Río Negro
Río Negro adhirió a la Ley Nacional de Contratos de Participación Pública y Privada
Además se aprobaron otras iniciativas parlamentarias en la sesión de ayer en la Legislatura.

El Parlamento rionegrino aprobó ayer (22/03), por mayoría y en primera vuelta, un proyecto que busca adherir a la Ley Nacional de Contratos de Participación Pública y Privada (PPP).
El legislador Leandro Tozzi (JSRN), como autor de la iniciativa, explicó que la norma tiene como objetivo facilitar y propiciar un marco institucional adecuado para la inversión privada en obras de infraestructura y servicios necesarios para el desarrollo de una actividad económica sustentable en Argentina.
De acuerdo a la ley, los contratos PPP pueden celebrarse entre órganos y entes de la Administración Pública Nacional y sujetos privados o públicos, para el desarrollo de proyectos de diseño, construcción, ampliación, mejora, mantenimiento, suministro de equipamientos y bienes, explotación u operación y/o financiamiento en los campos de infraestructura, vivienda, actividades y servicios, inversión productiva, investigación aplicada y/o innovación tecnológica.
Tozzi remarcó “la importancia de contar con una normativa especifica que determine las reglas de juego, los derechos y las obligaciones de las partes involucradas, los procedimientos de selección y contratación, la regulación ambiental de los proyectos, las incompatibilidades para contratar, la metodología de resolución de los conflictos y una regulación que establezca claramente los estamentos del Estado que regulan y aplican este tipo de relaciones entre las partes involucradas”.
Según el legislador, este marco normativo brindará previsibilidad, transparencia, claridad y estabilidad de las reglas normativas que rigen la actividad.
La legisladora María Inés Grandoso (FpV) adelantó el voto negativo de su bancada porque consideró que este tipo de herramientas han fracasado en otros lugares del mundo y porque significa más deuda pública para el Estado. A su vez, cuestionó que la propuesta no replica la creación de una comisión de seguimiento y control de las obras, como sí lo incluye la norma nacional.
El legislador Ricardo Arroyo (JSRN) expresó que “el tratamiento de esta propuesta es uno de los momentos más difíciles de mi vida política, porque tengo que votar una ley que desde mis convicciones y mi historia política no puedo acompañar jamás”.
Argumentó que no comparte el artículo primero del proyecto, que es la adhesión a la ley nacional, porque “el espíritu de las PPP son igualar al Estado con el sector privado”.
Tozzi y Alejandro Palmieri (JSRN) defendieron el proyecto y coincidieron en que se trata de una herramienta importante y que su éxito depende de quién la use y quién la controle.
Afirmaron que el Estado no se corre de su rol sino que busca la complementariedad con el sector privado, y que sigue en sus manos la metodología y el control de las obras.
Por otra parte, Palmieri afirmó que “no es cierto que se tome más deuda, sino que la evita”. En el mismo sentido, Tozzi manifestó que esta herramienta es una alternativa al endeudamiento, porque el riesgo financiero lo asume el privado”.
Horizonte Seguros
La Legislatura provincial avaló otra iniciativa de Tozzi que propone que la totalidad de los seguros exigidos en el marco de contrataciones que lleve a cabo el Estado provincial sean adquiridos por la empresa Horizonte Compañías de Seguros S.A.
La iniciativa, que fue aprobada por mayoría, alcanza a todas las concesiones, adjudicaciones, licencias, locaciones, préstamos y operaciones en las que el Estado actúe como sujeto contratante, exceptuando los seguros de cobertura de riesgos del trabajo.
Servicio Penitenciario
La Cámara sancionó además una modificación a la ley Orgánica del Servicio Penitenciario Provincial (SPP) para otorgar, en caso que no la detente, la máxima jerarquía de la fuerza al Subdirector General.
La legisladora Tania Lastra explicó que la propuesta del Ejecutivo provincial, con acuerdo de ministros, busca organizar este servicio “bajo las reglas de verticalidad y cadena de mando que es necesario en este tipo de instituciones”.
Afirmó que la iniciativa se motivó en la necesidad de reforzar y modificar la estructura funcional del SPP y regular explícitamente las condiciones para detentar el cargo de subdirector.
El legislador Marcelo Mango (FpV) adelantó el voto desfavorable de su bancada, porque explicitó que más allá de esta modificación menor, se evidencia que esta ley es regresiva para un Poder Legislativo rionegrino que se caracterizaba por ser progresista, y que esta norma avanzó en la militarización del SPP.
Informáticos
El Parlamento aprobó por unanimidad un proyecto de ley que busca incorporar el agrupamiento de Informáticos a la ley 1844, y así facilitarles la obtención de categorías mayores a 16.
