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Nuevo rechazo a pedido de la defensa de Gigli: Seguirá detenido

La abogada del «Tano» había presentado una solicitud para que se levante la prisión preventiva. A través de una videoconferencia un Tribunal la rechazó.

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Tal lo expuesto por el fiscal del caso Luciano Garrido en la audiencia solicitada por la defensa particular de Octavio Gigli, mediante la cual impugnó la resolución que denegaba el sobreseimiento del imputado y el cese de prisión preventiva, el Tribunal de Impugnación no hizo lugar a la queja.

Garrido, al contestar el pedido de los representantes legales de Gigli, sostuvo que “debía rechazarse por varios argumentos. El primero, que el juez Daniel Tobares ya resolvió no dar lugar al recurso planteado, el pedido de impugnación no encuadra en los parámetros del Artículo 228 del Código Penal actual. Específicamente, el pedido de sobreseimiento, fue interpuesto por la defensa previo a la audiencia de control de acusación y se intentó revocar un rechazo de pedido de sobreseimiento ante un Juez de Garantías, que tuvo presente que no se podía tener en cuenta una única prueba para dictar el sobreseimiento. La resolución no pasó a ser definitiva y a mi entender se encuentra ajustada a derecho”.

Respecto de la prisión preventiva, el fiscal del caso dijo “más allá de los dichos de la defensa, cuando solicitaron la nualidad al Tribunal de Impugnación la misma también fue rechazada. Y en el mismo acto se confirmó la audiencia de formulación de cargos y la prisión preventiva dictada para Gigli. Cabe recordar que está acusado de homicidio, y que luego de cometer el hecho abandonó la ciudad, escondió su vehículo en Buenos Aires, cruzó la frontera por un lugar no habilitado y fue hallado en el vecino país de Brasil con documentación falsa. Insisto en que la prisión preventiva no se encuentra agotada ya que el imputado volvió al país extraditado en agosto de 2017 y fue allí que se le formularon los cargos. Ahora bien, el 17 febrero pasado el Ministerio Público Fiscal logró la prórroga de la medida cautelar y además se fijó la fecha de inicio de juicio para el 9 de abril de este año”.

Finalmente el Tribunal de Impugnación compuesto por los jueces Mario Altuna, Miguel Cardella y Adrián Zimmermann, desde Viedma y a través del sistema de video conferencia, decidieron “rechazar el recurso de queja en primer término por lo ya expresado por Tobares oportunamente, es decir declarar la inadmisibilidad. Tratándose de una impugnación contra una resolución no definitiva, la queja debe demostrar los requisitos que establece la Corte Suprema de la Nación, esto es: la afectación de garantías constitucionales y su imposible reparación posterior que ocasione la sentencia definitiva; que se impida la continuación del proceso; o una cuestión de gravedad institucional. En este sentido, su recurso no tiene la debida fundamentación”, dijeron dirigiéndose a la defensa particular. “Así mismo en el control de acusación realizado el 27 de diciembre se fijó la fecha de celebración del juicio y la prórroga de la medida cautelar pedida por el fiscal”.

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Judiciales

Investigan nuevos robos violentos vinculados a una banda que operaba en Río Negro y Neuquén

Los hechos ocurrieron en Cipolletti y presentan el mismo modus operandi que otros robos investigados en la zona.

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Un hombre acusado de integrar una asociación ilícita vinculada a una serie de robos agravados en Río Negro y Neuquén sumó este jueves (18/06) dos nuevas imputaciones por hechos ocurridos en la ciudad de Cipolletti durante 2025.

La formulación de cargos fue realizada por la fiscal jefe Belén Calarco y la fiscal Eugenia Vallejos, quienes atribuyeron al imputado su participación en dos violentos asaltos cometidos el 26 de julio y el 10 de septiembre del año pasado.

El acusado participó de la audiencia en condición de detenido, ya que permanece bajo prisión preventiva desde noviembre de 2025 en el marco de otra investigación por delitos similares cometidos en General Roca.

Según la acusación fiscal, ambos hechos presentaron un mismo modus operandi. El grupo realizaba tareas previas de vigilancia sobre las viviendas elegidas, llegaba en vehículos previamente robados e ingresaba por sectores traseros de las propiedades tras escalar paredes y techos. Una vez dentro, reducían a las víctimas mediante armas de fuego y las inmovilizaban con alambres o precintos.

De acuerdo con la investigación, los delincuentes exigían dinero en dólares y la ubicación de cajas fuertes para sustraer efectivo, oro, dispositivos electrónicos y otros elementos de valor. Además, se llevaban los DVR que almacenaban las grabaciones de las cámaras de seguridad para evitar dejar registros de los hechos.

