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Río Negro

Buscan conformar una ventanilla única entre AFIP y Rentas de la provincia

El gobernador Weretilneck firmó con Abad un acuerdo que ratifica el trabajo conjunto entre la AFIP y la Agencia de Recaudación Tributaria de Río Negro.

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Ventanilla única, simplificación de trámites para la creación de empresas y sistema de oficios judiciales, son algunos de los puntos que el área de Economía de la Provincia y AFIP trabajarán en conjunto a partir del convenio rubricado hoy entre el gobernador de Río Negro, Alberto Weretilneck y Alberto Abad, titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

Del encuentro participó también el secretario de Estado de Trabajo, Lucas Pica. En el mismo se firmó el convenio en el que se acuerda profundizar sus vínculos de cooperación mutua a través de planes de trabajo conjuntos, con el fin de optimizar la gestión en sus ámbitos de competencia y contribuir a su fortalecimiento institucional.

Asimismo, se ratifica la continuidad de acciones de colaboración que se vienen ejecutando, promoviendo especialmente la reducción del costo administrativo al contribuyente a través del mejoramiento de los servicios y fortalecer el control tributario.

Al respecto, el gobernador Alberto Weretilneck destacó que “el objetivo de esta firma es unificar los trámites provinciales y nacionales en una ventanilla única”.

“Hoy un mismo trámite se debe realizar en las dos administraciones tributarias (nacional y provincial) situación que puede agilizarse utilizando desarrollos tecnológicos para que la carga de datos sea unificada bajo la seguridad que brinda la clave fiscal de AFIP. Este convenio es un gran paso para potenciar la modernización del Estado que venimos trabajando”, recalcó.

Por su parte, el ministro de Economía de Río Negro, Agustín Domingo, resaltó que “el convenio con AFIP involucra a varios sectores de la provincia, no solo alcanzando a la Agencia de Recaudación en cuanto a lo tributario sino a otros, como el área de Inspección General de Personas Jurídicas de Río Negro, ya que se dispone la creación de una ventanilla única y ágil para las empresas, sociedad o asociaciones”.

A partir de la firma del convenio se trabajará en implementar en el ámbito provincial la ventanilla única para impulsar la inscripción, registro, modificación, disolución y liquidación de sociedades, asociaciones y fundaciones utilizando el Servicio de Autenticación por Clave Fiscal y otros Web Services de AFIP.

En el mismo marco, la Provincia comenzará a aplicar el Sistema de Oficios Judiciales (SOJ), que administra la AFIP para la comunicación al Banco Central de las medidas cautelares ordenadas por los jueces. Este sistema permite la traba de embargos on line sobre la totalidad de cuentas bancarias de los contribuyentes que se encuentren en ejecución fiscal.

Se continuará potenciando el intercambio de información, fortaleciendo las acciones de control, y se evaluará la factibilidad de armonizar los procedimientos del Régimen Simplificado de Pequeños Contribuyentes Nacional con el régimen Provincial.

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Río Negro

Río Negro pagará aguinaldos el 19 y 20 de diciembre

Lo anunció el gobernador Weretilneck en sus redes sociales.

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El Gobierno de Río Negro pagará el segundo medio aguinaldo del año los días 19 y 20 de diciembre. Lo anunció el gobernador Alberto Weretilneck en sus redes sociales, quien afirmó que la decisión apunta a acompañar a las familias y al comercio local.

Con un gran esfuerzo presupuestario, la Provincia cumple con el pago antes de fin de año, garantizando previsibilidad para todo el personal estatal y dando un fuerte impulso a la economía.

Detalle del cronograma

Viernes 19/12

  • Salud Pública, guardias y horas extras de Salud
  • Policía de Río Negro y Servicio Penitenciario Provincial

Sábado 20/12

  • Docentes y porteros
  • Ley 1.844, Vialidad Rionegrina, pensiones de Bomberos Voluntarios
  • Poder Legislativo, Judicial y órganos de control

El gobernador Alberto Weretilneck destacó la importancia de este compromiso cumplido que “es una noticia que queríamos darles no sólo a los empleados públicos, sino también al comercio y a todas las familias que estaban esperando este anuncio”.