El legislador Rodolfo Cufré (JSRN), autor de la propuesta junto a Facundo López y Graciela Valdebenito, explicó que el proyecto “busca otorgarle a los trabajadores informáticos un derecho, que tal vez por una omisión involuntaria de la última reforma de la ley 1844, dejó a este sector afuera”.
Expresó que la ley por la que se rigen actualmente les pone una traba en la categoría 16, cuando en la 1844 tiene una categorización que llega hasta la 25. Afirmó también que esta medida no significa grandes cambios en la economía de la Provincia, porque no son más de 65 trabajadores.
Indicó además que se le sumó a la propuesta una reforma sugerida por el Ministerio de la Función Pública, que establece las funciones, capacidades y el entrenamiento técnico que tienen que tener quienes pretendan tener esta recategorización.
El legislador Facundo López agradeció la presencia de los trabajadores y los gremios, que fueron quienes impulsaron la propuesta.
Judiciales
Confirman sentencia contra administradora de plan de ahorro por no dar información clara y precisa
El consumidor reclamó tras recibir una cuota 84 con un valor elevado y sin explicación.

Un fallo de segunda instancia confirmó una sentencia que había condenado, de manera solidaria, a una administradora de planes de ahorro y a una terminal automotriz, por incumplimientos al deber de información hacia un consumidor de Viedma.
El caso se originó a partir del reclamo de un hombre que había suscripto un plan de ahorro a 7 años y que, al llegar a la cuota final número 84, recibió un monto considerablemente más alto de lo esperado, sin una explicación clara ni detallada sobre su conformación.
En primera instancia, el juez tuvo por acreditado que existía un saldo deudor, pero consideró que la administradora no logró explicar de manera razonada cómo se había arribado a ese monto. En el análisis también se tuvo en cuenta la aplicación de una medida cautelar dictada en el marco de un amparo colectivo, que luego fue revocada, sin que ello fuera debidamente informado al consumidor.
El Juzgado entendió que la empresa incumplió el deber de información, al no brindar precisiones sobre la composición del valor móvil, los rubros incluidos en los cupones de pago ni el impacto de la medida cautelar en la cuota final. Esa conducta fue considerada un incumplimiento relevante dentro de una relación de consumo, por lo que se ordenó el pago de una indemnización por daño moral y la aplicación de un daño punitivo.
Al analizar el recurso, la Cámara confirmó el fallo y sostuvo que no resultaba suficiente consignar el valor móvil en los cupones, sino que era exigible una conducta activa y transparente por parte de la administradora, conforme a la Ley de Defensa del Consumidor y el Código Civil y Comercial.
Judiciales
Responsabilizan a la dueña de un perro por un ataque en la vía pública: La víctima sufrió lesiones estéticas permanente
Las marcas quedaron visibles y a eso se sumó el impacto emocional propio de una agresión inesperada.

Una mujer sufrió lesiones de consideración y secuelas estéticas permanentes tras el ataque de un perro en plena vía pública. Eran cerca de las 9 de la mañana cuando caminaba hacia su trabajo y, al pasar frente a una vivienda, el animal se lanzó sobre ella sin advertencia previa. La mordió reiteradamente en un brazo y recién se separó tras varios intentos. El episodio ocurrió en Bariloche y un fallo civil condenó a la dueña del can a pagar una suma millonaria.
El ataque no fue un hecho menor ni aislado en sus consecuencias. La mujer recibió atención médica de urgencia y continuó con tratamientos posteriores por las lesiones provocadas por la mordedura. Las marcas quedaron visibles y permanentes. A eso se sumó el impacto emocional propio de una agresión inesperada en un espacio que, por definición, debería ser seguro: la vereda de una calle residencial.
Durante el juicio, el juez civil interviniente dio por acreditado que el ataque ocurrió sin provocación alguna por parte de la víctima y que el perro se encontraba bajo la guarda de su propietaria. Para reconstruir lo sucedido, el magistrado valoró actas policiales, registros de sanidad animal, documentación médica, fotografías y testimonios producidos en el expediente. Ese conjunto probatorio permitió descartar cualquier versión alternativa de los hechos.
El fallo se apoyó en un principio jurídico central: los daños causados por animales se rigen por el régimen de responsabilidad objetiva previsto en el Código Civil y Comercial. Bajo este sistema, no resulta necesario demostrar negligencia, descuido o intención. El dueño responde por el solo hecho de tener al animal bajo su control. La ley solo admite la eximición de responsabilidad si se prueba culpa de la víctima, intervención de un tercero ajeno o un hecho imprevisible e inevitable. Ninguna de esas circunstancias fue acreditada en el caso.
