Judiciales
Lo procesaron por rociar con alcohol a su mujer y prenderla fuego
Continuará detenido hasta la instancia de juicio. El hecho ocurrió el pasado 31 de diciembre en Mencué. La mujer está bien de salud, a pesar de la terrorífica madrugada que tuvo que soportar.

El juez Maximiliano Camarda, titular del Juzgado de Instrucción N° 8 de Roca, dictó este miércoles el procesamiento y prisión preventiva contra un hombre de Mencué a quien se atribuye haber intentado matar a su pareja en un hecho ocurrido el pasado 31 de diciembre en la mencionada localidad.
El magistrado procesó al imputado como presunto autor de los delitos de «homicidio doblemente calificado -por el vínculo y por mediar violencia de género- en grado de tentativa; amenazas simples y coacción simple, todo en concurso real» y dispuso que permanezca detenido hasta la instancia de juicio.
Al imputado L.C.C., de 26 años de edad, se le atribuye un hecho ocurrido en horas de la madrugada en la casa donde convivía con la víctima. La acusación indica que el hombre arribó alcoholizado a la vivienda e intentó presuntamente ahorcar a la mujer con un hilo. Más tarde la habría rociado con alcohol fino en todo su cuerpo, prendiéndole fuego con un encendedor. La víctima fue trasladada esa tarde al hospital de General Roca. Sufrió lesiones en la garganta y la parte superior del cuerpo, calificadas como graves por el Cuerpo Médico Forense.
El segundo hecho habría ocurrido el 1 de enero dentro del hospital roquense, en la habitación donde la mujer se encontraba internada. Allí el imputado habría coaccionado a la víctima diciéndole «que si llegaba a hablar la iba a matar y cuando volviera a Mencué la iba a rociar con nafta».
Las actuaciones judiciales comenzaron con la denuncia radicada por una profesional del Hospital ante la Comisaría de la Familia de Roca, en los términos de la Ley 3040 de Violencia Familar, tras detectar que las quemaduras de la paciente no habían sido producto de un «accidente con agua caliente», como había informado inicialmente la pareja. También se dio intervención al Juzgado de Familia N° 16, que ordenó la prohibición de acercamiento del imputado hacia la víctima y su bebé de tres meses.
El juez de Feria Gustavo Quelín recibió la declaración testimonial de la víctima en el hospital y dispuso el allanamiento de la vivienda de Mencué, donde fueron secuestrados elementos valiosos para la investigación. Luego, en su declaración indagatoria, el imputado optó por la abstención.
Finalizado el receso judicial, el caso pasó al juez Camarda, quien solicitó más medidas y analizó la prueba producida, concluyendo hoy con el dictado del procesamiento y la prisión preventiva.
«La forma en que C. perpetró la agresión física hacia M., las amenazas y coacciones posteriores al hecho y la circunstancia de que la víctima haya podido dar la versión de lo sucedido recién a partir del momento en que pudo zafarse de la ‘vigilancia’ de su pareja durante su internación en el Hospital local, dan muestra del estado de constante sometimiento físico y psíquico al que era sometida, lo que a todas luces configura la calificante de violencia de género (…) y en este caso particular, dentro de un contexto de violencia familiar», concluyó el juez en su resolución.
Sostuvo además que existió «voluntad homicida» en el ataque, tanto por las amenazas que precedieron a la quemadura como por la utilización de un medio idóneo para matar, como es el fuego. Concluyó además que si bien el imputado fue quien apagó las llamas que envolvían a la víctima, ello no implicó un «desistimiento voluntario» del delito. Consideró, en cambio, que el homicidio no se consumó «por circunstancias ajenas» al acusado, como «los gritos de la víctima que motivaron la presencia afuera de la vivienda de la madre de C. preguntando qué era lo que sucedía».
Por otra parte, para imponer la prisión preventiva el juez dio por acreditado que «desde un primer momento el nombrado ha intentado entorpecer la investigación, tal como lo demuestra haber escondido las prendas quemadas de M., cortarle el cabello afectado por el fuego, y, principalmente, amenazarla y coaccionarla para que diera una determinada versión de lo sucedido».
Judiciales
La Justicia Federal aceptó el amparo colectivo por la Ruta Nacional 151
Analizarán los tramos específicos incluidos en la cautelar, para evaluar la necesidad de obras de conservación hasta la sentencia definitiva.

