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Río Negro

Todo dado para que el Banco Patagonia continúe siendo el agente financiero de la provincia

Sólo hubo una única oferta en la licitación pública para la contratación de una entidad bancaria que preste servicios financieros y bancarios para Río Negro.

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El gobernador de Río Negro, Alberto Weretilneck, presidió este martes la apertura de ofertas de la Licitación Pública Nacional para la selección de una entidad financiera que actúe como agente financiero de la Provincia. En la oportunidad, presentó su oferta el Banco Patagonia.

Estuvieron presentes acompañando al Mandatario, el vicegobernador Pedro Pesatti, los ministros de Economía, Isaías Kremer; de Obras y Servicios Públicos, Carlos Valeri; de Seguridad y Justicia, Gastón Pérez Estevan; de Gobierno, Luis Di Giácomo; de Salud, Fabián Zgaib y de Turismo, Cultura y Deporte, Silvina Arrieta; el secretario General de la Gobernación, Matías Rulli; y el legislador Alejandro Palmieri.

En la oportunidad, el gobernador destacó la importancia del pliego licitatorio. “Las ofertas son la consecuencia del pliego elaborado anteriormente con aportes de legisladores e intendentes, logrando de este modo un pliego más ventajoso para los intereses provinciales”.

Del mismo modo, el ministro Kremer resaltó entre las cuestiones establecidas en el pliego licitatorio la presencia del agente financiero en todo el territorio rionegrino. “Queremos que los servicios bancarios se acerquen a todos los rincones de esta provincia”.

“Para esto tenemos en cuenta dos aspectos: uno que tiene que ver con las sucursales y otro con los cajeros automáticos. No habrá un lugar en la Provincia donde no haya un cajero automático o los rionegrinos se encuentren cerca a uno para hacer uso de este. Mientras que para las sucursales o centros de atención también se establece que no habrá un lugar dentro de la provincia desde donde un rionegrino no pueda hacer una transacción”, manifestó Kremer.

“Tanto los cajeros automáticos como los el traslado de los recursos de una sucursal a otra será por cuenta del agente financiero, lo que representará un ahorro para la Provincia. De acá en más los cajeros irán por su cuenta”.

Asimismo, el ministro subrayó: “Nosotros pensamos en la integración de Río Negro que tiene que ver con el apoyo de la banca a todos los sectores productivos. Los recursos deben utilizarse en parte para satisfacer las necesidades y acompañar los proyectos de crecimiento de esta Provincia, por lo que se estableció que un porcentaje de la capacidad prestaría que van a generar los ingresos sea distribuido a la producción, comercio exterior y el desarrollo”.

“Sin dudas, hay un cambio de paradigma; queremos una banca de servicios para todos los rionegrinos”.

Además manifestó que “quisimos poner énfasis en la atención a los empleados públicos. En este sentido se puso como objetivo un trato preferencial en la actividad bancaria y servicios con los sectores públicos”.

“Los depósitos provinciales para los que hasta el momento el Estado pagaba una comisión no se hará más, ahora el agente deberá pagar un importe por los promedios de depósitos que integra este sector en el agente financiero”, afirmó Kremer.

Por último, expresó que “hay que tener en cuenta que Río Negro está dando todos sus recursos y por eso el agente deberá trabajar para que la capacidad prestable sea volcada al desarrollo productivo de la provincia, a la integración provincial y el apoyo de los empleados”.

La Licitación

El Poder Ejecutivo llamó a licitación pública para la contratación de una entidad bancaria que preste los servicios financieros y bancarios, como agente financiero de Río Negro. De este modo, será obligatorio para los tres poderes del estado, empresas del estado rionegrino, realizar todas las operaciones, con el agente financiero, hasta la culminación del contrato cuyo plazo es de 10 años.

En la oportunidad, la escribana mayor de Gobierno, María Gabriela Benito constató la apertura de la única oferta presentada por el Banco Patagonia. De este modo se procedió a abrir el sobre 1 donde figura la documentación técnica que será analizada por una Comisión Especial de Preadjudicación, quedando el segundo sobre donde se establece la oferta económica.

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Río Negro

Río Negro pagará aguinaldos el 19 y 20 de diciembre

Lo anunció el gobernador Weretilneck en sus redes sociales.

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El Gobierno de Río Negro pagará el segundo medio aguinaldo del año los días 19 y 20 de diciembre. Lo anunció el gobernador Alberto Weretilneck en sus redes sociales, quien afirmó que la decisión apunta a acompañar a las familias y al comercio local.

