Sociedad
«El hecho no va a quedar impune»
El abogado de la joven que denunció que fue brutalmente golpeada por su ex pareja, confía en que «se va a hacer Justicia» y que no influirá la decisión de la justicia en que el acusado «sea hijo de…».

Marcelo Eduardo Hertzriken Velasco, abogado de Carolina Bustelo -la joven que denunció civil y penalmente a su ex pareja por violencia de género-, dialogó con el programa Ahí Vamos (de lunes a viernes de 7 a 9 por La Super) y comentó detalles de la situación que generó muchísima repercusión en la opinión pública de la zona. En este sentido, manifestó que confía en que «el hecho no quede impune» y manifestó que «se comunicaron con nuestro estudio jurídico otras chicas que pasaron por situaciones similares con esta misma persona».
«Carolina Bustelo, que es la víctima, habiendo ya radicado una denuncia penal en la Comisaría de la Familia y una causa civil en el Juzgado de Paz por la denominada Ley N° 3040, viene a la consulta y refiere que en la madrugada del domingo, y mientras en su hogar estaba el hijo de la víctima de 15 años, junto a su pareja estaban en un local céntrico, y de un momento a otro el sujeto cambió repentinamente su humor o carácter. Allí decidieron retirarse juntos y arriba del vehículo del acusado, él la emprendió a golpes de puño», añadió.
Hertzriken Velasco indicó que «la víctima se quiso bajar en reiteradas oportunidades y esta persona le refirió que no se olvidara que tenía a su hijo en su casa, con lo cual Carolina no se bajó del automóvil. Ya en la casa, recibió una golpiza mayúscula ya que se quería retirar con su hijo y esta persona se lo impedía, es decir, la privó ilegitimamente de la libertad».
Aclaró no obstante el abogado que «no estamos hablando que sea el lugar de convivencia del sujeto, sino en otro domicilio familiar. No convivían ellos pero en ese momento estaban en un domicilio familiar de la persona acusada».
«Según relata la víctima en su acusación se trata de una relación corta, tienen aproximadamente siete meses juntos. Una vez habría existido una situación de violencia pero no causando lesiones físicas a la víctima como las del domingo pasado. Sí hubo agresión verbal», aseguró.
En este sentido, relató que la denunciante «quiere que el hecho no quede impune porque ella recibió ciertas recomendaciones de su círculo íntimo de que esta persona tendría antecedentes. Esto no debe llamar la atención, nosotros trabajamos con psicológas y asistentes sociales y no es novedoso que ante alguna situación de este tipo, cuando se hace público, aparecen casos anteriores».
«Durante el día de ayer, física y telefónicamente, se comunicaron cinco personas que tuvieron relación de noviazgo o pareja con la persona denunciada y que han vivido situaciones de análogas características, inclusive dos de ellas con denuncias penales también. Y según lo investigado por la propia víctima, habría entre tres o cuatro prohibiciones de acercamiento ante otras mujeres con las que tuvo relación», afirmó Hertzriken Velasco.
No obstante, aclaró que «ya se impuso una prohibición de acercamiento del acusado a la víctima, y se está avanzando para que esto sea debidamente esclarecido».
Finalmente, respecto a que el acusado es hijo de un ex juez y si eso puede influir en el proceso judicial, Hertzriken Velasco manifestó que «yo soy un convencido que no puede influir en la decisión de la Justicia de que esta persona sea hijo de un ex juez. No tengo nada para decir de este funcionario. Y si en algún caso hubo alguna tramitación desigual, les aseguro que lo vamos a poner al descubierto. La Justicia nos debe llegar a todos», concluyó.
Río Negro
Sarampión: Mantener la vacunación al día es la mejor prevención
Todas las vacunas del Calendario Nacional son gratuitas y obligatorias.

El Ministerio de Salud de Río Negro recuerda la importancia de mantener al día los esquemas de vacunación para prevenir la reintroducción del sarampión en la comunidad. Se trata de una enfermedad viral altamente contagiosa que se transmite por el aire al hablar, toser o estornudar, y también por contacto con superficies contaminadas.
Una persona infectada puede contagiar hasta a 9 de cada 10 personas no vacunadas que estén en contacto cercano. Esta afección es potencialmente grave, especialmente en niños y niñas menores de 5 años, ya que puede derivar en complicaciones severas como neumonía y meningoencefalitis.
Síntomas y recomendación ante la sospecha
Ante la presencia de señales compatibles con la enfermedad, es indispensable concurrir de manera inmediata a un centro de salud. Los principales síntomas a tener en cuenta son:
- Fiebre alta (+38)
- Manchas rojas en la piel
- Secreción nasal
- Conjuntivitis
- Tos
Nuevo esquema de vacunación (Triple Viral)
La vacunación es la herramienta de control y prevención más efectiva. Desde el 1 de enero de 2026, el esquema de la vacuna Triple Viral se actualizó de la siguiente manera:
- Primera dosis: a los 12 meses de edad.
- Segunda dosis: entre los 15 y 18 meses de edad (para niños y niñas nacidos a partir del 1 de julio de 2024).
Estrategia de transición: con el propósito de garantizar que todos los niños y niñas completen oportunamente su esquema de 2 dosis, se continuará vacunando en el año en que cumplen 5 años a los nacidos en los años 2021, 2022, 2023 y durante los primeros 6 meses de 2024.
Vacuna gratuita, obligatoria y accesible
Todas las vacunas del Calendario Nacional son gratuitas, obligatorias y se aplican sin necesidad de orden médica. Se encuentran disponibles en todos los vacunatorios y centros de salud de la provincia.
Judiciales
Suspendieron las líneas telefónicas de un papá por incumplir la cuota alimentaria
La medida judicial también le impidió contratar nuevos servicios hasta que acreditara un cumplimiento regular y sostenido de la obligación.

