Judiciales
Caso Gigli: Nuevo revés para el «Tano»
La defensa del único acusado por el crimen de Guillermo Martínez había pedido la nulidad de la audiencia de formulación de cargos, pero el Tribunal de Impugnaciones lo rechazó.

En una audiencia realizada por videoconferencia entre General Roca y Viedma, el Tribunal de Impugnación rechazó un nuevo recurso de la defensa del imputado Octavio Gigli. La decisión unánime de los jueces de Impugnación Daniela Zagari, Carlos Mussi y Juan Brussino Kain convalidó las resoluciones dictadas por los jueces que intervinieron con anterioridad y se traduce en una validación de la formulación de cargos por el delito de «homicidio calificado por alevosía» realizada en audiencia oral y pública el 18 de agosto pasado.
Con esta ratificación del Tribunal de Impugnación, el caso queda en condiciones de avanzar hacia las siguientes instancias del proceso -control de acusación y luego juicio oral y público-, sin perjuicio de la reserva que formuló hoy mismo la defensa de recurrir ante tribunales superiores e internacionales para impugnar lo que consideran una «afectación del derecho de defensa».
Los jueces de Impugnación fundaron su decisión en el texto y los principios del nuevo Código Procesal Penal, destacando la necesidad de cumplir con la «celeridad» que impone la norma y con «la manda constitucional que determina que la prestación del servicio de justicia debe ser en un plazo razonable». Señalaron también que el sistema de recursos e impugnaciones del nuevo Código rige para los actos y resoluciones judiciales previstos de manera «taxativa y explícita» en la norma procesal, y no de manera indiscriminada ante cualquier acto del proceso.
En similar sentido, el fiscal del caso, Luciano Garrido, había sostenido en su alegato que «resulta más perjudicial para el imputado seguir interponiendo recursos que considero dilatorios que empezar a avanzar en las etapas del proceso para hacer cesar el estado de incertidumbre que existe en perjuicio del propio Gigli y de las victimas».
Historia procesal del caso
– El 1 de septiembre de 2015 se comete en Roca el homicidio de Guillermo Martínez.
– El 1 de abril de 2016, en Foz do Iguazú, es detenido el imputado Gigli.
– El 18 de agosto de 2017, finalizado el proceso de extradición en Brasil y el traslado de Gigli al país, se realiza la primera audiencia del caso: la formulación de cargos por el delito de «homicidio calificado por alevosía». Allí, el primer defensor de Gigli tuvo por formulados los cargos y el imputado guardó silencio. Esa situación, según el criterio de la nueva defensa a cargo de los abogados Patricia Espeche y Ricardo Thompson, dejó a Gigli en estado de «indefensión» y de allí deriva la serie de recursos interpuestos hasta la fecha. En contra de esa opinión, la Fiscalía y la parte querellante han sostenido que la aceptación de la formulación de cargos no significa indefensión ni confesión de ningún tipo de culpabilidad por parte del imputado, sino que implica únicamente el consentimiento de la defensa para avanzar en la investigación judicial.
– El 22 de agosto de 2017 se realiza a pedido de la defensa una audiencia de revisión de la prisión preventiva, que había sido ordenada por un plazo de 18 meses. Allí el juez Daniel Tobares redujo la cautelar a 6 meses, que se cumplen el 17 de febrero de 2018. En caso de requerir una prórroga la fiscalía deberá solicitarlo y fundamentarlo en una futura audiencia.
– El 27 de septiembre se realiza, a pedido de la defensa, una audiencia de «solicitud de saneamiento» para sostener una recusación contra el entonces juez de Garantías Rubén Norry. El planteo es rechazado.
– El 2 de octubre la defensa cuestiona en una nueva audiencia el rechazo de la recusación. El planteo se desestima por haber devenido asbtracto por jubilación del magistrado.
– El mismo día se realiza otra audiencia en la que la defensa pidió la nulidad de la extracción de muestras para ADN realizadas al imputado previo a la audiencia del 18 de agosto. El planteo es rechazado.
– El 6 de octubre la defensa plantea en una nueva audiencia la nulidad de la formulación de cargos por supuesta «indefensión» del imputado. El juez de Garantías Julio Martínez Vivot lo rechaza. La defensa hace reserva de impugnar por las vías ordinarias y extraordinarias.
– El 23 de octubre, ante el juez Daniel Tobares, la defensa plantea un recurso de «revisión de autos importantes que ocasionen agravio al imputado», apelando el rechazo de la nulidad que se había dispuesto el 6 de octubre. El juez rechaza el recurso y la defensa interpone un «recurso de impugnación extraordinaria» contra esa decisión.
– El 1 de noviembre, el juez Tobares declara «inadmisible» el recurso de impugnación y la defensa interpone un «recurso de queja» contra aquella inadmisibilidad.
– Este viernes 24 de noviembre el Tribunal de Impugnación constituido en Viedma rechazó por unanimidad el recurso de queja. La defensa hizo reserva de seguir recurriendo ante tribunales superiores y/o internacionales.
Judiciales
Investigan nuevos robos violentos vinculados a una banda que operaba en Río Negro y Neuquén
Los hechos ocurrieron en Cipolletti y presentan el mismo modus operandi que otros robos investigados en la zona.

