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Río Negro

Aseguran que no hay presencia de naftaleno en el cauce de los ríos Neuquén y Negro

Así lo determinaron los análisis del Laboratorio CIATI A.C. de Regina y del Centro de Investigación en Toxicología Ambiental y Agrobiotecnológica del Comahue (CITAAC).

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Los análisis del Laboratorio CIATI A.C. de Villa Regina y del Centro de Investigación en Toxicología Ambiental y Agrobiotecnológica del Comahue (CITAAC) de la Universidad Nacional del Comahue (UNCO), revelaron que no hay presencia de naftaleno en los ríos Neuquén y Negro.

En noviembre pasado, se realizó un muestreo de calidad de aguas en conjunto entre la Legislatura de Río Negro y el Departamento Provincial de Aguas (DPA), con el consenso de ambas instituciones de repetir las condiciones de los monitoreos anteriores para evaluar la presencia de Hidrocarburos Policíclicos Aromáticos (PAHs), entre estos compuestos se encuentra el naftaleno, en la zona de la confluencia de los ríos Limay y Neuquén y en el primer tramo del río Negro.

El objetivo del trabajo, fue obtener nuevos resultados por dos laboratorios de análisis, que sean comparables entre sí con los resultados obtenidos de los muestreos solicitados oportunamente por el Juzgado Federal de General Roca en abril de 2015 y los realizados por el DPA en mayo de 2016; por lo que se mantuvieron los sitios de toma de muestras.

Para llevarlo a cabo se contrataron los servicios de monitoreo y análisis del Laboratorio CIATI A.C. de Villa Regina y del (CITAAC), Centro de Investigación de la Universidad Nacional del Comahue (UNCO).

El acceso a los cuatro sitios ubicados sobre el río Neuquén se realizó por vía terrestre y se muestreó desde la costa. Para acceder a los tres sitios ubicados sobre el río Negro, se utilizó una embarcación provista por la Prefectura Naval Argentina con sede en la ciudad de Neuquén.

Es así, que no se detectaron Hidrocarburos Policíclicos Aromáticos (PAHs) en las muestras tomadas sobre los ríos Neuquén y Negro, sólo se obtuvieron resultados positivos en muy bajas concentraciones, en la muestra colectada en el sitio de descarga de parte de los efluentes cloacales generados de la ciudad de Cipolletti.

Las concentraciones de los compuestos detectados, se encontraron en muy bajas cantidades, siendo para el naftaleno el valor informado por ambos laboratorios, inferior al nivel guía recomendado por la Ley Nacional 24051 -Residuos Peligrosos- para la protección de la vida acuática en cuerpos de agua dulce.

Dado que la muestra fue tomada en el punto de vuelco de los efluentes domiciliarios, sobre un brazo del río Neuquén sin circulación de agua y considerando que no se registraron resultados positivos en ningún otro punto de muestreo, puede inferirse que los compuestos PAHs provienen de actividades principalmente cotidianas urbanas y domésticas, ya que unos cuantos PAHs se utilizan en medicinas y para la producción de tintas, plásticos y pesticidas, así como se encuentran en el asfalto que se utiliza en la construcción de carreteras y el naftaleno también se usa en productos desodorantes domésticos y se incorpora al ambiente por la quema de madera y otros combustibles.

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Río Negro

Río Negro pagará aguinaldos el 19 y 20 de diciembre

Lo anunció el gobernador Weretilneck en sus redes sociales.

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El Gobierno de Río Negro pagará el segundo medio aguinaldo del año los días 19 y 20 de diciembre. Lo anunció el gobernador Alberto Weretilneck en sus redes sociales, quien afirmó que la decisión apunta a acompañar a las familias y al comercio local.

Con un gran esfuerzo presupuestario, la Provincia cumple con el pago antes de fin de año, garantizando previsibilidad para todo el personal estatal y dando un fuerte impulso a la economía.

