Judiciales
El STJ confirmó dos condenas de prisión efectivas por abusos sexuales en Roca
Uno pasará 8 años en la cárcel, mientras que el otro 9. La Justicia constató que abusaron de menores de 9 y 13 años respectivamente.

El Superior Tribunal de Justicia confirmó dos condenas de prisión efectiva por abusos sexuales de los que fueron víctimas menores de edad en General Roca.
En el primer caso, ratificó la pena de 8 años de prisión que en diciembre de 2015 había impuesto la la Cámara Criminal Primera de Roca al imputado, declarándolo autor de los delitos de «abuso sexual con acceso carnal en concurso real con abuso sexual simple reiterado (dos hechos)».
La defensa interpuso un recurso de casación que fue declarado mal concedido por el STJ. De este modo, el Tribunal ratificó la existencia de los hechos, ocurridos en Roca entre mediados de 2013 y comienzos de 2014, de los cuales resultó víctima una niña de 9 años. El imputado y la menor de edad residían en un mismo predio pero en casas separadas. Se tuvo por acreditado que el hombre «aprovechó el trato habitual y continuo producto del parentesco (no directo) y de la proximidad de la residencia, sumado a que era el padrino de la menor» y a que frecuentemente iba a su casa cuando no había otras personas «para ver televisión». En esas circunstancias se produjeron los abusos.
«Un análisis de la racionalidad de lo decidido (por la Cámara roquense) a la luz de los agravios de la defensa permite advertir que la crítica de la sentencia de condena no resulta concreta ni razonada», concluyó el STJ con el voto rector del juez Enrique Mansilla y la adhesión de sus pares Adriana Zaratiegui y Ricardo Apcarian.
En el segundo caso, con voto rector de la jueza Zaratiegui y adhesión de los magistrados Sergio Barotto y Ricardo Apcarian, el Superior Tribunal ratificó otra condena de 8 años de prisión contra un hombre condenado en junio de 2015 por la Cámara Criminal Primera de Roca, que lo declaró «autor penalmente responsable del delito de abuso sexual con acceso carnal reiterado (tres hechos), agravado por su condición de ascendiente de la víctima (su padre biológico), por ser ésta menor de 18 años y por haberse cometido aprovechando la situación de convivencia preexistente, todo en concurso real».
El Tribunal tuvo por acreditado que los hechos ocurrieron en distintos lugares de Roca y Allen entre octubre de 2009 y abril de 2011 y que comenzaron cuando la víctima tenía 13 años. La denuncia que dio inicio a la investigación fue radicada por la madre de la menor de edad. En la descripción de los hechos juzgados se destacan la violencia física y las amenazas sufridas por la víctima, circunstancias ratificadas por la jovencita cuando alcanzó la mayoría de edad y pudo declarar en el juicio oral y sostenidas también por su madre, su madrina y una asistente social que declararon en calidad de testigos. También se destacaron las secuelas psicológicas, emocionales, de abandono de la escolaridad y retraimiento, entre otras, que los hechos dejaron en la víctima y que fueron corroborados mediante informes periciales.
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Sabía que era el padre, pero nunca lo reconoció: Confirman la paternidad de un niño a través de un estudio de ADN
Sus padres se conocieron en un restaurante de Roca, y tras unos meses de novios, la relación se terminó. Ella estaba embarazada pero él se negó a reconocer a su hijo.

Se conocieron cuando ella trabajaba en un restaurante de Roca. Se hicieron amigos, y ese afecto cercano pronto se transformó en un noviazgo. Vivieron juntos, pero la convivencia duró solo unos pocos meses. Cuando la pareja terminó la relación, la mujer ya estaba embarazada. Ella le comunicó la noticia, pero el hombre se negó a reconocer al niño.
Un Juzgado de Familia de Roca hizo lugar a la acción de filiación presentada por la mujer y dio por probado que el hombre es el padre biológico del chico. Se inscribió el nuevo estado filiatorio en el Registro Civil. Se agregó el apellido del padre, y, por deseo del chico, se conservó también el apellido de la madre.
Durante los primeros años de vida del niño, el hombre lo visitó. Sin embargo, al formar una nueva familia, cortó el vínculo. Después de una mediación judicial, comenzó a brindar ayuda económica, pero se negó al reconocimiento voluntario.
El hombre respondió la demanda negando los hechos, aunque admitió que en algún momento supo, por terceros, que podría ser el padre. Alegó haber asumido ciertas responsabilidades. Finalmente, un estudio de ADN determinó que es el padre biológico del chico, con una certeza mayor al 99,99%.
La jueza consideró que la identidad es un derecho humano básico, consagrado en tratados internacionales y en la legislación nacional y provincial. El fallo indicó que la determinación del vínculo filial no puede verse obstaculizada por intereses individuales, ya que se trata de un asunto de orden público, donde prevalece el interés superior del niño.
El resultado de la prueba genética fue determinante para establecer con certeza el vínculo biológico. La magistrada afirmó que dicha prueba constituye el medio más eficaz y objetivo para acreditar la filiación.
La jueza impuso al demandado los gastos del juicio. Señaló que su conducta fue reprochable al no reconocer al niño, aun conociendo el resultado del examen genético, lo que generó mayores gastos y la necesidad de continuar el trámite judicial. También valoró que la madre asumió sola las tareas de crianza, sin colaboración del padre.
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Imputaron a los tres detenidos acusados de asesinar a Riquelme
A uno de ellos le formularon cargos como autor del homicidio y a los otros dos como partícipes secundarios. El hecho ocurrió el domingo en la zona norte de Roca.

