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Nuevo rechazo a pedido de la defensa de Gigli: Seguirá detenido

La abogada del «Tano» había presentado una solicitud para que se levante la prisión preventiva. A través de una videoconferencia un Tribunal la rechazó.

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Tal lo expuesto por el fiscal del caso Luciano Garrido en la audiencia solicitada por la defensa particular de Octavio Gigli, mediante la cual impugnó la resolución que denegaba el sobreseimiento del imputado y el cese de prisión preventiva, el Tribunal de Impugnación no hizo lugar a la queja.

Garrido, al contestar el pedido de los representantes legales de Gigli, sostuvo que “debía rechazarse por varios argumentos. El primero, que el juez Daniel Tobares ya resolvió no dar lugar al recurso planteado, el pedido de impugnación no encuadra en los parámetros del Artículo 228 del Código Penal actual. Específicamente, el pedido de sobreseimiento, fue interpuesto por la defensa previo a la audiencia de control de acusación y se intentó revocar un rechazo de pedido de sobreseimiento ante un Juez de Garantías, que tuvo presente que no se podía tener en cuenta una única prueba para dictar el sobreseimiento. La resolución no pasó a ser definitiva y a mi entender se encuentra ajustada a derecho”.

Respecto de la prisión preventiva, el fiscal del caso dijo “más allá de los dichos de la defensa, cuando solicitaron la nualidad al Tribunal de Impugnación la misma también fue rechazada. Y en el mismo acto se confirmó la audiencia de formulación de cargos y la prisión preventiva dictada para Gigli. Cabe recordar que está acusado de homicidio, y que luego de cometer el hecho abandonó la ciudad, escondió su vehículo en Buenos Aires, cruzó la frontera por un lugar no habilitado y fue hallado en el vecino país de Brasil con documentación falsa. Insisto en que la prisión preventiva no se encuentra agotada ya que el imputado volvió al país extraditado en agosto de 2017 y fue allí que se le formularon los cargos. Ahora bien, el 17 febrero pasado el Ministerio Público Fiscal logró la prórroga de la medida cautelar y además se fijó la fecha de inicio de juicio para el 9 de abril de este año”.

Finalmente el Tribunal de Impugnación compuesto por los jueces Mario Altuna, Miguel Cardella y Adrián Zimmermann, desde Viedma y a través del sistema de video conferencia, decidieron “rechazar el recurso de queja en primer término por lo ya expresado por Tobares oportunamente, es decir declarar la inadmisibilidad. Tratándose de una impugnación contra una resolución no definitiva, la queja debe demostrar los requisitos que establece la Corte Suprema de la Nación, esto es: la afectación de garantías constitucionales y su imposible reparación posterior que ocasione la sentencia definitiva; que se impida la continuación del proceso; o una cuestión de gravedad institucional. En este sentido, su recurso no tiene la debida fundamentación”, dijeron dirigiéndose a la defensa particular. “Así mismo en el control de acusación realizado el 27 de diciembre se fijó la fecha de celebración del juicio y la prórroga de la medida cautelar pedida por el fiscal”.

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Dictaron prisión preventiva para el camionero que manejaba con 4,20 g de alcohol en sangre, chocó en la Ruta 22 y se dio a la fuga

El imputado, oriundo de Salta, embistió a dos vehículos y terminó provocando que uno caiga a un desagüe. Además, un hombre sufrió heridas de gravedad.

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Foto: Archivo.

Un hombre oriundo de la provincia de Salta fue acusado este lunes (19/01) por el delito de lesiones graves culposas doblemente agravadas, tras protagonizar un grave siniestro vial mientras conducía con exceso de alcohol en sangre y posteriormente darse a la fuga. La jueza de Garantías dispuso su prisión preventiva por el plazo de 2 meses.

Según expuso la fiscal de feria durante la audiencia que se realizó esta mañana, el hecho ocurrió el pasado sábado (17/01), cerca de las 19 horas, sobre la Ruta Nacional N° 22 y calle Mendoza, en uno de los accesos principales a la ciudad de General Roca y donde funcionan semáforos.

El acusado circulaba en sentido este-oeste a bordo de un camión Mercedes Benz, perteneciente a una empresa de transporte, de manera imprudente y antirreglamentaria, cuando impactó desde atrás a un Chevrolet Meriva. Como consecuencia del choque, este vehículo colisionó por alcance a un Renault Kwid y terminó cayendo al interior de un desagüe.

Producto del impacto, el conductor del Chevrolet Meriva sufrió lesiones graves, entre ellas una fractura de pelvis.

Tras el siniestro, el conductor del camión fue trasladado a la Unidad del Cuerpo de Seguridad Vial de General Roca, pero se dio a la fuga mientras el personal policial realizaba las actas correspondientes. Al día siguiente se presentó de forma voluntaria en la unidad policial y quedó detenido.

