Río Negro
La Legislatura sancionó la creación de la Agencia para la Prevención y Asistencia de Adicciones
Funcionará bajo la supervisión directa del gobernador Alberto Weretilneck.

La Legislatura de Río Negro dio sanción unánime a la creación de la Agencia para la Prevención y Asistencia del Abuso de Sustancias y de las Adicciones, que funcionará bajo la supervisión directa del gobernador de la provincia (Alberto Weretilneck).
La norma presentada por el Poder Ejecutivo para su tratamiento en única vuelta parlamentaria fue expuesta en Cámara por la legisladora Marta Milesi (JSRN) quien destacó entre otros conceptos, la importancia de que el organismo que se crea sea una Agencia “ya que ello implicará autonomía para acceder y ejecutar su presupuesto”.
La parlamentaria calificó la jornada como de “día histórico para esta Legislatura porque estamos tratando un proyecto que involucra a todos los rionegrinos, tanto como a todos los argentinos y latinoamericanos porque es una problemática sobre la cual toda la comunidad está sumamente preocupada”.
Afirmó que “no ha sido un proyecto que se produce o se arma dentro de un despacho. Implica haber recorrido todo el territorio provincial y es por ello que una de sus aristas más importantes es la descentralización. Se ha interpretado a las adicciones como una política de Estado y no es casual que el organismo dependa directamente del Gobernador. Ello indica la prioridad que el Poder Ejecutivo le está dando al tema”.
Milesi hizo un reconocimiento explícito “a la gente, a los profesionales e instituciones que han venido trabajando en esta problemática” y “al trabajo institucional desarrollado desde la década del 80 con los grupos de alcoholismo, muchos de los cuales siguen funcionando”.
En el articulado queda expresado que “según la Organización Mundial de la Salud (OMS), ‘droga’ es toda sustancia que introducida en el organismo por cualquier vía de administración, produce de algún modo una alteración del natural funcionamiento del sistema nervioso central del individuo y además es susceptible de crear dependencia, ya sea psicológica, física o ambas”.
Es considerada “droga”, a los efectos de la interpretación de la ley, toda sustancia psicoactiva (como alcohol, tabaco, psicofármacos, inhalantes volátiles, energizantes, y las derivadas de vegetales, hongos o sintéticas) con efectos nocivos sobre la salud humana, que tengan circulación legal o estén prohibidas.
Sobre tales aspectos abundó Milesi y destacó además la preexistencia de la Ley Provincial de Salud Mental (2440) que estableció el Sistema de Promoción Sanitaria y Social de las Personas con sufrimiento mental.
“En este proyecto -afirmó Milesi- se puso en valor todo el trabajo previo y la capacitación que hay en toda la Provincia respecto a este tema, pero fundamentalmente de todas las organizaciones no gubernamentales”.
La legisladora explicó la importancia de que se trate de una Agencia ya que este concepto “implica autarquía para manejar su presupuesto y de esta manera manejar sus programas, las readecuaciones de estructura y definir un sistema más ágil, facilitando la profesionalización y la eficiencia y permitiendo la articulación de políticas desde una visión interdisciplinaria”.
Estos conceptos fueron convalidados posteriormente en las alocuciones de los sucesivos legisladores que le sucedieron en el debate. En todos los casos coincidieron en la importancia de la autonomía presupuestaria de la futura Agencia para la Prevención y Asistencia del Abuso de Sustancias y de las Adicciones y anticiparon el voto positivo de las respectivas bancadas.
Así lo hicieron los parlamentarios Jorge Vallazza (FpV), Daniela Agostino (AFPIR), Viviana Germanier (JSRN), Ariel Rivero (FpV), María del Carmen Maldonado (FpV), Javier Iud (FpV) y finalmente el presidente del bloque oficialista, Alejandro Palmieri, quien destacó la presencia en el recinto del ministro de Gobierno, Luis Di Giácomo, y manifestó su agrado por la profundidad del debate y la decisión de los legisladores de acompañar unánimemente el proyecto.
Judiciales
Un emoji en redes sociales terminó en una prohibición de contacto entre dos vecinos
El conflicto se desató luego de que un hombre reaccionara con ‘me divierte’ al comentario que la pareja de otro vecino publicó sobre su remisería.

Lo que empezó como una simple reacción en redes sociales derivó en una causa contravencional, una audiencia en el Juzgado de Paz de Sierra Grande y la imposición de medidas de restricción entre dos vecinos.
El conflicto se desató luego de que un hombre reaccionara con un emoji al comentario que la pareja de otro vecino publicó sobre su remisería. El ícono representaba un ‘me divierte’. Esa interacción digital generó malestar y escaló rápidamente: según el denunciante, la situación derivó en actos de hostigamiento y mensajes que afectaron su tranquilidad.
Ambos vecinos fueron citados a audiencia. Allí se ratificó la denuncia y pidió que cesaran los actos molestos, tanto personales como a través de redes sociales. Por su parte, el otro hombre negó haber hecho amenazas y sostuvo que únicamente le pidió una explicación por el emoji que había reaccionado al comentario sobre su remisería. Incluso presentó los mensajes que él mismo envió.
La jueza de Paz analizó el caso y concluyó que los hechos denunciados encuadran en el artículo 40 de la Ley D 5592/22, que sanciona actos de intimidación, acoso o amenazas que alteren la tranquilidad o seguridad de las personas. Destacó que el Estado debe actuar con «debida diligencia reforzada» frente a conflictos que, aun originados en espacios digitales, puedan derivar en situaciones de violencia.
Como resultado, la magistrada ordenó medidas preventivas, cautelares y provisorias para ambas partes: prohibición total de contacto por cualquier vía -verbal, telefónica, digital o por redes sociales-, tanto de manera directa como a través de terceros, y la prohibición de difundir comentarios o publicaciones relacionadas con el conflicto.
La Comisaría fue notificada para controlar el cumplimiento de la medida. Además, la jueza exhortó a ambos vecinos a evitar provocaciones, no exponer públicamente el conflicto y recurrir a mecanismos institucionales como la mediación comunitaria o programas de prevención de la violencia.
El fallo advierte que cualquier incumplimiento puede derivar en sanciones que van desde una amonestación hasta trabajo comunitario, multa o arresto.
Judiciales
Fallo limitó los descuentos con tasas poco claras que afectaban a una docente de Río Negro
La mujer tomó préstamos personales para sostener la economía familiar tras una separación, pero con el tiempo los descuentos automáticos superaron el total de su haber mensual.

