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Caso Otoño Uriarte: El STJ revocó los sobreseimientos y habilitó a la Fiscalía a producir más prueba

Los jueces del máximo organismo judicial de la provincia coincidieron en que no hay mérito para el sobreseimiento ni tampoco para el procesamiento de los acusados.

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El Superior Tribunal de Justicia de Río Negro, por voto unánime, revocó el sobreseimiento dictado en primera y segunda instancia a los acusados del crimen de Otoño Uriarte. Al resolver que no hay mérito para el sobreseimiento y tampoco para el procesamiento, el máximo tribunal habilitó a la Fiscalía a continuar con la investigación del caso para producir nueva prueba. A pesar de requerir una mayoría de tres miembros, el fallo lleva el voto afirmativo de los cinco jueces del STJ.

Oportunamente, habían sido alcanzados por el sobreseimiento Néstor Ricardo Cau, Germán Angel Antilaf, José Hiram Jafri, Maximiliano Manuel Lagos, Federico Axel Saavedra y Juan Marcelo Calfiqueo. El pedido de revisión había sido solicitado por la propia Fiscalía, al presentar un recurso de Casación, tras las sucesivas decisiones del Juzgado de Instrucción N° 2 y de la Cámara Primera en lo Criminal de Cipolletti.

El argumento central de la Fiscalía es que hubo prueba que no fue valorada y, sobre todo, que aún quedaba prueba por producir, por lo que consideraba erróneo el dictado del sobreseimiento. Por su parte, la Defensa de los acusados expuso que se había excedido “el plazo razonable de la investigación”.

La Fiscalía, al defender la postura de revocatoria del sobreseimiento, argumentó que “existen medidas probatorias pendientes de producción”, como una pericial genética sobre cabellos hallados en la remera de la víctima; la ampliación del estudio físico de prendas, estudios de física forense y un requerimiento al Cuerpo Médico Forense de la Corte Suprema para re analizar con un programa informático los resultados de ADN. Al refutar el argumento de la Cámara sobre el “exceso en el plazo razonable del procedimiento”, alegó la “complejidad de la investigación”.

La querella, a través del abogado, Marcelo Hertzriken Velasco, representó a Roberto Uriarte. En la audiencia en la cual el Superior Tribunal escuchó a la familia, a la Defensa y a la Fiscalía, hizo referencia al tiempo de la investigación y propuso “que se le dé la posibilidad a la parte querellante de que esta causa finalice en un tiempo razonable”.

El fallo

Por su parte el STJ, en relación al argumento de la Defensa sobre el plazo razonable, advierte que esta doctrina requiere “haber alcanzado o superado el máximo de la escala penal del delito”. Para este crimen, el máximo previsto es cadena perpetua. “Por supuesto que, en este caso, la duración razonable del proceso no podría llegar a ese plazo por ser manifiestamente excesivo (…) Pero ese máximo de pena denota que el tiempo transcurrido hasta la fecha no configura irrazonabilidad en la continuación de la investigación”, dice el STJ. De esta forma, rechaza este argumento como causal de sobreseimiento.

Posteriormente, aunque coincide con la Cámara en cuanto a algunas observaciones hacia la Fiscalía, abre el camino a la continuidad de la investigación: “la numerosa prueba pendiente de producción -cuya pertinencia y utilidad pregona el Ministerio Público Fiscal- son datos cuya existencia objetiva refuta los fundamentos de los sobreseimientos”.

Luego, abunda: “Entonces, aquel desacuerdo sobre el mérito de las constancias del legajo y la numerosa prueba que el Ministerio Público Fiscal considera necesario producir son claros indicadores de que la hipótesis de la acusación podría encontrar otros elementos que la avalen”.

Finalmente, el pleno del STJ hace referencia a la inminente puesta en marcha del nuevo Código Procesal Penal, “oportunidad en la cual el presente proceso deberá pasar a la Fiscalía (…) Es decir, faltan pocos días para que la acusación pública -hoy recurrente- asuma la dirección y plena responsabilidad por el avance de la investigación y la demostración de su teoría del caso. Esta situación también amerita permitir la continuidad de la investigación en el presente legajo para que el Ministerio Público Fiscal tenga la oportunidad de demostrar los extremos reiteradamente invocados”.

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Inició una demanda para poder hacer su viaje de 15 años

El viaje fue costeado con esfuerzo familiar y debía contar con la autorización de la mamá antes de una fecha límite fijada por la agencia de viajes.

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Una adolescente de Viedma obtuvo autorización judicial para realizar su viaje de 15 años a Estados Unidos. Debió recurrir al Poder Judicial para garantizar el permiso de salida del país. El caso se tramitó el fuero de familia. El padre de la joven inició el expediente para obtener la autorización necesaria para que su hija pudiera concretar el viaje recreativo. Era el regalo familiar por sus 15 años.

