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IPROSS deberá pagar $15000 por día por no cubrir un tratamiento de fertilización asistida

La demanda la realizó una pareja que reside en el Alto Valle. Desde la justicia advierten que el monto por día podría duplicarse.

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La titular del Juzgado Civil de Primera Instancia Nº 3 de Roca ordenó a la obra social Ipross pagar una multa de 15.000 pesos por cada día de demora en el cumplimiento de una sentencia de amparo que obliga al organismo a cubrir el tratamiento de fertilización asistida a una pareja radicada en el Alto Valle. La sentencia de amparo, que está firme, se dictó el 27 de abril de 2017 y ordenó a Ipross «la cobertura de los gastos de tratamiento de fertilización asistida de alta complejidad mediante transferencia de embriones criopreservados» a realizarse en un centro especializado ubicado en Bariloche. El cumplimiento de aquel fallo se intimó con astreintes de $5.000 por cada día de retraso que eventualmente se registrase.

Llegado el 15 de mayo y verificado el incumplimiento, se hizo efectivo el apercibimiento -es decir, se condenó a pagar las astreintes acumuladas hasta ese momento- y se aumentó el valor de la multa hacia el futuro a la suma de 10.000 pesos diarios. En tanto que el pasado 6 de junio, estando aún incumplida la orden judicial, se hizo efectivo el segundo apercibimiento y se aumentó el monto de la multa diaria a $15.000.

«Tal conducta omisiva de la demandada se erige como de suma gravedad, atentatoria y violatoria no sólo de los derechos constitucionales ya abordados respecto de los amparistas sino de los constitutivos al Estado de Derecho: principio de división de poderes, cumplimiento de los fallos judiciales que han pasado en autoridad de cosa juzgada», señaló la jueza Andrea de la Iglesia en su última resolución.

Además, agregó en este caso una decisión directamente dirigida a las autoridades de la obra social, pues la jueza intimó a «Ipross y en la persona de su Presidente, para que en forma inmediata acredite el efectivo cumplimiento de lo ordenado en la sentencia (…) bajo apercibimiento de elevar las astreintes a la suma de $30.000 por cada día de retraso/incumplimiento (…) y bajo apercibimiento de incurrir el responsable de tal institución en el delito de desobediencia a una orden judicial».

La decisión judicial se basa en «la resistencia» de la obra social a cumplir la sentencia inicial y en la urgencia denunciada por los amparistas, puesto que «de no realizarse en agosto del corriente año el aludido tratamiento se perderán los embriones crioconservados».

La multa conocida como astreintes es acumulativa y en este caso deberá tener como beneficiarios a los amparistas.

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Violencia laboral: Se registraron 145 denuncias durante el 2025 en Río Negro

Representaron el 3,6% de la demanda anual del sector.

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Durante los doce meses de 2025, el Poder Judicial de Río Negro tramitó 145 denuncias por violencia laboral. Estas demandas, encuadradas en el artículo 72 de la Ley N° 5631, representaron el 3,6% de la demanda anual del sector.

La Ley de Procedimiento Laboral 5631 rige en la provincia desde el 16 de marzo de 2023. En materia de violencia, su artículo 72 habilita la promoción de un juicio sumarísimo cuando una persona dependiente resulta víctima de acoso en el entorno laboral.

La norma contempla la violencia, el acoso o cualquier comportamiento que busque provocar, directa o indirectamente, daño físico, psicológico o moral. Este puede manifestarse como amenaza o acción consumada, ejercida por superiores jerárquicos, colegas del mismo rango o personas de menor jerarquía.

Las actuaciones deben regirse por los principios de celeridad, reserva, confidencialidad, autonomía, gratuidad y no revictimización. Las denuncias pueden presentarse por medios digitales, electrónicos, telefónicos o cualquier otra vía disponible.

La Ley N° 5631 es única en el país, ya que permite la litigación remota e incorpora un capítulo específico sobre violencia laboral.

Durante el año 2025 completo, el Fuero del Trabajo recibió 3.925 expedientes nuevos. En ese mismo periodo se dictaron 4.400 sentencias que pusieron fin a causas y se realizaron 2.074 audiencias, entre conciliaciones y vistas de causa. Específicamente sobre la temática de violencia laboral, se llevaron adelante 273 audiencias en toda la provincia, cifra que superó las 196 intervenciones registradas el año anterior.

La información surge del informe elaborado por el Centro de Planificación Estratégica del Superior Tribunal de Justicia.

El Fuero del Trabajo provincial está compuesto por una Cámara del Trabajo en Viedma, dos en Roca, otras dos en Bariloche y una en Cipolletti. Todas administran sus causas mediante el modelo de Oficinas de Tramitación Integral, que separa las funciones jurisdiccionales de las administrativas. Estas oficinas gestionan tareas como ejecuciones de sentencias, homologaciones, liquidaciones, transferencias y pagos, entre otras.