Una docente de Río Negro con dos hijos a cargo ingresó en una espiral crediticia que llegó a absorberle completamente su salario. Tomó préstamos personales para sostener la economía familiar tras una separación, pero con el tiempo los descuentos automáticos superaron el total de su haber mensual. Los contratos se gestionaban por canales virtuales, incluso por WhatsApp, sin firmas presenciales ni entrega de documentación. Luego de varios reclamos sin respuestas, inició una demanda en el fuero civil de Bariloche.
La sentencia declaró la nulidad parcial de los contratos, ordenó readecuar los intereses y fijó un límite del 20% del salario para futuros descuentos. También determinó que las cuotas deberán calcularse con la tasa pasiva promedio del Banco Central, sustancialmente inferior a la aplicada originalmente.
En su presentación judicial, la docente explicó que nunca recibió copias de los contratos ni información detallada sobre las condiciones. Solo sabía que cada mes, su recibo de sueldo llegaba con retenciones que carecían de explicaciones claras. En agosto de 2024, tras regresar de una licencia sin goce de haberes, su salario volvió a activarse. Pero fue absorbido por completo: los débitos de distintas mutuales superaron el millón de pesos.
La resolución alcanzó a la Asociación Mutual de Servidores Públicos de Río Negro (AMSU) y a la Unión Provincial Asociación Mutual (UPAM), ambas condenadas a readecuar los contratos tras no acreditar el cumplimiento de los deberes de información previstos en la Ley de Defensa del Consumidor. El fallo remarcó que ninguna de las entidades aportó documentación respaldatoria ni desgloses de los descuentos aplicados.
El fallo analizó los recibos de sueldo aportados y comprobó que los descuentos se realizaban bajo conceptos genéricos, sin detalle de intereses, capital ni cuotas. También subrayó que las condiciones de contratación no respetaban lo establecido en la normativa vigente. El deber de información, señaló el tribunal, no es una formalidad: es la base del consentimiento válido.
Además, se destacó una práctica extendida entre trabajadores del Estado: acceder a créditos rápidos, con mecanismos de aprobación exprés y cobro directo desde el salario, sin evaluación del impacto económico en el hogar. En este caso, ese mecanismo dejó a la mujer sin ingresos, sin documentación para reclamar y con su salud afectada.
El Tribunal entendió que los descuentos desmedidos, sin respaldo documental ni mecanismos de control, vulneran derechos básicos como la subsistencia, el acceso a la salud y el interés superior de los hijos a cargo. La sentencia de primera instancia no está firme porque puede ser apelada.
Río Negro
Río Negro comienza la eliminación del pasivo de transformadores con PCB’s
Se trata de aproximadamente 70 transformadores que fueron retirados a partir del año 2012.

La Provincia inició el operativo para eliminar el pasivo de transformadores con restos de PCB´s almacenados en Hiparsa, mediante su acondicionamiento y traslado a una planta especializada en Francia para su tratamiento final.
Comenzaron las tareas para eliminar de manera definitiva los pasivos ambientales vinculados a aproximadamente 70 transformadores contaminados con PCB que permanecían almacenados en el predio de Hiparsa S.A., en Sierra Grande. La acción forma parte del plan provincial de gestión de pasivos históricos y busca garantizar un tratamiento seguro y acorde a la normativa internacional.
La medida se concreta a partir del trabajo articulado entre la Secretaría de Ambiente y Cambio Climático, la Subsecretaría de Ambiente de la Nación y la empresa Hiparsa, permitiendo avanzar hacia la solución final de estos residuos mediante su traslado a una planta especializada en el exterior. Por la concentración original del contaminante y su reglamentación específica, esta es la única vía autorizada para su eliminación segura.
El plan operativo incluye el acondicionamiento de las carcasas de transformadores que permanecían bajo custodia de Hiparsa -cuyos aceites con PCB fueron retirados en 2012-. Los componentes sólidos serán embalados en big bags de estándar internacional y consolidados en contenedores marítimos dentro del predio, con supervisión de Aduana y Prefectura. Luego serán trasladados al puerto para su embarque con destino a Francia, donde la empresa Trédi ejecutará procesos de descontaminación en autoclave e incineración de alta temperatura, garantizando la eliminación segura y total del contaminante.
El proceso cuenta con financiamiento del Proyecto PNUD ARG20/G27, que cubre la logística, el transporte y el tratamiento en la planta de destino. Una vez certificada la eliminación, la Secretaría de Ambiente y Cambio Climático gestionará la baja correspondiente en el Registro Nacional Integrado de Poseedores de PCB (RENIPP), completando así una instancia clave en la gestión ambiental de la provincia.





