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Sociedad

Defensa del Consumidor: ¿Qué hacer en determinados casos?

Recomendaciones de la Justicia ante diferentes inconvenientes que pueden llegar a ocurrir con empresas u organimos del Estado.

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En el Poder Judicial de Río Negro, los Juzgados de Paz reciben, en la actualidad, demandas por casos de “menor cuantía”, es decir reclamos de hasta los $15.000. El resto de las causas, por montos superiores, se canalizan a través de los juzgados civiles. La ley N° 24.240, sancionada en 1993, fija las normas de protección y defensa de los consumidores, la autoridad de aplicación y los procedimientos y sanciones.

¿Qué dice la ley?

Se consideran consumidores o usuarios las personas físicas o jurídicas que contratan para su consumo final o beneficio propio o de su grupo familiar o social:
a) La adquisición o locación de cosas muebles;
b) La prestación de servicios;
c) La adquisición de inmuebles nuevos destinados a vivienda, incluso los lotes de terreno.

No están comprendidos en esta ley los servicios de profesionales liberales que requieran para su ejercicio título universitario y matrícula otorgada por colegios profesionales.

Información al consumidor y protección de su salud

Quienes produzcan, importen, distribuyan o comercialicen cosas o presten servicios, deben suministrar a los consumidores o usuarios, en forma cierta y objetiva, información veraz, detallada, eficaz y suficiente sobre las características esenciales de los mismos. Las cosas y servicios deben ser suministrados o prestados en forma tal que, utilizados en condiciones previsibles o normales de uso, no presenten peligro alguno para la salud o integridad física de los consumidores o usuarios.

Condiciones de la oferta y venta

La oferta debe contener la fecha precisa de comienzo y de finalización, así como también sus modalidades, condiciones o limitaciones. Las precisiones formuladas en la publicidad o en anuncios prospectos, circulares u otros medios de difusión obligan al oferente y se tienen por incluidas en el contrato con el consumidor.

La redacción debe ser hecha en idioma nacional, ser completa, clara y fácilmente legible, sin reenvíos a textos o documentos que no se entreguen previa o simultáneamente.

Garantía

La garantía legal tendrá vigencia por seis (6) meses a partir de la entrega, pudiendo las partes convenir un plazo mayor. Los fabricantes, importadores y vendedores de las cosas deben asegurar un servicio técnico adecuado y el suministro de partes y repuestos.

Prestación de servicios

Quienes presten servicios de cualquier naturaleza están obligados a respetar los términos, plazos, condiciones, modalidades, reservas y demás circunstancias conforme a las cuales hayan sido ofrecidos, publicitados o convenidos.

Servicios públicos

Las empresas prestadoras de servicios públicos a domicilio deben entregar al usuario constancia escrita de las condiciones de la prestación de los derechos y obligaciones de ambas partes contratantes. Sin perjuicio de ello, deben mantener tal información a disposición de los usuarios en todas las oficinas de atención al público. Las empresas prestadoras deben habilitar un registro de reclamos, en donde quedarán asentadas las presentaciones de los usuarios.

Cuando una empresa de servicio público domiciliario facture en un período un importe que exceda en un cincuenta por ciento (50%) el promedio de consumo efectivo del usuario en los doce (12) meses inmediatos anteriores, se presume error en la facturación.

Venta domiciliaria por correspondencia

Es aquella propuesta de venta de una cosa o prestación de un servicio efectuada al consumidor en el lugar donde reside, en forma permanente o transitoria o en su lugar de trabajo.

El consumidor tiene derecho a revocar la aceptación durante el plazo de cinco (5) días corridos, contados a partir de la fecha en que se entregue la cosa o se celebre el contrato, lo último que ocurra, sin responsabilidad alguna. Esa facultad no puede ser dispensada ni renunciada.

El vendedor debe informar por escrito al consumidor de esta facultad de revocación en todo documento que, con motivo de venta le sea presentado al consumidor.

Tal información debe ser incluida en forma clara y notoria.

Operaciones de venta de créditos

En las operaciones de crédito para la adquisición de cosas o servicios deberá consignarse: el precio de contado, el saldo de deuda, el total de los intereses a pagar, la tasa de interés efectiva anual, la forma de amortización de los intereses, otros gastos si los hubiere, cantidad de pagos a realizar y su periodicidad, gastos extras o adicionales si los hubiera y monto total financiado a pagar.

