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Fiscales rionegrinos se capacitaron para gestionar con éxito la investigación criminal

Durante dos días, adquirieron herramientas que sirven para gestionar la labor de los mismos en la investigación científica del delito.

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Funcionarios del Ministerio Público Fiscal participaron, durante dos días (miércoles y jueves), del curso de capacitación sobre «Investigación Criminal», organizado por la Subsecretaría de Política Criminal del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación. También participaron efectivos de la policía científica. La capacitación tuvo como objetivo, brindar a los fiscales herramientas que sirvan para gestionar la labor de los mismos en la investigación científica del delito y puedan adquirir competencias técnico-científicas en el trabajo forense para el éxito de la investigación criminal.

En la jornada del jueves, expuso Fernando Cardini, Socio fundador de la Asociación Toxicológica Argentina, quién se avocó al segundo módulo de la capacitación sobre «Herramientas, técnicas y prácticas para el abordaje de la escena del delito». Entre los temas que abordó se destaca «El proceso del razonamiento de la Investigación criminal»; «El concepto de rastro, indicio, evidencia y su recategorización a prueba (la prueba pericial, la prueba tecnológica y la prueba científica.); «El lugar de los testigos presenciales versus testigos pos factum en la escena del crimen»; «La imagen forense en la escena del crimen»; «La inspección ocular integral de la escena del crimen y el aseguramiento de las evidencias»; «Cadena de Custodia.: el envío de los rastros e indicios a los laboratorios», entre otros temas.

Los expositores sostuvieron que uno de los principios en lo que se funda la investigación criminal es llegar a la verdad “a través de la ciencia, la lógica y la razón”. En ese sentido, aseguraron que un acto delictivo “puede resolverse de tres formas: a través de la confesión, por la declaración de testigos en debate o por la prueba física”. Al respecto Fernando Cardini, Socio fundador de la Asociación Toxicológica Argentina, indicó que «muchos casos se resuelven con la gestión de las ciencias forenses, de la evidencia científica».

Se hizo hincapié también en regionalizar los métodos científicos, unificar los criterios, trabajar con equipos multidisciplinarios, como así también en el cuidado de las evidencias ,a partir de la correcta evaluación y análisis de las circunstancias del caso penal y en la selección de los pasos a implementar.

La capacitación estuvo a cargo de de la coordinación del Licenciado Santiago del Carril, del Programa Nacional de Criminalística del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación y de los docentes Dr. Martín Nessi, Asesor técnico jurídico del Ministro de Seguridad y Justicia del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el Doctor en en Ciencias Químicas, Fernando Cardini, Socio fundador de la Asociación Toxicológica Argentina.

El curso se dividió en dos módulos presenciales en la ciudad de General Roca y se transmitió, a través del sistema de vídeo conferencia, a Viedma, Cipolletti y Choele Choel. Además contará con cinco módulos virtuales con distintas disciplinas, en los cuales los fiscales continuarán capacitándose en herramientas técnicas, tales como: biometría, serología forense, balística, pruebas criminalísticas, ingeniería forense, medicina forense, toxicología forense, imagen forense psicología y psiquiatría forense, grafología y pericias caligráficas y delitos informáticos, entre otras disciplinas asociadas a la investigación criminal.

El encuentro enmarcado en el “Convenio de Cooperación y Asistencia en Investigación Criminal” fue organizado por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, el Consejo Federal de Política Criminal de los Ministerios Públicos del país y el Consejo de Procuradores, Fiscales, Defensores y Asesores Generales.

Cabe destacar que el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, a través de la Subsecretaría de Política Criminal viene trabajando desde hace tiempo en el «Programa Nacional de Criminalística», cuyo objetivo es brindar herramientas para gestionar la labor de los operadores judiciales en la investigación científica del delito y capacitar a todos quienes están involucrados en una investigación criminal en la preservación del lugar del hecho, manejo de gestión, cadena de custodia y la metodología de investigación de acuerdo a los casos que se presenten.

Entre los objetivos centrales con el que se trabaja, es en el desarrollo de capacitaciones dirigida a los operadores judiciales, en fortalecer la gestión de la red nacional de laboratorios forenses, de la que es parte la Provincia de Río Negro, en temas de procesamiento de evidencias, en unificar los protocolos de procedimiento en criterios técnicos, de evaluación toxicológicos y en redactar un manual de la escena del crimen.

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Los gatos no lo dejaban dormir y ahuyentaron a sus inquilinos: Condenan a vecinos por los daños

Además del pago de una indemnización, la sentencia impone la obligación de prevenir y terminar toda fuente de molestias injustificadas.

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Un hombre buscaba tranquilidad en su casa de Ingeniero Huergo, pero las noches se volvieron un mal sueño. El silencio se rompía cada madrugada con golpes secos sobre las chapas. Varios gatos saltaban, peleaban y corrían sobre su techo.

Esta situación afectó su salud y también su bolsillo. Sus inquilinos no soportaron el ruido y abandonaron el departamento que él alquila. Un joven que estudiaba y trabajaba fue uno de los más afectados. Nunca lograba el descanso adecuado.

Así, el hombre bajó el precio del alquiler para que el lugar no quedara vacío. Mientras los desechos de los animales se acumulaban sobre su vivienda.

El Juzgado de Paz de Ingeniero Huergo hizo lugar a la demanda de menor cuantía iniciada por el dueño de la casa. La acción fue por los daños y perjuicios derivados de ruidos molestos e inmisiones producidas por animales.