El Juzgado Federal de General Roca, a cargo del juez Hugo Greca, reconoció la acción de amparo colectivo presentada por el gobernador Alberto Weretilneck, intendentes y cámaras empresariales para garantizar la seguridad en la Ruta Nacional N° 151.
En su resolución, el magistrado definió avanzar en los tramos específicos de la ruta incluidos en la cautelar solicitada, para evaluar la necesidad de obras de conservación hasta la sentencia definitiva.
«La fecha de realización del reconocimiento judicial in situ, que deberá ser propuesta de manera conjunta, contando con los medios para el traslado», indica además.
«La participación de peritos de parte, en condiciones de producir luego un examen científico que precise tanto las medidas requeridas como las defensas planteadas por la demandada», agrega.
El fiscal de Estado, Gastón Pérez Estevan, señaló que «es un paso indispensable para dejar en evidencia la gravedad del abandono de la Ruta 151 y exigir medidas urgentes que resguarden la seguridad de los rionegrinos».
A su vez, subrayó que «el propio Estado Nacional reconoció que en dos años no ejecutó obras sustanciales y que lo hecho hasta ahora es claramente insuficiente. Esa confesión deja en claro que la Provincia tenía razón al plantear esta acción judicial», dijo.
Además, el fiscal de Estado sostuvo que «Río Negro no se va a resignar a que la desidia nacional ponga en riesgo vidas humanas. Vamos a seguir insistiendo hasta que se ordenen las obras mínimas de conservación y se cumpla con el deber básico de garantizar rutas seguras».
Finalmente, Pérez Estevan remarcó la necesidad de celeridad en el proceso. «Llevamos meses reclamando medidas mínimas mientras la causa se demora en trámites que no se condicen con la urgencia del caso. El amparo no puede transformarse en un juicio ordinario: la Justicia debe actuar rápido porque está en juego la vida de quienes transitan todos los días esta ruta», concluyó.
Judiciales
Fiscalía de Estado recuperó más de $8.600.000 para el sistema de salud
Una sentencia judicial obliga al responsable de un accidente vial y a su aseguradora a reintegrar los gastos médicos al IPROSS.

La Fiscalía de Estado de Río Negro obtuvo un fallo favorable que ordena la restitución de más de $8.600.000 al Instituto Provincial del Seguro de Salud (IPROSS), consolidando su rol central en la defensa del patrimonio público.
El Juzgado Civil, Comercial, de Minería y Sucesiones N 13 de Viedma hizo lugar a la demanda presentada por el organismo provincial, que actuó en representación de IPROSS. La sentencia, dictada el 1 de septiembre de 2025, obliga al responsable de un accidente vial y a su aseguradora a reintegrar los gastos médicos y asistenciales afrontados por la obra social estatal en la atención de un afiliado gravemente lesionado sobre la Ruta Nacional N° 3.
La resolución judicial reconoce el derecho de la Provincia a recuperar, mediante acción subrogatoria, los costos generados por la negligencia de terceros. El fallo también subraya la legitimidad del accionar de la Fiscalía de Estado, que promovió la demanda con éxito y aseguró una importante restitución a favor del sistema público de salud.
«Esta acción reafirma nuestro compromiso con la protección del erario provincial y la defensa activa de los recursos del sistema solidario de salud», destacó el Fiscal de Estado, Gastón Pérez Estevan.
El organismo explicó que cada peso recuperado fortalece la capacidad operativa de IPROSS y alivia la carga sobre el sistema público de salud, que no debe asumir costos ajenos a su responsabilidad.
«La estrategia de iniciar acciones judiciales busca precisamente garantizar el recupero de los gastos cubiertos por IPROSS a los afiliados cuando la responsabilidad de los daños corresponde a un tercero y a su aseguradora», destacaron desde el Gobierno.
Judiciales
Familia del Alto Valle definió el cuidado de un adulto mayor y el destino de una chacra
Fue a través del Centro Integral de Métodos Autocompositivos de Resolución de Conflictos, bajo la coordinación de la Defensa Pública de mediación.

En el Alto Valle, una mesa de mediación reunió a una familia entera que buscaba organizar el cuidado de su padre ya mayor y resolver cómo administrar una chacra de la región. La cita ocurrió el 26 de agosto de 2025 en un Centro Integral de Métodos Autocompositivos de Resolución de Conflictos, bajo la coordinación de la Defensa Pública de mediación. El proceso fue gratuito y concluyó con un acta que dejó asentados compromisos y responsabilidades.
Ese día, uno de los hijos tomó la palabra con decisión: trasladaría a su padre a su casa el 28 de agosto y se haría cargo de su cuidado cotidiano. Además, aceptó realizar los trámites previsionales para asumir la representación como apoderado y administrar los ingresos del adulto mayor.
En la misma mesa, una de las hermanas ofreció colaborar en la atención diaria. El objetivo fue claro: que quien asumiera la carga principal pudiera disponer de espacios de descanso. Se estableció que los detalles de esa ayuda se coordinarían de manera directa entre los familiares. La conversación giró luego hacia la chacra. Otro de los hermanos aceptó administrar la tierra y los animales. Dijo que se encargaría de los tributos y del cuidado del ganado. El compromiso incluyó la entrega de un grupo de vacas con sus crías a uno de sus hermanos, con retiro fijado entre el 30 y el 31 de agosto.
El tema económico también ocupó un lugar en la discusión. Varias personas se comprometieron a aportar una suma de dinero todos los meses, durante los primeros diez días, mediante transferencias a una cuenta bancaria. La mediación recogió esa decisión sin prever sanciones, solo como un acuerdo de responsabilidad compartida.
La audiencia se extendió hasta el mediodía. Dos de los hermanos decidieron no suscribir a ciertos puntos, y por eso el documento final reflejó únicamente los aspectos consensuados. La mediadora informó que lo acordado tenía carácter inmediato y obligatoriedad plena.
La reunión concluyó con la lectura del acta. Cada integrante escuchó en silencio el detalle de las fechas, las tareas y los aportes comprometidos. La tensión del inicio se transformó en un registro escrito que marcó un camino para la organización familiar. La intervención de la Defensa Pública permitió que este proceso se desarrollara sin costo y bajo un marco oficial que dio respaldo a la palabra de los participantes.