La interpretación del contrato se hará en el sentido más favorable para el consumidor. Cuando existan dudas sobre los alcances de su obligación, se estará a la que sea menos gravosa.

Autoridad de aplicación

La Secretaría de Industria y Comercio será la autoridad nacional de aplicación de la presente ley. Los gobiernos provinciales y la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires actuarán como autoridades locales de aplicación ejerciendo el control y vigilancia sobre el cumplimiento de la ley y sus normas reglamentarias respecto a los hechos sometidos a su jurisdicción. Las provincias, en ejercicio de sus atribuciones, podrán delegar sus funciones en organismos de su dependencia o en los gobiernos municipales.

La autoridad nacional de aplicación iniciará actuaciones administrativas en caso de presuntas infracciones a las disposiciones de la presente ley, sus normas reglamentarias y resoluciones que en consecuencia se dicten, de oficio o por denuncia de quien invocare un interés particular o actuare en defensa del interés general de los consumidores.

Verificada la existencia de la infracción quienes la hayan cometido se harán pasibles de las siguientes sanciones, las que se podrán aplicar independiente o conjuntamente, según resulte de las circunstancias del caso:
a) Apercibimiento;
b) Multa de quinientos pesos ($ 500) a quinientos mil pesos ($ 500.000), hasta alcanzar el triple de la ganancia o beneficio ilegal obtenido por la infracción;
c) Decomiso de las mercaderías y productos objeto de la infracción;
d) Clausura del establecimiento o suspensión del servicio afectado por un plazo de hasta treinta (30) días;
e) Suspensión de hasta cinco (5) años en los registros de proveedores que posibilitan contratar con el Estado;
f) La pérdida de concesiones, privilegios, regímenes impositivos o crediticios especiales de que gozare.

Acciones judiciales

Sin perjuicio de lo expuesto, el consumidor y usuario podrán iniciar acciones judiciales cuando sus intereses resulten afectados o amenazados.

Ante los organismos de defensa al consumidor, reclamos como las multas o daño moral o algún perjuicio que no esté dentro de la facturación declarada no se pueden iniciar. De todas formas este tipo de denuncias sí se reciben ante los juzgados de Paz de la provincial.

En ocasiones se recomienda iniciar la demanda con un letrado patrocinante sí lo que se pretende es una multa, por ejemplo. Sin abogado también se puede reclamar y en esos casos el trámite se inicia con un formulario.

Recientemente, un Juzgado Civil de Cipolletti confirmó la sentencia que dictó la jueza de Paz de la localidad en una demanda radicada en contra de una compañía. La persona que resultó damnificada había adquirido cinco pasajes aéreos bajo una promoción que resultó engañosa. Puntualmente se aludía una bonificación del 35%, monto que la compañía no descontó.

Finalmente la empresa fue condenada a abonar la suma de 2.456,99 pesos más intereses (por no aplicar la bonificación) y la suma de 10.000 pesos en concepto de “Daño Punitivo”.

El “Daño Punitivo” es una sanción pecuniaria que aplica el juez a quien causa un daño como consecuencia de una inconducta que revela una grave indiferencia respecto de los derechos ajenos.

El 27 de noviembre del año pasado, en el Plenario de Justicia de Paz desarrollado en Cipolletti, los jueces de Paz de la provincia recibieron una capacitación en relación a los alcances de la ley de Defensa del Consumidor. Disertó en ese momento, el abogado y docente universitario Dr. Diego Zentner.

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Roca

Nuevas luminarias LED en Chacramonte

Se recambiaron e instalaron más de 100 luminarias en el barrio Chacramonte Ampliación.

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El Municipio de Roca continúa avanzando con mejoras en la infraestructura urbana mediante el recambio e instalación de 100 luminarias con tecnología LED en el barrio Chacramonte Ampliación. Los trabajos se llevaron a cabo en las calles Peturuti, Catalpas y Lago Lolog, fortaleciendo el sistema de alumbrado público en este sector de características rurales.

Esta intervención representa un avance significativo en términos de seguridad y calidad de vida para las y los vecinos, ya que la incorporación de luminarias LED permite una mayor visibilidad durante la noche, generando entornos más seguros para la circulación peatonal y vehicular.

