Río Negro
Kremer: “La devolución del 15% de coparticipación es un paso fundamental”
“Para la Provincia es un alivio financiero”, sostuvo el ministro de Economía rionegrino.

El ministro de Economía de Río Negro, destacó la firma del convenio entre las provincias y el Gobierno Nacional que establece una devolución escalonada del 15% en materia de coparticipación federal. Sostuvo que “para la Provincia es un alivio financiero” y que a nivel nacional, se trata de “un paso fundamental hacia el federalismo”. El acuerdo fue rubricado ayer en Casa Rosada por el ministro del Interior, Obras Públicas y Viviendas, Rogelio Frigerio, y el gobernador de Río Negro, Alberto Weretilneck.
El Estado Nacional, las Provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA), acordaron reducir la detracción de los 15 puntos porcentuales de la masa de recursos coparticipables, con destino a obligaciones previsionales a cargo de la ANSES, a razón de 3 puntos anuales y que fuera ratificado por cada una de las legislaturas provinciales (restan CABA y La Rioja).
Se prevé además un préstamo a favor de las Provincias y de CABA con recursos del Fondo de Garantía de Sustentabilidad del Sistema Integrado Previsional Argentino (FGS), equivalente a 6 puntos porcentuales en 2016 del 15% de la masa de recursos coparticipables que le hubiera correspondido a cada una de las provincias si no se aplicara la detracción del 15% y de 3 puntos porcentuales para cada uno de los períodos 2017, 2018 y 2019, previendo además que los intereses no se capitalizarán y se devengarán a partir del día de cada desembolso.
Al respecto, el Ministro Kremer sostuvo que este convenio “descomprime la situación económica de Río Negro. Hay que tener en cuenta dos situaciones, la general y la particular de nuestra Provincia. En primera instancia, creo que es un paso importantísimo para poder lograr un federalismo como todos queremos, respecto a la distribución de los recursos en todo el país. En segundo lugar, para nuestra Provincia es muy importante porque nos permite ir equilibrando la situación financiera que se está viviendo y que tiene que ver con una caída notable de los recursos de origen nacional”. En este sentido, el titular de la cartera económica detalló que en una comparación entre el período abril/julio de 2015 con el mismo período de este año, Río Negro recibió $650.000.000 menos.
“Este acuerdo es muy importante, es un paso fundamental para poder volver a trabajar en conjunto todas las provincias con la Nación. Para nosotros, es importante porque tenemos un 3% que se irá devolviendo anualmente, en función del 15% que nos retrajeron anteriormente. Ese 3% significa para Río Negro unos $357.000.000 para todo el año”, agregó.
El Ministro detalló que de esa cifra, unos $200.000.000 que corresponden de enero a julio se van a distribuir en cinco cuotas de aproximadamente $40.000.000 por mes, debiendo abonarse la primera de ellas el día 19 de agosto de 2016, la segunda el 20 de septiembre de 2016, la tercera el 20 de octubre de 2016, la cuarta el 18 de noviembre de 2016 y la quinta el 20 de diciembre de 2016. “Lo que resta de agosto a diciembre, que son aproximadamente $30.000.000 por mes será transferido a la Provincia en forma diaria. Hay que tener en cuenta que esto se coparticipa, es decir que de los $357.000.000 que le corresponden a la Provincia, el 10% va a los Municipios”.
“En este sentido, la Contaduría General de la Provincia está trabajando para establecer los montos en función de los porcentajes que les corresponden a cada Municipio y Comisión de Fomento, para determinar los importes a liquidarse con la coparticipación mensual desde agosto del corriente”, dijo el titular de la cartera económica.
El Ministro Kremer detalló que “por otra parte, hay un 6% que se va a dar en función de un crédito con el ANSES, con el fondo de garantía de sustentabilidad, que representan unos $713.000.000 para la Provincia. En total, estamos hablando este año de $1.071.000.000 que recibiría la Provincia, lo que nos permitirá en principio un desahogo. Nosotros estamos trabajando fuertemente en la calidad del gasto, pero en el marco de una notable caída de los recursos y en medio de una inflación que genera aumento de nuestros gastos”.