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Judiciales

Sentencia ordena el cese de una cuota alimentaria porque los hijos ya tienen 26, 27 y 37 años

La Justicia hizo lugar al pedido de un hombre jubilado que aún pagaba alimentos pese a que sus hijos son mayores y autónomos.

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Una sentencia ordenó el cese de una cuota alimentaria que un hombre pagaba desde hacía años a favor de sus tres hijos, quienes actualmente tienen 26, 27 y 37 años. La decisión se tomó luego de que el progenitor solicitara formalmente el cierre de la obligación, al considerar que la mayoría de edad y autonomía de los hijos tornaban improcedente la continuidad del régimen de alimentos. El hombre se había jubilado como policía federal.

Según surge del expediente, el pedido se presentó en noviembre y fue acompañado por las partidas de nacimiento. La jueza de Viedma verificó que los tres hijos habían superado ampliamente la edad prevista por la ley para la vigencia de la obligación alimentaria. Tal como indica la sentencia, «habiendo en consecuencia cesado ipso iure la obligación alimentaria del progenitor a su respecto», de conformidad con los artículos 658 y 663 del Código Civil y Comercial.

El fallo utiliza la expresión latina ipso iure, que significa «por el propio derecho» o «por el solo efecto de la ley». En este tipo de casos, implica que la obligación de pagar alimentos cesa de manera automática cuando los hijos alcanzan la mayoría de edad, sin necesidad de una resolución previa, salvo que existan circunstancias excepcionales que deban ser acreditadas.
De acuerdo a la normativa vigente, el cese de la cuota alimentaria requiere una solicitud previa por parte del aportante, no se realiza automáticamente.

El Tribunal resolvió hacer lugar al planteo del alimentante y ordenó el cese inmediato de la cuota que beneficiaba a los tres hijos adultos. Además, dispuso notificar a la persona que estaba autorizada a percibirla y emitir oficio a la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal para que deje sin efecto la retención.

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Judiciales

Caso Mandagaray: El STJ rechazó que el caso vaya a la Corte porque no hay sentencia definitiva

El máximo Tribunal provincial sostuvo que el planteo es prematuro y que el expediente debe continuar en la Justicia rionegrina.

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El Superior Tribunal de Justicia de Río Negro (STJ) rechazó el Recurso Extraordinario Federal en la causa donde se investigan responsabilidades por la muerte de Gabriel Mandagaray. De esta manera, el proceso continúa en el ámbito provincial y el próximo paso será el pronunciamiento del Tribunal de Impugnación. El máximo órgano rionegrino sostuvo que el planteo resulta prematuro, ya que «la sentencia objetada no posee la condición de definitiva ni equiparable».

El fallo recuerda que la resolución impugnada, que ordenó un nuevo examen integral, «no concluye el proceso, no define responsabilidad penal ni clausura la persecución, sino que se limita a disponer la nulidad de la revisión realizada por el TI 2 y a reenviar las actuaciones». En consecuencia, explicó el STJ, el agravio alegado «recién adquirirá entidad a los fines de la vía excepcional una vez emitido el pronunciamiento final».

La Corte Suprema tiene una doctrina de no admitir recursos cuando la sentencia no es definitiva. En el fallo se sostiene que «la ausencia del requisito de definitividad no se suple por la invocación de arbitrariedad o de garantías constitucionales que se estimen vulneradas».

Además, el STJ señaló que los recursos federales interpuestos no satisfacen los requisitos formales de la Acordada 4/2007 de la Corte Suprema. En el texto se consigna que las presentaciones «no desarrollan un relato claro y preciso de todas las circunstancias relevantes del caso», «no demuestran el gravamen ocasionado», «no refutan todos y cada uno de los fundamentos» de la sentencia impugnada y «no ponen en evidencia que medie una relación directa e inmediata entre las normas federales invocadas con lo debatido y resuelto en el caso».

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