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Río Negro

Proponen la creación de un Fondo de Asistencia a Obreros de la Construcción

Busca brindar un subsidio por las horas no trabajadas por razones climáticas para los trabajadores que se desempeñen en el ámbito de la obra pública provincial.

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Ingresó al Parlamento rionegrino un proyecto de ley que busca crear el Fondo de Asistencia a Obreros de la Construcción (F.A.O.C.), para brindar a los trabajadores que se desempeñen en el ámbito de la obra pública provincial, un subsidio por las horas no trabajadas por razones climáticas. El proyecto del legislador Raúl Martínez (FpV) propone que todos los organismos públicos provinciales que contraten la ejecución de una obra pública, constituyan un F.A.O.C., con un monto equivalente al uno por ciento del total de la obra.

El legislador afirma en los fundamentos que «en los últimos 50 años, la representación sindical ha logrado, bajo diversas formas de lucha, que la legislación laboral contemple las particularidades de la profesión y se le brinde a los obreros protección, seguridad y mejores condiciones laborales». Sin embargo, considera que «aún persisten causas por las que el trabajador se ve impedido de realizar sus tareas habituales, y una de ellas es generada por cuestiones climáticas».

Martínez señala que si bien el Convenio Colectivo de Trabajo de la actividad prevé el pago de dos horas y media por cada día no trabajado por razones climáticas, estas tienen carácter indemnizatorio y compensan gastos por traslado al lugar de trabajo y viceversa.

Indica que «no obstante, es muy común que estas horas no se abonen porque cuando se dan estas situaciones (lluvias permanentes) desde el día previo ya se decide no trabajar y por ello no hay obligación de concurrir a la obra y, en consecuencia, tampoco se abonan las horas por traslado».

El legislador expresa que «si bien cualquier modificación vinculada a las condiciones contractuales deben establecerse por vías paritarias, existe la posibilidad de subsanar el “bache legal” creando una medida de reparación social».

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Río Negro

Detectan casos de tos convulsa en la provincia: Recuerdan la importancia de vacunarse

La enfermedad es altamente contagiosa y puede ser grave en menores de 6 meses. Piden consultar ante síntomas persistentes.

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Ante la detección reciente de casos en la provincia, el Ministerio de Salud de Río Negro recordó la importancia de reforzar la vacunación y el diagnóstico precoz de la tos convulsa, también conocida como coqueluche o tos ferina, una enfermedad respiratoria aguda y altamente contagiosa.

Si bien puede afectar a personas de cualquier edad, los cuadros más graves se registran en lactantes y niños pequeños, especialmente en menores de 6 meses, quienes presentan las tasas más altas de morbilidad y mortalidad. En tanto, adolescentes y adultos pueden transitar la enfermedad con síntomas leves o atípicos, convirtiéndose en una fuente de contagio hacia los más vulnerables.

La transmisión se produce por contacto directo con secreciones respiratorias de personas infectadas, y su período de mayor contagiosidad ocurre en la fase inicial, incluso antes de que se presenten los ataques de tos más característicos.

La evolución se da en tres fases: catarral, paroxística y de convalecencia. Al comienzo puede confundirse con un resfriado común, aunque la tos empeora de forma progresiva, especialmente por las noches. En algunos bebés los síntomas pueden iniciarse de manera brusca con dificultad respiratoria y complicaciones graves, como neumonía, siendo esta última la principal causa de muerte por la enfermedad.

Desde la cartera sanitaria hicieron hincapié en que la coqueluche es prevenible mediante vacunación. El esquema incluye tres dosis durante el primer año de vida (a los 2, 4 y 6 meses), refuerzos a los 15-18 meses, 5-6 años, 11 años y una dosis en cada embarazo, disponible en forma gratuita en todos los hospitales y centros de salud del país.

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Río Negro

Río Negro pagará aguinaldos el 19 y 20 de diciembre

Lo anunció el gobernador Weretilneck en sus redes sociales.

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El Gobierno de Río Negro pagará el segundo medio aguinaldo del año los días 19 y 20 de diciembre. Lo anunció el gobernador Alberto Weretilneck en sus redes sociales, quien afirmó que la decisión apunta a acompañar a las familias y al comercio local.

Con un gran esfuerzo presupuestario, la Provincia cumple con el pago antes de fin de año, garantizando previsibilidad para todo el personal estatal y dando un fuerte impulso a la economía.

Detalle del cronograma

Viernes 19/12

  • Salud Pública, guardias y horas extras de Salud
  • Policía de Río Negro y Servicio Penitenciario Provincial

Sábado 20/12

  • Docentes y porteros
  • Ley 1.844, Vialidad Rionegrina, pensiones de Bomberos Voluntarios
  • Poder Legislativo, Judicial y órganos de control

El gobernador Alberto Weretilneck destacó la importancia de este compromiso cumplido que “es una noticia que queríamos darles no sólo a los empleados públicos, sino también al comercio y a todas las familias que estaban esperando este anuncio”.

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Judiciales

Sentencia ordena el cese de una cuota alimentaria porque los hijos ya tienen 26, 27 y 37 años

La Justicia hizo lugar al pedido de un hombre jubilado que aún pagaba alimentos pese a que sus hijos son mayores y autónomos.

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Una sentencia ordenó el cese de una cuota alimentaria que un hombre pagaba desde hacía años a favor de sus tres hijos, quienes actualmente tienen 26, 27 y 37 años. La decisión se tomó luego de que el progenitor solicitara formalmente el cierre de la obligación, al considerar que la mayoría de edad y autonomía de los hijos tornaban improcedente la continuidad del régimen de alimentos. El hombre se había jubilado como policía federal.

Según surge del expediente, el pedido se presentó en noviembre y fue acompañado por las partidas de nacimiento. La jueza de Viedma verificó que los tres hijos habían superado ampliamente la edad prevista por la ley para la vigencia de la obligación alimentaria. Tal como indica la sentencia, «habiendo en consecuencia cesado ipso iure la obligación alimentaria del progenitor a su respecto», de conformidad con los artículos 658 y 663 del Código Civil y Comercial.

El fallo utiliza la expresión latina ipso iure, que significa «por el propio derecho» o «por el solo efecto de la ley». En este tipo de casos, implica que la obligación de pagar alimentos cesa de manera automática cuando los hijos alcanzan la mayoría de edad, sin necesidad de una resolución previa, salvo que existan circunstancias excepcionales que deban ser acreditadas.
De acuerdo a la normativa vigente, el cese de la cuota alimentaria requiere una solicitud previa por parte del aportante, no se realiza automáticamente.

El Tribunal resolvió hacer lugar al planteo del alimentante y ordenó el cese inmediato de la cuota que beneficiaba a los tres hijos adultos. Además, dispuso notificar a la persona que estaba autorizada a percibirla y emitir oficio a la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal para que deje sin efecto la retención.

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