Judiciales
Cerraron las Jornadas de debate sobre la reforma electoral
Estuvo en la jornada final el gobernador Alberto Weretilneck.

Ayer se produjo el cierre de las “Jornadas de debate sobre la reforma electoral”, organizadas por los tres poderes del Estado Provincial, la Universidad Nacional de Río Negro y la Red Iberoamericana de Derecho Informático. Ocho disertaciones y tres paneles se desarrollaron durante dos jornadas, la mayoría con una concurrencia que colmó el auditorio del Poder Judicial de Río Negro en Viedma.
El cierre estuvo a cargo del gobernador Alberto Weretilneck, y contó con la presencia de los jueces del STJ Adriana Zaratiegui, Enrique Mansilla y Ricardo Apcarián, el rector de la Universidad Nacional de Río Negro, Juan Carlos Del Bello, el vicegobernador Pedro Pesatti, junto a diputados nacionales, provinciales, concejales, autoridades del Poder Ejecutivo, magistradas y magistrados, representantes de los partidos políticos y público en general.
El gobernador resaltó la importancia de estas instancias de debate y destacó que “las reglas de la democracia son cuerpos vivientes, no hay algo estanco y definitivo”. Dijo que “este debate que ha lanzado el gobierno nacional” es oportuno porque “bienvenido es el debate, el intercambio” y más en un año no electoral.
Hoy en primer término se realizó una videoconferencia con Alejandro Tullio, quien es Profesor Titular de la Maestría en Análisis, Derecho y Gestión Electoral (MADGE) UNSAM. Sun conferencia llevó el título “La innovación tecnológica y los desafíos de la gobernanza electoral”.
Tullio se recibió de Abogado, Consultor en temas electorales; Miembro del Consejo Consultivo de CIPPEC, Secretario del Instituto de Estudios en Ciencias Jurídicas UNSAM, Miembro del Observatorio Electoral de la Facultad de Derecho de la UBA, y del Observatorio de Derechos Políticos y Electorales de la UNLP.
Además, fue miembro de la Asociación Internacional de Organismos Electorales (AWEB) y del Consejo Electoral de UNASUR, Director Nacional Electoral (2001 – 2016) y se especializa en temas vinculados a: Administración Electoral, Electoral y Constitucional.
Luego fue el turno de Carlos Aguirre, sobre “cuestiones legales de la utilización del voto electrónico”. Aguirre es abogado y posee un titulo de postgrado como Especialista en Derecho de los Negocios. Ha desarrollado numerosas actividades en la Academia y la Sociedad Civil en America Latina. Es Director Académico de la International Latin University
Ha sido fundador y es el actual Director Internacional de la Asociación Grupo de Estudios e Investigación Académica en Derecho, Economía y Negocios en la Sociedad de la Información, ONG que cuenta con capítulos en varios países de LATAM.
Es actual Vice presidente de la Asociación de Derecho Informático de Argentina y es Profesor de “Economía” y Profesor de “Economía y Derecho en Internet” en la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales. de la Universidad Nacional de Córdoba – Argentina
Luego de una pausa, el Dr. Fernando Barrio disertó sobre “Análisis comparado del voto electrónico a nivel internacional”. Barrio ha estudiado Relaciones Internacionales en la Universidad de Belgrano y Derecho en el Externado de la Universidad de Londres; tiene una especialización en Aprendizaje y Enseñanza en la Educación Superior de la Universidad Metropolitana de Londres, una especialización en Resolución de Conflictos de la Universidad Chulalongkorn de Tailandia, y una maestría y un doctorado en Cooperación Internacional de la Universidad de Nagoya de Japón.
Ha sido profesor de Derecho de los Negocios, Derecho Informático y Derecho de la Propiedad Intelectual y Director de la Maestría en Regulación de los Negocios Electrónicos en la Universidad Metropolitana de Londres, de Derecho de los Medios de Comunicación en la Universidad Webster de los Estados Unidos, de Derecho Informático en la Escuela Superior de Administración de Paris y ha dictado cursos de derecho comparado para la Universidad de Mississippi, entre otras.
