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Río Negro

El Gobierno Provincial presentó la Agencia para la Prevención y Asistencia de las Adicciones

Será un ente autárquico que apunta a garantizar una política integral, abarcando la dimensión social y psicológica de las personas y grupos sobre el abuso y consumo de sustancias psicoactivas.

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El ministro de Gobierno de Río Negro, Luis Di Giácomo, ofreció esta mañana una conferencia de prensa donde se refirió sobre el proyecto de Ley de creación de la Agencia para la Prevención y Asistencia del Abuso de Sustancias y de las Adicciones, que será tratado en la próxima sesión de la Legislatura. Este ente, que será autárquico, apunta a garantizar una política integral y sistemática, abarcando la dimensión social, psicológica y biológica de las personas, grupos y comunidades sobre el abuso y consumo de sustancias psicoactivas y de otras prácticas de riesgo adictivo.

Acompañaron a Di Giácomo, el ministro de Seguridad y Justicia, Gastón Pérez Estevan; el secretario de la Narcocriminalidad, Darío Díaz, y Mabel Dell Orfano, destacada médica psiquiatrita y neuróloga, con formación en el exterior, que será la titular del nuevo ente.

La Agencia instrumentará un plan integral, con participación de actores públicos, privados y organizaciones no gubernamentales, a través del cual se instrumentarán programas de abordaje a las problemáticas planteadas de manera coordinada con los planes que pudieran existir en los distintos niveles de la administración nacional, regional y municipal.

Di Giácomo participó ayer de la Comisión de Asuntos Sociales de la Legislatura donde “pudimos abordar este tema con seriedad, con diputados del oficialismo y la oposición, con gente que entiende en la temática, y que recibieron con beneplácito esta iniciativa”, lo cual “descontamos la aprobación en la próxima sesión”.

Mencionó que el uso, abuso y dependencia al tabaco, a las bebidas alcohólicas y a otras sustancias psicoactivas, tanto lícitas como ilícitas, constituyen un grave problema de salud pública y tienen además importantes consecuencias negativas que trascienden en el ámbito de la salud individual y repercuten en la familia, en la escuela, en el trabajo y en la sociedad.

Dijo que “son muchos productos que están en un mercado que producen ganancias y desde ese ángulo hay que mirarlo, porque sino uno puede caer en disquisiciones filosóficas acerca de la permisividad o no, de la legalización o no, de la libertad del individuo como adulto de consumir lo que quiera, todo eso se puede prestar a mucho debate, pero nosotros estamos convencidos que el Estado tiene que tomar un posicionamiento”.

Subrayó que la adicción a distintas sustancias, legales e ilegales, “inunda toda la sociedad, es un problema de todos, lo que pasa es que si no fijamos quién la trata y quién trabaja sobre ella, termina siendo un terreno de nadie”.

Destacó que por eso “este Gobierno Provincial decidió tomar como política de Estado las dos cuestiones: la cuestión de las drogas ligada a la seguridad y crear la Secretaría de la Narcocriminalidad y esto de crear la Agencia para la Prevención y Asistencia del Abuso de Sustancias y de las Adicciones, teniendo cuidado entonces de ocuparse de toda esta problemática en forma integral”.

Además, informó que la Agencia “será un ente autárquico, con presupuesto propio, con una dependencia directa del Gobernador Weretilneck, que facilitará la profesionalización y especialización porque cada vez tenemos que pensar que este tipo de problema debe ser abordado por gente que estudie profundamente sus particularidades”.

Agregó que “hay que abordar a los niños en las escuelas en la prevención y promoción, y con distintos lenguajes, operatorias y técnicas en el Nivel Medio y en la Universidad; hay que abordar además lo que es el consumo ocasional, callejero, lo que ha sucedido con esto de que los jóvenes no salen a divertirse, sino a tomar y el tomar es la puerta de entrada luego para otras cosas”.

“Hay que atender a aquellos que lamentablemente están lesionados severamente por las sustancias químicas que han inhalado, han tomado o se han inyectado y necesitan determinado tipo de tratamiento, es decir, hay que abrir una amplia gama de acciones, como también la asistencia a las familias que necesitan ser ayudadas cuando tienen esta desgracia en su interioridad y tenemos que abrir además la posibilidad de la reinserción socio-laboral”, entre otros.

