Judiciales
Condenaron a 12 años de prisión a Montecino por el homicidio de Soto
Además la Cámara unificó la presente pena con una anterior por lesiones leves y portación de arma.

La Cámara Criminal Primera de Roca condenó a un hombre a la pena de 11 años de prisión y 22 años de inhabilitación para tener y/o portar armas de fuego, al declararlo autor del homicidio de Luis Alfredo Soto, ocurrido en esta ciudad la tarde del 28 de octubre de 2015. El imputado, Juan Alberto Montecino, de 38 años, había aceptado su responsabilidad ante el Tribunal durante el juicio oral y público. Además la Cámara unificó la presente pena con una anterior, en un total de 12 años de prisión.
Los jueces subrogantes de la Cámara Criminal Primera Laura Pérez (voto rector), Verónica Rodríguez y Fernando Sánchez Freytes coincidieron con el criterio y la solicitud de condena formulada por el Fiscal de Cámara subrogante Miguel Fernández Jahde y declararon a Montecino autor del delito de «homicidio simple agravado por la utilización de un arma de fuego, en concurso ideal con portación de arma de guerra sin la debida autorización legal».
El hecho investigado ocurrió en la vía pública, en la calle Perito Moreno casi Gavilán de General Roca, alrededor de las 18.50. En esas circunstancias Soto fue ultimado mediante un disparo con una pistola calibre 9 milímetros que efectuó Montecino al descender de un Chevrolet Agile.
Según surge de la sentencia, el imputado se presentó espontáneamente ante el juez instructor de la causa casi tres semanas después de cometido el hecho. «Surge sin margen para la duda que la confesión de Montecino en cuanto a su autoría en el hecho que acabara con la vida de Soto se encuentra ampliamente corroborada con la prueba obrante en el legajo», estableció la Cámara en su sentencia.
La condena anterior que registra Montecino, y que se encuentra firme, fue dictada en mayo de este año por la Cámara Criminal Tercera por los delitos de «lesiones leves, portación de arma de guerra y daño», por otro hecho del que había resultado víctima el mismo hombre, ocurrido el 15 de junio de 2014 también en la zona norte de Roca.
Judiciales
Denuncian a falsa médica por ejercicio ilegal de la medicina
Una mujer que habría ejercido en instituciones privadas de Roca y Regina el presunto ejercicio ilegal de la medicina y falsificación de documentos públicos.

El Ministerio de Salud de Río Negro, a través de la Secretaría de Asuntos Jurídicos, presentó una denuncia penal ante la Fiscalía General contra una mujer que habría ejercido en instituciones privadas de General Roca y Villa Regina por presunto ejercicio ilegal de la medicina y falsificación de documentos públicos.
La medida se fundamenta en la detección de irregularidades en la documentación que la mujer presentó ante la Coordinación Provincial de Fiscalización Sanitaria para obtener su registro profesional.
Salud ya había procedido a la suspensión preventiva de la matrícula provincial en marzo. Esta acción se tomó luego de que se iniciara una investigación al detectar inconsistencias en el título de Médico Cirujano y la correspondiente convalidación, supuestamente otorgados por la Universidad de Los Andes (ULA), en Mérida, Venezuela.
«El Ministerio continuará colaborando con la Justicia aportando toda la documentación del legajo personal para que se determinen las responsabilidades penales correspondientes», destacaron desde la cartera de Salud rionegrina.
Judiciales
Incineraron 43 kilos de cannabis y casi 900 plantas de marihuana en Roca
La quema se realizó en la Planta de Residuos II y corresponde a droga incautada en el marco de 236 legajos fiscales finalizados o con pericias y tomas de contramuestras avanzadas.

La Unidad Fiscal de General Roca llevó adelante ayer por la mañana la quema de estupefacientes en la Planta de Residuos II de la ciudad. El procedimiento se realizó en el marco de la Ley Nacional de Estupefacientes N° 23.737.
Según informó el Ministerio Público Fiscal, el material destruido corresponde a 43 kilos de cannabis entre cogollos y picadura de marihuana, y 874 plantas y plantines de marihuana.
La quema abarcó elementos incautados en 236 legajos fiscales finalizados o con pericias y tomas de contramuestras en etapa avanzada.
Judiciales
Volcó el acoplado y perdió toda la fruta que iba al norte: Condenan parcialmente a la conductora que chocó al camión
El siniestro ocurrió en el cruce de la Ruta 22 y calle Félix Heredia.

Un camión que transportaba 1.300 bultos de fruta transitaba por la Ruta Nacional N° 22 en sentido oeste en Roca, volcó y perdió todo su cargamento. El rodado, al llegar al cruce con la calle Félix Heredia, fue colisionado en el costado derecho por una camioneta que circulaba en sentido contrario.
El golpe provocó el vuelco del semirremolque y la pérdida total de la carga. El impacto generó un efecto tijera entre el acoplado y el camión, que terminó en un desagüe.
La empresa se dedica a la carga de peras y manzanas para abastecer el norte del país. Además, realiza el traslado de azúcar a los supermercados de la zona. Luego del siniestro, la firma inició una demanda por daños y perjuicios contra la conductora de la camioneta.
El fuero civil de Roca admitió parcialmente el reclamo. Reconoció el costo de reparación del camión y rechazó la indemnización por el semirremolque porque ya había sido cubierta por el seguro, lo que impedía un doble cobro. También desestimó los reclamos por el equipo de frío y la carga transportada por falta de pruebas.
Mediante una pericia técnica, el fallo consideró acreditada la mecánica del accidente. Así, concluyó que la conductora ingresó a la ruta sin las precauciones necesarias.
La prueba producida no confirmó la existencia de pérdidas económicas derivadas del accidente ni la interrupción de contratos comerciales. La sentencia destacó la ausencia de una pericia contable que respaldara ese perjuicio.
En cambio, sí admitió la indemnización por privación de uso del vehículo. Consideró que la imposibilidad de utilizar el camión genera un daño en sí mismo, por la afectación a la actividad normal de la empresa. Fijó este concepto en el monto reclamado.
Finalmente, la sentencia hizo lugar parcialmente a la demanda y condenó a la conductora a pagar una indemnización. También extendió la condena a la aseguradora según la póliza vigente.





