Río Negro
La Legislatura aprobó la Ley General de cambio climático
Buscan reducir la emisión de gases de efecto invernadero y permitir así que la provincia pueda adoptar las medidas de adaptación necesarias frente a este problema.

El parlamento rionegrino aprobó, por unanimidad la Ley General de Cambio Climático para reducir la emisión de gases de efecto invernadero y permite que la provincia pueda adoptar las medidas de adaptación necesarias frente a este problema.
La iniciativa del legislador Leandro Lescano propone además, la transversalidad del tema en las políticas de Estado, en sintonía entre las políticas ambientales desarrolladas en los ámbitos internacionales y el provincial, el compromiso intergeneracional, y el desarrollo sostenible.
La ley contempla que “el cambio climático genera fuertes pérdidas de biodiversidad, flora, fauna, recursos naturales, además de escasez o saturación hídrica, rompe los ecosistemas y provoca alteraciones importantes e irreversibles en los ciclos ecológicos que sustentan la vida”.
La iniciativa impulsa acciones destinadas al ahorro y la eficiencia energética, dar protección a los recursos naturales y promover la forestación y reforestación.
Contempla también el desarrollo de políticas que favorezcan la movilidad sostenible y la accesibilidad, para fomentar el transporte público y la tecnología limpia, así como los medios de transporte no motorizados.
La ley contempla un Plan Provincial de Acción frente al Cambio Climático que sirva como instrumento guía de la política provincial, y puntualizó que estará a cargo de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable, como autoridad de aplicación.
La Secretaría estará asistida por un Comité Asesor frente al cambio climático, integrado por representantes del Poder Legislativo , INVAP SE , Eólica Río Negro SA , Universidad Nacional de Río Negro (UNRN) , Universidad del Comahue (UNCOMA) , y ONG ambientalistas.
La iniciativa define obligaciones en cuanto a la educación y la concientización en el tema e invita a los municipios a sumarse a la propuesta.
Otras leyes aprobadas
La legislatura rionegria aprobó la ley que prohíbe el uso del producto identificado como purpurina, brillantina o su similar de uso industrial, en el ciclo inicial, primario y secundario de las escuelas públicas y privadas de la Provincia de Río Negro y prohíbe a los comercios la venta del producto a niños, niñas y adolescentes en la Provincia de Río Negro.
La ley establece que todos los comercios que vendan el producto identificado como purpurina, brillantina o su similar, presenten en forma visible y notoria la leyenda “producto tóxico” en el envase del producto, debiendo tener un correcto sellado y etiquetado. En el caso de que el producto no especifique la leyenda, el comerciante responsable de la venta deberá agregarla de forma tal que cumpla con lo establecido en la norma.
Los comerciantes que procedan a la venta del producto identificado como purpurina, brillantina o su similar de uso industrial, al consumidor final, deben exhibir en un lugar destacado y perfectamente visible del comercio un cartel con el texto de la presente ley. También, se aprobó la adhesión a la Ley Nacional 27218 que establece un régimen tarifario específico para entidades de bien público.
La ley que se aplicará a tarifas específicas para fundaciones y asociaciones que tienen por objeto el bien común, llevando adelante programas de promoción y protección de derechos o que desarrollan actividades sociales de manera gratuita.
Por otro lado, fue aprobada la ley que prorrogá hasta el 31 de diciembre de 2016 todos los plazos procesales establecidos en el “Régimen Excepcional de Protección de la Vivienda Única de Residencia Permanente”.
Asimismo, fue aprobada una ley para declarar Sitio Histórico y de Turismo Religioso de la Provincia de Río Negro, al “Santuario y Parque Ceferino Namuncurá”, ubicado en la localidad de Chimpay, y otra que propone reconocer la vida y obra del ciudadano rionegrino Rodolfo Jorge Walsh.
Además, se aprobó la ley que aprueba y adopta el diseño de Sistema de Señalización para las Vías de Evacuación, realizado por la Autoridad Interjurisdiccional de las Cuencas de los ríos Limay, Neuquén y Negro, en el marco del Sistema de Emergencias Hídricas y Mitigación del Riesgo.
Por otro lado, se aprobó la ley que permite al Poder Ejecutivo transferir en carácter de donación a la Municipalidad de Allen, el inmueble designado catastralmente con la nomenclatura catastral 04-1-B- 053-02, dominio inscripto a nombre de la Provincia de Río Negro, Matrícula nº 04-840, ubicado en la ciudad de Allen para la instalación de las dependencias que integran la Secretaría de Obras y Servicios Públicos de la Municipalidad. Artículo 2º.- La presente autorización legislativa queda condicionada al cumplimiento de los requisitos previstos en la ley A nº 3682, en forma previa a la instrumentación definitiva de la donación.