Las fiscales indicaron que la vinculación del imputado con estos nuevos episodios surge de diversas medidas de investigación realizadas por la Comisión de Investigación Judicial, entre ellas el análisis de registros fílmicos, impactos de antenas de telefonía, reportes telefónicos y pericias efectuadas por la Oficina de Investigación de Telecomunicaciones (OITel) del Ministerio Público.

Durante la audiencia, la defensa particular no presentó objeciones y el juez de Garantías tuvo por formulados los cargos en los términos planteados por el Ministerio Público Fiscal.

Desde la Fiscalía destacaron que la incorporación de estos nuevos hechos responde a una estrategia de trabajo coordinada impulsada por el Fiscal General Fabricio Brogna, orientada a optimizar recursos y unificar investigaciones vinculadas a robos agravados con características similares ocurridos en la Segunda y Cuarta Circunscripción Judicial de Río Negro.

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La Justicia frenó la demolición de la vivienda construida en el Área Natural Protegida Paso Córdoba

El Tribunal ordenó al Municipio abstenerse de realizar cualquier acto de demolición hasta que se resuelva el fondo de la causa.

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La Cámara de Apelaciones Civil resolvió un recurso de apelación interpuesto en el marco de una causa iniciada contra la Municipalidad de Roca. El conflicto se vincula con la validez de los actos administrativos que ordenan la demolición de un inmueble ubicado en el Área Natural Protegida de Paso Córdoba y con la solicitud de una medida cautelar de no innovar.

En primera instancia se había rechazado la medida cautelar solicitada con el fundamento principal de que no se encontraba acreditado el peligro en la demora y de que la eventual ejecución de la demolición no resultaba inminente.

Frente a esa decisión, la sentencia fue apelada. Los dueños explicaron que la situación había cambiado de manera sustancial debido a actos administrativos posteriores que realizó la comuna que habilitarían la ejecución directa de la demolición, sin necesidad de intervención judicial previa. También afirmaron la existencia de un daño inminente, la afectación del derecho a la vivienda y la ausencia de un estudio de impacto ambiental.

La Cámara examinó los agravios y revisó la decisión. En primer lugar, consideró que el análisis sobre el peligro en la demora había sido insuficiente, ya que no se valoraron adecuadamente las actuaciones administrativas posteriores incorporadas al expediente.

Señaló que la eventual ejecución de la demolición podía tornar ilusoria la sentencia definitiva, dado que el objeto del litigio podría desaparecer antes de resolverse el fondo del asunto. Destacó además que la demolición de un inmueble implica un efecto material difícil de revertir, lo que refuerza la necesidad de tutela preventiva.

Respecto del planteo ambiental, la Cámara descartó que la falta de un estudio de impacto ambiental constituyera por sí sola un fundamento decisivo para la medida cautelar. Sin embargo, también señaló que los argumentos sobre posibles daños ambientales carecían de sustento concreto en la resolución apelada.

Sobre la verosimilitud del derecho, el tribunal indicó que no correspondía anticipar un pronunciamiento sobre la validez o nulidad de los actos administrativos cuestionados en esta etapa. Aun así, consideró que existía una apariencia suficiente de derecho para justificar una tutela precautoria, sin emitir juicio definitivo sobre el fondo.

Finalmente, la sentencia interlocutoria concluyó que se configuraban los requisitos para la procedencia de la medida cautelar solicitada. En consecuencia, resolvió revocar la sentencia de primera instancia y hacer lugar a la medida de prohibición de innovar.

Así, ordenó a la Municipalidad de Roca abstenerse de ejecutar actos materiales de demolición, remoción o alteración de las construcciones existentes en el inmueble hasta el dictado de la sentencia definitiva o hasta que cambien las circunstancias que justificaron la decisión.

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Hallaron sana y salva a la mujer que era buscada en Roca

Tras varios días de incertidumbre, la mujer de 35 años se presentó por sus propios medios en su domicilio.

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Fuentes policiales confirmaron que fue hallada la mujer de 35 años que era intensamente buscada en General Roca desde el pasado martes (09/06), cuando fue vista por última vez alrededor de las 13.30 horas.

La búsqueda se había iniciado luego de que familiares cercanos radicaran una denuncia por averiguación de paradero en la Comisaría 31°, ubicada sobre calle Panamá al 2400. A partir de ese momento, la Policía difundió un pedido de colaboración a la comunidad con el objetivo de obtener información que permitiera localizarla.

Finalmente, durante la jornada de este martes (16/06), la mujer se presentó por sus propios medios en su domicilio.

De esta manera, quedó sin efecto el pedido de búsqueda y se dio por finalizado el operativo que se había desplegado para intentar dar con su paradero.

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