Detalle del cronograma

Viernes 19/12

  • Salud Pública, guardias y horas extras de Salud
  • Policía de Río Negro y Servicio Penitenciario Provincial

Sábado 20/12

  • Docentes y porteros
  • Ley 1.844, Vialidad Rionegrina, pensiones de Bomberos Voluntarios
  • Poder Legislativo, Judicial y órganos de control

El gobernador Alberto Weretilneck destacó la importancia de este compromiso cumplido que “es una noticia que queríamos darles no sólo a los empleados públicos, sino también al comercio y a todas las familias que estaban esperando este anuncio”.

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Judiciales

Sentencia ordena el cese de una cuota alimentaria porque los hijos ya tienen 26, 27 y 37 años

La Justicia hizo lugar al pedido de un hombre jubilado que aún pagaba alimentos pese a que sus hijos son mayores y autónomos.

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Una sentencia ordenó el cese de una cuota alimentaria que un hombre pagaba desde hacía años a favor de sus tres hijos, quienes actualmente tienen 26, 27 y 37 años. La decisión se tomó luego de que el progenitor solicitara formalmente el cierre de la obligación, al considerar que la mayoría de edad y autonomía de los hijos tornaban improcedente la continuidad del régimen de alimentos. El hombre se había jubilado como policía federal.

Según surge del expediente, el pedido se presentó en noviembre y fue acompañado por las partidas de nacimiento. La jueza de Viedma verificó que los tres hijos habían superado ampliamente la edad prevista por la ley para la vigencia de la obligación alimentaria. Tal como indica la sentencia, «habiendo en consecuencia cesado ipso iure la obligación alimentaria del progenitor a su respecto», de conformidad con los artículos 658 y 663 del Código Civil y Comercial.

El fallo utiliza la expresión latina ipso iure, que significa «por el propio derecho» o «por el solo efecto de la ley». En este tipo de casos, implica que la obligación de pagar alimentos cesa de manera automática cuando los hijos alcanzan la mayoría de edad, sin necesidad de una resolución previa, salvo que existan circunstancias excepcionales que deban ser acreditadas.
De acuerdo a la normativa vigente, el cese de la cuota alimentaria requiere una solicitud previa por parte del aportante, no se realiza automáticamente.

El Tribunal resolvió hacer lugar al planteo del alimentante y ordenó el cese inmediato de la cuota que beneficiaba a los tres hijos adultos. Además, dispuso notificar a la persona que estaba autorizada a percibirla y emitir oficio a la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal para que deje sin efecto la retención.

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Judiciales

Caso Mandagaray: El STJ rechazó que el caso vaya a la Corte porque no hay sentencia definitiva

El máximo Tribunal provincial sostuvo que el planteo es prematuro y que el expediente debe continuar en la Justicia rionegrina.

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El Superior Tribunal de Justicia de Río Negro (STJ) rechazó el Recurso Extraordinario Federal en la causa donde se investigan responsabilidades por la muerte de Gabriel Mandagaray. De esta manera, el proceso continúa en el ámbito provincial y el próximo paso será el pronunciamiento del Tribunal de Impugnación. El máximo órgano rionegrino sostuvo que el planteo resulta prematuro, ya que «la sentencia objetada no posee la condición de definitiva ni equiparable».

El fallo recuerda que la resolución impugnada, que ordenó un nuevo examen integral, «no concluye el proceso, no define responsabilidad penal ni clausura la persecución, sino que se limita a disponer la nulidad de la revisión realizada por el TI 2 y a reenviar las actuaciones». En consecuencia, explicó el STJ, el agravio alegado «recién adquirirá entidad a los fines de la vía excepcional una vez emitido el pronunciamiento final».

La Corte Suprema tiene una doctrina de no admitir recursos cuando la sentencia no es definitiva. En el fallo se sostiene que «la ausencia del requisito de definitividad no se suple por la invocación de arbitrariedad o de garantías constitucionales que se estimen vulneradas».

Además, el STJ señaló que los recursos federales interpuestos no satisfacen los requisitos formales de la Acordada 4/2007 de la Corte Suprema. En el texto se consigna que las presentaciones «no desarrollan un relato claro y preciso de todas las circunstancias relevantes del caso», «no demuestran el gravamen ocasionado», «no refutan todos y cada uno de los fundamentos» de la sentencia impugnada y «no ponen en evidencia que medie una relación directa e inmediata entre las normas federales invocadas con lo debatido y resuelto en el caso».

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