Por último, el parlamento rionegrino aprobó la ley que reconoce a la ciudad de Viedma como comunidad preexistente, fundadora y constructora del proceso de emancipación de la Nación Argentina por el rol y la función desempeñados en el ámbito del otrora Fuerte del Río Negro.
La iniciativa contempla que el Poder ejecutivo extienda un título especial al Municipio de Viedma que de cuenta del reconocimiento y que será rubricado por los titulares de los tres poderes del Estado Provincial.
Aprobaron la adhesión al régimen de sinceramiento fiscal
La Legislatura rionegrina sancionó hoy, por mayoría, la adhesión a la ley nacional que establece un Régimen de Sinceramiento Fiscal. La norma establece el Programa Nacional de Reparación Histórica para Jubilados y Pensionados orientado a lograr, entre otros objetivos, que los derechos de la tercera edad puedan materializarse y no quedar como una mera norma programática.
En este marco, la ley crea un régimen excepcional de regularización tributaria hasta el 31 de marzo de 2017, para aquellos contribuyentes y responsables que regularicen su situación fiscal, en los impuestos y tasas que administra la Agencia de Recaudación Tributaria, como consecuencia de su acogimiento al sistema voluntario y excepcional de declaración de bienes establecido en la normativa nacional.
El legislador Alejandro Palmieri (JSRN), como miembro informante del proyecto impulsado por el Poder Ejecutivo, explicó que la norma nacional invita a adherir a todas las jurisdicciones provinciales y que Río Negro sería la sexta provincia en hacerlo.
Afirmó que el fin de la ley “es recuperar la entrada de divisas, es decir, que los argentinos que tengan bienes o depósitos en el exterior sin declarar los traigan al país.” Palmieri indicó que el gobierno nacional estima que esta cifra ronda los 20 mil millones de dólares y consideró que “con mucho menos, representaría un impacto importante en la economía nacional”.
Señaló que sólo se podrá legislar en los impuestos provinciales y explicó que la adhesión en la órbita de la Agencia de Recaudaciones Tributarias se dará después de que el contribuyente, sea persona física o jurídica, adhiera al régimen nacional. Indicó además que, a diferencia de otras provincias, el blanqueo en Río Negro tendrá un costo tributario, en función de la escala de los ingresos omitidos en el país.
El legislador recordó que ya hubo legislación que buscó fomentar el ingreso de fondos en el país, como fueron las leyes de blanqueo de diciembre de 2008 y de mayo de 2013”.
Los legisladores Mario Sabbatella y Nicolás Rochás adelantaron el voto negativo de la bancada del Frente para la Victoria, y coincidieron que “la norma macrista busca beneficiar a los grandes evasores de fondos que no van a volver al país”.
Por su parte, Soraya Yahuar (UCR) y Daniela Agostino (AFPIR) anunciaron su apoyo. La legisladora radical consideró que “esta ley forma parte de un conjunto de normas que son sumamente necesarias para sacar al país de la crisis heredada que nos toca transitar”.
Asimismo, resaltó que la ley prevé garantizar los fondos del sistema previsional que serán reforzados con los ingresos fiscales que genere el blanqueo y los desequilibrios de las cajas jubilatorias provinciales no transferidas. “Esta ley tan técnica, tiene una connotación social que no todos destacan y es justamente que todo lo que se recaude se aplicará al financiamiento de la administración nacional de Seguridad Social”.
Energía renovable
Se sancionó también la adhesión a la ley nacional del Régimen de Fomento Nacional para el uso de Fuentes Renovables de Energía destinada a la Producción de Energía Eléctrica, propuesta también por el gobierno provincial.
El legislador Alfredo Martín (JSRN) explicó que esta ley busca incrementar la participación de las fuentes de energía renovable en la matriz eléctrica hasta alcanzar el ocho por ciento del consumo anual nacional, hasta el 31 de diciembre de 2017, y aumentarla de forma progresiva hasta el 20 por ciento, al 31 de diciembre de 2025.
Señaló que esta adhesión se torna necesaria para que el Programa sea exitoso, no sólo en la incorporación de energías renovables en la matriz energética, sino también en lograr una amplia distribución federal, para atraer la mayor cantidad de proyectos de inversión.
La iniciativa faculta a la Agencia de Recaudación Tributaria a dictar las reglamentaciones necesarias e invita a adherir a los municipios de Río Negro.
Río Negro
Río Negro pagará aguinaldos el 19 y 20 de diciembre
Lo anunció el gobernador Weretilneck en sus redes sociales.

El Gobierno de Río Negro pagará el segundo medio aguinaldo del año los días 19 y 20 de diciembre. Lo anunció el gobernador Alberto Weretilneck en sus redes sociales, quien afirmó que la decisión apunta a acompañar a las familias y al comercio local.
