Judiciales
¿Cómo interviene la Defensa Pública frente a casos de violencia de género?
La Defensora Civil del Ministerio Público de la Defensa, Ana María Streidenberger y la responsable de la oficina de Servicio Social de la II Circunscripción Judicial, Celeste Vicente, explican los mecanismos que se emplean.

“Una persona se acerca a la Defensa, plantea una situación de violencia, realizamos una primera evaluación del caso y actuamos de manera urgente”, explica la Defensora Civil del Ministerio Público de la Defensa, Ana María Streidenberger acerca de cómo se instrumenta la intervención frente a la violencia de género y doméstica.
Son varios los organismos que pueden activar frente a estas situaciones, es así que tal como comentó Streidenberger, el Juzgado de Paz puede “tomar una primera medida, como también la Comisaría de la Mujer. Nosotros acá hacemos un planteo judicial en los Juzgados de Familia y solicitamos medidas cautelares, tales como una prohibición de acercamiento Ley 3040, una exclusión del hogar, rondines policiales en la zona de la vivienda de la víctima. Y activamos la red de contención y de abordaje de la problemática, realizando un trabajo de fondo que consiste en fortalecer a la víctima de la mano de varias instituciones. Lo hacemos a través de la ONG Quillahua, del Consejo de la Mujer dependiente de Desarrollo Social de la Provincia, del Municipio de Roca, del área de Salud Mental del Hospital”.
“Y los hijos de esas parejas cobran protagonismo también”, señala tanto la defensora civil como la responsable de la oficina de Servicio Social de la II Circunscripción Judicial, Celeste Vicente. “Esos niños están atravesados por la violencia, son víctimas, aunque no sea dirigida a ellos directamente. Hay riesgos que son necesarios preveer cuando solicitamos las medidas cautelares y cuando se continúa con la intervención”, afirma Vicente. Streidenberger agrega “se obra con mucha cautela cuando hay chicos de por medio, se evalúa con proporcionalidad, ya que cuando solicitamos la medida de la ley 3040, es subsidiario a ella el régimen de alimentos y de comunicación, ambos provisorios. Ello es para salvaguardar a los pequeños”.
¿Cómo se trabaja?
“Tenemos buena recepción de las demandas urgentes por parte de los Juzgados de Familia que actúan con celeridad respecto de estos casos. Se trabaja desde la urgencia porque la violencia no espera. Cuando llegan aquí puede ser que ya hayan vivido varios episodios. A través de las entrevistas que instrumentalizamos intentamos que la víctima visualice lo que está atravesando, sabe que la situación que vive no es saludable pero no logra ver el riesgo latente. Nosotros somos conscientes que esos episodios seguirán en escala”, explicitan ambas especialistas.
También aclaran que una misma situación puede ser de violencia para algunos, pero no para otros. “Depende de cómo se planten frente a ello, con qué herramientas cuentan, cuál es la red de contención propia, si tienen contacto con su familia de origen, si tienen amigos, trabajo, y cómo frente a un primer episodio o indicio ellos mismos tomen medidas de protección”.
¿Cómo se identifica una situación de este tipo?
“Cuando le provoca o produce un menoscabo en su libertad, en su accionar, en su psicología. No le permite desarrollar su cotidianidad sin coaccionarse ni sentir que está siendo coactada”. Ambas representantes del Ministerio Público de la Defensa coinciden en que las causas de violencia se han multiplicado por la pauperización de la economía y porque hay más publicidad acerca de la temática.
Cabe destacar que los denunciantes no tienen porque ser necesariamente las víctimas directas. “Los familiares, los amigos, las instituciones pueden venir aquí y realizar una denuncia anónima”. Más allá de esto, una vez que se la recepciona, se contacta y se cita a la mujer a los efectos de saber si desea y puede sostener la denuncia.
Propuestas hacia adelante
“Somos conscientes que es necesario deconstruir la manera de pensar hacia la mujer, hay que trabajar tanto con la víctima como con el victimario. Hay que re-educar, y no sólo desde la cuestión psicológica, sino también desde lo interdisciplinario, que no sea sólo de manera individual sino grupal”, afirma Vicente.
