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Desobedeció la prohibición de acercamiento a su ex mujer y le dijo «vení que te haces la piolita»

La Justicia le otorgó 20 días de prisión preventiva.

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Cerca del mediodía, culminó la audiencia de formulación de cargos contra un hombre detenido por el delito de desobediencia a una orden judicial de prohibición de acercamiento dictada por el juzgado de Paz de Roca.

El hecho, describió el fiscal del caso Ricardo Romero, “ocurrió el 21 de enero pasado, entre las 19.20 y 19.30 horas en el domicilio de la denunciante. En esas circunstancias el sujeto, en aparente estado de ebriedad, se acercó a la casa de la mujer, quien se encontraba dentro de la vivienda, mientras que algunos niños se bañaban en la pileta ubicada en el patio delantero. Es entonces cuando el hermano de la denunciante avisa que el imputado se encontraba afuera, y al salir del interior de la vivienda, el hombre comenzó a llamarla diciéndole “vení, vení, que te haces la piolita”.

De esta manera, retomó Romero, “violó la prohibición de acercamiento que pesa sobre el imputado respecto de la denunciante y su domicilio, y por un radio de 200 metros de todo lugar donde la misma se encuentre. Dicha orden fue dictada mediante resolución de la Jueza de Paz Norma Cristina Martino, el 11 de octubre de 2017 y el hombre fue notificado el 13 de ese mismo mes”.

La Fiscalía sostuvo su acusación en el relato de la víctima, hija de la ex pareja del imputado, también de los policías que intervinieron en la detención, e incorporó el acta de procedimiento, el croquis ilustrativo, la orden de la jueza de Paz y la notificación de la misma.

En la audiencia el fiscal mencionó que al acusado en octubre pasado “se le formularon cargos por un hecho que ocurrió con la misma víctima, desobedeciendo la misma orden judicial, y por el delito de amenazas, todo en el marco de violencia de género. Pese a que la Fiscalía en aquella oportunidad solicitó la prisión preventiva, no se le otorgó y se determinaron reglas de conducta: fijar domicilio, continuar el tratamiento de salud pertinente, no acercarse a la víctima, no causar actos turbatorios hacia la chica. Ahora insistimos con el pedido de la medida cautelar ya que se observa que el hombre no está cumpliendo con las reglas impuestas y existe un peligro potencial cierto del imputado hacia la denunciante”, expresó Romero.

La defensa pública, representada por Miguel Salomón, impugnó la formulación de cargos y dio su teoría de caso, además de que su asistido decidió declarar y responder preguntas.

De esta manera, la jueza Natalia González sostuvo que “sin perjuicio de la oposición de la defensa, la misma no puede contrarrestar la evidencia de la Fiscalía. Es así que doy por formulados los cargos y resuelvo la prisión preventiva del acusado por el período de 20 días”.

La jueza agregó que “tal como lo mencionó el fiscal, hago lugar y considero pertinente la aplicación de la Convención Belén do Pará, como también que esta causa se enmarca en violencia de género. Y tengo presente que es el segundo incumplimiento a la misma orden judicial”.

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Solicitó la baja del servicio de TV y le debitaron 14 facturas más: Condenan a la empresa de cable

La compañía reconoció que el hombre solicitó la baja, pero alegó que, a los pocos días, pidió la reactivación del servicio.

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Un hombre solicitó la baja del servicio de televisión por cable. Lo hizo de manera personal en la sucursal de Roca. En esa ocasión tomó nota del número de trámite y se retiró del local. A pesar de las gestiones, la empresa siguió debitando el servicio. Desde ese momento, el hombre persiguió el reclamo por el reintegro de 14 facturas abonadas sin su consentimiento. Ante la falta de respuestas, recurrió al Poder Judicial.

El fuero Civil hizo lugar a la demanda por daños y perjuicios contra Telecom Argentina S.A. El Tribunal consideró que la empresa no brindó un trato digno al cliente ni proporcionó la información necesaria. Esta situación demoró la resolución del conflicto, lo que derivó en el reclamo judicial.

La empresa reconoció que el hombre solicitó la baja, pero alegó que, a los pocos días, pidió la reactivación del servicio. Según su versión, el vínculo contractual continuó durante un año y dos meses más.

La jueza consideró que la proveedora del servicio no presentó el contrato actualizado ni documentación suficiente sobre la presunta recontratación. La empresa, finalmente, también reconoció un saldo a favor del cliente, correspondiente a ajustes por facturación indebida.
La magistrada explicó que «el incumplimiento de la carga probatoria constituye una presunción en contra de los proveedores, en tanto es la parte fuerte de la relación de consumo quien se encuentra en mejor posición para aportar una evidencia que acredite la finalización de la relación de consumo y la presunta renovación del servicio».