Sintetizó que “hay que trabajar desde el punto de vista de Desarrollo Social, Salud, Educación, Seguridad, abordar la problemática desde todas las jurisdicciones y en ese marco la Agencia trabajará con el plano nacional y con los municipios, porque cada localidad, cada lugar, tiene sus características particulares”.

Reflexionó que “sería engañoso decir que mañana ya vamos a instalar servicios de prevención y asistencia de adicciones con profesionales especializados en absolutamente todos lados, lo que tenemos propuesto hacer es la conformación de esta Agencia que funciona como una superestructura organizadora, coordinadora y planificadora de políticas”.

Asimismo, Di Giácomo explicó que esta temática del uso, abuso y dependencia al tabaco, a las bebidas alcohólicas y a otras sustancias psicoactivas, tanto lícitas como ilícitas, “no sólo es un problema de salud, sino que es un problema que incide en la economía, en los accidentes, en la pérdida laboral, en las infiltraciones que tienen los Estados que están copados por el narcotráfico en relación a las importantes sumas que mueve este negocio e incide por supuesto en todas las formas de violencia que hoy nos ocupan tanto”.

Ejemplificó sobre esto último que “unas colegas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires han hecho un trabajo que en el delito de los jóvenes casi en el 90% estaba ligado a la búsqueda de dinero para el consumo”.

Por último, destacó que así como las medidas y campañas contra el tabaco lograron un amesetamiento del consumo y son menos los que ingresan en relación a los años 60 y 70, hay que actuar de la misma manera contra otras adicciones.

Dell Orfano: “Poder establecer políticas de Estado”

Por su parte, Mabel Dell Orfano, titular del nuevo ente, señaló que “el tema del consumo de sustancias está afectando desde el feto del bebé hasta la ancianidad, entonces la función de la Agencia será integrar diferentes ministerios, diferentes representantes del gobierno, para poder establecer políticas de Estado en cada área”.

Agregó que “se trata de una integración con planes que vayan a tocar el tema del consumo de sustancias; la Agencia va a tener la función de coordinar actividades y políticas de Estado y uno de los objetivos es poder crear lugares de escucha, de atención, en cada localidad de la provincia”.

Señaló que “nosotros estamos funcionando hoy como un archipiélago, cada uno en su islita hace lo suyo y nadie sabe que en la vereda de enfrente hay una iglesia, una ONG o un señor de buena voluntad que tiene una casa que está alojando gente con problemas, entonces hay muchas personas que a su modo aplican esta ayuda a quienes están sufriendo el consumo”.

“La idea en este marco es ir buscando a las personas, que están trabajando ya en el tema, empezar a tener un discurso común, aprovechar los recursos actuales y empezar a tener un equipo en cada localidad donde se pueda escuchar la demanda de las personas, hacer un diagnóstico, una evaluación, y de ahí determinar las acciones, una psicoeducación, un ambulatorio, un hospital de día o una internación”, explicitó.

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Judiciales

El STJ confirmó un amparo y ordenó agilizar la entrega de una silla de ruedas y pañales para un niño con discapacidad

La obra social argumentó que los trámites administrativos seguían su curso, pero el STJ entendió que ello no justificaba las demoras.

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Un niño con discapacidad necesitaba una silla de ruedas especial. La obra social nunca negó la cobertura, pero ante los reclamos sostenía que el trámite seguía su curso. Algo similar ocurría con los pañales: la familia reclamaba que no respondían a las indicaciones médicas ni a las necesidades concretas del menor.

Frente a esa situación, la madre promovió una acción de amparo. Un juzgado hizo lugar parcialmente al planteo y ordenó a la obra social estatal entregar la silla de ruedas y los pañales con las características y el talle prescriptos por los profesionales tratantes. La Fiscalía de Estado apeló esa decisión en representación de la obra social, pero el Superior Tribunal de Justicia confirmó el fallo.

En la apelación, la provincia sostuvo que nunca había negado las prestaciones. Explicó que la discusión estaba vinculada con «los plazos propios del régimen de contrataciones públicas y los requerimientos de auditoría médica», y no con un rechazo de la cobertura. También señaló que la silla de ruedas se encontraba en trámite y que las prestaciones habían sido autorizadas.

