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Medida cautelar a favor de una mujer que está próxima a dar a luz en Roca

La paciente presentó un amparo tras ser notificada, durante la atención de su embarazo, de su «expulsión como asociada» de la mutual.

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La jueza Andrea de la Iglesia, como subrogante del Juzgado Civil N° 1 de Roca, dictó una medida cautelar ordenando a la Mutual Federada 25 de Junio (Federada Salud), brindar la «inmediata cobertura de las prestaciones médicas requeridas» por una mujer que está a punto de dar a luz. La paciente presentó un amparo tras ser notificada, durante la atención de su embarazo, de su «expulsión como asociada» de la mutual.

La jueza, previendo la inminente fecha de parto, ordenó a Federada cubrir «todo lo necesario (…) conforme los términos del plan oportunamente contratado por la amparista», sin perjuicio de lo que en definitiva se resuelva sobre el fondo del amparo, advirtiendo que el caso no admite demora alguna. Para ello, en la resolución otorgó a la mutual un plazo de dos días hábiles para «acreditar el efectivo cumplimiento» de la cobertura, bajo apercibimiento de aplicarle una multa de 5.000 pesos diarios.

En su presentación la mujer solicitó que «se la vuelva a afiliar a la prepaga», a la cual se había asociado en octubre de 2016. Para entonces, según sostuvo en el amparo, aún no tenía conocimiento del embarazo. Recién en enero de 2017, producto de una consulta en la guardia de un sanatorio de Roca, descubrió que cursaba un embarazo de seis meses sin haber advertido cambios físicos relevantes ni síntomas típicos de gravidez.

La mujer comunicó de inmediato la situación a la prepaga, adjuntando certificados y estudios realizados, y recibió el 2 de marzo siguiente una intimación por carta documento, pues la empresa consideró que había omitido intencionalmente informar el embarazo al momento de la afiliación. Finalmente, el 3 de abril, le fue notificada la sanción de «expulsión», cuando su fecha probable de parto era el 24 de ese mismo mes y la fecha máxima de espera se previó para el 5 de mayo, quedando la paciente sin cobertura tanto para los últimos controles como para las intervenciones e internación relativas al nacimiento de su sexto hijo.

En las instancias previas a la resolución, la titular del Juzgado, María del Carmen Villalba, cursó pedidos de informes a la prepaga para certificar las razones de la expulsión y a los médicos de la amparista, para tratar de establecer la fecha en la que efectivamente la mujer tuvo conocimiento del embarazo. En respuesta, Federada interpuso un planteo de incompetencia del juzgado interviniente.

Luego la jueza subrogante dictó la medida cautelar -sin estar resuelto aún el cuestionamiento de la competencia- pues consideró que el caso necesita una «protección impostergable», aplicando «un criterio amplio de interpretación de las reglas procesales (…) y en aras a evitar la frustración de los intereses superiores en juego y al de prevenir los riesgos denunciados».

Ante «las especiales circunstancias que presenta este caso, encontrándose acreditados la verosimilutud en el derecho y el peligro en la demora (…) corresponde acceder a lo solicitado (…) a los fines de evitar la consumación de daños irreparables en la salud e integridad física de la madre y de la persona por nacer», argumentó la jueza De la Iglesia, invocando previsiones de la Constitución Nacional, la Provincial y la Convención sobre los Derechos del Niño.

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Imputaron a una quinta persona por la presunta millonaria defraudación al IPROSS en Valle Sereno

Se trata de una acompañante terapéutica, acusada de participar en una presunta maniobra que habría perjudicado a la obra social provincial mediante la facturación de prestaciones que no se habrían realizado.

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La investigación por la presunta defraudación al Instituto Provincial del Seguro de Salud (IPROSS) sumó este jueves (02/07) una quinta imputación. El Ministerio Público Fiscal formuló cargos contra una acompañante terapéutica, a quien acusa de haber participado en una maniobra para facturar prestaciones de salud mental que, según la investigación, nunca fueron brindadas a pacientes del establecimiento Valle Sereno-San Cirano S.A., de General Roca.

Durante la audiencia, la fiscal adjunta Gimena Ducca sostuvo que la imputada habría intervenido en 21 hechos ocurridos entre noviembre de 2021 y julio de 2023, junto a un médico clínico y psiquiatra, una licenciada en Psicología, directivos del establecimiento y otros integrantes del equipo profesional.

De acuerdo con la acusación, el grupo habría confeccionado historias clínicas, planillas de asistencia y registros de pacientes con datos falsos, incluyendo internaciones ambulatorias bajo la modalidad Hospital de Día que, en realidad, no se habrían concretado. Esa documentación era utilizada para emitir facturas que luego eran presentadas al IPROSS para el cobro de prestaciones.

La Fiscalía indicó que el establecimiento mantenía un convenio con la obra social provincial para brindar distintos módulos de atención en salud mental, entre ellos Hospital de Día, una modalidad con un valor superior al de otras prestaciones. Según la investigación, esa circunstancia habría permitido incrementar el monto de las facturaciones presuntamente irregulares.

