Seguinos

Sociedad

Convocaron a sindicatos para avanzar en reformas del sector frutícola

Además de representantes del gobierno provincial, hubo referentes de los tres gremios vinculados a la actividad: rurales, trabajadores del empaque y del hielo. Se volverán a reunir en 10 días.

el

“Esta fue una de las mejores reuniones que hemos tenido”, fue el resumen que hizo el ministro de Agricultura, Ganadería y Pesca de Río Negro (MAGyP), Alberto Diomedi, luego de la reunión que se realizó en la Cámara de Comercio de Villa Regina entre varios actores de la actividad frutícola. Entre los presentes, hubo representantes de los tres gremios vinculados a la actividad: rurales, trabajadores del empaque y del hielo.

Junto al ministro estuvo el secretario de Trabajo, Lucas Pica, mientras que en el auditorio -además de los dirigentes sindicales- se ubicaron productores, empresarios y miembros de entidades intermedias. A la hora del intercambio, el moderador fue el presidente de la Cámara de Comercio, Franco Susca.

Una vez más se hizo repaso de las estadísticas y se arribó a varias conclusiones, entre ellas que la actividad se achica año a año, pero que aún es tiempo de revertir el proceso y recuperar 2.000.000 de jornales al año. Por lo pronto, se anunció que está por emitirse un manual o guía para que los productores puedan armar nuevos planes de negocio y trabajar asociados. “Asociativismo no es lo mismo que cooperativismo”, advirtieron los técnicos de la Secretaría de Fruticultura que están redactando el documento.

“Lo de hoy fue un gran paso adelante”, puntualizó Diomedi, luego de escuchar como propuesta de los sectores darle más transparencia al negocio frutícola, revisar convenios laborales y atemperar el impacto de los impuestos. “O salimos todos, o esto se cae”, dijo el MMinistro para marcar la disyuntiva del momento.

Para aclarar cualquier mal entendido, Alfredo Palmieri (uno de los autores del nuevo plan frutícola), indicó que la meta es fortalecer y acompañar a los productores “porque tienen que participar del negocio frutícola”. Y recordó la premisa de que a cada chacarero le llegue -al menos- el 50% del valor de exportación de cada caja de fruta.

Hoy los números son desalentadores porque en promedio una caja de fruta cuesta cuatro dólares más que la ofrecida por los competidores de los productos locales, y como consecuencia de ello, Chile ya predomina en dos mercados que eran hace diez años grandes compradores de fruta Argentina: Rusia y Brasil. El 76% de las manzanas que compraba en el país carioca hace diez años eran de Argentina. Hoy son el 14% y Chile se quedó con el 55% de ese mercado.

Desde lo laboral, se habló de eficiencia y ausentismo. En referencia al último aspecto, se señaló que existe un 20% de inasistencias diarias. El foco se puso en la ART y el Secretario Pica propuso pedir la intervención del órgano nacional que regula a las ART, con el fin de monitorear su exceso. Incluso un referente sindical de los rurales coincidió que es excesivo que un chacarero que tiene una masa salarial de $1.000.000, la ART se quede con $200.000.

En este marco, Pica propuso como herramienta para unificar criterios una mesa tripartita de obreros, empleadores y Gobierno, con el fin de avanzar en las reformas a proponer para que en el aspecto laboral la fruticultura se adapte a las nuevas exigencias de los mercados. “Debe existir la solidaridad entre partes y siempre que hay diálogo, hay chances de mejorar”, sostuvo el titular del área de Trabajo.

Se habló del achicamiento de la actividad y también de las perspectivas. “Necesitamos exportar 1.000.000 de toneladas”, aclaró Zubeldía cuando explicó cuál es el volumen de tierras en producción y de cosecha para que ningún chacarero decaiga del sistema.

Se planteó un horizonte de 43.000 hectáreas en producción, con un rendimiento de 45.000 kilos la hectárea, lo que da un volumen anual de 2.000.000 de toneladas. El mercado interno, con un consumo promedio per cápita de 8 kilos al año, podría absorber 350.000 toneladas, y un máximo de 500.000 si el consumo se va a 12 kilos años. Si a esto se le suma lo que se deriva a industria, queda un saldo de 1.000.000 de toneladas. “La otra opción es concentrarnos en mercado interno y en ese caso con 17.000 hectáreas alcanzaría”, dijeron los técnicos.

