecánico, donde se efectuó un nuevo diagnóstico y reparaciones más amplias.
La estación de servicio reconoció que existió una carga errónea de combustible, aunque sostuvo que el pedido efectuado por el cliente había generado confusión. Aun así, afirmó que asumió los costos del primer traslado, de la descontaminación y de una segunda intervención posterior, que incluyó el cambio de determinadas piezas, todo sin cargo para el usuario. También destacó que en ambas oportunidades el vehículo fue retirado en marcha y con constancias firmadas de conformidad.
Durante el proceso judicial declararon mecánicos que intervinieron en las reparaciones y personal de la estación. Un taller explicó el procedimiento habitual ante una contaminación de combustible y sostuvo que, tras la limpieza, el rodado no presentó fallas. El otro taller describió un cuadro distinto, con componentes afectados y la necesidad de trabajos adicionales. El expediente incorporó documentación, testimonios y registros que dieron cuenta de ambas intervenciones.
Al analizar el caso, el juez encuadró el conflicto dentro de una relación de consumo y aplicó la Ley de Defensa del Consumidor. El fallo tuvo por acreditado el hecho central: se suministró un producto distinto al solicitado, lo que constituyó una prestación defectuosa del servicio. El magistrado remarcó que el control de la operación de carga recae en quien la ejecuta y que la estación debía extremar los cuidados por tratarse de un producto riesgoso.
Uno de los puntos clave fue la relación entre el error inicial y los daños posteriores. La sentencia señaló que no se produjo una pericia mecánica que permitiera establecer con precisión el alcance técnico de la contaminación ni la causa exacta de las fallas detectadas tiempo después. Frente a esa falta de prueba concluyente, el juez aplicó el principio de interpretación favorable al consumidor cuando subsisten dudas razonables.
Con ese criterio, el Poder Judicial responsabilizó a la estación de servicio por los daños materiales acreditados y reconoció un resarcimiento por las molestias y padecimientos derivados del episodio. Por eso la firma Servicios Cipolletti S.R.L deberá indemnizar al cliente. El fallo es de primera instancia y no está firme porque puede ser apelado.
Roca
Controles de tránsito en Roca: 38 vehículos retenidos y 14 alcoholemias positivas en una semana
Las multas por alcoholemia positiva pueden superar los 3 millones de pesos.

La Dirección de Tránsito del Municipio de General Roca informó los resultados de los controles vehiculares realizados durante la última semana en distintos puntos de la ciudad, en el marco de los operativos preventivos habituales.
Entre el lunes (02/02) y el domingo (08/02), los inspectores municipales confeccionaron 114 actas de infracción. En ese período se detectaron 14 casos de alcoholemia positiva, lo que motivó la retención de 10 vehículos. Sumadas a otras 28 retenciones por diferentes infracciones, el total de rodados retenidos ascendió a 38, entre motos y automóviles.
Las infracciones más reiteradas fueron la falta de licencia habilitante y de seguro, ambas consideradas faltas graves por la normativa vigente.
En ese sentido, recordaron que en la ciudad rige la Ordenanza 5020/23 de Alcohol Cero al Volante, que prohíbe conducir con cualquier graduación alcohólica en sangre. Las sanciones por incumplir esta norma van de 1.000 a 3.000 USAM, lo que equivale a montos de entre $1.200.000 y $3.600.000, según la tarifaria vigente, además de la inhabilitación de la licencia de conducir.
Roca
Mucho más que un gran show
La tradicional Fiesta Nacional de la Manzana vuelve a poner en valor la cultura manzanera y el trabajo local.

La próxima edición de la Fiesta Nacional de la Manzana viene con todo. Además de espectáculos musicales de primer nivel, habrá concursos, juegos, homenajes, sorteos, parque de diversiones, productores, artesanos y la mejor gastronomía. Esta fiesta se distingue por el fuerte arraigo con la cultura y la producción local, pero sobre todo por la tradición manzanera y su sello que se imprime en cada edición hace más de 40 años.