En la ciudad de General Roca sería conveniente contar con un refugio para completar con la asistencia. “En una primera etapa, hasta que las aguas logren tranquilizarse hay que sostener económica y psicológicamente a la víctima, y un espacio de ese tipo nos ayudaría a fortalecer lo que ya hemos logrado con el trabajo en red con las instituciones y ONGs”, explica Ana María Streidenberger.
Ambas especialistas coinciden que es muy gratificante cuando se logra a través de esa intervención en conjunto que las víctimas generen autonomía. “Aprenden un oficio, retoman sus estudios, realizan trámites necesarios para lograr bienestar. Cambia hasta su actitud física y gestual, y eso lo vemos aquí”, comenta la defensora oficial.
Judiciales
El lunes se realizará el sorteo de jurados populares para los próximos 2 años
Se seleccionarán 3.600 personas que podrán ser convocadas para integrar tribunales populares durante los años 2026 y 2027.

El próximo 3 de noviembre se realizará el sorteo de potenciales jurados populares del Poder Judicial de Río Negro, mediante el cual se seleccionarán 3.600 personas que podrán ser convocadas para integrar tribunales populares durante los años 2026 y 2027.
El procedimiento, tal como lo establece el Código Procesal Penal, será supervisado por el Juzgado Electoral Provincial y estará a cargo de Lotería de Río Negro. Se trata de un acto público que garantiza la transparencia del proceso y la participación ciudadana en la administración de justicia penal.
El sorteo podrá seguirse en vivo a través del canal de YouTube y del Facebook oficial de Lotería de Río Negro.
En total se sortearán 1.800 mujeres y 1.800 varones del padrón electoral provincial. En la Primera Circunscripción, con asiento en Viedma, se seleccionarán 300 mujeres y 300 varones. En las circunscripciones con cabecera en General Roca, Bariloche y Cipolletti se sortearán 500 mujeres y 500 varones en cada una.
Una vez realizado el sorteo, las personas seleccionadas serán contactadas por las Oficinas Judiciales Penales de cada circunscripción, donde recibirán información sobre los pasos a seguir y las vías de contacto disponibles.
A cada persona sorteada se le enviará una comunicación oficial con una nota de la Oficina Judicial Penal, un formulario de declaración jurada y un sobre para la respuesta, que podrá remitirse gratuitamente por Correo Argentino o completarse de manera digital en la página web jurados.jusrionegro.gov.ar.
Los datos recabados permitirán efectuar una primera verificación para descartar incompatibilidades o impedimentos legales que impidan integrar un tribunal popular. Toda la información es tratada con carácter confidencial por las Unidades de Juicios por Jurados de cada circunscripción.
Como en anteriores sorteos, se recuerda que ningún funcionario o funcionaria judicial solicitará datos bancarios, claves digitales ni información personal sensible.
Desde que entró en vigencia la modalidad de juicio por jurados en la provincia de Río Negro, las personas seleccionadas mediante sorteo participan directamente en los procesos penales más graves y públicos. El sistema establece que el jurado popular esté integrado por 12 miembros cuando el fiscal anticipa que solicitará una pena mayor a doce años de prisión.
Para ser parte de un jurado popular en Río Negro se requiere ser argentino o argentina, tener más de 18 años y residir en la zona donde ocurrió el delito. Además, no deben registrarse condenas por delitos dolosos. Están excluidas las personas que ejerzan profesiones jurídicas, como abogados o funcionarias y funcionarios judiciales, así como también las y los auxiliares de justicia, integrantes activos de las fuerzas de seguridad y referentes religiosos.
Judiciales
El hombre solicitó el divorcio y ella dijo que seguían en pareja: La sola petición basta para la disolución
El fallo ordenó librar un oficio digital a la Dirección del Registro Civil y Capacidad de las Personas de la provincia para confeccionar las modificaciones en el acta de matrimonio.

Tras 44 años de matrimonio, un hombre de Roca inició en el Poder Judicial los trámites de divorcio. En su presentación explicó que está separado de hecho de la madre de su hijo desde hace 16 años. Además, informó que no existen bienes gananciales para dividir.