Las más de 40 personas presentes acordaron volver a reunirse en diez días con propuestas a trabajar y perfeccionar porque “todo depende de nuestra decisión y esfuerzo porque hoy en el mundo, Argentina no tiene peso en el mercado de la fruta. A nadie le va a preocupar cómo nos vaya”, indicó finalmente el Ministro.

Advertisement
Click to comment

Leave a Reply

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Cultura

La Feria del Libro de Roca confirmó nuevas figuras nacionales para su edición 2026

Juan Solá, Luis Pescetti, Gonzalo Heredia, Felipe Pigna y Pedro Saborido son algunos de los invitados confirmados.

el

Del 1 al 4 de octubre, el Predio Ferial Municipal, ubicado en calle Cerro Tronador 260, será escenario de la 8° Feria del Libro de General Roca, organizada por el Municipio. Bajo el lema Leer entre bardas, la propuesta reunirá a escritores, periodistas, historiadores, artistas y referentes de distintos ámbitos culturales, con entrada libre y gratuita.

Entre los invitados confirmados para la primera jornada, el jueves 1 de octubre, estarán el escritor y guionista Juan Solá, quien brindará un taller destinado a estudiantes de escuelas secundarias; el escritor, músico y cantante Luis Pescetti, con un espectáculo para toda la familia; y el actor y escritor Gonzalo Heredia, que presentará su tercera novela, Extranjera.

El viernes 2 de octubre será el turno de la escritora, abogada y activista feminista Lala Pasquinelli, quien presentará los libros Estafa de la feminidad y Maternidad ¿deseo o mandato?. Ese mismo día también participará la periodista y escritora María O’Donnell, con su obra Montoneros, una historia visual.

La programación continuará el sábado 3 de octubre con el psicólogo Marcelo Rocha, la escritora Viviana Rivero y el guionista y escritor Pedro Saborido, quien presentará Una historia de la felicidad.

El cierre, el domingo 4 de octubre, tendrá como protagonistas a la psicóloga especializada en reinvenciones laborales Claudina Kutnowski, con Inteligencia laboral, y al historiador Felipe Pigna, que presentará 76: Crónica de un año que cambió nuestra historia para siempre.

Además de las presentaciones de libros, la feria ofrecerá exposiciones, charlas, talleres y actividades para todas las edades. El Municipio informó que en los próximos días dará a conocer la programación completa.

Continuar leyendo

Roca

Cierra por reformas una delegación del Registro Civil en Roca: Dónde realizar los trámites

Los vecinos podrán realizar sus trámites en otras sedes habilitadas de la ciudad durante el período de obras.

el

La Delegación 2° del Registro Civil de General Roca, ubicada en calle Neuquén 1459, permanecerá cerrada hasta el próximo 7 de agosto inclusive debido a la realización de trabajos de reparación y mejoras edilicias.

Mientras duren las obras, la atención al público será trasladada a la Delegación 1° Hospital, ubicada en avenida Roca y Palacios. Además, quienes necesiten realizar consultas podrán comunicarse al correo electrónico delegacion2550@gmail.com.

También continuará brindando atención la Delegación General Roca 5° Barrio Nuevo, ubicada en San Juan 2833, con consultas al correo delegroca2981@gmail.com.

Por otra parte, el Gobierno de Río Negro informó que los trámites de Documento Nacional de Identidad (DNI) y Pasaporte seguirán realizándose con normalidad en la Delegación General Roca CDR, ubicada en Hipólito Yrigoyen 391.

Continuar leyendo

Judiciales

Préstamos online: Qué valor tiene un contrato sin firma digital

La Justicia analizó reclamos iniciados por empresas financieras y estableció un criterio: los contratos electrónicos sin firma digital no habilitan, por sí solos, la vía ejecutiva.

el

¿Qué pasa si una persona toma un préstamo online sin firma digital? El fuero Civil de Cipolletti analizó reclamos iniciados por empresas financieras y estableció un criterio: los contratos electrónicos sin firma digital no habilitan, por sí solos, la vía ejecutiva.