Con un gran esfuerzo presupuestario, la Provincia cumple con el pago antes de fin de año, garantizando previsibilidad para todo el personal estatal y dando un fuerte impulso a la economía.

Detalle del cronograma

Viernes 19/12

  • Salud Pública, guardias y horas extras de Salud
  • Policía de Río Negro y Servicio Penitenciario Provincial

Sábado 20/12

  • Docentes y porteros
  • Ley 1.844, Vialidad Rionegrina, pensiones de Bomberos Voluntarios
  • Poder Legislativo, Judicial y órganos de control

El gobernador Alberto Weretilneck destacó la importancia de este compromiso cumplido que “es una noticia que queríamos darles no sólo a los empleados públicos, sino también al comercio y a todas las familias que estaban esperando este anuncio”.

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Judiciales

Sentencia ordena el cese de una cuota alimentaria porque los hijos ya tienen 26, 27 y 37 años

La Justicia hizo lugar al pedido de un hombre jubilado que aún pagaba alimentos pese a que sus hijos son mayores y autónomos.

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Una sentencia ordenó el cese de una cuota alimentaria que un hombre pagaba desde hacía años a favor de sus tres hijos, quienes actualmente tienen 26, 27 y 37 años. La decisión se tomó luego de que el progenitor solicitara formalmente el cierre de la obligación, al considerar que la mayoría de edad y autonomía de los hijos tornaban improcedente la continuidad del régimen de alimentos. El hombre se había jubilado como policía federal.

Según surge del expediente, el pedido se presentó en noviembre y fue acompañado por las partidas de nacimiento. La jueza de Viedma verificó que los tres hijos habían superado ampliamente la edad prevista por la ley para la vigencia de la obligación alimentaria. Tal como indica la sentencia, «habiendo en consecuencia cesado ipso iure la obligación alimentaria del progenitor a su respecto», de conformidad con los artículos 658 y 663 del Código Civil y Comercial.

El fallo utiliza la expresión latina ipso iure, que significa «por el propio derecho» o «por el solo efecto de la ley». En este tipo de casos, implica que la obligación de pagar alimentos cesa de manera automática cuando los hijos alcanzan la mayoría de edad, sin necesidad de una resolución previa, salvo que existan circunstancias excepcionales que deban ser acreditadas.
De acuerdo a la normativa vigente, el cese de la cuota alimentaria requiere una solicitud previa por parte del aportante, no se realiza automáticamente.

El Tribunal resolvió hacer lugar al planteo del alimentante y ordenó el cese inmediato de la cuota que beneficiaba a los tres hijos adultos. Además, dispuso notificar a la persona que estaba autorizada a percibirla y emitir oficio a la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal para que deje sin efecto la retención.

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Judiciales

Caso Mandagaray: El STJ rechazó que el caso vaya a la Corte porque no hay sentencia definitiva

El máximo Tribunal provincial sostuvo que el planteo es prematuro y que el expediente debe continuar en la Justicia rionegrina.

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El Superior Tribunal de Justicia de Río Negro (STJ) rechazó el Recurso Extraordinario Federal en la causa donde se investigan responsabilidades por la muerte de Gabriel Mandagaray. De esta manera, el proceso continúa en el ámbito provincial y el próximo paso será el pronunciamiento del Tribunal de Impugnación. El máximo órgano rionegrino sostuvo que el planteo resulta prematuro, ya que «la sentencia objetada no posee la condición de definitiva ni equiparable».

El fallo recuerda que la resolución impugnada, que ordenó un nuevo examen integral, «no concluye el proceso, no define responsabilidad penal ni clausura la persecución, sino que se limita a disponer la nulidad de la revisión realizada por el TI 2 y a reenviar las actuaciones». En consecuencia, explicó el STJ, el agravio alegado «recién adquirirá entidad a los fines de la vía excepcional una vez emitido el pronunciamiento final».

La Corte Suprema tiene una doctrina de no admitir recursos cuando la sentencia no es definitiva. En el fallo se sostiene que «la ausencia del requisito de definitividad no se suple por la invocación de arbitrariedad o de garantías constitucionales que se estimen vulneradas».

Además, el STJ señaló que los recursos federales interpuestos no satisfacen los requisitos formales de la Acordada 4/2007 de la Corte Suprema. En el texto se consigna que las presentaciones «no desarrollan un relato claro y preciso de todas las circunstancias relevantes del caso», «no demuestran el gravamen ocasionado», «no refutan todos y cada uno de los fundamentos» de la sentencia impugnada y «no ponen en evidencia que medie una relación directa e inmediata entre las normas federales invocadas con lo debatido y resuelto en el caso».

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