Judiciales
Desde hoy, rige la Reforma Procesal Penal en toda la provincia
En los últimos días se realizaron pruebas de compatibilidad entre los sistemas informáticos específicos para la reforma de la Judicatura y del Ministerio Público, de manera que estén integrados. Las pruebas fueron satisfactorias.

Más de 20 salas de audiencias y 6 salas de reconocimiento en igual cantidad de ciudades de la provincia ya están disponibles, con la tecnología necesaria, para dar comienzo a la Reforma Procesal Penal. Así lo destacó ayer el presidente del STJ, Ricardo Apcarián, al ser consultado sobre los cambios edilicios y tecnológicos. En los últimos 15 días se trabajó en los ajustes operativos de las cámaras de video y pruebas de sonido, además de los ajustes que requirió el software de dichas salas. El trabajo se realizó desde el área de Informatización de la Gestión Judicial, junto a la Oficina Judicial y a los operadores.
A partir de estos cambios tecnológicos, las ruedas de reconocimiento se filman y tienen interconexión de audio. En total son seis salas en la provincia, ubicadas en las ciudades de Viedma, Bariloche, Roca, Cipolletti, Villa Regina y Choele Choel.
En los últimos días, además, se realizaron las pruebas de compatibilidad entre los sistemas informáticos específicos para la reforma de la Judicatura y del Ministerio Público, de manera que estén integrados. Las pruebas resultaron satisfactorias.
En cuanto a las cuestiones edilicias, en Viedma terminaron todas las obras previstas. Se reformaron 5 salas de audiencias, incluida la reconversión del auditorio. Se sumaron dos edificios nuevos, uno para Fiscalía y otros para las Oficinas Judiciales y el Foro de Jueces. Los sistemas de conexión también terminados. En Roca están terminadas las obras de reacondicionamiento en la ciudad judicial. Tiene 6 salas de audiencias, la Oficina Judicial y el Foro de Jueces. Culminó la mudanza el fin de semana. Mientras tanto en Cipolletti está culminada la oficina judicial, el edificio de las Fiscalías y tiene 4 salas de audiencias operativas. Se trabaja en una quinta sala.
Por su parte, en Bariloche se cuenta dos salas de audiencias operativas más una en condiciones de ser utilizada. La sala de reconocimiento fue equipada de manera completa con la nueva tecnología. La Oficina Judicial cuenta la mesa de entradas operativa, mientras se trabaja en la parte edilicia para su localización definitiva. El Foro de jueces ya está emplazado en su lugar definitivo. Se inauguró un edificio para la Procuración. Justamente las Fiscalías fueron priorizadas dado su rol determinante en la investigación. La mudanza permitió comenzar las obras en el Pilmaiquén, donde se invertirán 12 millones de pesos para mejorar distintos fueros. Las labores se extenderán hasta noviembre.
Asimismo, en Villa Regina se culminó el inmueble de las Fiscalías, la sala de audiencias, la sala de reconocimiento y la Oficina Judicial y en Choele Choel se readecuó el inmueble original y se hizo una sala de audiencias completamente nueva.
Además, durante la feria se trabajó en las mudanzas y el traspaso de personal, que requirió de una coordinación específica para alterar lo menos posible el servicio de justicia que se presta diariamente. Ya se completó el grueso y restan escasos movimientos. 51 personas pasaron al Ministerio Público, además de los secretarios de Roca, Villa Regina y Choele. Este traspaso se dio de manera ordenada mediante una acordada firmada por los jueces del STJ y la Procuración.
En cuanto a los expedientes, se trabajó todo el año, pero a partir del 3 de julio, por Acordada del STJ, comenzó el traspaso final a las Fiscalías. Al día de hoy, aproximadamente 10 mil fueron remitidos tras el trabajo conjunto.
Apcarián dijo en este sentido que que “el personal de la Oficina Judicial estuvo estimado por defecto, no por exceso. Nosotros tomamos la media de todos los Poderes Judiciales que están con este sistema y lo calculamos en menos, así que creemos que con menos de esa gente no se puede trabajar”.
Luego resaltó “la complejidad de la Oficina Judicial que tiene inclusive una unidad de transición, tiene el control de la probation también, no sólo el manejo de la agenda”. Destacó que es el corazón del nuevo sistema.