Un hombre acusado de integrar una asociación ilícita vinculada a una serie de robos agravados en Río Negro y Neuquén sumó este jueves (18/06) dos nuevas imputaciones por hechos ocurridos en la ciudad de Cipolletti durante 2025.
La formulación de cargos fue realizada por la fiscal jefe Belén Calarco y la fiscal Eugenia Vallejos, quienes atribuyeron al imputado su participación en dos violentos asaltos cometidos el 26 de julio y el 10 de septiembre del año pasado.
El acusado participó de la audiencia en condición de detenido, ya que permanece bajo prisión preventiva desde noviembre de 2025 en el marco de otra investigación por delitos similares cometidos en General Roca.
Según la acusación fiscal, ambos hechos presentaron un mismo modus operandi. El grupo realizaba tareas previas de vigilancia sobre las viviendas elegidas, llegaba en vehículos previamente robados e ingresaba por sectores traseros de las propiedades tras escalar paredes y techos. Una vez dentro, reducían a las víctimas mediante armas de fuego y las inmovilizaban con alambres o precintos.
De acuerdo con la investigación, los delincuentes exigían dinero en dólares y la ubicación de cajas fuertes para sustraer efectivo, oro, dispositivos electrónicos y otros elementos de valor. Además, se llevaban los DVR que almacenaban las grabaciones de las cámaras de seguridad para evitar dejar registros de los hechos.
Las fiscales indicaron que la vinculación del imputado con estos nuevos episodios surge de diversas medidas de investigación realizadas por la Comisión de Investigación Judicial, entre ellas el análisis de registros fílmicos, impactos de antenas de telefonía, reportes telefónicos y pericias efectuadas por la Oficina de Investigación de Telecomunicaciones (OITel) del Ministerio Público.
Durante la audiencia, la defensa particular no presentó objeciones y el juez de Garantías tuvo por formulados los cargos en los términos planteados por el Ministerio Público Fiscal.
Desde la Fiscalía destacaron que la incorporación de estos nuevos hechos responde a una estrategia de trabajo coordinada impulsada por el Fiscal General Fabricio Brogna, orientada a optimizar recursos y unificar investigaciones vinculadas a robos agravados con características similares ocurridos en la Segunda y Cuarta Circunscripción Judicial de Río Negro.
Judiciales
La Justicia frenó la demolición de la vivienda construida en el Área Natural Protegida Paso Córdoba
El Tribunal ordenó al Municipio abstenerse de realizar cualquier acto de demolición hasta que se resuelva el fondo de la causa.

La Cámara de Apelaciones Civil resolvió un recurso de apelación interpuesto en el marco de una causa iniciada contra la Municipalidad de Roca. El conflicto se vincula con la validez de los actos administrativos que ordenan la demolición de un inmueble ubicado en el Área Natural Protegida de Paso Córdoba y con la solicitud de una medida cautelar de no innovar.
En primera instancia se había rechazado la medida cautelar solicitada con el fundamento principal de que no se encontraba acreditado el peligro en la demora y de que la eventual ejecución de la demolición no resultaba inminente.
Frente a esa decisión, la sentencia fue apelada. Los dueños explicaron que la situación había cambiado de manera sustancial debido a actos administrativos posteriores que realizó la comuna que habilitarían la ejecución directa de la demolición, sin necesidad de intervención judicial previa. También afirmaron la existencia de un daño inminente, la afectación del derecho a la vivienda y la ausencia de un estudio de impacto ambiental.
La Cámara examinó los agravios y revisó la decisión. En primer lugar, consideró que el análisis sobre el peligro en la demora había sido insuficiente, ya que no se valoraron adecuadamente las actuaciones administrativas posteriores incorporadas al expediente.
Señaló que la eventual ejecución de la demolición podía tornar ilusoria la sentencia definitiva, dado que el objeto del litigio podría desaparecer antes de resolverse el fondo del asunto. Destacó además que la demolición de un inmueble implica un efecto material difícil de revertir, lo que refuerza la necesidad de tutela preventiva.
Respecto del planteo ambiental, la Cámara descartó que la falta de un estudio de impacto ambiental constituyera por sí sola un fundamento decisivo para la medida cautelar. Sin embargo, también señaló que los argumentos sobre posibles daños ambientales carecían de sustento concreto en la resolución apelada.
Sobre la verosimilitud del derecho, el tribunal indicó que no correspondía anticipar un pronunciamiento sobre la validez o nulidad de los actos administrativos cuestionados en esta etapa. Aun así, consideró que existía una apariencia suficiente de derecho para justificar una tutela precautoria, sin emitir juicio definitivo sobre el fondo.
Finalmente, la sentencia interlocutoria concluyó que se configuraban los requisitos para la procedencia de la medida cautelar solicitada. En consecuencia, resolvió revocar la sentencia de primera instancia y hacer lugar a la medida de prohibición de innovar.
Así, ordenó a la Municipalidad de Roca abstenerse de ejecutar actos materiales de demolición, remoción o alteración de las construcciones existentes en el inmueble hasta el dictado de la sentencia definitiva o hasta que cambien las circunstancias que justificaron la decisión.
Judiciales
Hallaron sana y salva a la mujer que era buscada en Roca
Tras varios días de incertidumbre, la mujer de 35 años se presentó por sus propios medios en su domicilio.

Fuentes policiales confirmaron que fue hallada la mujer de 35 años que era intensamente buscada en General Roca desde el pasado martes (09/06), cuando fue vista por última vez alrededor de las 13.30 horas.
La búsqueda se había iniciado luego de que familiares cercanos radicaran una denuncia por averiguación de paradero en la Comisaría 31°, ubicada sobre calle Panamá al 2400. A partir de ese momento, la Policía difundió un pedido de colaboración a la comunidad con el objetivo de obtener información que permitiera localizarla.
Finalmente, durante la jornada de este martes (16/06), la mujer se presentó por sus propios medios en su domicilio.
De esta manera, quedó sin efecto el pedido de búsqueda y se dio por finalizado el operativo que se había desplegado para intentar dar con su paradero.