Las decisiones surgieron en varios expedientes tramitados en Cipolletti. En esos casos, las empresas invocaron contratos celebrados a distancia, a través de plataformas digitales. Luego pidieron la preparación de la vía ejecutiva para reclamar supuestos saldos impagos. Los fallos rechazaron esas presentaciones porque la documentación acompañada no contenía firma manuscrita ni firma digital de las personas reclamadas.

La preparación de la vía ejecutiva no es todavía una ejecución. Es un trámite previo que busca transformar un documento en un título ejecutivo. Con ese título, luego sí, la parte que reclama puede iniciar un proceso más rápido para cobrar la deuda. Ese proceso puede habilitar medidas sobre el patrimonio de la persona reclamada, como embargos sobre cuentas, ingresos o bienes, siempre que el documento tenga fuerza suficiente según la ley.

En el esquema tradicional, la empresa acompaña un contrato con firma ológrafa. En ese caso, se cita a la persona reclamada para que reconozca o desconozca la firma atribuida en el documento. Si la persona no la reconoce, el trámite puede avanzar con una pericia caligráfica. Ese mecanismo parte de un dato material: existe una firma que puede ser reconocida o sometida a análisis técnico.

El problema en los contratos online examinados fue distinto. Los documentos no tenían firma manuscrita ni firma digital. Según las presentaciones, la contratación se produjo mediante una plataforma, con validaciones de datos, constancias digitales y remisión de documentación, como una foto del DNI. Para los Juzgados, esos elementos no reemplazaron la firma exigida para habilitar la preparación de la vía ejecutiva.

En las sentencias, las Unidades Jurisdiccionales Civiles de Cipolletti señalaron que no toda contratación electrónica tiene el mismo efecto procesal. Las resoluciones diferenciaron la firma digital de la firma electrónica. La primera fue equiparada por la ley a la firma manuscrita. La segunda puede servir como prueba de una manifestación de voluntad, pero no tiene las mismas presunciones legales.

En los préstamos online, la firma electrónica también puede consistir en una aceptación realizada dentro de una plataforma digital, el uso de una clave, un token, un código enviado por mensaje o correo electrónico, o la confirmación de términos y condiciones mediante una aplicación. A diferencia de la firma digital, no cuenta con un certificado oficial que la equipare automáticamente a la firma manuscrita. Por eso, si una empresa la invoca en un reclamo, debe probar su validez, su autoría y su eficacia.

Ese punto resultó central. Los fallos indicaron que, para habilitar la preparación de la vía ejecutiva, el documento base debe reunir las condiciones de un instrumento privado en los términos del Código Procesal Civil y Comercial. En los casos analizados, los fallos consideraron que las empresas presentaron instrumentos particulares no firmados, cuyo valor probatorio debía evaluarse en otro tipo de proceso, con mayor debate y prueba.

En términos prácticos, el criterio fijó un límite para los reclamos basados solo en constancias digitales: sin firma manuscrita o digital, la empresa no puede acceder directamente a ese trámite más rápido y debe acudir a un proceso con mayor posibilidad de debate y prueba.

Las resoluciones citaron el artículo 288 del Código Civil y Comercial y la Ley de Firma Digital. También recordaron que la firma digital cuenta con una estructura de certificación que permite equipararla a la firma manuscrita. En cambio, cuando se invoca una firma electrónica, la parte que la presenta debe probar su validez, su autoría y su eficacia.

Los fallos aclararon que el rechazo de la preparación de vía ejecutiva no implica una decisión sobre la existencia de las deudas ni sobre su alcance. Tampoco descartaron la validez de las contrataciones electrónicas. Lo que resolvieron fue que esos reclamos, con la documentación presentada, no podían avanzar por ese trámite previo y debían canalizarse por la vía procesal correspondiente.

Para las personas usuarias de servicios financieros digitales, las sentencias ofrecen una pauta concreta: antes de contratar un préstamo online conviene revisar qué tipo de firma se utiliza, qué documentación queda disponible y qué mecanismos de validación respalda la operación.

Por el momento se trata de sentencias de primera instancia que aún no están firmes porque ya fueron apeladas.

Continuar leyendo
Advertisement
Advertisement
Advertisement
Advertisement
Advertisement