Judiciales
Fiscales rionegrinos se capacitaron para gestionar con éxito la investigación criminal
Durante dos días, adquirieron herramientas que sirven para gestionar la labor de los mismos en la investigación científica del delito.

Funcionarios del Ministerio Público Fiscal participaron, durante dos días (miércoles y jueves), del curso de capacitación sobre «Investigación Criminal», organizado por la Subsecretaría de Política Criminal del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación. También participaron efectivos de la policía científica. La capacitación tuvo como objetivo, brindar a los fiscales herramientas que sirvan para gestionar la labor de los mismos en la investigación científica del delito y puedan adquirir competencias técnico-científicas en el trabajo forense para el éxito de la investigación criminal.
En la jornada del jueves, expuso Fernando Cardini, Socio fundador de la Asociación Toxicológica Argentina, quién se avocó al segundo módulo de la capacitación sobre «Herramientas, técnicas y prácticas para el abordaje de la escena del delito». Entre los temas que abordó se destaca «El proceso del razonamiento de la Investigación criminal»; «El concepto de rastro, indicio, evidencia y su recategorización a prueba (la prueba pericial, la prueba tecnológica y la prueba científica.); «El lugar de los testigos presenciales versus testigos pos factum en la escena del crimen»; «La imagen forense en la escena del crimen»; «La inspección ocular integral de la escena del crimen y el aseguramiento de las evidencias»; «Cadena de Custodia.: el envío de los rastros e indicios a los laboratorios», entre otros temas.
Los expositores sostuvieron que uno de los principios en lo que se funda la investigación criminal es llegar a la verdad “a través de la ciencia, la lógica y la razón”. En ese sentido, aseguraron que un acto delictivo “puede resolverse de tres formas: a través de la confesión, por la declaración de testigos en debate o por la prueba física”. Al respecto Fernando Cardini, Socio fundador de la Asociación Toxicológica Argentina, indicó que «muchos casos se resuelven con la gestión de las ciencias forenses, de la evidencia científica».
Se hizo hincapié también en regionalizar los métodos científicos, unificar los criterios, trabajar con equipos multidisciplinarios, como así también en el cuidado de las evidencias ,a partir de la correcta evaluación y análisis de las circunstancias del caso penal y en la selección de los pasos a implementar.
La capacitación estuvo a cargo de de la coordinación del Licenciado Santiago del Carril, del Programa Nacional de Criminalística del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación y de los docentes Dr. Martín Nessi, Asesor técnico jurídico del Ministro de Seguridad y Justicia del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el Doctor en en Ciencias Químicas, Fernando Cardini, Socio fundador de la Asociación Toxicológica Argentina.
El curso se dividió en dos módulos presenciales en la ciudad de General Roca y se transmitió, a través del sistema de vídeo conferencia, a Viedma, Cipolletti y Choele Choel. Además contará con cinco módulos virtuales con distintas disciplinas, en los cuales los fiscales continuarán capacitándose en herramientas técnicas, tales como: biometría, serología forense, balística, pruebas criminalísticas, ingeniería forense, medicina forense, toxicología forense, imagen forense psicología y psiquiatría forense, grafología y pericias caligráficas y delitos informáticos, entre otras disciplinas asociadas a la investigación criminal.
El encuentro enmarcado en el “Convenio de Cooperación y Asistencia en Investigación Criminal” fue organizado por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, el Consejo Federal de Política Criminal de los Ministerios Públicos del país y el Consejo de Procuradores, Fiscales, Defensores y Asesores Generales.
Cabe destacar que el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, a través de la Subsecretaría de Política Criminal viene trabajando desde hace tiempo en el «Programa Nacional de Criminalística», cuyo objetivo es brindar herramientas para gestionar la labor de los operadores judiciales en la investigación científica del delito y capacitar a todos quienes están involucrados en una investigación criminal en la preservación del lugar del hecho, manejo de gestión, cadena de custodia y la metodología de investigación de acuerdo a los casos que se presenten.
Entre los objetivos centrales con el que se trabaja, es en el desarrollo de capacitaciones dirigida a los operadores judiciales, en fortalecer la gestión de la red nacional de laboratorios forenses, de la que es parte la Provincia de Río Negro, en temas de procesamiento de evidencias, en unificar los protocolos de procedimiento en criterios técnicos, de evaluación toxicológicos y en redactar un manual de la escena del crimen.
Judiciales
Intento de robo frustrado: Declararon culpables a tres acusados en Roca
El hecho ocurrió en octubre de 2024 y gracias a la rápida intervención policial y el aporte de vecinos, los sujetos terminaron detenidos.

La Justicia de General Roca declaró la responsabilidad penal de tres hombres por una tentativa de robo en lugar poblado y en banda, agravado por escalamiento y por la intervención de un menor de 18 años, en un hecho ocurrido en octubre de 2024.
Durante el juicio, el Tribunal Colegiado consideró acreditado que los imputados forzaron el portón de una vivienda con intenciones de robo, aunque no lograron concretar el delito debido a la rápida intervención del personal policial.
En su resolución, los jueces destacaron que «el accionar policial permitió aprehender rápidamente a los imputados», y subrayaron además el rol clave de los vecinos, cuya atención y colaboración resultaron fundamentales para el esclarecimiento del hecho.
Por otra parte, dos de los acusados fueron absueltos por los delitos de encubrimiento y sustitución de chapa patente, cargos que no pudieron ser probados durante el debate.
Actualmente, los tres hombres permanecen detenidos con prisión preventiva en el Establecimiento Penal N° 2, mientras avanza otro legajo en el que se investiga una presunta asociación ilícita.
Judiciales
Una historia detrás de un cambio de apellido: cuando la identidad pesa más que el origen
El adolescente aclaró que su intención concreta consistía en llevar el apellido de su padre afín.