La mujer se presentó en el proceso y expuso una versión distinta. Afirmó que viven en casas separadas, pero que siguen siendo pareja. Añadió que el hombre se encuentra en una edad avanzada y que las hijas de él podrían estar impulsando el divorcio.
El fuero de Familia de Roca decretó el divorcio y dio por disuelto el régimen ganancial. Al tratarse de un divorcio vincular, no es necesario analizar causales. La sola petición de uno de los cónyuges basta para la disolución.
El Juzgado aclaró que cualquier sospecha o situación futura vinculada a la capacidad o al consentimiento del hombre deberá tramitarse en un nuevo proceso judicial, independiente del divorcio.
Si existiera una situación de vulnerabilidad del hombre y la intención de terceros de promover el divorcio, además de derivar responsabilidades, podría motivar la nulidad de lo actuado.
El Juzgado recordó que la capacidad se presume legalmente y que basta la voluntad de uno solo de los cónyuges para solicitar el divorcio. Además, el fuero de familia consideró que la oposición de la mujer se basó en sospechas no acreditadas.
El fallo ordenó librar un oficio digital a la Dirección del Registro Civil y Capacidad de las Personas de la provincia para confeccionar las modificaciones en el acta de matrimonio.
Judiciales
En pleno enero esperaron 15 horas a la grúa con un calor sofocante: El seguro deberá responder
Fue en la Ruta Nacional N° 250, en cercanías a Pomona.

Una mujer que viajaba desde Choele Choel hacia Viedma sufrió un desperfecto mecánico en la Ruta Nacional N° 250, cerca de Pomona. Eran las 5 de la tarde, en pleno enero. El calor era sofocante, la temperatura superaba los 40°C. En el vehículo se trasladaba junto a su sobrina. Llamó al seguro. Su póliza incluía servicio de grúa las 24 horas. Desde la empresa aseguradora le informaron que el remolque demoraría aproximadamente 4 horas. Pero recién llegó a la mañana siguiente.
A las pocas horas de espera, el vehículo quedó sin batería, lo que las obligó a permanecer sin aire acondicionado ni posibilidad de comunicación constante. Se comunicaron repetidamente con el número de la aseguradora, pero sin soluciones.
Cerca de las 8, apareció el vehículo de remolque, cuando el sol ya volvía a levantar la temperatura sobre el asfalto. Así, las dos mujeres pasaron más de 15 horas dentro del auto, sin poder desplazarse, en un tramo desolado de la ruta y con escasa señal telefónica.
Durante la noche permanecieron en el vehículo con las ventanillas abiertas para soportar el calor que aún a medianoche seguía siendo intenso. La sentencia destacó las condiciones climáticas extremas y la situación de vulnerabilidad que atravesaron, sin agua ni información precisa sobre la hora en que llegaría la asistencia. La mujer realizó reiteradas llamadas al servicio de auxilio, pero solo recibía respuestas evasivas o nuevos plazos que nunca se cumplieron.
El fuero civil de Viedma consideró probado el incumplimiento contractual por parte de la aseguradora, al no brindar el servicio en tiempo y forma pese a ofrecerlo como disponible las 24 horas, los 365 días del año. Valoró además que la empresa no aportó los registros de las comunicaciones ni justificó la demora, lo que reforzó su responsabilidad.
El caso se resolvió mediante un proceso de tramitación simplificada, una modalidad prevista en el Código Procesal Civil, Comercial y de Minería de Río Negro para causas de baja complejidad, como las de consumo. Este procedimiento permite concentrar todo el debate en una única audiencia multipropósito, donde se producen las pruebas, se escuchan los alegatos y el juez o jueza puede dictar sentencia de forma oral o escrita en plazos abreviados. Su objetivo es agilizar los procesos y garantizar una respuesta judicial más rápida en conflictos que no requieren un trámite extenso.
La resolución consideró acreditado el daño moral derivado de la angustia, el desamparo y la incertidumbre que vivieron las ocupantes del vehículo durante toda la noche, expuestas al calor y a la oscuridad de la ruta. También ordenó una reparación ejemplificadora y dispuso que la aseguradora publique la decisión en un medio digital, como medida disuasiva frente a prácticas que vulneran los derechos de las y los consumidores.