El test de alcoholemia practicado en el lugar del hecho arrojó un resultado de 4,20 mililitros de alcohol en sangre.

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Judiciales

La Justicia de Roca otorgó a un padre el cuidado exclusivo de su hija tras episodios de abandono de su madre

La mujer dejó a la niña sola en un taxi y luego en una terminal de ómnibus.

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El fuero de Familia de General Roca resolvió otorgar el cuidado personal unilateral de una niña a su padre, luego de acreditarse reiteradas situaciones de desprotección y negligencia por parte de la madre, que pusieron en riesgo su bienestar.

Según se desprende del expediente, cuando la niña tenía apenas un año, su madre la subió sola a un taxi y la envió al lugar de trabajo del padre. Al llegar, el hombre no se encontraba allí, lo que expuso a la menor a una grave situación de vulnerabilidad. Años más tarde, el episodio se repitió cuando la mujer dejó nuevamente sola a la niña, esta vez en una terminal de ómnibus.

En ambas oportunidades fue el padre quien asumió de manera inmediata el cuidado de su hija. Frente a estos antecedentes, y con el objetivo de garantizarle un entorno estable, seguro y afectivo, el hombre recurrió a la Justicia y solicitó el cuidado exclusivo de la menor.

Durante el proceso judicial se incorporó un informe socioambiental, que describió un hogar monoparental en el cual el padre organiza su actividad laboral en función de las necesidades de la niña. Si bien se señalaron carencias materiales en la vivienda, el informe concluyó que el entorno resulta apto para la crianza, destacando además que la menor asiste regularmente a la escuela y recibe atención psicológica.

La Defensora de Menores dictaminó a favor del otorgamiento del cuidado personal unilateral al padre, en atención al interés superior de la niña, valorando también la ausencia procesal de la madre y las pruebas que acreditaron conductas negligentes.

En su resolución, la jueza subrayó que la madre, pese a haber sido debidamente notificada del inicio de la demanda y de las audiencias fijadas, no compareció en ninguna instancia del proceso, lo que fue interpretado como un claro desinterés por la situación de su hija.

«El interés superior del niño es el lineamiento rector en todas las cuestiones en que este se halle afectado; la decisión se define por lo que resulta de mayor beneficio para ellos», sostuvo la magistrada, citando jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

El fallo remarcó que, si bien ambos progenitores conservan la titularidad de la responsabilidad parental, el cuidado personal puede ser atribuido de forma unilateral cuando existen razones fundadas que lo justifiquen, como ocurrió en este caso. Además, se recomendó la continuidad de un abordaje terapéutico integral y el acompañamiento profesional para la niña.

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Violencia de género en el barrio Malvinas: Un hombre quedó detenido tras una brutal agresión

El ataque ocurrió en una vivienda del barrio Malvinas y fue frenado por la intervención policial.

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El Ministerio Público Fiscal formuló cargos contra un hombre por un grave hecho de violencia de género ocurrido el pasado martes (13/01) en una vivienda del barrio Malvinas, en General Roca, donde una mujer fue agredida física y verbalmente en presencia de los tres hijos que ambos tienen en común.

Según se expuso en la audiencia, el imputado llegó al domicilio y comenzó a increpar e insultar a la víctima, para luego golpearla violentamente en distintas partes del cuerpo. En la vivienda se encontraban los hijos de la mujer, quienes presenciaron el ataque. La hija mayor, de 14 años, intentó proteger a sus hermanos menores mientras daba aviso a su abuelo. Al mismo tiempo, un vecino que escuchó los gritos alertó al sistema de emergencias 911.

La rápida llegada de personal policial, junto con el padre de la mujer, permitió frenar la agresión. Como consecuencia del ataque, la víctima sufrió múltiples lesiones que incluso le impidieron desplazarse por sus propios medios.

Entre las pruebas presentadas por la Fiscalía se incluyeron el registro de la llamada al 911, el acta de denuncia penal, certificados médicos que acreditan lesiones múltiples -calificadas como leves según el tiempo de curación- y el resultado del test de alcoholemia practicado al imputado. Además, se informó que se dio intervención a la Oficina de Atención a la Víctima (OFAVI).

Durante la audiencia, la defensa se opuso al pedido de prisión preventiva y propuso medidas alternativas, como prohibición de acercamiento, dispositivos duales y acciones vinculadas al tratamiento por consumo problemático de alcohol, con el objetivo de que el imputado pudiera continuar con su actividad laboral.

La Fiscalía, en tanto, sostuvo la necesidad de la prisión preventiva debido a la gravedad del hecho, el riesgo para la víctima y la necesidad de garantizar el normal desarrollo del proceso penal.

Finalmente, la jueza de Garantías tuvo por formulados los cargos y resolvió dictar la prisión preventiva del imputado, además de prohibir todo tipo de contacto con la víctima.

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