Judiciales
Fallo contempló el cuidado exclusivo de una madre y fijó una cuota de siete salarios mínimos
El fallo también señaló que el padre no registra impuestos activos ni declaraciones juradas ante AFIP. Sin embargo, en el expediente constan datos sobre la titularidad de un automóvil y viajes al exterior.

El cuidado cotidiano que la madre ejerce de manera exclusiva sobre su hija fue uno de los factores centrales para fijar una cuota alimentaria equivalente a siete Salarios Mínimos Vitales y Móviles. La sentencia, dictada en Bariloche, también dispuso que el padre deberá afrontar el 50% de los gastos extraordinarios vinculados con la crianza.
La demanda fue presentada por la madre en representación de su hija de 8 años. Señaló que el progenitor reside en Buenos Aires y que el contacto con la niña es esporádico, ya que se ven una o dos veces al año. También explicó que las tareas de cuidado recaen exclusivamente sobre ella.
Según la presentación, el padre pagaba de manera directa un colegio privado, el comedor y algunas actividades. Además, hasta septiembre de 2023 realizaba depósitos mensuales, que luego dejó de efectuar. La madre sostuvo que ese aporte resultaba insuficiente frente al conjunto de gastos de crianza.
El progenitor respondió que no estaba en condiciones de afrontar el monto solicitado. Indicó que se dedica a la intermediación en la venta de caballos, con ingresos irregulares, y afirmó encontrarse desocupado. Durante una audiencia ofreció una suma menor junto con algunos pagos directos, pero no hubo acuerdo.
En el expediente se incorporaron informes sobre los gastos de la niña, vinculados con educación, cobertura médica, actividades extracurriculares y tratamientos médicos. También se realizó una pericia social en el domicilio materno que describió condiciones habitacionales adecuadas y señaló que el hogar se sostiene con el salario de la madre.
Al analizar el caso, la sentencia destacó que las tareas de cuidado tienen un valor económico que debe considerarse al fijar la cuota alimentaria. En este caso, se acreditó que esas responsabilidades recaen casi en su totalidad sobre la progenitora.
El fallo también señaló que el padre no registra impuestos activos ni declaraciones juradas ante AFIP. Sin embargo, en el expediente constan datos sobre la titularidad de un automóvil y viajes al exterior. En ese contexto, el juzgado indicó que, ante ingresos informales, es el propio alimentante quien se encuentra en mejores condiciones de acreditarlos.
Con base en las necesidades de la niña y las circunstancias acreditadas en el proceso, la sentencia hizo lugar a la demanda y fijó la cuota alimentaria en siete salarios mínimos vitales y móviles, además del pago compartido de los gastos extraordinarios.
Política
Caen los fondos que recibe Río Negro por coparticipación nacional
La caída se explica principalmente por el retroceso del IVA, el impuesto que más incide en la masa coparticipable.

Río Negro registró en los primeros meses de 2026 una caída real en los fondos que recibe por coparticipación, producto de la baja en la recaudación nacional. La disminución de los ingresos por IVA, junto con una menor cantidad de días hábiles de recaudación y otros factores, configuran una tendencia a la baja que también se refleja en la actividad económica y el consumo.
De acuerdo con los datos del Ministerio de Hacienda de Río Negro, en términos reales los recursos coparticipables enviados por Nación cayeron un -7,87% en enero y un -7,7% en febrero, consolidando una volatilidad negativa marcada en los recursos coparticipados.
La coparticipación constituye una de las principales fuentes de financiamiento para las provincias, por lo que cualquier variación en la recaudación nacional impacta directamente en los recursos disponibles para sostener servicios, obras y políticas públicas.
La caída se explica principalmente por el retroceso del IVA, el impuesto que más incide en la masa coparticipable. Tras varios meses de desaceleración, registró bajas reales de -12,1% en enero y -13% en febrero, reflejando una menor dinámica de la actividad económica y del consumo.