Con un gran esfuerzo presupuestario, la Provincia cumple con el pago antes de fin de año, garantizando previsibilidad para todo el personal estatal y dando un fuerte impulso a la economía.
Detalle del cronograma
Viernes 19/12
- Salud Pública, guardias y horas extras de Salud
- Policía de Río Negro y Servicio Penitenciario Provincial
Sábado 20/12
- Docentes y porteros
- Ley 1.844, Vialidad Rionegrina, pensiones de Bomberos Voluntarios
- Poder Legislativo, Judicial y órganos de control
El gobernador Alberto Weretilneck destacó la importancia de este compromiso cumplido que “es una noticia que queríamos darles no sólo a los empleados públicos, sino también al comercio y a todas las familias que estaban esperando este anuncio”.
Judiciales
Sentencia ordena el cese de una cuota alimentaria porque los hijos ya tienen 26, 27 y 37 años
La Justicia hizo lugar al pedido de un hombre jubilado que aún pagaba alimentos pese a que sus hijos son mayores y autónomos.

Una sentencia ordenó el cese de una cuota alimentaria que un hombre pagaba desde hacía años a favor de sus tres hijos, quienes actualmente tienen 26, 27 y 37 años. La decisión se tomó luego de que el progenitor solicitara formalmente el cierre de la obligación, al considerar que la mayoría de edad y autonomía de los hijos tornaban improcedente la continuidad del régimen de alimentos. El hombre se había jubilado como policía federal.
Según surge del expediente, el pedido se presentó en noviembre y fue acompañado por las partidas de nacimiento. La jueza de Viedma verificó que los tres hijos habían superado ampliamente la edad prevista por la ley para la vigencia de la obligación alimentaria. Tal como indica la sentencia, «habiendo en consecuencia cesado ipso iure la obligación alimentaria del progenitor a su respecto», de conformidad con los artículos 658 y 663 del Código Civil y Comercial.
El fallo utiliza la expresión latina ipso iure, que significa «por el propio derecho» o «por el solo efecto de la ley». En este tipo de casos, implica que la obligación de pagar alimentos cesa de manera automática cuando los hijos alcanzan la mayoría de edad, sin necesidad de una resolución previa, salvo que existan circunstancias excepcionales que deban ser acreditadas.
De acuerdo a la normativa vigente, el cese de la cuota alimentaria requiere una solicitud previa por parte del aportante, no se realiza automáticamente.
El Tribunal resolvió hacer lugar al planteo del alimentante y ordenó el cese inmediato de la cuota que beneficiaba a los tres hijos adultos. Además, dispuso notificar a la persona que estaba autorizada a percibirla y emitir oficio a la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal para que deje sin efecto la retención.
Judiciales
Caso Mandagaray: El STJ rechazó que el caso vaya a la Corte porque no hay sentencia definitiva
El máximo Tribunal provincial sostuvo que el planteo es prematuro y que el expediente debe continuar en la Justicia rionegrina.

El Superior Tribunal de Justicia de Río Negro (STJ) rechazó el Recurso Extraordinario Federal en la causa donde se investigan responsabilidades por la muerte de Gabriel Mandagaray. De esta manera, el proceso continúa en el ámbito provincial y el próximo paso será el pronunciamiento del Tribunal de Impugnación. El máximo órgano rionegrino sostuvo que el planteo resulta prematuro, ya que «la sentencia objetada no posee la condición de definitiva ni equiparable».
El fallo recuerda que la resolución impugnada, que ordenó un nuevo examen integral, «no concluye el proceso, no define responsabilidad penal ni clausura la persecución, sino que se limita a disponer la nulidad de la revisión realizada por el TI 2 y a reenviar las actuaciones». En consecuencia, explicó el STJ, el agravio alegado «recién adquirirá entidad a los fines de la vía excepcional una vez emitido el pronunciamiento final».
La Corte Suprema tiene una doctrina de no admitir recursos cuando la sentencia no es definitiva. En el fallo se sostiene que «la ausencia del requisito de definitividad no se suple por la invocación de arbitrariedad o de garantías constitucionales que se estimen vulneradas».
Además, el STJ señaló que los recursos federales interpuestos no satisfacen los requisitos formales de la Acordada 4/2007 de la Corte Suprema. En el texto se consigna que las presentaciones «no desarrollan un relato claro y preciso de todas las circunstancias relevantes del caso», «no demuestran el gravamen ocasionado», «no refutan todos y cada uno de los fundamentos» de la sentencia impugnada y «no ponen en evidencia que medie una relación directa e inmediata entre las normas federales invocadas con lo debatido y resuelto en el caso».