Como sustento de la imputación, el Ministerio Público Fiscal mencionó la denuncia presentada por el IPROSS en mayo de 2024, documentación administrativa de la obra social, informes contables elaborados por la Unidad de Asistencia a la Investigación Fiscal, registros bancarios, informes de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), documentación del Ministerio de Salud de Río Negro y diversas entrevistas realizadas durante la investigación.

La acompañante terapéutica fue imputada como presunta partícipe necesaria del delito de estafas reiteradas agravadas por haber sido cometidas en perjuicio de la administración pública.

Por su parte, el defensor penal público Juan Pablo Chirinos no presentó objeciones a la formulación de cargos, aunque informó que ya solicitó la realización de una pericia caligráfica.

Finalmente, el juez de Garantías tuvo por formulados los cargos y fijó un plazo de cuatro meses para el desarrollo de la investigación penal preparatoria.

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Inició el debate oral por presuntos maltratos y amenazas a niños en un CAINA de Roca

La imputada está acusada por el delito de amenazas coactivas continuadas en calidad de coautora. Otro acusado ya admitió su responsabilidad y cumple una condena.

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Comenzó esta mañana (30/06) en los Tribunales de General Roca el juicio contra una mujer que se desempeñaba como auxiliar en un Centro de Atención Integral de Niños, Niñas y Adolescentes (CAINA) -dependientes de la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia (SENAF)-, acusada de amenazas coactivas continuadas en calidad de coautora por hechos que habrían tenido como víctimas a menores institucionalizados.

Cabe recordar que, en noviembre del año pasado, otra persona señalada por la Fiscalía como coautor de los hechos reconoció su responsabilidad en un juicio abreviado y actualmente cumple la condena impuesta.

Durante los alegatos de apertura, el fiscal Marcelo Ramos y la defensora de menores Estela Aroca señalaron que la acusada y el otro auxiliar asistencial habrían maltratado a ocho niños y niñas entre abril de 2021 y septiembre de 2023. Según la teoría del caso, ambos habrían amenazado a los menores para impedir que relataran los episodios de maltrato, vulnerando derechos reconocidos por la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño.

Para sostener la acusación, el Ministerio Público Fiscal presentará la denuncia de la coordinadora institucional, testimonios de operadores del CAINA, informes elaborados durante la intervención, la declaración de la psicóloga de la institución, la participación de profesionales de la Oficina de Atención a la Víctima (OFAVI), las entrevistas realizadas mediante Cámara Gesell por especialistas del Cuerpo de Investigación Forense y certificaciones laborales de los imputados.

Por su parte, la mujer es asistida por un defensor particular, quien sostuvo que la situación corresponde a una cuestión de orden administrativo.

El debate continuará mañana y se prevé que finalice el jueves, cuando las partes expondrán sus conclusiones respecto de la responsabilidad penal de la imputada.

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Transfirió por error 3 millones de pesos por Mercado Pago y el destinatario se los gastó: El conflicto se solucionó en el Juzgado de Paz

La deuda quedó fijada en $3.370.000, suma que incluyó el capital reclamado, intereses y honorarios.

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Un productor de cebollas transfirió por error 3 millones de pesos a la cuenta de Mercado Pago de otra persona cuando intentaba pagar los insumos necesarios para su actividad. Pese a que reclamó en varias oportunidades la devolución del dinero, no obtuvo respuesta. Según relató, incluso fue bloqueado en WhatsApp. El conflicto llegó al Juzgado de Paz de General Conesa, donde finalmente las partes alcanzaron un acuerdo de pago.

La demanda se presentó a través del procedimiento de menor cuantía. El hombre explicó que la transferencia estaba destinada a una agronomía que le provee los insumos indispensables para la producción, pero por un error el dinero terminó acreditado en la billetera virtual de otra persona.

En la presentación judicial sostuvo que intentó recuperar el dinero por vías informales. Afirmó que se comunicó en reiteradas oportunidades con el destinatario de la transferencia para pedirle que restituyera el monto, pero no obtuvo respuesta y luego fue bloqueado.

Durante la audiencia convocada por el Juzgado de Paz, el demandado reconoció que había recibido los 3 millones de pesos en su cuenta de Mercado Pago. Sin embargo, explicó que no podía devolverlos porque los había gastado inmediatamente después de recibirlos.

Ante esa situación solicitó un cuarto intermedio para reunir parte del dinero y elaborar una propuesta de pago que pudiera cumplir. Días más tarde, las partes volvieron a reunirse y alcanzaron un acuerdo.

Finalmente la deuda quedó fijada en $3.370.000, suma que incluyó el capital reclamado, intereses y honorarios. En ese mismo acto el demandado entregó en efectivo medio millón.
El resto se abonará en seis cuotas consecutivas. Los pagos deberán realizarse en el Juzgado de Paz de General Conesa, aunque el acuerdo prevé que el deudor podrá adelantar cuotas o efectuar pagos superiores si tiene posibilidades de hacerlo.

La jueza de Paz consideró que el convenio reflejaba la voluntad de ambas partes y que no afectaba el orden público. En consecuencia, homologó el acuerdo y dejó establecido el cronograma de pagos que permitirá cancelar la deuda originada por la transferencia realizada por error.

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