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Sociedad

Defensa del Consumidor: ¿Qué hacer en determinados casos?

Recomendaciones de la Justicia ante diferentes inconvenientes que pueden llegar a ocurrir con empresas u organimos del Estado.

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En el Poder Judicial de Río Negro, los Juzgados de Paz reciben, en la actualidad, demandas por casos de “menor cuantía”, es decir reclamos de hasta los $15.000. El resto de las causas, por montos superiores, se canalizan a través de los juzgados civiles. La ley N° 24.240, sancionada en 1993, fija las normas de protección y defensa de los consumidores, la autoridad de aplicación y los procedimientos y sanciones.

¿Qué dice la ley?

Se consideran consumidores o usuarios las personas físicas o jurídicas que contratan para su consumo final o beneficio propio o de su grupo familiar o social:
a) La adquisición o locación de cosas muebles;
b) La prestación de servicios;
c) La adquisición de inmuebles nuevos destinados a vivienda, incluso los lotes de terreno.

No están comprendidos en esta ley los servicios de profesionales liberales que requieran para su ejercicio título universitario y matrícula otorgada por colegios profesionales.

Información al consumidor y protección de su salud

Quienes produzcan, importen, distribuyan o comercialicen cosas o presten servicios, deben suministrar a los consumidores o usuarios, en forma cierta y objetiva, información veraz, detallada, eficaz y suficiente sobre las características esenciales de los mismos. Las cosas y servicios deben ser suministrados o prestados en forma tal que, utilizados en condiciones previsibles o normales de uso, no presenten peligro alguno para la salud o integridad física de los consumidores o usuarios.

Condiciones de la oferta y venta

La oferta debe contener la fecha precisa de comienzo y de finalización, así como también sus modalidades, condiciones o limitaciones. Las precisiones formuladas en la publicidad o en anuncios prospectos, circulares u otros medios de difusión obligan al oferente y se tienen por incluidas en el contrato con el consumidor.

La redacción debe ser hecha en idioma nacional, ser completa, clara y fácilmente legible, sin reenvíos a textos o documentos que no se entreguen previa o simultáneamente.

Garantía

La garantía legal tendrá vigencia por seis (6) meses a partir de la entrega, pudiendo las partes convenir un plazo mayor. Los fabricantes, importadores y vendedores de las cosas deben asegurar un servicio técnico adecuado y el suministro de partes y repuestos.

Prestación de servicios

Quienes presten servicios de cualquier naturaleza están obligados a respetar los términos, plazos, condiciones, modalidades, reservas y demás circunstancias conforme a las cuales hayan sido ofrecidos, publicitados o convenidos.

Servicios públicos

Las empresas prestadoras de servicios públicos a domicilio deben entregar al usuario constancia escrita de las condiciones de la prestación de los derechos y obligaciones de ambas partes contratantes. Sin perjuicio de ello, deben mantener tal información a disposición de los usuarios en todas las oficinas de atención al público. Las empresas prestadoras deben habilitar un registro de reclamos, en donde quedarán asentadas las presentaciones de los usuarios.

Cuando una empresa de servicio público domiciliario facture en un período un importe que exceda en un cincuenta por ciento (50%) el promedio de consumo efectivo del usuario en los doce (12) meses inmediatos anteriores, se presume error en la facturación.

Venta domiciliaria por correspondencia

Es aquella propuesta de venta de una cosa o prestación de un servicio efectuada al consumidor en el lugar donde reside, en forma permanente o transitoria o en su lugar de trabajo.

El consumidor tiene derecho a revocar la aceptación durante el plazo de cinco (5) días corridos, contados a partir de la fecha en que se entregue la cosa o se celebre el contrato, lo último que ocurra, sin responsabilidad alguna. Esa facultad no puede ser dispensada ni renunciada.

El vendedor debe informar por escrito al consumidor de esta facultad de revocación en todo documento que, con motivo de venta le sea presentado al consumidor.

Tal información debe ser incluida en forma clara y notoria.

Operaciones de venta de créditos

En las operaciones de crédito para la adquisición de cosas o servicios deberá consignarse: el precio de contado, el saldo de deuda, el total de los intereses a pagar, la tasa de interés efectiva anual, la forma de amortización de los intereses, otros gastos si los hubiere, cantidad de pagos a realizar y su periodicidad, gastos extras o adicionales si los hubiera y monto total financiado a pagar.