El fuero de Familia de Cipolletti ordenó la suspensión de las líneas telefónicas registradas a nombre de un progenitor que incumplió de forma reiterada con la prestación alimentaria destinada a sus hijos. La medida también le impidió contratar nuevos servicios hasta que acreditara un cumplimiento regular y sostenido de la obligación.
La resolución estableció que las empresas de telefonía debían hacer efectiva la restricción una vez que la decisión quedara firme. El tribunal también dispuso que las compañías informaran el cumplimiento de la orden dentro del plazo fijado en el expediente.
La progenitora solicitó la medida ante la falta de pago de la cuota alimentaria. El hombre recibió la notificación del planteo, pero no presentó una respuesta. Antes de resolver, el expediente incorporó el dictamen de la Defensoría de Menores.
El fallo señaló que en el trámite constaba una liquidación aprobada por alimentos adeudados. También indicó que la cuenta judicial no registró movimientos desde su apertura, ocurrida casi un año antes de la resolución. A partir de esos elementos, el tribunal consideró acreditada una conducta renuente frente a la obligación.
La decisión se apoyó en el artículo 553 del Código Civil y Comercial, que autoriza a los jueces y juezas a imponer medidas razonables ante el incumplimiento reiterado de una obligación alimentaria. Esa norma exige que las disposiciones adoptadas resulten adecuadas al caso y guarden proporción con el objetivo perseguido.
Según la resolución, la prestación alimentaria constituye un derecho humano fundamental cuando beneficia a niñas, niños o adolescentes. El fallo sostuvo que el ordenamiento jurídico nacional e internacional exige una protección especial para las personas menores de edad debido a su situación de vulnerabilidad.
El tribunal citó la Constitución Nacional, la Convención sobre los Derechos del Niño y la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer. En particular, recordó que el interés superior de niñas y niños debe ocupar un lugar primordial en las decisiones que afecten sus derechos.
La sentencia también expresó que el incumplimiento alimentario por parte del progenitor no conviviente implica una forma de violencia económica hacia la progenitora. Sobre ese punto, mencionó las normas internacionales que reconocen la responsabilidad común de madres y padres respecto de la educación, el desarrollo y las condiciones de vida de sus hijos.
Se explicó que la legislación permite adoptar distintas medidas para procurar la eficacia de una sentencia alimentaria. La elección debe respetar criterios de razonabilidad y proporcionalidad, sin exceder los límites establecidos por el Código Civil y Comercial.
Con esos fundamentos, la magistrada hizo lugar al pedido y ordenó suspender las líneas existentes, además de impedir la contratación de otras nuevas. La restricción permanecerá vigente hasta que el progenitor cumpla la prestación alimentaria de manera regular y sostenida, conforme a lo dispuesto en el fallo.
Río Negro
Más recreos sin celulares y menos distracciones: Los primeros resultados de Pausa Digital en Río Negro
Una encuesta realizada a equipos directivos y supervisores mostró una amplia aceptación de la iniciativa en las instituciones educativas.

El dispositivo Pausa Digital, impulsado por el Gobierno de Río Negro para promover el uso responsable de los teléfonos celulares durante la jornada escolar, comenzó a mostrar resultados positivos a pocos meses de su implementación en las escuelas de la provincia.
Durante junio se realizó una encuesta a 303 equipos directivos y 34 supervisores de distintos niveles y modalidades para evaluar la iniciativa. Según se informó, los resultados reflejaron una amplia adhesión de la comunidad educativa y permitieron avanzar en nuevas acciones de acompañamiento y formación.
La coordinadora del dispositivo, Paula Quezada, destacó que «existe un fuerte compromiso institucional y una amplia participación de estudiantes y familias en la revisión de los acuerdos escolares de convivencia». Remarcó además que «el objetivo del programa no es prohibir el uso de los celulares, sino promover un uso responsable y con fines pedagógicos».
Entre los principales avances detectados, desde las escuelas primarias señalaron que los estudiantes juegan más durante los recreos, interactúan con mayor frecuencia entre sí y respetan los acuerdos para guardar los teléfonos. En el nivel secundario también se registraron progresos, aunque indicaron que el proceso requiere un trabajo gradual orientado al desarrollo de la autorregulación.
«Los y las estudiantes coinciden en que los celulares funcionan como distractores y muchas veces son un obstáculo para el aprendizaje pero también demandan información, segura, científica y certera en función de todos los peligros a los que se exponen», comentó Quezada.
A partir de ello, los equipos directivos han diseñado distintas líneas de acción para ir trabajando a lo largo del año y afianzar lo que ya se venía realizando en términos de alfabetización digital.
«En las escuelas Primarias nos cuentan que los chicos y chicas juegan más durante los recreos, interactúan más entre ellos y respetan los acuerdos para guardar los celulares. En Secundaria también se observan avances, aunque el trabajo con adolescentes requiere un proceso más gradual, centrado en el desarrollo de la autorregulación», explicó.
Por otro lado, Quezada mencionó que se va a hacer un acompañamiento personalizado a los equipos directivos, situado con orientaciones pedagógicas, didácticas y metodológicas para fortalecer los proyectos institucionales.
Además y en articulación con la Dirección de Educación Superior, se van a llevar a cabo encuentros de formación para docentes y todas aquellas personas que cumplen con un rol pedagógico.
«Todas las políticas educativas ameritan la revisión permanente y el fortalecimiento en territorio por eso el Gobierno de Río Negro sigue pensando líneas de acción no solo para este año sino también para el año que viene que permitan una mejor resignificación de la normativa e ir con acciones concretas paulatinamente», afirmó Quezada