La sentencia fijó una suma superior a los 6 millones y medio de pesos. El monto reconoció, en primer lugar, el daño estético derivado de la cicatriz que dejó la mordedura, considerada una alteración permanente de la apariencia física. El juez entendió que esa secuela debía ser reparada de manera autónoma, aun cuando no afectara de forma directa la capacidad laboral de la mujer.
También se reconoció el daño moral. El fallo destacó el carácter traumático del ataque, el miedo experimentado, la alteración de la tranquilidad personal y las limitaciones que el hecho impuso en la vida cotidiana de la víctima. La agresión, ocurrida de manera súbita y violenta, fue considerada suficiente para justificar una reparación económica relevante por la afectación espiritual sufrida. Además, se admitieron gastos médicos posteriores al episodio, vinculados a curaciones, medicamentos y atenciones necesarias como consecuencia directa del ataque.
El tribunal rechazó, en cambio, el reclamo por daño psicológico permanente. Un informe pericial concluyó que la mujer no presenta una patología psíquica ni una incapacidad duradera, sino reacciones esperables frente a un evento violento. Si bien se reconoció la existencia de angustia y conductas de evitación, estas no alcanzaron el umbral de una afección psicológica indemnizable como incapacidad. La sentencia no está firme porque puede ser apelada.
Gremios
El Gobierno propuso suma compensatoria y actualizar salarios por IPC
ATE analizará la oferta, mientras que UPCN ya adelantó su rechazo asegurando que «ya hay un acuerdo preliminar con la otra organización sindical».

El Gobierno de Río Negro retomó las negociaciones paritarias con los gremios ATE y UPCN, en el ámbito de la Mesa de la Función Pública. Se presentó una propuesta superadora que combina una compensación extraordinaria por el último trimestre de 2025, con un esquema de actualización automática por IPC para los primeros 4 meses de 2026.
Los representantes de ATE adelantaron que «la decisión final la van a tomar las instancias orgánicas del sindicato», mientras que UPCN rechazó la propuesta asegurando que «ya hay un acuerdo preliminar con la otra organización sindical».
La oferta oficial consta de 4 ejes. En primer lugar, incluye una compensación extraordinaria por el último trimestre de 2025 por un total de $250.000. El monto se abonará por planilla complementaria en 2 cuotas iguales: la primera el 20 de febrero y la segunda el 20 de marzo.
Para la pauta salarial 2026, el Ejecutivo propuso un mecanismo de actualización automática bimestral basado en la evolución del IPC, que cubre los primeros 4 meses del año. Los haberes de febrero se ajustarán según el IPC de diciembre y enero, mientras que los de abril lo harán con los índices de febrero y marzo. A pedido de los gremios, el cálculo surgirá del promedio entre el IPC Nacional y el IPC Viedma.
Además, en marzo se abonará la Ayuda Escolar con un incremento del 100% respecto del año anterior, alcanzando los $80.000 y los $160.000 en el caso de familias con hijos con discapacidad.
Por último, se confirmó el pago del concepto Indumentaria con un incremento interanual, que alcanzará los $250.000. El monto se depositará en 2 cuotas, el 17 abril y el 17 mayo.
«Estamos haciendo un gran esfuerzo, pero siempre con los pies sobre la tierra. No vamos a sacrificar la responsabilidad fiscal, porque el orden de las cuentas es lo único que nos permite garantizar el pago en tiempo y forma, un compromiso que esta gestión ha cumplido siempre», explicó la secretaria de la Función Pública.
Esquema de pagos y actualizaciones mes a mes
Con la propuesta de Gobierno, en febrero se abonaría la primera cuota de la compensación extraordinaria por el último trimestre de 2025, por un monto de $125.000, y se aplicará el aumento salarial correspondiente por IPC.
En marzo, se pagará la segunda cuota de la compensación extraordinaria, también por $125.000, y se abonará la Ayuda Escolar con un incremento del 100%, que alcanzará los $80.000 por hijo y los $160.000 en el caso de hijos con discapacidad.
En abril se aplicará un nuevo aumento salarial por IPC y se abonará la primera cuota del concepto Indumentaria, por un monto de $125.000.
En mayo se completará el pago del concepto Indumentaria con la segunda cuota, también por $125.000.
La reunión fue encabezada por la secretaria de la Función Pública, Tania Lastra, junto a sus pares de Hacienda, Natalia Crociati, y de Gobierno, Natalia Almonacid. Por los gremios participaron Mónica Miranda (UPCN) y Rodrigo Vicente (ATE).






