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Río Negro

Millonario ahorro para la Provincia tras eliminar publicación de edictos y actos de gobierno en el diario

Entre los Poderes Ejecutivo y Judicial, el año pasado destinaron casi 20 millones de pesos.

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A partir de la sanción el pasado 22 de marzo de la Ley que elimina la obligatoriedad de publicar en los medios gráficos de mayor tirada los avisos que comunican actos de gobierno como licitaciones o llamados a concurso, el Estado de Río Negro está en condiciones de realizar un sustancial ahorro en este punto. En 2017, el gasto en estas publicaciones superó los $19.000.000.

La nueva norma, impulsada por el Poder Ejecutivo con acuerdo general de ministros, modificó el sistema de notificaciones por edictos y las publicaciones que comunican actos administrativos y/o procesales que pretenden garantizar derechos de los ciudadanos, incluidas las dispuestas en distintos ordenamientos legales y los actos de gobierno como llamados a concursos o licitaciones que pretenden amplia difusión y fácil acceso.

Estas medidas se vinculan con el Plan de Modernización del Estado, que busca lograr una gestión de calidad que posibilite la provisión eficaz y eficiente de bienes y servicios públicos a los ciudadanos, aprovechando las nuevas tecnologías y en coincidencia con la puesta en marcha de instrumentos como el Boletín Digital y las firmas digitales y electrónicas.

De esta manera, todas las publicaciones exigidas legalmente al sector público provincial deberán realizarse en el Boletín Oficial de Río Negro, sin perjuicio de disponerlo adicionalmente en los sitios web oficiales respectivos de cada repartición, redes sociales oficiales y medios de comunicación oficiales, o incluso de disponerse una publicación adicional cuando las circunstancias así lo determinen.

Independientemente de la modernización del sistema que esta norma representa, el Estado rionegrino en su conjunto podrá tener un importante ahorro en materia de publicaciones. En el año 2017, el Poder Ejecutivo desembolsó un total de $11.079.645 en la publicación de avisos de licitaciones, concursos de precios, convocatorias y edictos. Por su parte, el Poder Judicial hizo lo propio por poco más de $8.000.000.

Previamente, la Legislatura había sancionado la Ley Nº 5.261 por la cual se sustituyó la histórica regulación del Boletín Oficial, manteniendo no obstante el reconocimiento de éste como periódico oficial de la Provincia de Río Negro.

De esta manera, se incorporan conceptos de eficiencia y modernización a través del uso exclusivo de medios tecnológicos, en línea con la política de digitalización y despapelización de los trámites, garantizando la observancia del principio de publicidad.

El nuevo marco regulatorio prioriza la centralización de la información emanada del sector público provincial, facilitando su acceso a la comunidad y detentando validez jurídica los documentos generados electrónicamente en el ámbito del Boletín Oficial, a través de prácticas que garantizan niveles de seguridad y eficiencia.

Esto agiliza el acceso de la población a la información a través de Internet, permitiendo un conocimiento remoto con amplia disponibilidad horaria.

Esta nueva Ley se fundamentó además en el hecho que la obligatoriedad de publicar los edictos a través de medios gráficos impresos ha perdido efectividad en pos del objetivo central, esto es, que la ciudadanía acceda a la información pública. Más aún si debe pagarse por ello, lo cual se convierte en otra limitación, discriminatoria entre quienes pueden o no comprar la versión impresa.

Por ello, se considera una forma más directa, efectiva y abarcativa de cumplir con la obligación de los edictos, la utilización del Boletín Oficial de Río Negro que se publica con firma digital en el sitio oficial web de la Provincia de Río Negro, facultando incluso a la edición exclusiva de edictos.

También se posibilita el uso de los sitios web y redes sociales oficiales de cada repartición, manteniendo además la posibilidad de recurrir a los medios impresos en aquellos casos y localizaciones geográficas específicas impidan u obstaculicen la difusión que se impulsa como principio general.

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Río Negro

Estatales rionegrinos: ¿Qué se cobrará el 30 de abril?

Los pagos se realizarán para el personal del escalafón general y salud.

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El Gobierno de Río Negro informó los pagos que se realizarán el 30 de abril para el personal comprendido en las Leyes N° 1844, escalafón general, y N° 1904, personal de salud.

En primer lugar, todos los agentes comprendidos en las Leyes N° 1844, escalafón general, y N° 1904, personal de salud recibirán la primera cuota de $50.000 en concepto de indumentaria.

Por otra parte, el mismo día y a través de una planilla complementaria, se abonarán las diferencias correspondientes a los salarios de marzo y anticipos de abril para el personal de la Ley N° 1844 de Salud Pública. Se trata del personal cuyas liquidaciones tuvieron un error en los cálculos y rápidamente se resolvió enmendarlo de este modo.