Además del pago de una indemnización, la sentencia impone a los vecinos la obligación de prevenir y terminar toda fuente de molestias injustificadas.

El hombre sostuvo que desde 2023 sufre perturbaciones constantes por la presencia de gatos provenientes de la vivienda vecina. Indicó que los animales circulan por los techos, generan ruidos nocturnos, se pelean y dejan excrementos en su propiedad.

También señaló que existieron denuncias previas en el Juzgado de Faltas Municipal, con sanciones que no fueron cumplidas por los vecinos.

Las personas negaron los hechos. Declararon ejercer una tenencia responsable de sus animales. Dijeron que los gatos se encuentran castrados. En su defensa, señalaron que existe sobrepoblación de animales y que no puede atribuirse a ellos la conducta denunciada. Además, acusaron al hombre de hostigar a vecinos y de exagerar los perjuicios.

Durante el proceso se produjeron pruebas documentales y testimoniales. Un testigo que alquilaba al actor confirmó que los ruidos de los gatos eran diarios y nocturnos, y que le impedían descansar, lo que motivó su mudanza. El tribunal consideró relevante la ubicación de los inmuebles, que facilita el tránsito de animales entre ambos fondos.

El juez analizó el caso bajo el Código Civil y Comercial, que regula las inmisiones entre vecinos. Concluyó que las molestias superaron el umbral de tolerancia normal debido a su frecuencia, horario y duración. También valoró el incumplimiento previo de la normativa municipal y de decisiones del Juez de Faltas.

Se consideró acreditada la conducta ilegal por omisión; esto quiere decir que, ante las advertencias y los llamados de atención, los vecinos no actuaron y tomaron una actitud pasiva. Además, se dio por probado el daño moral sufrido por el propietario.

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Condenaron a un policía por dispararle a su ex pareja: Le hirió el pie con su arma reglamentaria

El juez subrayó que el disparo podría haber tenido consecuencias más graves si hubiera impactado en otra parte del cuerpo.

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Un empleado policial fue declarado penalmente responsable por unanimidad del delito de lesiones graves agravadas por violencia de género, por el vínculo de pareja y por el uso de arma de fuego, luego de que el Tribunal Colegiado interviniente tuviera por acreditado que disparó contra su ex pareja hiriéndola en el pie con su arma reglamentaria.

El hecho ocurrió el 18 de mayo pasado en el domicilio de la víctima. El presidente del Tribunal destacó la solidez del testimonio de la damnificada, quien mantuvo su declaración sin variaciones desde la denuncia inicial hasta el debate oral. «Pudo describir tanto las situaciones previas como lo ocurrido el 18 de mayo pasado en su domicilio, con precisión y detalle», señaló el magistrado.

El Tribunal también descartó de manera categórica el carácter accidental del episodio. «La consecuencia de este episodio pudo haber sido más grave si el disparo efectuado por el imputado hubiese impactado en otra parte del cuerpo de la víctima. No cabe duda de que no fue un hecho accidental, sino doloso», expresó el presidente del cuerpo judicial.

En la misma audiencia, la Fiscalía solicitó la prórroga de las medidas cautelares hasta la firmeza del fallo para resguardar a la víctima, quien deberá declarar en la próxima audiencia de cesura de la pena.

La defensa penal pública no formuló oposición y el Tribunal resolvió prorrogar la prohibición de acercamiento en un radio de 100 metros y de todo tipo de contacto, tanto directo como a través de terceros o medios electrónicos.

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Lo condenaron por violencia de género, volvió a convivir con la víctima y lo enviaron a prisión

La situación salió a la luz a partir de un procedimiento policial. El Ministerio Público acreditó que regresó a convivir con la mujer, quien se encuentra en condiciones de vulnerabilidad.

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Un hombre condenado por violencia de género cumplirá pena efectiva en Cipolletti tras comprobarse el incumplimiento de las pautas de conducta. La situación salió a la luz a partir de un procedimiento policial y de un informe de la Oficina de Atención a la Víctima. El Ministerio Público Fiscal acreditó además que regresó a convivir con la mujer, quien se encuentra en condiciones de vulnerabilidad. El juez de Ejecución transformó la pena en suspenso en prisión efectiva.

La condena original se dictó en agosto de 2025 por hechos que incluyeron lesiones, amenazas y privación ilegítima de la libertad en un contexto de violencia de género. En ese momento, el Poder Judicial había dispuesto reglas claras: no acercarse ni mantener contacto con la mujer y sostener un domicilio informado. Esas condiciones formaron parte de una pena de ejecución condicional que buscó evitar el encierro.

Sin embargo, la presencia en la vivienda de la mujer evidenció la transgresión de esas restricciones. El informe de la Oficina de Atención a la Víctima describió un escenario atravesado por temor y dependencia económica, además de referencias a episodios de violencia posteriores a la condena.

Durante la audiencia, el Ministerio Público Fiscal sostuvo que el planteo se centró en el incumplimiento de las pautas impuestas y no en la investigación de un nuevo delito. La defensa se opuso al pedido y señaló que los hechos integraban una causa en trámite, además de plantear objeciones sobre la posibilidad de una doble sanción.

El juez de Ejecución Penal analizó la documentación incorporada, en especial el informe técnico, y consideró acreditada la violación de las reglas de conducta, en particular la prohibición de acercamiento. Con base en ese análisis y en normativa vinculada a la protección contra la violencia de género, dispuso la revocación de la condicionalidad.

La resolución ordenó la detención y el traslado a un establecimiento penitenciario.

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