Algunos de los imperdibles de esta edición, con novedades para el público manzanero:
- Circuito de la Producción: Un lugar destinado a las y los más chicos, para que puedan aprender jugando: cosechar en una mini chacra, manejar un mini tractor, embalar en un mini empaque, dibujar una marca de fruta propia y elaborar jugos de manzana, son algunas de las actividades que podrán realizar en forma gratuita.
Concurso de Embaladores: La destreza de las y los participantes es un show que se podrá disfrutar sábado y domingo desde las 21 hs en el Escenario de la Producción. Los ganadores/as de cada categoría se llevan una moto (1° puesto), una bicicleta (2° puesto) y una orden de compras por $500.000 (3° puesto). Información de inscripción en generalroca.gob.ar.
Concurso del Peso de la Manzana por un Auto 0km: Dicen que estimar es un arte y que la práctica ayuda. Lo cierto es que gana quien más se aproxime al valor que indique la balanza. ¿Cómo participar del sorteo de concursantes? Completar el cupón web disponible en fnm.generalroca.gob.ar/ o el cupón físico próximamente disponible en el hall del edificio municipal. El gran momento será el sábado 22 de febrero en el Escenario Mayor.
Concurso de Ideas Emprendedoras: Tiene como objetivo dar a conocer y visibilizar el potencial emprendedor de la zona. ¡El público que participa votando su emprendimiento favorito, participa también del Sorteo de un Viaje a Buenos Aires para dos personas y entradas a un recital! Votación habilitada en fnm.generalroca.gob.ar. Sábado 21 de febrero en el Escenario Mayor.
Reconocimiento a Protagonistas del Circuito Productivo: Con el objetivo de valorizar y visibilizar el esfuerzo y dedicación que muchas personas en el Alto Valle han volcado a la producción frutícola, cada edición de la Fiesta distingue un grupo de historias de vida. El domingo 22 de febrero en el Escenario mayor se dará este emotivo momento que da a conocer a los hombres y mujeres que con su granito de arena aportaron al crecimiento de la principal actividad productiva de la región.
Reconocimiento a palistas roquenses: Este 2026 se cumplió la 50° edición de la Regata Internacional del río Negro, y el Municipio de Roca homenajeará a palistas roquenses que, a lo largo de los años, participaron de esta tradicional competencia, representando a la ciudad con esfuerzo, compromiso y pasión por el canotaje. El acto se realizará el viernes 20 de febrero en el Escenario de la Producción.
Premiación Tria Cross de la Manzana: Con más de 150 atletas inscriptos, se viene un nuevo capítulo de este gran evento deportivo, a realizarse el domingo 15 de febrero en el Área Natural Protegida Paso Córdoba. Una prueba combinada desafiará una vez más a transitar las disciplinas de natación, MTB y running, con un circuito que pondrá a prueba a los y las deportistas en un entorno natural inigualable. Quienes resulten ganadores y ganadoras, serán reconocidos y premiados el viernes 22 de febrero en el Escenario Mayor.
Manzana Skatepark: El desafío deportivo BMX & Skate Jam Session “Manzana Skatepark” que tuvo su primera edición el año pasado, volvió para quedarse. El próximo viernes 13 y sábado 14 de febrero, la pista municipal ubicada en el Paseo del Canal Grande, sobre calles Gelonch y Maipú, vuelve a recibir a skaters y riders de todo el país que se suman a esta compe llena de buena onda. Con inscripción gratuita aún abierta, cada participante deberá completar el formulario web disponible en el siguiente link: forms.gle/fYZmHcYXDD2GtdtdA (Fecha límite jueves 12 de febrero, a las 12 hs).
Muestra Fiesta Nacional de la Manzana y sus reinas en el Museo Vintter: Ya está habilitada y se exhiben fotografías y atributos de las ex Reinas de la Manzana, como eran la capa, la banda, el cetro y la corona; así como también la historia de la eliminación del concurso de belleza, y su reemplazo por el Concurso de Ideas Emprendedoras, invitando a una reflexión sobre la evolución del rol de la mujer en el marco de la Fiesta. Se puede visitar de lunes a viernes de 8 a 13 hs. y sábados de 17 a 20 hs. Museo Lorenzo Vintter, Buenos Aires y Artigas. Entrada libre y gratuita.