Un adolescente recurrió al Poder Judicial porque cargaba con un peso invisible: su apellido. Para él, ese nombre en su documento era solo un recordatorio de una ausencia total, lo que le provocaba rechazo y vergüenza.
En la escuela y con sus amigos, todos lo conocen por otro apellido: el de la persona que lo cuidó y lo sostuvo desde que tenía un año y medio. El padre de crianza ocupó el lugar que el progenitor dejó vacío por desinterés.
Aunque su madre ya no es pareja de ese hombre, el vínculo entre ellos permaneció intacto. Él lo acompaña a los actos escolares, lo apoya económicamente y comparte con él vacaciones y festejos familiares.
El fuero de Familia de Villa Regina hizo lugar a la acción iniciada por el adolescente y ordenó la supresión del apellido paterno. También dispuso la rectificación de la partida de nacimiento para que el joven lleve el apellido del hombre que lo crio. Además, ordenó comunicar la decisión al Registro Civil para modificar el acta correspondiente y emitir un nuevo documento nacional de identidad.
Ante una consulta del Juzgado, el adolescente aclaró que su intención concreta consistía en llevar el apellido de su padre afín. Durante el proceso intervino la Defensoría de Menores y se produjo prueba documental, testimonial y pericial psicológica. También se realizaron notificaciones al progenitor biológico, quien no se presentó en ningún momento. La fiscalía y el Registro Civil emitieron dictámenes favorables a la petición.
Los testigos coincidieron en que el joven no se identifica con el apellido paterno y reconoce como padre a quien lo acompañó en su crianza, con quien mantiene una relación cercana. También señalaron que, en ámbitos sociales, escolares y en redes, el adolescente ya utiliza ese apellido.
El fallo recordó que el derecho a la identidad incluye elementos como el nombre, la filiación y la pertenencia social y familiar. El Código Civil y Comercial permite modificar el nombre cuando existen justos motivos, lo que habilita valorar la dimensión dinámica de la identidad personal. En ese marco, la jueza consideró que el abandono del progenitor biológico y la consolidación de un vínculo socioafectivo con el padre de crianza constituyen razones suficientes para apartarse del principio de inmutabilidad del nombre.
También destacó la importancia del interés superior del adolescente y su derecho a ser escuchado. En la audiencia realizada durante el proceso, el joven reafirmó su decisión y explicó que reflexiona sobre el cambio de apellido desde hace años.
A partir de la prueba reunida, el Juzgado concluyó que el uso del apellido paterno genera una afectación en la identidad personal del adolescente y que la modificación solicitada refleja la realidad de sus vínculos familiares y sociales.
Judiciales
Obra social deberá cubrir intervención facial en proceso de transición de género
La rinoplastía feminizante fue considerada parte del proceso de adecuación corporal por el Superior Tribunal de Justicia.

El Superior Tribunal de Justicia de Río Negro confirmó una sentencia que ordenó garantizar la cobertura integral para una cirugía de rinoplastía feminizante solicitada por una afiliada a una obra social, en el marco de su proceso de adecuación corporal conforme a su identidad de género.
El caso llegó al máximo tribunal provincial a partir de la apelación presentada por la Provincia contra una sentencia de amparo que había reconocido el derecho de la afiliada a acceder a distintas intervenciones vinculadas con su proceso de transición. El recurso cuestionaba únicamente la cobertura de la rinoplastía feminizante.
Al analizar el planteo, el Superior Tribunal señaló que el debate central se vincula con el alcance del derecho a la identidad de género y con la interpretación de la normativa que regula las intervenciones médicas destinadas a adecuar el cuerpo a la identidad autopercibida.
La sentencia recordó que la Ley N° 26.743 de Identidad de Género reconoce ese derecho como un derecho humano fundamental. Establece que las personas mayores de edad pueden acceder a intervenciones quirúrgicas totales o parciales para adecuar su cuerpo, incluida la genitalidad, sin necesidad de autorización judicial o administrativa. Además, la norma dispone que las prestaciones vinculadas con estos tratamientos deben ser garantizadas por los efectores del sistema de salud.
En ese marco, el máximo Tribunal destacó que la reglamentación del artículo 11 de la ley enumera distintas cirugías vinculadas con los procesos de adecuación corporal, pero aclara expresamente que ese listado es de carácter «meramente enunciativo y no taxativo».
Para el Superior Tribunal, este punto resulta determinante para resolver el caso, ya que implica que la cobertura de las intervenciones no se limita exclusivamente a las prácticas detalladas en la reglamentación. En consecuencia, la evaluación de cada pedido debe realizarse considerando el objetivo de garantizar el ejercicio efectivo del derecho a la identidad de género.
La sentencia también analizó la indicación médica incorporada al expediente. Según el informe profesional, la rinoplastía feminizante forma parte del proceso de afirmación de género y se vincula con la necesidad de adecuar ciertos rasgos faciales a la identidad autopercibida, con impacto en el bienestar psicológico y en la calidad de vida.
Desde esa perspectiva, el tribunal señaló que el derecho a la salud debe interpretarse en sentido amplio, conforme al concepto adoptado por la Organización Mundial de la Salud, que comprende el bienestar físico, mental y social de las personas.
El fallo también remarcó que el proceso de adecuación corporal puede involucrar distintas intervenciones que, en conjunto, integran un abordaje médico destinado a armonizar la identidad de género con las características físicas de la persona. Así, confirmó la obligación de cobertura de la obra social.





