Judiciales
Cerraron las Jornadas de debate sobre la reforma electoral
Estuvo en la jornada final el gobernador Alberto Weretilneck.

Ayer se produjo el cierre de las “Jornadas de debate sobre la reforma electoral”, organizadas por los tres poderes del Estado Provincial, la Universidad Nacional de Río Negro y la Red Iberoamericana de Derecho Informático. Ocho disertaciones y tres paneles se desarrollaron durante dos jornadas, la mayoría con una concurrencia que colmó el auditorio del Poder Judicial de Río Negro en Viedma.
El cierre estuvo a cargo del gobernador Alberto Weretilneck, y contó con la presencia de los jueces del STJ Adriana Zaratiegui, Enrique Mansilla y Ricardo Apcarián, el rector de la Universidad Nacional de Río Negro, Juan Carlos Del Bello, el vicegobernador Pedro Pesatti, junto a diputados nacionales, provinciales, concejales, autoridades del Poder Ejecutivo, magistradas y magistrados, representantes de los partidos políticos y público en general.
El gobernador resaltó la importancia de estas instancias de debate y destacó que “las reglas de la democracia son cuerpos vivientes, no hay algo estanco y definitivo”. Dijo que “este debate que ha lanzado el gobierno nacional” es oportuno porque “bienvenido es el debate, el intercambio” y más en un año no electoral.
Hoy en primer término se realizó una videoconferencia con Alejandro Tullio, quien es Profesor Titular de la Maestría en Análisis, Derecho y Gestión Electoral (MADGE) UNSAM. Sun conferencia llevó el título “La innovación tecnológica y los desafíos de la gobernanza electoral”.
Tullio se recibió de Abogado, Consultor en temas electorales; Miembro del Consejo Consultivo de CIPPEC, Secretario del Instituto de Estudios en Ciencias Jurídicas UNSAM, Miembro del Observatorio Electoral de la Facultad de Derecho de la UBA, y del Observatorio de Derechos Políticos y Electorales de la UNLP.
Además, fue miembro de la Asociación Internacional de Organismos Electorales (AWEB) y del Consejo Electoral de UNASUR, Director Nacional Electoral (2001 – 2016) y se especializa en temas vinculados a: Administración Electoral, Electoral y Constitucional.
Luego fue el turno de Carlos Aguirre, sobre “cuestiones legales de la utilización del voto electrónico”. Aguirre es abogado y posee un titulo de postgrado como Especialista en Derecho de los Negocios. Ha desarrollado numerosas actividades en la Academia y la Sociedad Civil en America Latina. Es Director Académico de la International Latin University
Ha sido fundador y es el actual Director Internacional de la Asociación Grupo de Estudios e Investigación Académica en Derecho, Economía y Negocios en la Sociedad de la Información, ONG que cuenta con capítulos en varios países de LATAM.
Es actual Vice presidente de la Asociación de Derecho Informático de Argentina y es Profesor de “Economía” y Profesor de “Economía y Derecho en Internet” en la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales. de la Universidad Nacional de Córdoba – Argentina
Luego de una pausa, el Dr. Fernando Barrio disertó sobre “Análisis comparado del voto electrónico a nivel internacional”. Barrio ha estudiado Relaciones Internacionales en la Universidad de Belgrano y Derecho en el Externado de la Universidad de Londres; tiene una especialización en Aprendizaje y Enseñanza en la Educación Superior de la Universidad Metropolitana de Londres, una especialización en Resolución de Conflictos de la Universidad Chulalongkorn de Tailandia, y una maestría y un doctorado en Cooperación Internacional de la Universidad de Nagoya de Japón.
Ha sido profesor de Derecho de los Negocios, Derecho Informático y Derecho de la Propiedad Intelectual y Director de la Maestría en Regulación de los Negocios Electrónicos en la Universidad Metropolitana de Londres, de Derecho de los Medios de Comunicación en la Universidad Webster de los Estados Unidos, de Derecho Informático en la Escuela Superior de Administración de Paris y ha dictado cursos de derecho comparado para la Universidad de Mississippi, entre otras.
Ha realizado consultorías e informes sobre gobierno electrónico y derecho y nuevas tecnologías para múltiples organismos de distintos puntos del mundo.
Actualmente es profesor titular regular y director de la carrera de Abogacía de la Universidad Nacional de Río Negro. El cierre de las disertaciones estuvo a cargo de Adrián Pérez, actual Secretario de Asuntos Políticos del Ministerio del Interior de la Nación. Es abogado y fue diputado nacional. Fue candidato a vicepresidente por parte de la Coalición Cívica.
Realizó sus estudios en la Universidad de Buenos Aires y cuenta con una Maestría en Procesos de Integración Regional con énfasis en el Mercosur. Adrián Pérez disertó sobre “el proyecto de reforma electoral en Argentina”.
Judiciales
Condenaron a 10 años de prisión al cuarto acusado por el homicidio de Oscar Ripari
El brutal hecho ocurrió en diciembre del año pasado en la zona norte de Roca, en una vivienda ubicada lindante a una carnicería.