La interpretación del contrato se hará en el sentido más favorable para el consumidor. Cuando existan dudas sobre los alcances de su obligación, se estará a la que sea menos gravosa.

Autoridad de aplicación

La Secretaría de Industria y Comercio será la autoridad nacional de aplicación de la presente ley. Los gobiernos provinciales y la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires actuarán como autoridades locales de aplicación ejerciendo el control y vigilancia sobre el cumplimiento de la ley y sus normas reglamentarias respecto a los hechos sometidos a su jurisdicción. Las provincias, en ejercicio de sus atribuciones, podrán delegar sus funciones en organismos de su dependencia o en los gobiernos municipales.

La autoridad nacional de aplicación iniciará actuaciones administrativas en caso de presuntas infracciones a las disposiciones de la presente ley, sus normas reglamentarias y resoluciones que en consecuencia se dicten, de oficio o por denuncia de quien invocare un interés particular o actuare en defensa del interés general de los consumidores.

Verificada la existencia de la infracción quienes la hayan cometido se harán pasibles de las siguientes sanciones, las que se podrán aplicar independiente o conjuntamente, según resulte de las circunstancias del caso:
a) Apercibimiento;
b) Multa de quinientos pesos ($ 500) a quinientos mil pesos ($ 500.000), hasta alcanzar el triple de la ganancia o beneficio ilegal obtenido por la infracción;
c) Decomiso de las mercaderías y productos objeto de la infracción;
d) Clausura del establecimiento o suspensión del servicio afectado por un plazo de hasta treinta (30) días;
e) Suspensión de hasta cinco (5) años en los registros de proveedores que posibilitan contratar con el Estado;
f) La pérdida de concesiones, privilegios, regímenes impositivos o crediticios especiales de que gozare.

Acciones judiciales

Sin perjuicio de lo expuesto, el consumidor y usuario podrán iniciar acciones judiciales cuando sus intereses resulten afectados o amenazados.

Ante los organismos de defensa al consumidor, reclamos como las multas o daño moral o algún perjuicio que no esté dentro de la facturación declarada no se pueden iniciar. De todas formas este tipo de denuncias sí se reciben ante los juzgados de Paz de la provincial.

En ocasiones se recomienda iniciar la demanda con un letrado patrocinante sí lo que se pretende es una multa, por ejemplo. Sin abogado también se puede reclamar y en esos casos el trámite se inicia con un formulario.

Recientemente, un Juzgado Civil de Cipolletti confirmó la sentencia que dictó la jueza de Paz de la localidad en una demanda radicada en contra de una compañía. La persona que resultó damnificada había adquirido cinco pasajes aéreos bajo una promoción que resultó engañosa. Puntualmente se aludía una bonificación del 35%, monto que la compañía no descontó.

Finalmente la empresa fue condenada a abonar la suma de 2.456,99 pesos más intereses (por no aplicar la bonificación) y la suma de 10.000 pesos en concepto de “Daño Punitivo”.

El “Daño Punitivo” es una sanción pecuniaria que aplica el juez a quien causa un daño como consecuencia de una inconducta que revela una grave indiferencia respecto de los derechos ajenos.

El 27 de noviembre del año pasado, en el Plenario de Justicia de Paz desarrollado en Cipolletti, los jueces de Paz de la provincia recibieron una capacitación en relación a los alcances de la ley de Defensa del Consumidor. Disertó en ese momento, el abogado y docente universitario Dr. Diego Zentner.

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Policiales

Chocó contra el puente y cayó al agua

El hecho ocurrió en el Cana Principal de Riego, a la altura de calle Jujuy. El conductor del rodado iba alcoholizado.

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Foto: Gentileza ANRoca.

Cerca de a las 6 de la mañana de este domingo (12/01), un hombre perdió el control del automóvil que conducía, colisionó contra las vayas del Puente de calle Jujuy del Canal Principal de Riego y cayó a la aguas del mismo. El conductor es efectivo de Prefectura y circulaba bajo efectos del alcohol.

Según informó la Agencias de Noticias Roca, el conductor del vehículo tenía 2,4 gramos de alcohol en sangre cuando le realizaron el test de alcoholemia.