El Superior Tribunal entendió que esos argumentos no alcanzaban para modificar la sentencia. Señaló que la obra social puso el acento en los procedimientos administrativos, pero no logró rebatir los fundamentos centrales del fallo de primera instancia.

En relación con los pañales, el STJ advirtió que el informe presentado por la auditoría médica describía las características generales del producto que entregaba la obra social, pero no analizaba la situación específica del niño. Además, observó que la propia auditoría reconocía que el cambio de talle todavía estaba pendiente.

La sentencia también valoró que la madre había informado una mejoría en el cuadro de dermatitis de su hijo luego del cambio de marca y remarcó que esa circunstancia «no fue rebatida con un examen médico propio y específico de la demandada». En ese contexto, concluyó que una evaluación técnica general no era suficiente para desplazar las necesidades concretas acreditadas en el expediente.

El STJ descartó que la sentencia implicara una intromisión en el funcionamiento de la obra social. Explicó que la exhortación para que la obra social actúe «en forma diligente, rápida y oportuna» no modifica el régimen de contrataciones ni los procedimientos de auditoría interna, sino que «se limita a instar una mayor diligencia administrativa, sin imponer modalidad, plazo ni procedimiento específico». Esa medida, concluyó, no representa una extralimitación de las competencias judiciales.

La sentencia recordó que los niños y las personas con discapacidad se encuentran en una situación de especial vulnerabilidad y que el Estado debe brindarles una protección reforzada. En ese sentido, afirmó que las políticas públicas deben garantizar «el nivel de vida más alto posible», especialmente en materia de salud, rehabilitación e integración social.

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Judiciales

Préstamos online: Qué valor tiene un contrato sin firma digital

La Justicia analizó reclamos iniciados por empresas financieras y estableció un criterio: los contratos electrónicos sin firma digital no habilitan, por sí solos, la vía ejecutiva.

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¿Qué pasa si una persona toma un préstamo online sin firma digital? El fuero Civil de Cipolletti analizó reclamos iniciados por empresas financieras y estableció un criterio: los contratos electrónicos sin firma digital no habilitan, por sí solos, la vía ejecutiva.

Las decisiones surgieron en varios expedientes tramitados en Cipolletti. En esos casos, las empresas invocaron contratos celebrados a distancia, a través de plataformas digitales. Luego pidieron la preparación de la vía ejecutiva para reclamar supuestos saldos impagos. Los fallos rechazaron esas presentaciones porque la documentación acompañada no contenía firma manuscrita ni firma digital de las personas reclamadas.

La preparación de la vía ejecutiva no es todavía una ejecución. Es un trámite previo que busca transformar un documento en un título ejecutivo. Con ese título, luego sí, la parte que reclama puede iniciar un proceso más rápido para cobrar la deuda. Ese proceso puede habilitar medidas sobre el patrimonio de la persona reclamada, como embargos sobre cuentas, ingresos o bienes, siempre que el documento tenga fuerza suficiente según la ley.

En el esquema tradicional, la empresa acompaña un contrato con firma ológrafa. En ese caso, se cita a la persona reclamada para que reconozca o desconozca la firma atribuida en el documento. Si la persona no la reconoce, el trámite puede avanzar con una pericia caligráfica. Ese mecanismo parte de un dato material: existe una firma que puede ser reconocida o sometida a análisis técnico.

El problema en los contratos online examinados fue distinto. Los documentos no tenían firma manuscrita ni firma digital. Según las presentaciones, la contratación se produjo mediante una plataforma, con validaciones de datos, constancias digitales y remisión de documentación, como una foto del DNI. Para los Juzgados, esos elementos no reemplazaron la firma exigida para habilitar la preparación de la vía ejecutiva.

En las sentencias, las Unidades Jurisdiccionales Civiles de Cipolletti señalaron que no toda contratación electrónica tiene el mismo efecto procesal. Las resoluciones diferenciaron la firma digital de la firma electrónica. La primera fue equiparada por la ley a la firma manuscrita. La segunda puede servir como prueba de una manifestación de voluntad, pero no tiene las mismas presunciones legales.