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Subieron los divorcios en Río Negro: Durante 2025 se registraron 1.277 trámites

No obstante, 2023 sigue siendo el año con la cifra más alta de la última década: se dictaron 1529 sentencias de disolución del vínculo matrimonial.

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Durante 2025, los Juzgados y Unidades Procesales de Familia de Río Negro registraron 1.277 trámites de divorcio. El dato surge del relevamiento anual del fuero y ubica a ese tipo de proceso entre los más frecuentes dentro de la conflictividad familiar.

En todo 2024 se iniciaron 1.240 expedientes por disolución del vínculo matrimonial. Un año antes, en 2023, se dictaron 1.529 sentencias de divorcio, la cifra más alta en al menos una década. En 2022 se habían contabilizado 1.204 y en 2021, un total de 1.333. En 2020, el Poder Judicial resolvió 910 divorcios. Entre 2016 y 2019 las cifras se mantuvieron relativamente estables: 1.400 en 2016, 1.395 en 2017, 1.426 en 2018 y 1.386 en 2019. En 2015 se registraron 903 y en 2014, un total de 1.078.

La disolución del vínculo matrimonial tramita en 16 organismos judiciales distribuidos en todo el territorio provincial. En Viedma y Roca funcionan varias unidades procesales. También se reciben causas en San Antonio Oeste, Villa Regina, Luis Beltrán, Bariloche, El Bolsón y Cipolletti.

El divorcio se produce cuando una o ambas personas que integran el matrimonio solicitan judicialmente la disolución del vínculo. A partir de allí, si existen cuestiones pendientes, como cuidado personal, alimentos o distribución de bienes, esas cuestiones continúan su trámite por las vías que correspondan.

El año pasado algunos divorcios se resolvieron en menos de una semana, ya que no había hijos ni bienes en común. Hoy el trámite no exige dar motivos del pedido del cese del vínculo, basta con la voluntad de alguno de los integrantes de la pareja.

Respecto a la resolución de los conflictos, en 2025 se dictaron 11.150 sentencias de finalización en toda la provincia, cifra que incluye fallos definitivos, interlocutorios, monitorios y homologaciones. Además, la magistratura llevó adelante un total de 5.975 audiencias, entre las cuales destacaron las preliminares y las instancias de escucha a niños, niñas y adolescentes. La gestión se apoyó en la labor de las Oficinas de Tramitación Integral de Familia, modelo que permite reducir la carga administrativa sobre los jueces y juezas para concentrar la tarea en las resoluciones jurisdiccionales.

La información surge del informe elaborado por el Centro de Planificación Estratégica del Superior Tribunal de Justicia.

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La Justicia ordenó avanzar con el traslado del chimpancé Toti a un centro especializado en Inglaterra

Los informes concluyen que el animal está en condiciones de afrontar un traslado internacional planificado, con riesgos controlables y bajo supervisión especializada.

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El fuero de Familia de Roca dispuso que el chimpancé Toti sea trasladado al centro especializado Monkey World Ape Rescue Centre, en Inglaterra, al considerar que se encuentran dadas las condiciones sanitarias y técnicas para concretar el proceso.

La decisión se enmarca en la etapa de ejecución de la sentencia dictada en la causa impulsada por la Asociación de Funcionarios y Abogados por los Derechos de los Animales (AFADA). El fallo original, que ordenó el traslado, fue confirmado por el Superior Tribunal de Justicia de Río Negro y quedó firme tras la intervención de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Durante más de un año, equipos técnicos de la Fundación Franz Weber y del Instituto Jane Goodall Argentina llevaron adelante la evaluación y preparación de Toti. Los informes concluyen que el animal está en condiciones de afrontar un traslado internacional planificado, con riesgos controlables y bajo supervisión especializada.

El destino elegido, Monkey World, fue considerado el más adecuado por su experiencia en rehabilitación de chimpancés provenientes de cautiverio y por ofrecer condiciones que permiten la socialización con otros individuos de su especie, un aspecto clave para su bienestar.

La resolución también establece que la Fundación Franz Weber y el Instituto Jane Goodall Argentina continuarán a cargo de la planificación técnica, sanitaria y logística del traslado, asumiendo los costos del proceso. En tanto, la Fundación Bubalco deberá colaborar con las tareas preparatorias y facilitar la documentación necesaria.

El fallo destacó que, si bien el traslado implica riesgos, estos resultan mitigables y deben ponderarse frente a la posibilidad de garantizar a Toti una mejora sustancial y duradera en sus condiciones de vida.

Con esta decisión, se abre una nueva etapa orientada a concretar el traslado, que incluirá la continuidad del entrenamiento del animal, controles veterinarios, gestiones administrativas y coordinación internacional.

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