También destacó que “el Poder Judicial ha incorporado muchísima tecnología para videofilmar y grabar todas las audiencias, tenemos cámaras que graban en 360°, también se han completado seis salas de reconocimiento de personas que van a ser con sistema de grabación a lo largo y ancho de toda provincia. La inversión es de más de 40.000.000 de pesos y hemos desarrollado un sistema propio con nuestra gerencia de sistema y creemos que es superador de lo que hay en el país en cuanto a la tecnología y a las posibilidades de desarrollo que aún tiene para adelante”.
Luego anticipó que ya están “las notas de los Jurados para los Jueces de Juicio y garantía que están pendientes de designación, estimamos que la primera quincena de agosto o hasta el 20 vamos a estar terminando las designaciones de todos los jueces de garantías necesarios para hacer el proceso sin sobresaltos”.
También se refirió a los amplios programas de capacitación que se ejecutaron en el último año y medio. Finalmente, agregó que “el Poder Judicial está preparado, hemos trabajado a conciencia, nuestro personal se ha esforzado muchísimo, ha trabajado fines de semana completos para evitar todo lo posible que haya errores o fallas en el sistema. Obviamente puede haber fallas, porque me parece un acto de soberbia decir que no puede haber errores o fallas con un sistema totalmente nuevo”.
Judiciales
Imputaron a un hombre de 46 años por grooming
A través de Instagram y WhatsApp, el acusado habría contactado a dos chicos, ambos de 14 años, fingiendo ser una adolescente de la misma edad.

El Ministerio Público Fiscal formuló cargos a un hombre de 46 años por grooming cometido contra dos adolescentes. La investigación se inició gracias al canal de comunicación asertivo existente entre las familias y los chicos, la rápida radicación de la denuncia y el accionar judicial.
Los hechos que fueron investigados para la concreción de la imputación de hoy (11/11) sucedieron en diciembre del año pasado, cuando «en varias oportunidades, a través de Instagram y WhatsApp el imputado contactó a dos chicos, ambos de 14 años, fingiendo ser una adolescente de la misma edad».
«Durante esas conversaciones, el imputado les solicitaba que se saquen fotos de contenido sexual o desnudos y se las envíen, todo ello con el propósito de cometer delitos contra la integridad sexual de las víctimas», explicó la fiscal adjunta.
La calificación legal por la cual se tuvieron por formulados los cargos es «grooming o acoso electrónico a menores con afectación a la Ley 26.061, de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, dos hechos en concurso real», siendo responsable a título de autor, de conformidad con los Arts. 131, 55 y 45 del Código Penal.
Entre el sustento probatorio mencionado por la Fiscalía se encuentran las denuncias realizadas por las progenitoras de los adolescentes, la entrevista a una allegada a las familias, el informe de la División Judicial de Investigaciones, el acta de allanamiento al domicilio del imputado.
Se suman los múltiples informes y análisis técnicos de la Oficina de Investigación de Telecomunicaciones (OITel) dependiente de Procuración General, la extracción forense a los dispositivos secuestrados. La intervención del Laboratorio de Informática Forense del Poder Judicial, la intervención de la Oficina de Atención a la Víctima (OFAVI) de Procuración General, las declaraciones en Cámara Gesell y los respectivos informes.
El hombre fue asistido por la defensa penal pública que no realizó objeciones formales a la imputación como tampoco a las medidas cautelares que tienen que ver con que su asistido tiene prohibido acercarse y/o hostigar a las víctimas, a sus familias por cualquier tipo de medio personal o digital, presentaciones personales en fiscalía y no cambiar de domicilio.
Todo ello bajo apercibimiento de que si el hombre incumple esas medidas se le inicie una causa por desobediencia a una orden judicial y la Fiscalía solicite su detención.
Finalmente, el juez de Garantías interviniente tuvo por formulados los cargos e hizo lugar a las medidas cautelares.
Judiciales
Una escalada de violencia y una mujer que no se animó a contar su embarazo: Un fallo reconoce al padre biológico
El estudio pericial del Laboratorio de Genética Forense concluyó, con un grado de certeza del 99,99996%, que el hombre es el padre del chico.