Este escenario se vincula con la evolución del consumo a nivel nacional. Según datos de la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME), las ventas minoristas acumulan variaciones negativas desde mayo de 2025 y en diciembre registraron una caída interanual de -5,2%. En la misma línea, la consultora Scentia informó que el consumo masivo cayó -1,1% interanual en enero de 2026.
En contraste con este contexto nacional, la recaudación propia de Río Negro muestra un comportamiento más estable, ofreciendo un resguardo relativo, aunque no exento de la desaceleración general. El impuesto sobre los Ingresos Brutos registró subas reales de 5,7% en enero y 6,2% en febrero.
La menor recaudación nacional se traslada directamente a las provincias a través de la coparticipación, reduciendo los recursos que reciben para sostener el funcionamiento del Estado y las inversiones en el territorio.
Política
Nuevas cesantías por faltas en la administración pública de Río Negro
En lo que va del 2026, se dictaron dos cesantías, 11 suspensiones sin goce de haberes y dos apercibimientos.

En los primeros meses del año, la Junta de Disciplina aplicó sanciones por faltas graves. «Las medidas ratifican la continuidad del control disciplinario para cuidar los recursos públicos y garantizar la eficiencia», indicó la secretaria de la Función Pública, Tania Lastra.
«Bajo la premisa de valorar al agente que cumple y garantizar un servicio efectivo a la ciudadanía, el Gobierno de Río Negro sostiene con firmeza el ejercicio de la potestad disciplinaria», agregó la funcionaria. En ese marco, en lo que va del 2026, se dictaron dos cesantías, 11 suspensiones sin goce de haberes y dos apercibimientos.
Desde enero de 2024, el trabajo de la Junta implicó el análisis de más de 1.000 expedientes administrativos. Este dinamismo permitió agilizar procesos históricamente demorados, logrando duplicar el promedio anual de resoluciones en comparación con años anteriores.
Como resultado de este ordenamiento, desde el comienzo de la gestión se dictaron 94 cesantías, 6 exoneraciones, 448 suspensiones sin goce de haberes y 24 apercibimientos. Asimismo, el sistema de justicia interna determinó 77 absoluciones.
«Tenemos el mandato claro de construir una administración eficiente y preparada para el futuro. Eso requiere reglas claras y tolerancia cero frente a faltas graves o abandonos de servicio, garantizando siempre procesos transparentes», afirmó Lastra.
Los motivos de las sanciones
Las actuaciones disciplinarias abarcan una amplia gama de incumplimientos en el ámbito estatal. Estas irregularidades van desde faltas en el servicio -como desatención de tareas, ausencias injustificadas o negligencia en el cuidado de insumos- hasta inconductas y conflictos interpersonales que incluyen denuncias por malos tratos, insultos y agresiones entre compañeros.
Para los casos de mayor gravedad, la ley prevé las sanciones más severas. Por un lado, la cesantía implica la desvinculación del agente con la prohibición de reingresar al Estado por un plazo de cinco años. Esta medida se aplica ante la acumulación de sanciones previas, abandono prolongado de servicio o faltas graves.
Por otro lado, la exoneración representa la medida más dura del sistema: supone la expulsión definitiva y la inhabilitación permanente para volver a trabajar en la administración pública. Esta sanción se reserva para casos extremos, como delitos dolosos con condena penal firme.
«Un proceso riguroso y transparente», aseguró Lastra
Las sanciones impuestas no son automáticas, sino el resultado de un riguroso sumario administrativo. Al detectarse una posible falta, instructores especializados investigan los hechos, reúnen pruebas y elevan un informe a la Junta de Disciplina. Este organismo, integrado por representantes del Poder Ejecutivo y vocales gremiales (ATE y UPCN), evalúa la gravedad de los hechos y los antecedentes para emitir su resolución.
La Ley Provincial prevé una escala progresiva: desde el apercibimiento y las suspensiones, hasta la cesantía (desvinculación con posibilidad de reingreso a los cinco años) y la exoneración (expulsión definitiva ante delitos con pena de prisión).





