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Río Negro

Millonario ahorro para la Provincia tras eliminar publicación de edictos y actos de gobierno en el diario

Entre los Poderes Ejecutivo y Judicial, el año pasado destinaron casi 20 millones de pesos.

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A partir de la sanción el pasado 22 de marzo de la Ley que elimina la obligatoriedad de publicar en los medios gráficos de mayor tirada los avisos que comunican actos de gobierno como licitaciones o llamados a concurso, el Estado de Río Negro está en condiciones de realizar un sustancial ahorro en este punto. En 2017, el gasto en estas publicaciones superó los $19.000.000.

La nueva norma, impulsada por el Poder Ejecutivo con acuerdo general de ministros, modificó el sistema de notificaciones por edictos y las publicaciones que comunican actos administrativos y/o procesales que pretenden garantizar derechos de los ciudadanos, incluidas las dispuestas en distintos ordenamientos legales y los actos de gobierno como llamados a concursos o licitaciones que pretenden amplia difusión y fácil acceso.

Estas medidas se vinculan con el Plan de Modernización del Estado, que busca lograr una gestión de calidad que posibilite la provisión eficaz y eficiente de bienes y servicios públicos a los ciudadanos, aprovechando las nuevas tecnologías y en coincidencia con la puesta en marcha de instrumentos como el Boletín Digital y las firmas digitales y electrónicas.

De esta manera, todas las publicaciones exigidas legalmente al sector público provincial deberán realizarse en el Boletín Oficial de Río Negro, sin perjuicio de disponerlo adicionalmente en los sitios web oficiales respectivos de cada repartición, redes sociales oficiales y medios de comunicación oficiales, o incluso de disponerse una publicación adicional cuando las circunstancias así lo determinen.

Independientemente de la modernización del sistema que esta norma representa, el Estado rionegrino en su conjunto podrá tener un importante ahorro en materia de publicaciones. En el año 2017, el Poder Ejecutivo desembolsó un total de $11.079.645 en la publicación de avisos de licitaciones, concursos de precios, convocatorias y edictos. Por su parte, el Poder Judicial hizo lo propio por poco más de $8.000.000.

Previamente, la Legislatura había sancionado la Ley Nº 5.261 por la cual se sustituyó la histórica regulación del Boletín Oficial, manteniendo no obstante el reconocimiento de éste como periódico oficial de la Provincia de Río Negro.

De esta manera, se incorporan conceptos de eficiencia y modernización a través del uso exclusivo de medios tecnológicos, en línea con la política de digitalización y despapelización de los trámites, garantizando la observancia del principio de publicidad.

El nuevo marco regulatorio prioriza la centralización de la información emanada del sector público provincial, facilitando su acceso a la comunidad y detentando validez jurídica los documentos generados electrónicamente en el ámbito del Boletín Oficial, a través de prácticas que garantizan niveles de seguridad y eficiencia.

Esto agiliza el acceso de la población a la información a través de Internet, permitiendo un conocimiento remoto con amplia disponibilidad horaria.

Esta nueva Ley se fundamentó además en el hecho que la obligatoriedad de publicar los edictos a través de medios gráficos impresos ha perdido efectividad en pos del objetivo central, esto es, que la ciudadanía acceda a la información pública. Más aún si debe pagarse por ello, lo cual se convierte en otra limitación, discriminatoria entre quienes pueden o no comprar la versión impresa.

Por ello, se considera una forma más directa, efectiva y abarcativa de cumplir con la obligación de los edictos, la utilización del Boletín Oficial de Río Negro que se publica con firma digital en el sitio oficial web de la Provincia de Río Negro, facultando incluso a la edición exclusiva de edictos.

También se posibilita el uso de los sitios web y redes sociales oficiales de cada repartición, manteniendo además la posibilidad de recurrir a los medios impresos en aquellos casos y localizaciones geográficas específicas impidan u obstaculicen la difusión que se impulsa como principio general.

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Río Negro

Río Negro inicia la Vacunación Antigripal en todo el territorio provincial

La vacuna es totalmente gratuita, voluntaria y puede aplicarse en vacunatorios y centros de salud rionegrinos.

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Río Negro se suma al lanzamiento nacional de vacunación antigripal, dirigida a la población objetivo, definida por el Calendario Nacional de Vacunación. La decisión de adelantar su inicio responde al comportamiento epidemiológico observado en la región, con circulación temprana de virus respiratorios y la presencia de una nueva variante de influenza A (H3N2).

Es importante señalar que, como todos los años, los grupos priorizados son el personal de salud, las personas gestantes en cualquier momento del embarazo, personas puérperas, población general a partir de los 65 años, niñas y niños de 6 a 24 meses de edad, y quienes tengan entre 2 y 64 años con factores de riesgo.

La vacunación tiene por objetivo reducir las complicaciones, hospitalizaciones, muertes y secuelas ocasionadas por la infección por el virus influenza en la población de riesgo en Argentina y la provincia.

Cabe remarcar que la vacuna es gratuita, voluntaria y se puede aplicar junto con cualquier otra vacuna en todos los vacunatorios y centros de salud de la Provincia.