Una pareja inició una relación de noviazgo. Al principio, todo funcionó con armonía, pero al poco tiempo surgieron comportamientos de control y agresión por parte del hombre. Los celos y los insultos fueron constantes. La violencia escaló hasta convertirse en violencia física. La mujer logró salir de esa relación y no volvió a tener contacto con él. Por temor a nuevas agresiones, no se animó a contarle que estaba esperando un hijo. Después, no supo más de su paradero.
El fuero de Familia de Luis Beltrán hizo lugar a la demanda de filiación paterna extramatrimonial. Después de unos años la mujer pudo iniciar la acción en representación de su hijo. Así, se probó que el hombre es el padre biológico del niño.
En un primer momento, el hombre no se presentó al trámite, por lo que se solicitó una muestra genética al abuelo paterno del niño. Los resultados demostraron coincidencia genética en la línea paterna.
Más adelante, y con la colaboración del Juzgado de Familia de otra provincia, se logró ubicar al hombre y realizar la extracción de ADN. El estudio pericial del Laboratorio de Genética Forense concluyó, con un grado de certeza del 99,99996%, que el hombre es el padre del chico.
La jueza consideró que debía garantizarse plenamente el derecho a la identidad del niño. El proceso se basó en la prueba genética, reconocida como medio decisivo en casos de filiación.
El fallo ordenó reconocer al hombre como padre biológico del niño. También dispuso la rectificación del acta de nacimiento, que ahora incluirá el apellido materno seguido del paterno.
La sentencia valoró el derecho del niño a conocer su identidad y origen, en consonancia con los principios de la Convención sobre los Derechos del Niño y con las normas del Código Civil y Comercial
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Les prometieron un barrio residencial y levantaron un edificio: Condenan a la empresa constructora
Un vecino roquense inició una demanda ya que comenzaron a construir un edificio de 24 departamentos en dos plantas al lado de su casa.

El hombre recibió un folleto con una oferta prometedora: un proyecto urbano en un barrio residencial de Roca. En el lugar se construirían viviendas unifamiliares, sin locales comerciales ni grandes edificaciones. La empresa ofrecía lotes con servicios básicos, cordón cuneta y asfalto.
Las condiciones fueron decisivas para la compra, y el hombre inició su proyecto en ese entorno tranquilo. Construyó su vivienda, luego la amplió, parquizó el terreno e instaló una pileta.
Todo avanzaba según lo previsto hasta que, una mañana, el paisaje urbano comenzó a transformarse. La misma empresa que vendió los lotes inició, junto a su casa, una construcción de 24 departamentos distribuidos en dos plantas, con dos locales comerciales. La obra alcanza los 12 metros de altura y más de 2.300 metros cuadrados.
El fuero Civil de Roca hizo lugar a la demanda por daños y perjuicios presentada por el hombre contra la empresa. El fallo determinó que la firma deberá afrontar el daño patrimonial, el daño extrapatrimonial y una sanción punitiva.
El damnificado denunció que la construcción afectó de forma grave su privacidad, tranquilidad y proyecto habitacional. Detalló, además, molestias constantes como ruidos, invasión de su propiedad y trato hostil por parte del personal de la obra. Ante la falta de respuesta de la empresa, presentó denuncias ante la Municipalidad de Roca, que constató infracciones por ruidos y horarios indebidos.
La jueza consideró que la obligación de brindar información precontractual se basa en la buena fe. Señaló que quien posee la información domina el contrato. En ese contexto, debe existir un equilibrio en las relaciones de consumo.
Afirmó que el ejercicio de una posición dominante por parte de la empresa, como desarrolladora, vendedora y constructora del loteo, por sobre el derecho del actor a conservar las condiciones de su zonificación, representa un grave menosprecio de los derechos del consumidor, a la luz de la buena fe y las reglas de convivencia urbana, con el único fin de obtener un beneficio económico.
Los peritos describieron la obra como una construcción de gran escala, incompatible con el uso residencial exclusivo. También se acreditó una disminución del 30% en el valor del inmueble del hombre y una afectación emocional de carácter permanente.
El fallo concluyó que la empresa incumplió con su deber informativo al omitir las verdaderas condiciones del barrio. A pesar de contar con habilitación municipal, actuó con deslealtad al construir un complejo incompatible con el espíritu de la oferta inicial.