En los préstamos online, la firma electrónica también puede consistir en una aceptación realizada dentro de una plataforma digital, el uso de una clave, un token, un código enviado por mensaje o correo electrónico, o la confirmación de términos y condiciones mediante una aplicación. A diferencia de la firma digital, no cuenta con un certificado oficial que la equipare automáticamente a la firma manuscrita. Por eso, si una empresa la invoca en un reclamo, debe probar su validez, su autoría y su eficacia.

Ese punto resultó central. Los fallos indicaron que, para habilitar la preparación de la vía ejecutiva, el documento base debe reunir las condiciones de un instrumento privado en los términos del Código Procesal Civil y Comercial. En los casos analizados, los fallos consideraron que las empresas presentaron instrumentos particulares no firmados, cuyo valor probatorio debía evaluarse en otro tipo de proceso, con mayor debate y prueba.

En términos prácticos, el criterio fijó un límite para los reclamos basados solo en constancias digitales: sin firma manuscrita o digital, la empresa no puede acceder directamente a ese trámite más rápido y debe acudir a un proceso con mayor posibilidad de debate y prueba.

Las resoluciones citaron el artículo 288 del Código Civil y Comercial y la Ley de Firma Digital. También recordaron que la firma digital cuenta con una estructura de certificación que permite equipararla a la firma manuscrita. En cambio, cuando se invoca una firma electrónica, la parte que la presenta debe probar su validez, su autoría y su eficacia.

Los fallos aclararon que el rechazo de la preparación de vía ejecutiva no implica una decisión sobre la existencia de las deudas ni sobre su alcance. Tampoco descartaron la validez de las contrataciones electrónicas. Lo que resolvieron fue que esos reclamos, con la documentación presentada, no podían avanzar por ese trámite previo y debían canalizarse por la vía procesal correspondiente.

Para las personas usuarias de servicios financieros digitales, las sentencias ofrecen una pauta concreta: antes de contratar un préstamo online conviene revisar qué tipo de firma se utiliza, qué documentación queda disponible y qué mecanismos de validación respalda la operación.

Por el momento se trata de sentencias de primera instancia que aún no están firmes porque ya fueron apeladas.

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Río Negro

Río Negro abre cursos digitales gratuitos junto a Fundación YPF

Las propuestas son Data Analytics + IA y Project Management + IA. Ambas son de nivel inicial.

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El Gobierno de Río Negro abrió la inscripción a dos cursos digitales gratuitos, junto a Fundación YPF, para mayores de 18 años de Sierra Grande, Valcheta y San Antonio Oeste, con foco en las habilidades del futuro laboral.

Las propuestas son Data Analytics + IA y Project Management + IA. Ambas son de nivel inicial y se dictarán a través del programa Energía Digital de Fundación YPF a partir del 18 de agosto.

Formación para ser protagonistas del futuro

Las capacitaciones brindarán herramientas vinculadas con el análisis de datos, la Inteligencia Artificial y la gestión de proyectos, competencias que adquieren un papel cada vez más relevante en el mundo del trabajo.

La iniciativa forma parte del rumbo de desarrollo productivo y energético que impulsa la Provincia, con el objetivo de que el crecimiento de Río Negro se traduzca en más conocimientos, oportunidades y preparación para sus habitantes.

En esta etapa, la convocatoria está destinada a personas mayores de 18 años con residencia en Sierra Grande, Valcheta y San Antonio Oeste, tres localidades estratégicas de la región Atlántica.

Una agenda conjunta de formación y desarrollo

La propuesta profundiza el trabajo articulado entre el Gobierno de Río Negro y Fundación YPF, que sostienen una agenda común orientada a la capacitación, el empleo y el desarrollo territorial.

Con estas herramientas, la Provincia busca acompañar a las comunidades y preparar a las y los rionegrinos para que puedan ser protagonistas de las transformaciones productivas y tecnológicas que ya están en marcha.

Cómo inscribirse

Las personas interesadas pueden completar la inscripción a través de los siguientes enlaces:

Data Analytics + IA: https://lab.fundacionypf.org/formacion-digital/energia-digital/data-analytics–ia

Project Management + IAhttps://lab.fundacionypf.org/formacion-digital/energia-digital/project-management–ia

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