Sociedad
Defensa del Consumidor: ¿Qué hacer en determinados casos?
Recomendaciones de la Justicia ante diferentes inconvenientes que pueden llegar a ocurrir con empresas u organimos del Estado.

En el Poder Judicial de Río Negro, los Juzgados de Paz reciben, en la actualidad, demandas por casos de “menor cuantía”, es decir reclamos de hasta los $15.000. El resto de las causas, por montos superiores, se canalizan a través de los juzgados civiles. La ley N° 24.240, sancionada en 1993, fija las normas de protección y defensa de los consumidores, la autoridad de aplicación y los procedimientos y sanciones.
¿Qué dice la ley?
Se consideran consumidores o usuarios las personas físicas o jurídicas que contratan para su consumo final o beneficio propio o de su grupo familiar o social:
a) La adquisición o locación de cosas muebles;
b) La prestación de servicios;
c) La adquisición de inmuebles nuevos destinados a vivienda, incluso los lotes de terreno.
No están comprendidos en esta ley los servicios de profesionales liberales que requieran para su ejercicio título universitario y matrícula otorgada por colegios profesionales.
Información al consumidor y protección de su salud
Quienes produzcan, importen, distribuyan o comercialicen cosas o presten servicios, deben suministrar a los consumidores o usuarios, en forma cierta y objetiva, información veraz, detallada, eficaz y suficiente sobre las características esenciales de los mismos. Las cosas y servicios deben ser suministrados o prestados en forma tal que, utilizados en condiciones previsibles o normales de uso, no presenten peligro alguno para la salud o integridad física de los consumidores o usuarios.
Condiciones de la oferta y venta
La oferta debe contener la fecha precisa de comienzo y de finalización, así como también sus modalidades, condiciones o limitaciones. Las precisiones formuladas en la publicidad o en anuncios prospectos, circulares u otros medios de difusión obligan al oferente y se tienen por incluidas en el contrato con el consumidor.
La redacción debe ser hecha en idioma nacional, ser completa, clara y fácilmente legible, sin reenvíos a textos o documentos que no se entreguen previa o simultáneamente.
Garantía
La garantía legal tendrá vigencia por seis (6) meses a partir de la entrega, pudiendo las partes convenir un plazo mayor. Los fabricantes, importadores y vendedores de las cosas deben asegurar un servicio técnico adecuado y el suministro de partes y repuestos.
Prestación de servicios
Quienes presten servicios de cualquier naturaleza están obligados a respetar los términos, plazos, condiciones, modalidades, reservas y demás circunstancias conforme a las cuales hayan sido ofrecidos, publicitados o convenidos.
Servicios públicos
Las empresas prestadoras de servicios públicos a domicilio deben entregar al usuario constancia escrita de las condiciones de la prestación de los derechos y obligaciones de ambas partes contratantes. Sin perjuicio de ello, deben mantener tal información a disposición de los usuarios en todas las oficinas de atención al público. Las empresas prestadoras deben habilitar un registro de reclamos, en donde quedarán asentadas las presentaciones de los usuarios.
Cuando una empresa de servicio público domiciliario facture en un período un importe que exceda en un cincuenta por ciento (50%) el promedio de consumo efectivo del usuario en los doce (12) meses inmediatos anteriores, se presume error en la facturación.
Venta domiciliaria por correspondencia
Es aquella propuesta de venta de una cosa o prestación de un servicio efectuada al consumidor en el lugar donde reside, en forma permanente o transitoria o en su lugar de trabajo.
El consumidor tiene derecho a revocar la aceptación durante el plazo de cinco (5) días corridos, contados a partir de la fecha en que se entregue la cosa o se celebre el contrato, lo último que ocurra, sin responsabilidad alguna. Esa facultad no puede ser dispensada ni renunciada.
El vendedor debe informar por escrito al consumidor de esta facultad de revocación en todo documento que, con motivo de venta le sea presentado al consumidor.
Tal información debe ser incluida en forma clara y notoria.
Operaciones de venta de créditos
En las operaciones de crédito para la adquisición de cosas o servicios deberá consignarse: el precio de contado, el saldo de deuda, el total de los intereses a pagar, la tasa de interés efectiva anual, la forma de amortización de los intereses, otros gastos si los hubiere, cantidad de pagos a realizar y su periodicidad, gastos extras o adicionales si los hubiera y monto total financiado a pagar.
La interpretación del contrato se hará en el sentido más favorable para el consumidor. Cuando existan dudas sobre los alcances de su obligación, se estará a la que sea menos gravosa.
