Sociedad
Aguiar volvió a ser sobreseído por conflicto en Contralmirante Cordero
Además, misma resolución tomó la Justicia para Nora Fernández y tres delegados sindicales.

El juez Álvaro Meynet confirmó, en la reciente audiencia desarrollada en la sala 2 de la Oficina Judicial de Cipolletti, el sobreseimiento del secretario general de la Asociación Trabajadores del Estado (ATE) de Río Negro, Rodolfo Aguiar y también de la secretaria general de la Seccional Norte de ATE, Dora Fernández, y los delegados sindicales Luis Cinchini, Víctor Nicosia y Javier Hermosilla. Así consta en el Expediente MPF-CI-00063-2017 que ahora se tramita en la Unidad Fiscal a cargo del Doctor, Oscar Cid.
Desde ATE destacaron el «nuevo sobreseimiento definitivo de Rodolfo Aguiar en otras de las causas por el conflicto sindical en la Municipalidad de Contralmirante Cordero, en este caso por coacción agravada; y se vuelve a considerar que este pronunciamiento de la Justicia reafirma la premisa que todos los expedientes fueron armados por el Ministerio Público Fiscal, representado por Martín Pezzetta, con la única finalidad de perseguir y encarcelar a los dirigentes de la entidad gremial, aunque no existieran pruebas y los delitos imputados nunca se hubieran cometido».
“Este nuevo sobreseimiento demuestra que el Ministerio Público Fiscal recibió la orden desde la Casa de Gobierno en Viedma de meternos presos y que para ello no dudó en armar expedientes con pruebas inválidas y falsos testimonios. Se nos pretendió imputar un delito introducido en el Código Penal por la dictadura militar. Esta sentencia pone un freno a los intentos de algunos fiscales que pretenden actuar como fuerza de choque de los gobiernos de turno y no se ponen al servicio de toda la comunidad”, destacó el secretario general de ATE y CTA Río Negro, Rodolfo Aguiar.
«El fiscal Pezzetta y la querella del intendente Gustavo Pita habían solicitado el procesamiento por los hechos ocurridos el día 13 de abril del 2016, sosteniendo que los gremialistas se habían presentado en el Municipio con el propósito de obligar ilegítimamente al Poder Ejecutivo local a que reincorpore a los trabajadores despedidos, otorgue un aumento salarial y entregue ropa de trabajo a todos los empleados, mediante la rotura de la puerta de ingreso al edificio municipal y el despacho del intendente, provocando daños en bienes de la comuna e impidiendo el funcionamiento de la misma», recordaron desde ATE.
«El juez de Garantías dictó el sobreseimiento, ya que entendió que de la versión de los propios testigos, principalmente del intendente Pita, se prueba que no existió una coacción, sino por el contrario existió una reunión en la que una comitiva sindical realizó reclamos al Ejecutivo y fue el propio Pita quien reconoció que no fue amenazado por Aguiar, sino que Aguiar en todo momento le decía que podían llegar a un acuerdo y que también fue el jefe comunal quien decidió esa jornada que cesaran todos los servicios y la atención al público», indicaron.
Por último, ATE consideró la sentencia como «un nuevo triunfo judicial que pone límites a los intentos de criminalizar la protesta social y gremial en la provincia y bajo ella lograr el disciplinamiento de todos los trabajadores para que no reclamen por sus derechos».
Río Negro
Se abona el incentivo especial para quienes trabajaron durante las Fiestas
El pago se efectuará el próximo martes 10 de febrero.

El próximo martes (10/02) se abonará el incentivo especial para el personal esencial de la Administración Pública que cumplió funciones durante la Navidad y el Año Nuevo. «De esta manera, el Gobierno Provincial reconoce a quienes garantizaron la continuidad de los servicios esenciales en estas fechas tan especiales», destacaron desde el Ejecutivo.
El beneficio incluye a todo el personal esencial que prestó tareas el 24, 25 y 31 de diciembre de 2025; como también el 1 de enero del corriente año.
El pago del incentivo, no remunerativo y no bonificable, representa $93.750 por cada día trabajado, guardia o turno completo, para el personal comprendido en las leyes 679, 1844 y 5185 que prestaron servicios en dependencias del Ministerio de Desarrollo Humano, Deporte y Cultura; Secretaría de Estado de Energía y Ambiente; Ministerio de Seguridad y Justicia, y Ministerio de Desarrollo Económico y Productivo.
Además, el beneficio incluye al personal policial y penitenciario, brigadistas del SPLIF, agentes de áreas naturales protegidas y personal de servicios esenciales en los CAINA, en centros socioeducativos, en dispositivos de guardias, y los orientados a la atención familiar en situación de vulnerabilidad y adultos mayores.
En el caso del sistema de salud, se dispuso el pago doble de las horas extras u horas pasivas que cumplió el personal de la Ley 1844 y el pago doble de las guardias activas o pasivas para el personal de la Ley 1904 y para los médicos y médicas residentes comprendidos en la Ley 4919..
Judiciales
Ley de Derecho a la Identidad de Género: Ordenan a una obra social cubrir cirugías de adecuación corporal
Una persona exigió a su obra social una vaginoplastía reconstructiva y una rinoplastía femnizante, aunque necesito recurrir a la Justicia para obtener una respuesta.

