Judiciales
Dos años y dos meses de prisión en suspenso por golpear a su pareja embarazada
La sentencia final se conocerá el miércoles 26 de abril al mediodía.

Esta mañana, en oportunidad de un juicio abreviado, un hombre fue condenado a dos años y 2 meses de prisión en suspenso por el delito de “lesiones leves por haber mantenido con la víctima una relación de pareja, mediando violencia de género con coacción”.
La fiscal de Cámara, Graciela Echegaray, sostuvo, en la sala de audiencias, que tuvo en cuenta para su acusación “las características de los hechos, el contexto de violencia de género, el perjuicio ocasionado a la víctima, la juventud del imputado y de la víctima, la educación y el reconocimiento de responsabilidad que indica la aceptación de juicio abreviado junto a la falta de antecedentes penales computables”. Agregó que la pena es de ejecución condicional además “por la cargas de familia que registra, con la que debe cumplir y como se trata de una persona de trabajo debe continuar sosteniendo al grupo familiar, puntualmente a los dos niños menores de edad. Lo anterior evidencia lo contraproducente de imponer una pena efectiva”.
Echegaray solicitó como regla que el imputado realice tratamiento psicológico en el Servicio de Salud Mental del Hospital local, debiendo presentar las constancias de su cumplimiento en forma mensual. “Hago hincapié en la importancia que tiene para esta Fiscal el pedido, pues se trata de una joven pareja que ha tenido varios episodios de violencia, se ha llegado incluso a momentos de violencia cruzada, hay dos niños que han sido testigos y víctimas de la violencia de género. Es sumamente indispensable que el imputado cumpla con lo solicitado para evitar la reiterancia de estas conductas”.
La defensa pública del imputado estuvo a cargo de Gustavo Viecens que hizo la salvedad respecto del momento que está atravesando el hospital roquense, por ello la Fiscalía solicitó al Tribunal que libre un oficio para que el joven sea atendido.
Cabe aclarar que la víctima aceptó el juicio abreviado y el imputado asumió la responsabilidad de los hechos y aceptó la calificación legal. Además prestó consentimiento para hacer el tratamiento psicológico.
La sentencia se conocerá el miércoles 26 de abril a las 12.00 y estará a cargo de la Cámara Tercera en lo Criminal conformada por Laura Edith Pérez, Fernando Sánchez Freytes y Verónica Rodriguez.
Respecto de la prueba
La Fiscalía consideró el acta de denuncia penal realizada por la víctima; el informe pericial del Cuerpo Médico Forense que describe las lesiones como leves; el informe de la Oficina de Atención a la Víctima del que surgió una vincularidad muy compleja entre la víctima y el ofensor. A la anterior se suma la vulnerabilidad de la chica que se vio acrecentada por encontrarse cursando en ese momento un embarazo de alto riesgo, padecer una enfermedad que altera su estado psico-físico y asimismo, por la falta de una red familiar de contención. También se agrega la intervención del Hospital, como también del Juzgado de Familia que ordenó la prohibición de acercamiento (Ley 3040) del imputado a la víctima.
Además, la Fiscalía tuvo presente el informe del Departamento de Servicio Social que describe la relación de la pareja como conflictiva debido a las constantes discusiones que mantienen.
Finalmente la Pericia Social Forense califica como crítica la situación de pareja, en virtud de encontrarse atravesada por violencia en sus diferentes caracterizaciones, agravadas por la falta de contención familiar, situación de abandono y de calle de la víctima y antecedentes judiciales del imputado, pese a la intervención de Libertad Asistida debido a la mayoría de edad de éste.
Los hechos
El primer hecho ocurrió el 24 de septiembre de 2015 a las 10.30 de la mañana, en la casa de la madre del imputado, cuando luego de mantener una discusión con su pareja, la agarró del cuello con la mano izquierda y con la derecha le dio golpes de puño en el muslo de la pierna derecha y en el abdomen, sin importarle que la víctima estaba cursando el quinto mes de embarazo del hijo de ambos, provocándole lesiones leves certificadas.
El segundo suceso ocurrió el mismo día, aproximadamente media hora después, en el pasillo de la Unidad Fiscal Temática N° 5 de esta ciudad. El imputado acompañó a la víctima a una audiencia de conciliación con su madre, y en ese contexto le dijo que «más vale que no lo denunciaré por el hecho ocurrido apenas unos minutos antes», porque le haría «perder el bebé» y también a su otro hijo de un año y cinco meses, términos que atemorizaron a la chica.
Judiciales
Violencia de género: Un hombre fue imputado por agredir a su ex pareja y romperle el celular
El hecho ocurrió en el domicilio de la víctima y le dejó lesiones de carácter grave.