El último imputado por el homicidio de Oscar Ripari, ocurrido en diciembre del año pasado en General Roca, fue condenado a 10 años de prisión tras reconocer su participación en el hecho, al igual que los otros tres coautores ya sentenciados.
La calificación legal aceptada fue la de homicidio en ocasión de robo, según los artículos 45 y 165 del Código Penal.
Entre las pruebas presentadas por la Fiscalía en el acuerdo abreviado se destacan los procedimientos realizados por el personal de la Comisaría 21°, múltiples allanamientos, entrevistas testimoniales, informes del Departamento de Informática Forense del Poder Judicial y de la Oficina de Investigación en Telecomunicaciones (O.I.Tel.) de Procuración General, además del análisis de celulares secuestrados y las imágenes captadas por las cámaras del 911.
El hecho ocurrió el 10 de diciembre de 2024, minutos antes de las 4.20, en una vivienda ubicada sobre Cardenales casi San Juan, margen sur, lindante a la carnicería La Familia.
Según la investigación, el imputado -junto a los demás condenados- ingresó sin autorización al domicilio de la víctima con fines de robo, tras violentar varias puertas. Una vez dentro, golpearon a Ripari, provocándole una hemorragia interna por desgarro del bazo, lesión que le causó la muerte horas después.
Posteriormente, los agresores sustrajeron la billetera del hombre, dinero en efectivo, tarjetas, su celular y mercadería de la carnicería, entre ellas unos 10 costillares de carne y varias cajas de pollo, que fueron trasladadas a una vivienda alquilada por uno de los involucrados.
Tras un cuarto intermedio, y con el acuerdo de las partes de renunciar a los plazos procesales, el Tribunal Colegiado condenó al hombre de 32 años a 10 años de prisión, más las accesorias legales, costas y la declaración de reincidencia que ya registraba.
De esta manera, el condenado comenzó a cumplir la pena desde este viernes (17/10).
Judiciales
Imputaron a la dueña de una agencia de viajes que vendía traslados a Italia que nunca se realizaron
La mujer está bajo investigación del Ministerio Público Fiscal. Se ordenó la inhibición de bienes y la presentación diaria ante la Justicia.

Ayer (17/10) por la tarde, el Ministerio Público Fiscal de General Roca solicitó la aplicación de estrictas medidas cautelares contra una mujer investigada por presunta estafa en la venta de viajes al exterior.
Según la acusación, el hecho bajo investigación habría ocurrido entre octubre de 2024 y agosto de 2025, en un local ubicado sobre calle Mitre 930 de Roca, donde la imputada -representante de una empresa de viajes Lola Tour se habría ganado la confianza de un grupo de personas a las que ofreció paquetes turísticos a Italia.
De acuerdo con la Fiscalía, la mujer emitía comprobantes falsos y aparentaba tener la capacidad para brindar el servicio. Sin embargo, nunca gestionó los pasajes ni las reservas de alojamiento, y llegada la fecha del viaje, éste no se concretó.
Las víctimas, integrantes de un grupo de estudio, habrían abonado la totalidad del paquete, sin recibir el reintegro del dinero pese a los reclamos reiterados. «De esa manera, les ocasionó un perjuicio patrimonial significativo», explicó la representante fiscal durante la audiencia.
Entre las pruebas reunidas por el Ministerio Público se encuentran 15 denuncias formales, testimonios, el allanamiento de la vivienda de la acusada y el secuestro de documentación vinculada a las operaciones.
Tras el pedido del Ministerio Público Fiscal, la jueza interviniente ordenó la inhibición general de todos los bienes de la mujer, el bloqueo de sus cuentas bancarias y la obligación de presentarse diariamente en la Fiscalía.
En caso de incumplir las medidas impuestas, la Fiscalía podrá solicitar una nueva audiencia para evaluar sanciones más severas y garantizar el avance de la causa.
Judiciales
Pagó las 84 cuotas de un plan de ahorro y nunca le entregaron el vehículo
La empresa tendrá que devolverle el dinero e indemnizarlo por el incumplimiento.

Un hombre de Cipolletti se inscribió a un plan de ahorro con la expectativa de adquirir un Volkswagen Fox cero kilómetro. Abonó cada una de las 84 cuotas pero nunca le entregaron el vehículo. Impulsó un reclamo civil y obtuvo una sentencia favorable: la empresa tendrá que devolverle el dinero e indemnizarlo por el incumplimiento.
El plan, de tipo 70/30, se orientaba a la adquisición de un Volkswagen Fox Confortline, cinco puertas, motor 1.6. El contrato preveía 84 pagos mensuales y una vez cancelado, la empresa debía adjudicar el vehículo si el adherente cumplía con los requisitos establecidos. El ciudadano completó todos los pagos en marzo de 2017 y solicitó la unidad en varias oportunidades, sin obtener respuesta.
Ante la falta de información, remitió dos cartas documento. En la primera, pidió detalles sobre el procedimiento y los datos para concretar el pago del 30% restante. En la segunda, intimó a la empresa a entregarle el vehículo o devolverle las sumas abonadas. Ninguna de las misivas fue respondida.
La jueza del caso concluyó que el contrato se resolvió por un incumplimiento imputable a la empresa. Determinó que no existió comunicación fehaciente hacia el adherente sobre los sorteos, los requisitos para la adjudicación ni el resultado de la liquidación final. Tampoco surgió prueba alguna de que la firma hubiera notificado al consumidor sobre el avance o finalización del plan.
El fallo ordenó la devolución del total de las cuotas abonadas, con intereses desde la fecha de cada pago. También reconoció una indemnización por la privación de uso del rodado, al establecer que el ciudadano mantuvo durante más de un año la expectativa legítima de acceder al vehículo.
La sentencia incluyó una compensación por daño moral: valoró la frustración causada por el incumplimiento, luego de siete años de aportes cumplidos. Destacó la ausencia total de información por parte de la empresa, incluso después de las intimaciones formales.
Finalmente, la resolución impuso una multa por daño punitivo. La jueza consideró que la empresa actuó con desinterés frente a los derechos del consumidor y con un nivel de desinformación que justificó la sanción prevista por la Ley de Defensa del Consumidor.
La sentencia es de primera instancia y el fallo no está firme porque puede ser apelado. La empresa condenada es Volkswagen S.A de ahorro para fines determinados.