Según se explicó en la presentación, el viaje fue costeado con esfuerzo familiar y debía contar con la autorización de la mamá antes de una fecha límite fijada por la agencia de viajes. Ante esa situación, el padre promovió el proceso judicial para asegurar que la adolescente pudiera realizar el viaje.

En el expediente también se dejó constancia de que la joven ya había ejercido su derecho a ser oída en actuaciones vinculadas al caso y expresó su voluntad de realizar el viaje. La madre, por su parte, manifestó que no se oponía al destino ni al carácter recreativo del viaje.

Con esos elementos, la jueza autorizó la salida del país por un período de hasta 15 días, durante los meses de mayo o junio de este año, cuando se confirme el itinerario definitivo. La sentencia también dispuso que las costas del proceso deberán ser afrontadas por la madre.

La magistrada entendió que el padre se vio obligado a iniciar el trámite judicial para obtener la autorización y que la demandada no realizó gestiones extrajudiciales que permitieran evitar el dictado de la sentencia.

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Comenzó en Roca el juicio contra tres hombres acusados de intentar robar una vivienda

El hecho ocurrió en octubre de 2024 en una vivienda de calle Nicaragua.

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Tres hombres comenzaron a ser juzgados en General Roca por un hecho ocurrido en octubre de 2024, cuando habrían intentado robar en una vivienda tras forzar el ingreso al domicilio.

El juicio se desarrolla ante un Tribunal Colegiado, ya que la Fiscalía prevé solicitar una pena superior a los 3 años de prisión. Los tres acusados llegan al debate cumpliendo prisión preventiva.

Según la acusación del Ministerio Público Fiscal, el hecho ocurrió el 29 de octubre en una vivienda ubicada en calle Nicaragua al 400. Los imputados habrían llegado al lugar a bordo de una Volkswagen Amarok, vehículo que contaba con pedido de secuestro tras haber sido robado días antes, el 24 de octubre.

De acuerdo a lo informado por la Fiscalía, los hombres forzaron el portón de ingreso y la puerta de la vivienda con la intención de apoderarse de distintos elementos.

Sin embargo, el robo no llegó a concretarse debido a la intervención de personal policial de la Comisaría 31°, que acudió al lugar tras el aviso de vecinos.

Posteriormente, los sospechosos intentaron escapar en un Ford Fiesta conducido por un menor de edad, pero tras una persecución policial fueron detenidos.

La Fiscalía los acusa como coautores de los delitos de encubrimiento agravado con ánimo de lucro, sustitución de numeración y tentativa de robo en lugar poblado y en banda, agravado por escalamiento y por la intervención de un menor de 18 años.

El debate continuará mañana miércoles (11/03) desde las 8.30 en los Tribunales de General Roca, con la declaración de los testigos convocados por las partes.

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Identificaron a las dos víctimas fatales que murieron tras caer en un auto al Canal Grande: Eran trabajadores judiciales

Una tercera ocupante logró salir del vehículo y permanece hospitalizada.

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Foto: Gentileza Tania Domenicucci - Agencia de Noticias Roca (ANR).

Un trágico siniestro vial ocurrido durante la mañana de este martes (10/03) generó conmoción en la región y especialmente en el ámbito judicial, luego de que dos trabajadores del Poder Judicial de Río Negro murieran tras caer el vehículo en el que viajaban al Canal Principal de Riego.

El hecho ocurrió alrededor de las 7 de la mañana en la Ruta Provincial N° 65, en cercanías del Puente Palermiti. Por motivos que aún se investigan, un automóvil Ford Ka en el que viajaban tres personas terminó dentro del canal.

Según las primeras informaciones, la conductora, identificada como Laura Soledad Morales, de 37 años, logró salir del rodado en estado de shock y fue trasladada para recibir atención médica. Sin embargo, su pareja y otra mujer que los acompañaba quedaron atrapados en el interior del vehículo y fallecieron en el lugar.

Las víctimas fatales, por su parte, fueron identificadas como Yanet Daiana Amarilla Alba, de 34 años, quien se desempeñaba en la Oficina de Tramitación Integral del Fuero Civil (OTIC), y Diego Antú Díaz, de 37 años, trabajador de la Subdelegación de la Oficina Judicial (OJU). Eran oriundos de Roca y viajaban hacia Regina

Ante lo ocurrido, el Poder Judicial de Río Negro expresó su profundo dolor y condolencias a los familiares por el trágico accidente que produjo el fallecimiento de los dos trabajadores judiciales. También anhela la pronta recuperación de la trabajadora hospitalizada.

En este sentido, la presidencia del Superior Tribunal de Justicia dispuso asueto con suspensión de términos para el día de hoy (10/03) en todos los organismos judiciales de Villa Regina. Solo continuarán los trámites urgentes.

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