El ministro de Salud de Río Negro, Demetrio Thalasselis, destacó que «las inmunizaciones son importante para prevenir las complicaciones de la gripe, estar vacunados previene internaciones, neumonías, y otras complicaciones que pueden traer estos virus de la gripe».

«Nosotros estamos distribuyendo en toda la provincia las vacunas que llegaron desde el Ministerio de Salud de la Nación, el año pasado superamos las 100.000 personas vacunadas en Río Negro, los alentamos y les pedimos que se acerquen a los vacunatorios de los hospitales y a los Centros de Salud de toda la provincia», indicó.

Por su parte la referente del Departamento de Inmunización, Marcela González, indicó que «Nación nos envió más de 37.000 dosis, que nos permitió vacunar a importante porcentaje del personal de salud y a más de 4.500 adultos mayores, que es nuestro objetivo y ya comenzamos a vacunar en menores cantidades, al resto de los grupos priorizados».

Además destacó que este año «Nación adelantó el envío de vacunas, y eso es muy bueno, nos va a permitir tener vacunado a un porcentaje muy alta de la población de riesgo antes de que comiencen a circular los virus en el invierno».

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Política

Plan Castello: Río Negro realizó un nuevo pago y redujo su deuda 55%

El saldo del bono se redujo de U$S 320 millones a U$S 142 millones.

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El Gobierno de Río Negro realizó un nuevo pago del Plan Castello por más de U$S 41 millones, avanzando en el proceso de desendeudamiento iniciado en diciembre de 2023. De esta manera, la Provincia redujo en un 55% el saldo del financiamiento del plan.

Con el pago de U$S 41.694.412 correspondiente a la quinta cuota del Plan Castello -entre capital e intereses- el saldo del bono se redujo de U$S 320 millones a U$S 142 millones. Esto representa una disminución del 55% desde el inicio del proceso de cancelación.

Entre diciembre de 2023 y marzo de 2026, Río Negro redujo su deuda total en dólares de U$S 413 millones a U$S 302 millones, es decir, U$S 111 millones menos (-27%). En paralelo, el peso de la deuda sobre los ingresos corrientes cayó del 71% al 15%, lo que representa una mejora histórica del 79% en los indicadores de sostenibilidad fiscal.

«Este proceso de ordenamiento financiero fortalece la solvencia de la Provincia y mejora su posicionamiento ante organismos internacionales de financiamiento como el BID, la CAF y la AFD. De esta manera, Río Negro consolida su capacidad para acceder a financiamiento destinado a obras de infraestructura y proyectos estratégicos que acompañen el desarrollo productivo y el crecimiento de la provincia», indicaron desde el Ejecutivo rionegrino.

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Judiciales

Fallo contempló el cuidado exclusivo de una madre y fijó una cuota de siete salarios mínimos

El fallo también señaló que el padre no registra impuestos activos ni declaraciones juradas ante AFIP. Sin embargo, en el expediente constan datos sobre la titularidad de un automóvil y viajes al exterior.

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El cuidado cotidiano que la madre ejerce de manera exclusiva sobre su hija fue uno de los factores centrales para fijar una cuota alimentaria equivalente a siete Salarios Mínimos Vitales y Móviles. La sentencia, dictada en Bariloche, también dispuso que el padre deberá afrontar el 50% de los gastos extraordinarios vinculados con la crianza.

La demanda fue presentada por la madre en representación de su hija de 8 años. Señaló que el progenitor reside en Buenos Aires y que el contacto con la niña es esporádico, ya que se ven una o dos veces al año. También explicó que las tareas de cuidado recaen exclusivamente sobre ella.

Según la presentación, el padre pagaba de manera directa un colegio privado, el comedor y algunas actividades. Además, hasta septiembre de 2023 realizaba depósitos mensuales, que luego dejó de efectuar. La madre sostuvo que ese aporte resultaba insuficiente frente al conjunto de gastos de crianza.

El progenitor respondió que no estaba en condiciones de afrontar el monto solicitado. Indicó que se dedica a la intermediación en la venta de caballos, con ingresos irregulares, y afirmó encontrarse desocupado. Durante una audiencia ofreció una suma menor junto con algunos pagos directos, pero no hubo acuerdo.

En el expediente se incorporaron informes sobre los gastos de la niña, vinculados con educación, cobertura médica, actividades extracurriculares y tratamientos médicos. También se realizó una pericia social en el domicilio materno que describió condiciones habitacionales adecuadas y señaló que el hogar se sostiene con el salario de la madre.

Al analizar el caso, la sentencia destacó que las tareas de cuidado tienen un valor económico que debe considerarse al fijar la cuota alimentaria. En este caso, se acreditó que esas responsabilidades recaen casi en su totalidad sobre la progenitora.

El fallo también señaló que el padre no registra impuestos activos ni declaraciones juradas ante AFIP. Sin embargo, en el expediente constan datos sobre la titularidad de un automóvil y viajes al exterior. En ese contexto, el juzgado indicó que, ante ingresos informales, es el propio alimentante quien se encuentra en mejores condiciones de acreditarlos.

Con base en las necesidades de la niña y las circunstancias acreditadas en el proceso, la sentencia hizo lugar a la demanda y fijó la cuota alimentaria en siete salarios mínimos vitales y móviles, además del pago compartido de los gastos extraordinarios.

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