Ha realizado consultorías e informes sobre gobierno electrónico y derecho y nuevas tecnologías para múltiples organismos de distintos puntos del mundo.
Actualmente es profesor titular regular y director de la carrera de Abogacía de la Universidad Nacional de Río Negro. El cierre de las disertaciones estuvo a cargo de Adrián Pérez, actual Secretario de Asuntos Políticos del Ministerio del Interior de la Nación. Es abogado y fue diputado nacional. Fue candidato a vicepresidente por parte de la Coalición Cívica.
Realizó sus estudios en la Universidad de Buenos Aires y cuenta con una Maestría en Procesos de Integración Regional con énfasis en el Mercosur. Adrián Pérez disertó sobre “el proyecto de reforma electoral en Argentina”.
Judiciales
Circulaba en moto por la Ruta Chica, se deslizó y quedó bajo un auto: ¿Quién tuvo la responsabilidad?
El motociclista no logró probar las circunstancias del incidente vial ni demostrar una maniobra concreta que permitiera atribuirle los daños al automovilista.

Circulaba en moto por la Ruta Provincial N° 65, perdió el control, se deslizó sobre la calzada y quedó debajo de un auto que avanzaba en sentido contrario. A partir de ese hecho, el hombre promovió un juicio civil contra el conductor del otro vehículo, al que señaló como responsable de las lesiones que sufrió. Sin embargo, no logró probar las circunstancias del incidente vial ni demostrar una maniobra concreta que permitiera atribuirle los daños al automovilista.
En su presentación, sostuvo que transitaba de forma reglamentaria desde Cipolletti hacia Fernández Oro cuando ocurrió el impacto. También afirmó que sufrió heridas graves y que debió recibir atención médica durante un período prolongado. Con ese planteo, reclamó una reparación por distintos daños vinculados con secuelas físicas y psicológicas que describió en el expediente.
La causa se originó a partir de un choque entre una moto Appia Citiplus 110 y un Renault Clio. El conductor del auto rechazó la versión del motociclista y expuso que la moto perdió estabilidad antes del contacto con el automóvil. Según su descargo, al advertir la situación intentó esquivarla hacia la banquina, pero no pudo evitar el impacto. La aseguradora citada en garantía acompañó esa postura y pidió el rechazo total del reclamo.
En la sentencia, el Juzgado analizó el caso bajo las reglas de la responsabilidad civil extracontractual. Señaló que, aun cuando interviene una cosa riesgosa como un vehículo, quien reclama una reparación debe acreditar un conjunto mínimo de hechos concretos que permita reconstruir la mecánica del episodio y establecer un vínculo causal entre la intervención del rodado y los perjuicios invocados.
Uno de los puntos centrales del fallo pasó por la falta de precisión en la demanda. El Juzgado advirtió que la presentación inicial no describió de manera circunstanciada cómo ocurrió el hecho ni qué maniobra específica se le atribuyó al conductor del auto. Para la resolución, esa omisión resultó relevante porque la decisión judicial debía apoyarse en los hechos afirmados por las partes y luego probados en la causa.
La sentencia también destacó que la demanda partió de una versión en la que la caída de la moto ocurrió antes del contacto con el auto. Desde esa premisa, el reclamo apuntó a que el automovilista no evitó el impacto. Sin embargo, el Juzgado entendió que esa afirmación no contó con respaldo técnico suficiente para demostrar que existieron posibilidades reales de frenado o de maniobra para impedir el desenlace.
En ese punto, la pericia accidentológica producida en el expediente no logró precisar el punto exacto de impacto, ni establecer con certeza cuál de los vehículos revistió el carácter de embistente, ni reconstruir con solidez la mecánica completa del hecho. A eso se sumó que las personas que declararon como testigos no presenciaron el episodio.
El fallo además valoró constancias incorporadas desde la causa penal, donde la hipótesis considerada más verosímil ubicó el origen del siniestro en la pérdida de control de la motocicleta y en su irrupción sobre el carril contrario. Con ese cuadro probatorio, el Juzgado rechazó la demanda y también liberó a la aseguradora de toda obligación de cobertura en el caso. La sentencia correspondió a la primera instancia y todavía no quedó firme, ya que puede ser apelada.