El Ministerio Público Fiscal formuló cargos a tres hombres por el homicidio de Juan Ramón Riquelme perpetrado el domingo pasado (13/07). Uno de ellos fue acusado como autor del delito de homicidio agravado por el uso de arma de fuego, mientras que los otros dos fueron imputados por el mismo hecho en calidad de partícipes secundarios.
Según la acusación pública, el imputado principal se presentó en una vivienda donde se encontraba la víctima y, con la intención de causarle la muerte, le efectuó al menos tres disparos. Las lesiones provocadas derivaron en el fallecimiento de Riquelme. Minutos después arribó al lugar el padre del acusado, y entre ambos arrastraron el cuerpo hacia el interior del domicilio. Posteriormente intentaron cargarlo en una camioneta con el fin de trasladarlo, pero fueron advertidos por la hermana de la víctima, quien se encontraba frente al lugar e inmediatamente alertó a la línea de emergencias 911.
La intervención policial quedó documentada en el acta de procedimiento correspondiente, que da cuenta del despliegue realizado tras el llamado de la testigo. En el marco de la investigación se incorporaron entrevistas, pericias, relevamientos de cámaras y documentación diversa. Asimismo, se secuestraron elementos de interés, tales como la camioneta utilizada en la maniobra, vainas servidas y municiones todo lo cual será peritado.
Ayer (14/07), la Fiscalía encabezó múltiples allanamientos que concluyeron con la entrega voluntaria del principal imputado. Aún se encuentran pendientes diversas diligencias, entre ellas requisas personales, pericias odorológicas, pericias de disparo, análisis de rastros de calzado y huellas vehiculares. El informe preliminar de autopsia indicó que la causa de la muerte fueron heridas compatibles con disparos de arma de fuego.
Durante la audiencia de formulación, la defensa pública no objetó la atribución de hechos ni los elementos probatorios incorporados, aunque sí cuestionó la calificación legal, que fue sostenida por la fiscal jefa que encabezó la acusación. Finalmente, el Juez de Garantías tuvo por formulados los cargos conforme lo requerido por la Fiscalía.
La acusación pública solicitó la prisión preventiva de los tres imputados por un plazo de cuatro meses, en coincidencia con el tiempo establecido para concluir la investigación. En particular, se argumentó riesgo de fuga en relación al hombre señalado como autor y riesgo de entorpecimiento, en función del temor manifestado por testigos para declarar, dado el vínculo previo entre la víctima y los imputados.
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Imputaron a un sujeto por intentar prender fuego a su ex pareja
El hoy detenido ya la había golpeado una semana atrás. Ahora enfrentará un juicio por violencia de género.

Esta mañana (14/07), la Fiscalía de turno de General Roca imputó a un hombre los delitos de violación de domicilio, daño, tentativa de incendio y desobediencia a una orden judicial, todo en concurso real, en el marco de violencia de género, por un hecho ocurrido el pasado sábado (12/07). Además solicitó la prisión preventiva del imputado, y de esta manera continuará detenido.
Según la acusación fiscal, «eran alrededor de las 11 de la noche, cuando el imputado ingresó contra la voluntad de la dueña a la casa de la ex pareja. Habría dañado la cerradura de la puerta de ingreso, y una vez allí bloqueó la entrada con una mesa y sillas, impidiendo que personal policial», explicó la fiscal del caso.
«El hombre habría cortado una manguera que se encontraba conectada a una garrafa de gas y de esta manera comenzó a incinerar cajas y elementos plásticos. Finalmente no pudo concretar su cometido, ya que personal Comisaría 31° logró ingresar y detenerlo», agregó la representante fiscal.
Entre el sustento probatorio para esta instancia se encuentra el acta de procedimiento de la comisaría mencionada, la denuncia penal de la víctima, quien ya había vivido una situación de violencia el sábado 5 de julio, y la Fiscalía ya había tenido intervención.
Se mencionó además la intervención de la Oficina de Atención a la Víctima (OFAVI), del Gabinete de Criminalística y el legajo acerca de la exclusión del hogar y prohibición de acercamiento de fecha 6 de julio de este año dispuesta por la jueza de Familia.
El Ministerio Público Fiscal solicitó la prisión preventiva del hombre teniendo presente el posible entorpecimiento a la investigación. «Nos bastan estas acciones que quedaron en evidencia que el imputado está dispuesto a concretar, no podemos permitir que la víctima continúe sintiendo temor por ello», enfatizó la fiscal.
Además «tenemos presente que el sujeto cuenta con antecedentes penales y que no cumplió con las medidas dispuestas por Familia», dijo la representante fiscal.
Por su parte, el defensor penal oficial que asiste al hombre no se opuso a la formulación, tampoco al sustento probatorio ni a la calificación legal.
Finalmente, el juez de Garantías interviniente tuvo por formulados los cargos en los términos fiscales y resolvió que el imputado cumpla con la medida cautelar de prisión preventiva por el plazo de tres meses.