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Río Negro

Kremer: “La devolución del 15% de coparticipación es un paso fundamental”

“Para la Provincia es un alivio financiero”, sostuvo el ministro de Economía rionegrino.

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El ministro de Economía de Río Negro, destacó la firma del convenio entre las provincias y el Gobierno Nacional que establece una devolución escalonada del 15% en materia de coparticipación federal. Sostuvo que “para la Provincia es un alivio financiero” y que a nivel nacional, se trata de “un paso fundamental hacia el federalismo”. El acuerdo fue rubricado ayer en Casa Rosada por el ministro del Interior, Obras Públicas y Viviendas, Rogelio Frigerio, y el gobernador de Río Negro, Alberto Weretilneck.

El Estado Nacional, las Provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA), acordaron reducir la detracción de los 15 puntos porcentuales de la masa de recursos coparticipables, con destino a obligaciones previsionales a cargo de la ANSES, a razón de 3 puntos anuales y que fuera ratificado por cada una de las legislaturas provinciales (restan CABA y La Rioja).

Se prevé además un préstamo a favor de las Provincias y de CABA con recursos del Fondo de Garantía de Sustentabilidad del Sistema Integrado Previsional Argentino (FGS), equivalente a 6 puntos porcentuales en 2016 del 15% de la masa de recursos coparticipables que le hubiera correspondido a cada una de las provincias si no se aplicara la detracción del 15% y de 3 puntos porcentuales para cada uno de los períodos 2017, 2018 y 2019, previendo además que los intereses no se capitalizarán y se devengarán a partir del día de cada desembolso.

Al respecto, el Ministro Kremer sostuvo que este convenio “descomprime la situación económica de Río Negro. Hay que tener en cuenta dos situaciones, la general y la particular de nuestra Provincia. En primera instancia, creo que es un paso importantísimo para poder lograr un federalismo como todos queremos, respecto a la distribución de los recursos en todo el país. En segundo lugar, para nuestra Provincia es muy importante porque nos permite ir equilibrando la situación financiera que se está viviendo y que tiene que ver con una caída notable de los recursos de origen nacional”. En este sentido, el titular de la cartera económica detalló que en una comparación entre el período abril/julio de 2015 con el mismo período de este año, Río Negro recibió $650.000.000 menos.

“Este acuerdo es muy importante, es un paso fundamental para poder volver a trabajar en conjunto todas las provincias con la Nación. Para nosotros, es importante porque tenemos un 3% que se irá devolviendo anualmente, en función del 15% que nos retrajeron anteriormente. Ese 3% significa para Río Negro unos $357.000.000 para todo el año”, agregó.

El Ministro detalló que de esa cifra, unos $200.000.000 que corresponden de enero a julio se van a distribuir en cinco cuotas de aproximadamente $40.000.000 por mes, debiendo abonarse la primera de ellas el día 19 de agosto de 2016, la segunda el 20 de septiembre de 2016, la tercera el 20 de octubre de 2016, la cuarta el 18 de noviembre de 2016 y la quinta el 20 de diciembre de 2016. “Lo que resta de agosto a diciembre, que son aproximadamente $30.000.000 por mes será transferido a la Provincia en forma diaria. Hay que tener en cuenta que esto se coparticipa, es decir que de los $357.000.000 que le corresponden a la Provincia, el 10% va a los Municipios”.

“En este sentido, la Contaduría General de la Provincia está trabajando para establecer los montos en función de los porcentajes que les corresponden a cada Municipio y Comisión de Fomento, para determinar los importes a liquidarse con la coparticipación mensual desde agosto del corriente”, dijo el titular de la cartera económica.

El Ministro Kremer detalló que “por otra parte, hay un 6% que se va a dar en función de un crédito con el ANSES, con el fondo de garantía de sustentabilidad, que representan unos $713.000.000 para la Provincia. En total, estamos hablando este año de $1.071.000.000 que recibiría la Provincia, lo que nos permitirá en principio un desahogo. Nosotros estamos trabajando fuertemente en la calidad del gasto, pero en el marco de una notable caída de los recursos y en medio de una inflación que genera aumento de nuestros gastos”.

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Judiciales

Una historia detrás de un cambio de apellido: cuando la identidad pesa más que el origen

El adolescente aclaró que su intención concreta consistía en llevar el apellido de su padre afín.

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Un adolescente recurrió al Poder Judicial porque cargaba con un peso invisible: su apellido. Para él, ese nombre en su documento era solo un recordatorio de una ausencia total, lo que le provocaba rechazo y vergüenza.

En la escuela y con sus amigos, todos lo conocen por otro apellido: el de la persona que lo cuidó y lo sostuvo desde que tenía un año y medio. El padre de crianza ocupó el lugar que el progenitor dejó vacío por desinterés.

Aunque su madre ya no es pareja de ese hombre, el vínculo entre ellos permaneció intacto. Él lo acompaña a los actos escolares, lo apoya económicamente y comparte con él vacaciones y festejos familiares.

El fuero de Familia de Villa Regina hizo lugar a la acción iniciada por el adolescente y ordenó la supresión del apellido paterno. También dispuso la rectificación de la partida de nacimiento para que el joven lleve el apellido del hombre que lo crio. Además, ordenó comunicar la decisión al Registro Civil para modificar el acta correspondiente y emitir un nuevo documento nacional de identidad.

Ante una consulta del Juzgado, el adolescente aclaró que su intención concreta consistía en llevar el apellido de su padre afín. Durante el proceso intervino la Defensoría de Menores y se produjo prueba documental, testimonial y pericial psicológica. También se realizaron notificaciones al progenitor biológico, quien no se presentó en ningún momento. La fiscalía y el Registro Civil emitieron dictámenes favorables a la petición.