Autoridad de aplicación
La Secretaría de Industria y Comercio será la autoridad nacional de aplicación de la presente ley. Los gobiernos provinciales y la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires actuarán como autoridades locales de aplicación ejerciendo el control y vigilancia sobre el cumplimiento de la ley y sus normas reglamentarias respecto a los hechos sometidos a su jurisdicción. Las provincias, en ejercicio de sus atribuciones, podrán delegar sus funciones en organismos de su dependencia o en los gobiernos municipales.
La autoridad nacional de aplicación iniciará actuaciones administrativas en caso de presuntas infracciones a las disposiciones de la presente ley, sus normas reglamentarias y resoluciones que en consecuencia se dicten, de oficio o por denuncia de quien invocare un interés particular o actuare en defensa del interés general de los consumidores.
Verificada la existencia de la infracción quienes la hayan cometido se harán pasibles de las siguientes sanciones, las que se podrán aplicar independiente o conjuntamente, según resulte de las circunstancias del caso:
a) Apercibimiento;
b) Multa de quinientos pesos ($ 500) a quinientos mil pesos ($ 500.000), hasta alcanzar el triple de la ganancia o beneficio ilegal obtenido por la infracción;
c) Decomiso de las mercaderías y productos objeto de la infracción;
d) Clausura del establecimiento o suspensión del servicio afectado por un plazo de hasta treinta (30) días;
e) Suspensión de hasta cinco (5) años en los registros de proveedores que posibilitan contratar con el Estado;
f) La pérdida de concesiones, privilegios, regímenes impositivos o crediticios especiales de que gozare.
Acciones judiciales
Sin perjuicio de lo expuesto, el consumidor y usuario podrán iniciar acciones judiciales cuando sus intereses resulten afectados o amenazados.
Ante los organismos de defensa al consumidor, reclamos como las multas o daño moral o algún perjuicio que no esté dentro de la facturación declarada no se pueden iniciar. De todas formas este tipo de denuncias sí se reciben ante los juzgados de Paz de la provincial.
En ocasiones se recomienda iniciar la demanda con un letrado patrocinante sí lo que se pretende es una multa, por ejemplo. Sin abogado también se puede reclamar y en esos casos el trámite se inicia con un formulario.
Recientemente, un Juzgado Civil de Cipolletti confirmó la sentencia que dictó la jueza de Paz de la localidad en una demanda radicada en contra de una compañía. La persona que resultó damnificada había adquirido cinco pasajes aéreos bajo una promoción que resultó engañosa. Puntualmente se aludía una bonificación del 35%, monto que la compañía no descontó.
Finalmente la empresa fue condenada a abonar la suma de 2.456,99 pesos más intereses (por no aplicar la bonificación) y la suma de 10.000 pesos en concepto de “Daño Punitivo”.
El “Daño Punitivo” es una sanción pecuniaria que aplica el juez a quien causa un daño como consecuencia de una inconducta que revela una grave indiferencia respecto de los derechos ajenos.
El 27 de noviembre del año pasado, en el Plenario de Justicia de Paz desarrollado en Cipolletti, los jueces de Paz de la provincia recibieron una capacitación en relación a los alcances de la ley de Defensa del Consumidor. Disertó en ese momento, el abogado y docente universitario Dr. Diego Zentner.
Río Negro
Río Negro vive un verano con alta ocupación y fuerte impacto económico
Más de 214.000 turistas eligieron diferentes puntos de la provincia para vacacionar.

Durante las primeras semanas de enero de 2026, Río Negro vivió un inicio de temporada altamente positivo: más de 214.000 turistas eligieron sus destinos para vacacionar, lo que generó un impacto económico superior a $84 mil millones y renovó las expectativas para el resto del verano en toda la provincia.
En este contexto, la localidad más elegida fue nuevamente Bariloche, registrando un 80% de ocupación en los distintos tipos de alojamiento gracias a la llegada de unos 94.514 visitantes que pudieron disfrutar la amplia oferta turística que guarda este rincón de la provincia.
Sobre la Zona Atlántica, Las Grutas, con un 70% de hospedajes registrados ocupados, recibió a 73.465 personas que pudieron aprovechar la diversidad de playas y la amplia vida nocturna que caracteriza al balneario, mientras que Playas Doradas hizo lo propio con un 56%.
Por otra parte, según los datos recabados por el Observatorio Turístico de Río Negro, otros destinos de la Cordillera Rionegrina también tuvieron un importante movimiento ya que Dina Huapi marcó el 84% de ocupación, en tanto que El Bolsón registró un promedio del 55% en los distintos estratos.
Asimismo, estos días también estuvieron marcados por el arribo de turistas a Viedma, que anunció un 76% de ocupación en el marco de la Fiesta Nacional del Río y la llegada de la Regata Internacional del río Negro, en tanto que Río Colorado notificó el 75% y General Roca el 74%.