Un peritaje informático reveló una solicitud telefónica de anulación del servicio, lo que despejó dudas sobre la supuesta reactivación. Incluso en su sistema interno, la empresa consignó «no lo quiere», en referencia al servicio.

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Condenaron a 10 años de prisión al cuarto acusado por el homicidio de Oscar Ripari

El brutal hecho ocurrió en diciembre del año pasado en la zona norte de Roca, en una vivienda ubicada lindante a una carnicería.

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El último imputado por el homicidio de Oscar Ripari, ocurrido en diciembre del año pasado en General Roca, fue condenado a 10 años de prisión tras reconocer su participación en el hecho, al igual que los otros tres coautores ya sentenciados.

La calificación legal aceptada fue la de homicidio en ocasión de robo, según los artículos 45 y 165 del Código Penal.

Entre las pruebas presentadas por la Fiscalía en el acuerdo abreviado se destacan los procedimientos realizados por el personal de la Comisaría 21°, múltiples allanamientos, entrevistas testimoniales, informes del Departamento de Informática Forense del Poder Judicial y de la Oficina de Investigación en Telecomunicaciones (O.I.Tel.) de Procuración General, además del análisis de celulares secuestrados y las imágenes captadas por las cámaras del 911.

El hecho ocurrió el 10 de diciembre de 2024, minutos antes de las 4.20, en una vivienda ubicada sobre Cardenales casi San Juan, margen sur, lindante a la carnicería La Familia.

Según la investigación, el imputado -junto a los demás condenados- ingresó sin autorización al domicilio de la víctima con fines de robo, tras violentar varias puertas. Una vez dentro, golpearon a Ripari, provocándole una hemorragia interna por desgarro del bazo, lesión que le causó la muerte horas después.

Posteriormente, los agresores sustrajeron la billetera del hombre, dinero en efectivo, tarjetas, su celular y mercadería de la carnicería, entre ellas unos 10 costillares de carne y varias cajas de pollo, que fueron trasladadas a una vivienda alquilada por uno de los involucrados.

Tras un cuarto intermedio, y con el acuerdo de las partes de renunciar a los plazos procesales, el Tribunal Colegiado condenó al hombre de 32 años a 10 años de prisión, más las accesorias legales, costas y la declaración de reincidencia que ya registraba.

De esta manera, el condenado comenzó a cumplir la pena desde este viernes (17/10).

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Imputaron a la dueña de una agencia de viajes que vendía traslados a Italia que nunca se realizaron

La mujer está bajo investigación del Ministerio Público Fiscal. Se ordenó la inhibición de bienes y la presentación diaria ante la Justicia.

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Ayer (17/10) por la tarde, el Ministerio Público Fiscal de General Roca solicitó la aplicación de estrictas medidas cautelares contra una mujer investigada por presunta estafa en la venta de viajes al exterior.

Según la acusación, el hecho bajo investigación habría ocurrido entre octubre de 2024 y agosto de 2025, en un local ubicado sobre calle Mitre 930 de Roca, donde la imputada -representante de una empresa de viajes Lola Tour se habría ganado la confianza de un grupo de personas a las que ofreció paquetes turísticos a Italia.

De acuerdo con la Fiscalía, la mujer emitía comprobantes falsos y aparentaba tener la capacidad para brindar el servicio. Sin embargo, nunca gestionó los pasajes ni las reservas de alojamiento, y llegada la fecha del viaje, éste no se concretó.

Las víctimas, integrantes de un grupo de estudio, habrían abonado la totalidad del paquete, sin recibir el reintegro del dinero pese a los reclamos reiterados. «De esa manera, les ocasionó un perjuicio patrimonial significativo», explicó la representante fiscal durante la audiencia.

Entre las pruebas reunidas por el Ministerio Público se encuentran 15 denuncias formales, testimonios, el allanamiento de la vivienda de la acusada y el secuestro de documentación vinculada a las operaciones.

Tras el pedido del Ministerio Público Fiscal, la jueza interviniente ordenó la inhibición general de todos los bienes de la mujer, el bloqueo de sus cuentas bancarias y la obligación de presentarse diariamente en la Fiscalía.

En caso de incumplir las medidas impuestas, la Fiscalía podrá solicitar una nueva audiencia para evaluar sanciones más severas y garantizar el avance de la causa.

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