Los testigos coincidieron en que el joven no se identifica con el apellido paterno y reconoce como padre a quien lo acompañó en su crianza, con quien mantiene una relación cercana. También señalaron que, en ámbitos sociales, escolares y en redes, el adolescente ya utiliza ese apellido.

El fallo recordó que el derecho a la identidad incluye elementos como el nombre, la filiación y la pertenencia social y familiar. El Código Civil y Comercial permite modificar el nombre cuando existen justos motivos, lo que habilita valorar la dimensión dinámica de la identidad personal. En ese marco, la jueza consideró que el abandono del progenitor biológico y la consolidación de un vínculo socioafectivo con el padre de crianza constituyen razones suficientes para apartarse del principio de inmutabilidad del nombre.

También destacó la importancia del interés superior del adolescente y su derecho a ser escuchado. En la audiencia realizada durante el proceso, el joven reafirmó su decisión y explicó que reflexiona sobre el cambio de apellido desde hace años.

A partir de la prueba reunida, el Juzgado concluyó que el uso del apellido paterno genera una afectación en la identidad personal del adolescente y que la modificación solicitada refleja la realidad de sus vínculos familiares y sociales.

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Judiciales

Obra social deberá cubrir intervención facial en proceso de transición de género

La rinoplastía feminizante fue considerada parte del proceso de adecuación corporal por el Superior Tribunal de Justicia.

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El Superior Tribunal de Justicia de Río Negro confirmó una sentencia que ordenó garantizar la cobertura integral para una cirugía de rinoplastía feminizante solicitada por una afiliada a una obra social, en el marco de su proceso de adecuación corporal conforme a su identidad de género.

El caso llegó al máximo tribunal provincial a partir de la apelación presentada por la Provincia contra una sentencia de amparo que había reconocido el derecho de la afiliada a acceder a distintas intervenciones vinculadas con su proceso de transición. El recurso cuestionaba únicamente la cobertura de la rinoplastía feminizante.

Al analizar el planteo, el Superior Tribunal señaló que el debate central se vincula con el alcance del derecho a la identidad de género y con la interpretación de la normativa que regula las intervenciones médicas destinadas a adecuar el cuerpo a la identidad autopercibida.

La sentencia recordó que la Ley N° 26.743 de Identidad de Género reconoce ese derecho como un derecho humano fundamental. Establece que las personas mayores de edad pueden acceder a intervenciones quirúrgicas totales o parciales para adecuar su cuerpo, incluida la genitalidad, sin necesidad de autorización judicial o administrativa. Además, la norma dispone que las prestaciones vinculadas con estos tratamientos deben ser garantizadas por los efectores del sistema de salud.

En ese marco, el máximo Tribunal destacó que la reglamentación del artículo 11 de la ley enumera distintas cirugías vinculadas con los procesos de adecuación corporal, pero aclara expresamente que ese listado es de carácter «meramente enunciativo y no taxativo».

Para el Superior Tribunal, este punto resulta determinante para resolver el caso, ya que implica que la cobertura de las intervenciones no se limita exclusivamente a las prácticas detalladas en la reglamentación. En consecuencia, la evaluación de cada pedido debe realizarse considerando el objetivo de garantizar el ejercicio efectivo del derecho a la identidad de género.

La sentencia también analizó la indicación médica incorporada al expediente. Según el informe profesional, la rinoplastía feminizante forma parte del proceso de afirmación de género y se vincula con la necesidad de adecuar ciertos rasgos faciales a la identidad autopercibida, con impacto en el bienestar psicológico y en la calidad de vida.

Desde esa perspectiva, el tribunal señaló que el derecho a la salud debe interpretarse en sentido amplio, conforme al concepto adoptado por la Organización Mundial de la Salud, que comprende el bienestar físico, mental y social de las personas.

El fallo también remarcó que el proceso de adecuación corporal puede involucrar distintas intervenciones que, en conjunto, integran un abordaje médico destinado a armonizar la identidad de género con las características físicas de la persona. Así, confirmó la obligación de cobertura de la obra social.

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Agro

Avanza la limpieza de colectores clave para el riego en el Alto Valle

Actualmente ya se completaron 15,5 kilómetros de limpieza, lo que representa un avance cercano al 40% de la intervención prevista.

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El Gobierno de Río Negro, a través del Departamento Provincial de Aguas (DPA) y junto a los consorcios de riego, avanza con la limpieza de los colectores pluviales de la 6° y 7° zona al norte de Cervantes, Mainqué e Ingeniero Huergo. Los trabajos ya alcanzan un 40% de ejecución sobre un sistema clave para la producción.

Los trabajos son ejecutados por el DPA en conjunto con los consorcios de riego de la región y forman parte de las acciones permanentes de mantenimiento de la infraestructura hídrica que sostiene la producción frutícola del Valle.

Este sistema de colectores cumple una función fundamental en el manejo hídrico de la zona: recolecta y conduce los aportes pluviales desde el sector norte hasta su descarga en el río, permitiendo mantener la napa freática en niveles adecuados para los cultivos y eliminar los excesos de riego.

El conjunto de colectores tiene una extensión aproximada de 40 kilómetros. Actualmente ya se completaron 15,5 kilómetros de limpieza, lo que representa un avance cercano al 40% de la intervención prevista.

El inspector del DPA, Fernando Casares, explicó que «este sistema recolecta y conduce los aportes pluviales de la zona norte hasta su descarga en el río y es fundamental para mantener la freática en niveles adecuados para los cultivos y eliminar los excesos de riego».

Estas tareas se inscriben en el plan permanente de mantenimiento del sistema hídrico provincial, una infraestructura clave para el desarrollo productivo del Alto Valle.

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