De esta manera, Río Negro se sigue posicionando entre los destinos más elegidos por el turismo a nivel nacional, manteniendo constante el nivel de visitantes en las distintas épocas del año gracias a su amplia oferta turística que se despliega desde la cordillera hasta el mar.
Roca
El Municipio exige a Aguas Rionegrinas el saneamiento de un desagüe en calle José Ingenieros
Como desde hace años, vecinos del sector denunciaron olores nauseabundos, mosquitos y obstrucción del escurrimiento del agua.

Tras reiteradas denuncias de vecinos por malos olores e invasión de mosquitos, el Municipio de General Roca intimó a la empresa provincial Aguas Rionegrinas S.A. a cesar el arrojo de desechos cloacales en el desagüe ubicado sobre calle José Ingenieros, entre Jujuy y Japón.
Desde el Municipio indicaron que los residuos cloacales vertidos en el sector «son los principales responsables de los olores nauseabundos detectados, además de generar un foco permanente de insectos y favorecer el crecimiento de vegetación, lo que termina obstruyendo el correcto escurrimiento del agua».
En la intimación cursada, se le exigió a Aguas Rionegrinas no solo la realización inmediata de acciones de saneamiento concretas y eficaces, sino también la presentación de un plan de trabajo que garantice una solución definitiva a la problemática denunciada por los vecinos.
Por su parte, el Municipio informó que avanzará con tareas de limpieza y retiro de plantaciones en el lugar afectado, con el objetivo de mejorar el escurrimiento del agua y prevenir futuros anegamientos.
Desde el Ejecutivo local remarcaron que «este tipo de trabajos de limpieza y mantenimiento se realizan diariamente en distintos puntos de la ciudad, aunque señalaron que las altas temperaturas dificultan las tareas debido al crecimiento acelerado de malezas, sumado a la presencia de residuos y desperdicios arrojados de manera indebida en estos espacios».
La situación continúa bajo seguimiento, mientras se aguarda una respuesta concreta por parte de la empresa provincial para dar una solución definitiva al problema.
Roca
El SMN emitió alerta amarilla por tormentas fuertes para este viernes en el Alto Valle
El fenómeno incluye actividad eléctrica, fuertes ráfagas, abundante caída de agua en cortos períodos y ocasional granizo.

El Servicio Meteorológico Nacional (SMN) emitió una alerta amarilla por tormentas que afectará a General Roca y a una amplia región durante la tarde de este viernes (23/01). El aviso incluye además a gran parte de Río Negro, La Pampa, sectores de Neuquén, Mendoza, San Luis y otras provincias del centro del país.
Según el parte oficial, el área será afectada por tormentas de variada intensidad, algunas localmente fuertes, que podrían estar acompañadas por abundante actividad eléctrica, ráfagas de viento que podrían superar los 70 km/h, ocasional caída de granizo y precipitaciones intensas en cortos períodos.
Desde el organismo nacional indicaron que se esperan valores de precipitación acumulada entre 10 y 20 milímetros, aunque no se descarta que estos registros puedan ser superados de manera puntual.
Pronóstico extendido en Roca
De acuerdo al pronóstico extendido de la Autoridad Interjurisdiccional de las Cuencas (AIC), este viernes presentará condiciones inestables, con tormentas eléctricas, lluvias y chaparrones, tanto durante el día como en la noche. La temperatura máxima rondará los 34°C, mientras que por la noche descenderá hasta los 15°C.
Para el sábado (24/01) se espera una jornada de sol radiante, con una máxima que podría alcanzar los 37°C, aunque hacia la noche volvería la inestabilidad, con aumento del viento y posibles ráfagas que podrían rondar los 49 km/h.
El domingo (25/01) continuaría el calor intenso, con temperaturas cercanas a los 37°C, y probabilidad de tormentas eléctricas durante el día y la noche, acompañadas por ráfagas que podrían superar los 50 km/h.
En tanto, el inicio de la próxima semana mantendría condiciones calurosas, con máximas que oscilarán entre los 34°C y 38°C, y un nuevo período de tormentas previstas para el miércoles (28/01), con posibilidad de lluvias, chaparrones y granizo.
Recomendaciones
Ante la vigencia de la alerta amarilla, las autoridades recomiendan mantenerse informados a través de los canales oficiales, evitar actividades al aire libre durante el desarrollo de las tormentas y asegurar objetos que puedan ser desplazados por el viento.
El SMN recuerda que este nivel de alerta implica fenómenos meteorológicos con capacidad de daño y riesgo de interrupción momentánea de actividades cotidianas.