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Golpeó a su ex pareja hasta dejarla inconsciente y luego escapó de una comisaría: Dictaron prisión preventiva
La defensa sostuvo que el caso no debía avanzar porque la víctima no realizó la denuncia, pero la Fiscalía argumentó que el Estado debe intervenir de oficio en casos de violencia de género.

La Fiscalía formuló cargos a un hombre acusado de ingresar por la fuerza a la vivienda de su ex pareja, golpearla hasta dejarla inconsciente y luego fugarse de una Comisaría. Dispusieron la prisión preventiva por riesgo de entorpecimiento de la investigación y de fuga.
La fiscal de turno Natalia Pascual acusó al hombre por los delitos de violación de domicilio, lesiones leves agravadas por el vínculo y por violencia de género, en concurso real con hurto.
El primer hecho ocurrió el viernes (10/07) pasado cuando el acusado evadió la presencia policial apostada en la vivienda de la víctima, entró por la fuerza y la golpeó repetidamente en la cabeza hasta dejarla inconsciente.
La defensa particular, a cargo del abogado Oscar Pineda, rechazó la acusación bajo el argumento de que la víctima no realizó la denuncia penal y, por tratarse de un delito de instancia privada, el caso no debía avanzar. La fiscal rebatió esta postura señalando que los tratados internacionales de rango constitucional obligan al Estado a actuar de oficio en contextos de violencia de género, protegiendo a la víctima de forma directa.
El segundo hecho imputado ocurrió el domingo (12/07) por la tarde en la Comisaría de Lamarque, donde el acusado se encontraba alojado. El hombre pateó los barrotes de su celda hasta romper la seguridad, se apoderó del candado y escapó del edificio, aunque el personal policial logró recapturarlo a las pocas cuadras con el candado en su poder.
Para sostener los cargos, la Fiscalía presentó testimonios de los policías intervinientes, el informe médico de las lesiones, el acta de la fuga y la entrevista realizada a la víctima por el equipo de la Oficina de Atención a la Víctima (OFAVI).
Finalmente, el juez de Garantías Julio José Martínez Vivot rechazó los planteos de la defensa, dio por formulados los cargos y habilitó formalmente la investigación penal por un plazo de cuatro meses. Ante la gravedad de los hechos y la reciente fuga de la unidad policial, el magistrado resolvió aplicar la prisión preventiva efectiva hasta septiembre.
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Declararon culpable a una ex auxiliar de un CAINA por amenazar a niños institucionalizados en Roca
Con esta resolución, ya son dos las personas declaradas responsables por los hechos ocurridos entre abril de 2021 y septiembre de 2023 en un Centro de Atención Integral, dependiente de la SENAF.

El Tribunal interviniente declaró responsable penal a una mujer que se desempeñaba como auxiliar asistencial en un Centro de Atención Integral de Niños, Niñas y Adolescentes (CAINA) de General Roca, al hacer lugar a la acusación presentada por el Ministerio Público Fiscal.
Durante el juicio quedó acreditado, según la acusación fiscal, que la imputada amenazó a niños y niñas que se encontraban institucionalizados. De esta manera, las dos personas investigadas en la causa ya fueron declaradas responsables penales.
En noviembre del año pasado, el otro imputado reconoció ser coautor del delito de amenazas y autor de abuso simple agravado por ser el encargado de la guarda, todo en concurso real. Actualmente se encuentra cumpliendo la condena impuesta.
Durante los alegatos, el fiscal Marcelo Ramos y la defensora de menores Estela Aroca Álvarez solicitaron que la mujer fuera declarada responsable penal por el delito de amenazas coactivas continuadas en calidad de coautora, planteo que fue aceptado por el Tribunal.
Según la investigación, ambos auxiliares asistenciales habrían maltratado a ocho niños y niñas entre abril de 2021 y septiembre de 2023, vulnerando la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño. Además, habrían amenazado a los menores para evitar que denunciaran los hechos.
La defensa de la imputada sostuvo durante el juicio que la situación debía ser tratada en el ámbito administrativo y no en la Justicia penal. La audiencia de cesura de pena fue programada para el próximo 31 de agosto.