En este sentido, la Provincia ratificó «el compromiso continuo con el diálogo, el consenso y la colaboración conjunta con los gremios de trabajadores en este difícil contexto económico y social, mientras a la vez se sostienen las obligaciones financieras».

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Río Negro

ARSA ofrece una moratoria para que los usuarios regularicen sus deudas

Hay tiempo hasta el 15 de mayo si el pago es al contado, o hasta el 15 de junio si se abona en cuotas.

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Aguas Rionegrinas puso a disposición el Plan de Regularización de deuda, con el objetivo de que los usuarios del servicio puedan pagar sus deudas con la empresa, y evitar así instancias de intimaciones y corte de servicio. Hay tiempo hasta el 15 de mayo si el pago es al contado, o hasta el 15 de junio si se abona en cuotas.

Desde la entidad aclararon que pagar al contado, hasta el 15 de mayo, implica la quita del 100% de intereses de todo tipo al costo final de la deuda. En el caso contrario, hasta el 15 de junio, podrán abonar en 4 cuotas con la deducción del 50% de los intereses, o en 12 cuotas con los intereses de financiación.

Al respecto, el gerente general de Aguas Rionegrinas, Javier Iud, explicó que la idea de esta moratoria es la de «acercar al contribuyente una propuesta que les permita resolver su problema de deudas, porque la etapa posterior ya será la de intimaciones, corte de servicio y juicio ejecutivo para quien no sostenga una voluntad de querer pagar».

Iud destacó la buena voluntad de los más de 600 contribuyentes que ya se han acercado recientemente para regularizar sus deudas, pero aclaró que «tenemos expectativas mayores, porque los deudores son muchos y esperamos que, en los próximos días se acerquen más, por eso vamos alertando que es hasta el 15 de mayo para el pago contado y hasta el 15 de junio quienes elijan la modalidad de cuotas».

¿Cómo acceder a la moratoria?

Para hacerlo, los usuarios pueden acercarse de manera presencial a las oficinas de aguas rionegrinas y realizar el pago directamente. Asimismo, lo pueden hacer de manera digital entrando a la página de aguas rionegrinas www.aguasrionegrinas.com. Allí se encontrarán con un código QR y se deberá tener a mano el DNI y alguna boleta para identificar el número de usuario. Con esta información, ARSA enviará, a través de la modalidad elegida, el plan de pago.

También aquellos que quieran hacerlo al contado, pueden hacerlo desde la app de Aguas Rionegrinas, en donde con el número de usuario ya tienen disponible el plan de pago y efectuarlo directamente desde allí, sin ningún trámite

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Judiciales

Recién a los 17 años logró que se inscriba su nacimiento y a los 30, que su mamá la reconozca

De esta manera, tras tres décadas, la mujer pudo completar su identidad.

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En su adolescencia, una joven solicitó judicialmente que el Registro Civil inscriba su nacimiento «fuera de término». Lo logró, pero en ese momento no pudo determinarse la filiación materna ni paterna.

Más de una década después, se presentó nuevamente en sede judicial porque tenía nuevos datos. Una señora la había reconocido públicamente como su hija biológica, «sin perjuicio de que la presentó en algunas oportunidades como hija de una amiga fallecida».

Según expresó, «esta situación le provocaba una negación a su identidad, truncaba sus posibilidades de estudio, controles de salud y la posibilidad de que su propia descendencia conociera su origen por la rama materna».

Ya en el expediente ante una jueza de Familia de Viedma, la mujer reconoció que quien inició la demanda es su hija biológica. Había nacido en un hospital de una provincia vecina «en una etapa difícil de su vida».

La mamá luego tuvo dos hijos más. En total, seis. De esta manera, brindó su consentimiento para llevar adelante la prueba genética.

Así, el Cuerpo de Investigación Forense de la Primera Circunscripción Judicial realizó la extracción de sangre «mediante la punción de un pulpejo de dedo de la mano izquierda» en ambas mujeres.

Finalmente se produjo el Informe Pericial del Laboratorio Regional de Genética Forense. Efectivamente, eran madre e hija con una certeza superior al 99,99999998%.

La jueza recordó que «pasados más de treinta años del nacimiento y por la inacción de la demandada con respecto a la identidad» de su hija, esta «se vio en la necesidad de instar la acción de filiación para corroborar su realidad biológica, a pesar del reconocimiento público, y dejar asentada la maternidad en su partida de nacimiento».

Explicó que «la acción se encuentra encuadrada en el actual art. 582 del CCyC que permite al hijo/a reclamar su filiación extramatrimonial contra quienes considere sus progenitores, sin hacer distinción si se trata de un reclamo de emplazamiento de la maternidad o de la paternidad».

Tuvo en cuenta que «la jurisprudencia ha erigido a la prueba genética de la filiación como la prueba por excelencia». De esta manera, hizo lugar a la demanda de la mujer, que pudo completar su identidad.

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