El conductor del rodado habría salido por sus propios medios del agua. Posteriormente llegó un móvil policial, una ambulancia del SIARME, y personal de la Dirección de Tránsito del Municipio de Roca.

A pesar del choque y la caída, el conductor del rodado se encuentra en buen estado de salud.

Con una grúa, pasado el mediodía, empezó la extracción del vehículo.

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Roca

El termómetro en llamas: La temperatura en Roca llegaría a los 41°C

Se espera una semana con temperaturas por encima de los 30°C en la ciudad para la semana, aunque este domingo será el día más caluroso del año.

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La Autoridad Interjurisdiccional de las Cuencas (AIC) anunció que para hoy (12/01) se esperan 41°C, por lo que se pide precaución a la población para evitar golpes de calor. Asimismo, para los próximos días, se anticipa que las temperaturas se mantendrán elevadas, con máximas que rondarán los 40°C y mínimas cercanas a los 20°C.

Para hoy se espera una jornada extremadamente calurosa en General Roca, con temperaturas que podrían alcanzar los 41°C. Según el pronóstico, el cielo estará mayormente despejado, y se prevé una mínima de 20°C para la noche.

En este sentido, la AIC emitió un alerta por las altas temperaturas en la región, recomendando a la población tomar precauciones para evitar golpes de calor. Se aconseja mantenerse hidratado, evitar la exposición al sol durante las horas pico y utilizar ropa ligera y de colores claros.

Para los próximos días no se esperan precipitaciones significativas en el corto plazo, por lo que las condiciones de calor extremo podrían persistir durante la semana.

Domingo 12 de enero:

  • Condiciones: Soleado y extremadamente caluroso.
  • Máxima: 41°C | Mínima: 20°C.
  • Recomendación: Evitar la exposición al sol en las horas pico y mantenerse hidratado.

Lunes 13 de enero:

  • Condiciones: Parcialmente nublado, continuarán las temperaturas altas.
  • Máxima: 30°C | Mínima: 10°C.
  • Viento: Leve, del oeste.

Martes 14 de enero:

  • Condiciones: Cielo mayormente despejado con leve descenso de la temperatura.
  • Máxima: 34°C | Mínima: 20°C.
  • Posibilidad de lluvias: Baja.

Miércoles 15 de enero:

  • Condiciones: Parcialmente nublado con un leve alivio térmico.
  • Máxima: 34°C | Mínima: 19°C.
  • Viento: Moderado, del sur.

Jueves 16 de enero:

  • Condiciones: Mayor nubosidad y posibilidad de tormentas aisladas por la tarde.
  • Máxima: 32°C | Mínima: 15°C.
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Río Negro

El SIARME atendió más de 17.000 llamados de emergencia en 2024

Las consultas más comunes fueron accidentes de tránsito, atención en salud mental, patologías cardiológicas y heridas con armas.

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Durante 2024, el Sistema Integral de Atención Rionegrina de Medicina de Emergencia (SIARME) atendió más de 17.000 llamados de emergencia en las cuatro bases distribuidas en la provincia. Las consultas más comunes fueron accidentes de tránsito, atención en salud mental, patologías cardiológicas y heridas con armas.

El sistema brinda cobertura gratuita en emergencias prehospitalaria las 24 horas del día, en los núcleos con mayor densidad poblacional: Viedma, General Roca, Cipolletti y Bariloche.

El ministro de Salud de Río Negro, Demetrio Thalasselis, expresó su agradecimiento al gobernador Weretilneck por la confianza a la hora de implementar políticas que buscan fortalecer el sistema sanitario de la Provincia. En este sentido, destacó la importancia de acompañar el trabajo que se realiza desde el SIARME, que a lo largo de los años se ha posicionado como un actor fundamental para la atención prehospitalaria de los y las rionegrinas.

La llegada del SIARME a la Zona Andina permitió consolidar atención en emergencias en las ciudades más grandes y pobladas de la provincia, con personal especializado y ambulancias equipadas con la tecnología de una unidad de terapia intensiva móvil en cada una de sus bases.

En esta línea, el titular del SIARME, Miguel Ledesma, comentó que «siempre trabajamos en pos de la comunidad. La atención prehospitalaria es algo novedoso dentro del mundo de medicina de emergencias y acá en Río Negro van a ser cuatro años que ya estamos instalados».

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