Una persona solicitó mediante un amparo la cobertura integral de dos intervenciones quirúrgicas en el marco de su proceso de adecuación corporal. Con sustento en la Ley Nacional de Derecho a la Identidad de Género, y con derivaciones médicas, exigió a su obra social una vaginoplastía reconstructiva y una rinoplastía femnizante.
Durante varios meses insistió con su obra social, pero no obtuvo respuesta formal. Ni por la aceptación, ni por el rechazo. Entonces, realizó una presentación judicial.
La Ley Nacional N° 26.743 garantiza el acceso a intervenciones quirúrgicas y tratamientos hormonales sin necesidad de autorización judicial o administrativa. En su presentación, citó fallos del Superior Tribunal en el mismo sentido.
Ya hace 9 años que inició un tratamiento hormonal. Acompañó en su demanda los informes médicos. Argumentó que su situación económica no le permitía afrontar los costos por cuenta propia.
Cuando recibió el pedido judicial, la obra social estatal activó inicialmente los trámites. Dijo que autorizaba la vaginoplastía. No así la operación de nariz, ya que esa práctica no estaba en el listado de procedimientos con cobertura obligatoria. Dijo, además, que era una intervención de carácter estético.
Por otro lado, en el informe que remitió al fuero de Familia de Viedma, dio cuenta que no cubriría el total de la operación vaginal. Había rubros que quedaban por cuenta de la mujer. Si bien contactó al sanatorio Güemes, donde se realizaría la intervención, pasaron semanas sin que hubiera un turno específico. Entonces, la demandante pidió que se dicte sentencia.
La jueza de familia de Viedma hizo lugar al planteo y ordenó que las prácticas médicas se realicen con asistencia completa, sin reintegros, en los centros de salud propuestos. Uno en Buenos Aires y otro en la capital provincial. La orden incluye la supervisión de su médica tratante, los gastos de internación y el tratamiento posoperatorio.
La jueza valoró las constancias del expediente y advirtió que, aunque la obra social aceptó en términos generales la primera cirugía, no garantizó su cobertura de manera integral. Señaló que en la documentación presentada quedaron excluidos varios conceptos fundamentales, como los honorarios de anestesia, medicamentos especiales, materiales implantables y tratamientos posteriores. Pese a las intimaciones judiciales, no se ofrecieron precisiones sobre estos puntos.
Respecto de la rinoplastia, la magistrada consideró que la evaluación del procedimiento no podía basarse únicamente en un criterio estético. Afirmó que la identidad de género se vincula directamente con la vivencia personal del cuerpo y que esa valoración corresponde únicamente a la persona interesada, de acuerdo con los Principios de Yogyakarta y la legislación nacional.
En el fallo se citó jurisprudencia del Superior Tribunal de Justicia de Río Negro, que reconoció que las intervenciones solicitadas por personas trans, en el marco de procesos de adecuación corporal, no deben considerarse cuestiones estéticas menores.
El fallo de la jueza de Familia consideró que la falta de otras vías efectivas y la urgencia acreditada habilitaron el dictado de una medida de amparo. La sentencia puede ser apelada en instancias superiores.
Río Negro
Febrero es el último mes para adherir al Pago Anual 2026
Hasta el 31 de enero se registraron unos 127.000 pagos anuales de ambos impuestos.

El Pago Anual 2026 de los impuestos Automotor e Inmobiliario estará vigente hasta el 20 de febrero, fecha límite para optar por esta modalidad que permite adelantar el año, evitar las actualizaciones mensuales de las cuotas y acceder al descuento del 20%.
Hasta el 31 de enero se registraron unos 127.000 pagos anuales de ambos impuestos.
El Pago Anual permite acceder a un descuento de hasta un 20% para quienes se encuentren sin deuda o con su situación regularizada al 31 de diciembre de 2025, y puede abonarse en hasta 3 cuotas sin interés con tarjetas Visa y Mastercard del Banco Patagonia. Además, se encuentran disponibles todos los medios de pago habilitados, como débito, billeteras virtuales, transferencias y tarjetas de crédito.
Las boletas fueron enviadas al correo electrónico declarado de los titulares a principios de enero y también pueden descargarse desde agencia.rionegro.gov.ar.
¿Cómo realizar el pago en hasta 3 cuotas sin interés con tarjetas Visa y Mastercard Banco Patagonia?
Es importante que para visualizar las opciones sin interés, se ingresen los números de las tarjetas Visa o Mastercard Banco Patagonia. En caso de consultar las opciones de cuotas sin ingresar previamente los datos de una tarjeta de Banco Patagonia, el sistema mostrará otras opciones de financiación.
Paso a paso
1. Ingresar a la plataforma de pagos de la Agencia desde agencia.rionegro.gov.ar y cargar el número de comprobante. También se puede acceder directamente escaneando el QR de la boleta.
2. Seleccionar la opción tarjeta de crédito e ingresar los datos de la Tarjeta de Crédito de Banco Patagonia (Visa o Mastercard) para que el servicio la valide y habilite la opción de pago sin interés.
3. Seleccionar la cantidad de cuotas y confirmar el pago.
Más información en agencia.rionegro.gov.ar