Ayer (29/12) al mediodía, el equipo del Ministerio Público Fiscal de turno formuló cargos a un hombre por hechos cometidos contra su ex pareja, madre de dos hijos en común, en el marco de una causa por violencia de género. El imputado no podrá acercarse a la víctima ni a su vivienda en un radio de 200 metros, y deberá utilizar un dispositivo electrónico de control.
De acuerdo a la acusación fiscal, el hecho ocurrió el sábado 21 de diciembre alrededor de las 20.00, en el patio de la vivienda que compartía la pareja. Según se expuso en audiencia, el hombre habría comenzado a insultar a la mujer y, sin motivo alguno, la agredió físicamente.
«El imputado le pegó en la cabeza, impactando uno de los golpes en el oído izquierdo y otro en la mano, donde la víctima sostenía su teléfono celular», explicó la Fiscalía. Posteriormente, el hombre le habría arrebatado el dispositivo y lo arrojó al suelo, provocando la rotura de la pantalla.
Como consecuencia de la agresión, la mujer sufrió lesiones de carácter grave, situación que fue acreditada mediante la historia clínica del Hospital donde fue atendida y el informe del médico del Cuerpo de Investigación Forense del Poder Judicial.
La calificación legal por la cual quedó imputado es la de lesiones graves agravadas por el vínculo, por ser un hecho cometido por un hombre contra una mujer mediando violencia de género, y daño simple, todo en concurso real, conforme a los artículos 45, 90 en función del 92, 80 incisos 1° y 11, y 183 del Código Penal.
El defensor penal público señaló que se trataría del primer conflicto de este tipo entre la pareja y que no existirían antecedentes previos ni denuncias en el marco de la Ley N° 3040, por lo que solicitó como medida cautelar la colocación de una tobillera electrónica y la prohibición de acercamiento.
Finalmente, el juez de Garantías resolvió tener por formulados los cargos en los términos planteados por la fiscalía y dispuso que el imputado cumpla con las medidas cautelares propuestas, mientras continúa el proceso judicial.
Judiciales
Disparó contra la actual pareja de su ex y quedó imputado por tentativa de homicidio
El hecho ocurrió en octubre y la víctima resultó herida en un brazo tras recibir un disparo a corta distancia.

El Ministerio Público Fiscal formuló cargos contra un hombre que ya se encontraba cumpliendo prisión preventiva en el marco de otros dos legajos judiciales, tras haber sido detenido luego de que la Fiscalía solicitara su orden de captura.
Según la acusación, el hecho ocurrió en octubre pasado, cuando la mujer -ex pareja del imputado- y su actual compañero salían de un domicilio a bordo de una motocicleta. En ese momento, fueron sorprendidos por el acusado, quien atacó al hombre y efectuó un disparo con un arma de fuego a la altura de la cabeza, con claras intenciones de matarlo.
Desde la Fiscalía indicaron que el imputado insistió en su accionar, aunque no logró consumar el homicidio. No obstante, la víctima resultó herida por un disparo en el antebrazo derecho.
Además, se señaló que el acusado incumplió una medida cautelar de prohibición de acercamiento hacia su ex pareja, dispuesta oportunamente por el fuero de Familia.
La calificación legal por la que quedó imputado es la de tentativa de homicidio agravado por el uso de arma de fuego, en concurso real con portación de arma de fuego y desobediencia, conforme a los artículos 42, 45, 79, 41 bis, 55, 189 bis y 239 del Código Penal.
Como sustento probatorio, la Fiscalía presentó el informe del Gabinete de Criminalística, que incluyó el secuestro de un proyectil en el lugar del hecho, un croquis ilustrativo, la denuncia penal realizada por la víctima, el certificado médico de las lesiones y el expediente iniciado en el marco de la Ley 3040.
Durante la audiencia, el Ministerio Público Fiscal solicitó la prisión preventiva al considerar existente el peligro de fuga, remarcando que fue necesario pedir su detención y que el imputado es reiterante, con otra causa avanzada hacia juicio.
Por su parte, el defensor penal público se opuso al pedido, argumentando que no estaban acreditados los riesgos procesales y propuso medidas alternativas como presentaciones diarias y una nueva prohibición de acercamiento.
Finalmente, el juez de Garantías dio por formulados los cargos en los términos planteados por la fiscalía y resolvió que el acusado continúe cumpliendo prisión preventiva en este legajo por el plazo de 4 meses.
Judiciales
Demora excesiva y falta de información: Un taller deberá reparar un auto sin cobrar y devolver dinero
El acuerdo se alcanzó en el marco de una mediación, luego de que la propietaria del vehículo denunciara incumplimientos y trato indigno.

Una mujer llevó adelante un reclamo contra un taller mecánico del Alto Valle por incumplimientos en la reparación de su vehículo. El caso se resolvió en el marco de una audiencia de mediación, donde las partes alcanzaron un acuerdo.
El conflicto comenzó en enero de este año cuando la persona dejó su automóvil en el taller para una reparación. El auto fue entregado el 17 de febrero, pero, según se consignó en el expediente, volvió a fallar de inmediato. Se mencionaron problemas en el arranque y ruidos anormales en el motor. En marzo, se detectaron además desperfectos en los inyectores.
A fines de junio, la ciudadana regresó el vehículo al mismo establecimiento. Desde entonces, y durante más de seis meses, no recibió información concreta sobre su estado, a pesar de los intentos reiterados por obtener una respuesta. El planteo incluyó un reclamo por falta de comunicación y trato indigno, en los términos de la Ley de Defensa del Consumidor.
En la mediación se advirtió que el tiempo insumido en la reparación resultó excesivo e injustificado. También se señaló que la empresa incumplió con el deber de brindar información clara, periódica y veraz, además de no respetar el plazo estimado originalmente para la entrega, que era de 15 días.
Durante la audiencia de mediación, la persona solicitó la reparación completa del vehículo sin nuevos cargos, además de una respuesta clara sobre el tiempo restante para finalizar el trabajo. También se dejó constancia de la reserva de optar por la devolución de lo abonado o una reducción del valor pagado, en caso de no lograrse una solución satisfactoria.
La instancia cerró con un acuerdo entre las partes. El taller accedió a entregar el auto reparado sin cobrar suma alguna y a realizar un reintegro económico. El caso se resolvió en el Centro Integral de Métodos Autocompositivos de Resolución de Conflictos del Alto Valle con la intervención de un mediador que facilitó el diálogo entres las partes, y la asistencia letrada de abogados particulares.