Por otra parte, este tipo de iluminación brinda una luz más uniforme y de mejor calidad, favoreciendo no solo la seguridad sino también el desarrollo de actividades cotidianas en horarios de poca visibilidad.

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Río Negro

Buscan prevenir la violencia desde chicos: Talleres en escuelas primarias de la provincia

La iniciativa está dirigida a estudiantes de entre 6 y 12 años en distintas ciudades.

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Con el objetivo de prevenir la violencia desde edades tempranas, la Subsecretaría de Prevención del Delito y Participación Comunitaria intensificó su presencia en escuelas primarias de distintas ciudades de Río Negro, con talleres destinados a niñas y niños de entre 6 y 12 años.

Las actividades buscan enseñar a reconocer emociones, gestionar conflictos y fortalecer la convivencia escolar. A través de propuestas dinámicas, juegos y situaciones cotidianas, los estudiantes identifican sentimientos como el enojo, la frustración o el miedo, y aprenden a canalizarlos sin recurrir a la violencia.

Desde el organismo destacaron que «comprender lo que les ocurre permite a los chicos y chicas pensar antes de reaccionar, incorporando herramientas clave para su desarrollo emocional».

Los talleres también «ponen el foco en la comunicación, promoviendo la importancia de expresar lo que sienten, pedir ayuda y escuchar al otro, como base para evitar que los conflictos escalen».

Otro de los ejes centrales es el abordaje del bullying y su versión digital. En este sentido, se trabaja en identificar cuándo una broma se transforma en agresión, así como en el rol que cumplen quienes observan estas situaciones.

Como parte de la propuesta, se desarrollan actividades prácticas como el cuidado de plantas, que permiten trasladar estos aprendizajes a la vida cotidiana, reforzando la idea del cuidado de los vínculos.

Desde el Ministerio de Seguridad y Justicia remarcaron que se trata de una estrategia de prevención que apunta a construir una convivencia más saludable y comunidades más seguras a largo plazo.

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Roca

Fin de semana ventoso en Roca: Advierten por ráfagas que podrían superar los 90 km/h

El Servicio Meteorológico Nacional emitió un alerta amarilla por viento para gran parte de Río Negro para el sábado a la noche.

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El pronóstico extendido para General Roca anticipa un fin de semana con condiciones mayormente estables en cuanto a temperatura, pero con un factor que será determinante: el viento.

El Servicio Meteorológico Nacional emitió un alerta amarilla para el sábado (25/04) a la noche, debido a la presencia de vientos intensos del sector oeste y sudoeste. Las velocidades oscilarán entre los 40 y 65 km/h, con ráfagas que podrían alcanzar e incluso superar los 90 km/h de forma localizada.

Ante este panorama, se recomienda a la población asegurar objetos que puedan volarse, evitar actividades al aire libre en momentos de mayor intensidad y mantenerse informados a través de los canales oficiales.

En cuanto a la Autoridad Interjurisdiccional de las Cuencas (AIC), prevé para este viernes (24/04) espera una jornada mayormente cubierta, con una máxima cercana a los 20°C y vientos moderados. Sin embargo, hacia el sábado (25/04) el cielo estará despejado, pero el viento se intensificará notablemente, especialmente durante la tarde y noche.

Para el domingo (26/04), en tanto, las condiciones se mantendrán con nubosidad variable y descenso de temperatura, con máximas en torno a los 14°C y mínimas bajo cero durante la noche.

En cuanto al arranque de la próxima semana, para el lunes (27/04) se espera una jornada mayormente cubierta, con una temperatura máxima de 19°C y viento leve a moderado del sector sudoeste. Durante la noche, el cielo se presentará despejado y la mínima descenderá hasta los 0°C.

Para el martes (28/04) se prevé cielo cubierto durante el día y condiciones ventosas hacia la noche, con ráfagas que podrían alcanzar los 74 km/h. La temperatura oscilará entre los 18°C de máxima y los 2°C de mínima.

En tanto, el miércoles (29/04) mejorarán las condiciones, con cielo despejado durante el día y una máxima de 19°C. Sin embargo, hacia la noche volverá la nubosidad, con una mínima de 3°C.

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