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Poderes del Estado debatieron avances en la Ley de Salud Mental

Ultiman detalles para crear el órgano de revisión de salud mental en el ámbito de la provincia de Río Negro.

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En la mañana de ayer (18/04) la Procuración General fue sede de una reunión de la que participaron referentes de los tres poderes del Estado provincial, convocada para avanzar en la creación del órgano de revisión de salud mental en el ámbito de la provincia de Río Negro. Sobre este tema debatieron los principales referentes de la Justicia, el Ministerio de Salud y los presidentes de los bloques legislativos. Estos últimos se comprometieron a impulsar en el recinto avances concretos en el término de los próximos dos meses.

Encabezada por el Procurador General Jorge Crespo, quien representó al Poder Judicial junto a la Jueza del Superior Tribunal de Justicia, Liliana Piccinini y la Defensora General, Rita Custet; el encuentro contó con la presencia de la Secretaria Ejecutiva del Órgano de revisión de Salud mental de la Nación, la Lic. Graciela Iglesias quien explicó cuál es la razón de ser de este armado intersectorial en pos de una mejor calidad de vida de los usuarios de salud mental.

“No es menor para el Ministerio Público reunir a los tres poderes del Estado en este ámbito y esto se logra por la importancia del Órgano de Revisión de Salud Mental que atraviesa a la sociedad completa y a todos nosotros de una manera amplia y global”, expresó Crespo al dar apertura al encuentro.

“La presencia de ustedes, del Poder Ejecutivo a través del ministro de Salud, Fabián Zgaib; de la Legislatura a través de los presidentes de Bloque y la Justicia, en cabeza de dos mujeres que han hecho tanto por el tema, como la Jueza Piccinini y la Defensora General; da significación y pone en valor lo que aquí vamos a tratar: la constitución de un órgano encargado de la protección de los derechos humanos de los usuarios del servicio de salud mental”, agregó.

Iglesias fue quien inició el debate, explicando que era una obligación del Órgano que encabeza la promoción y acompañamiento a las provincias para lograr el alcance de los estándares de orden público que la Ley Federal de Salud Mental N° 26.657 impone. “Esta provincia tiene una particularidad muy fuerte porque la ley nacional se creó tomando aspectos de la Ley de salud mental de Río Negro, señera en la temática y que ha sido ejemplar en cuanto a la impronta que le ha dado el Poder judicial para lograr nuevos alcances.”

Liliana Piccinini en tanto, celebró la instancia de construcción alcanzada que deja atrás un camino de temores por parte del Estado. “Cuando hablamos de Órgano de revisión estamos hablando de transversalidad, un espacio donde todos convergen, donde todos encuentran un límite a su función, que no viene a generar ningún cataclismo institucional y político sino a darnos un marco para que cada uno de nosotros intervenga”, expresó.

Destacó que la provincia de Río Negro ha sido pionera en la temática de salud mental, instando en ese sentido a un próximo encuentro en el seno de la Comisión Interpoderes creada en el marco de la Ley provincial de Salud mental, para continuar avanzando en este sentido.

El encuentro se extendió por el término de dos horas en las que los legisladores Graciela Valdevenito, quien preside la mencionada comisión, Daniela Agostino, Alejandro Marinao, Mario Sabatella y el Ministro de Salud, Fabián Zgaib requirieron más información y expresaron su visión acerca del tema.

Además contó con la presencia de una usuaria del sistema de salud mental quien dio a conocer su experiencia personal, destacando la importancia de la intervención interdisciplinaria en el tratamiento de este tipo de padecimiento.

“Supervisar derechos no es sustituir sectores”

La Lic. Graciela Iglesias abrió el debate acerca de la adecuación de la Ley de Salud Mental provincial a los estándares de calidad previstos en la Ley Nacional, que insta a la creación de este órgano intersectorial necesario para “supervisar el sistema de salud mental que, al mismo tiempo, lo nutre, porque trabaja en la intersectorialidad incidiendo así tanto en derechos específicos como en políticas públicas”.

La Defensora General Rita Custet, agregó a ello que esta instancia que se abre con más fuerza a partir de la convocatoria realizada por la Procuración General permitirá que el Estado provincial pueda garantizarle a los rionegrinos políticas intersectoriales que promuevan el goce de derechos adecuados a estándares de salud mental”.

“Es un tema que atraviesa e importa a la comunidad toda ya que una de cada cuatro personas es susceptible a padecer alguna crisis de salud mental y ante la firmeza de este número hoy, los referentes judiciales, no contamos con un órgano de consulta que pueda garantizarle a ellos que estemos cumpliendo con los estándares de debido proceso establecido por las convenciones de Derechos Humanos internacionales”, explicó Custet.

En relación a la provincia de Río Negro, Iglesias manifestó en reiteradas oportunidades que la misma es “representativa en toda Latinoamérica por haber tenido la primera ley de desmanicomialización”, aunque fue enfática en cuanto a que ello “no implica no tener manicomios, sino tener una lógica atravesada por la intersectorialidad, reconociendo los derechos de los usuarios de salud mental”.

En este sentido destacó la impronta que en este tema ha dejado el Poder Judicial, tanto a través de la Defensa Pública como del Superior Tribunal de Justicia. “No hablamos aquí sólo de salud; estamos implicando a Desarrollo Social, Educación y a la justicia porque lo que se requiere es intersectorialidad para cambiar la mirada y las prácticas en un camino en el que nada es radical”, agregó.

Además, comprometió el apoyo del Órgano de Revisión nacional en el proceso rionegrino, en el cual participan desde hace cuatro años, valorizando que deben ser los actores de nuestra región quienes le den una identidad propia a este requerimiento legal.

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Negó ser el padre, murió durante el juicio y una prueba de ADN confirmó la paternidad

Antes de su fallecimiento, los progenitores habían firmado un acuerdo sobre distintos aspectos, entre ellos el nombre con el que quedaría inscripta la niña.

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La búsqueda de una madre por la identidad de su hija comenzó con una respuesta negativa. Cuando la niña tenía cuatro meses, la mujer le comunicó al hombre con quien había mantenido una relación que era el padre. Él rechazó esa posibilidad. Le dijo que tenía un problema orgánico que le impedía tener hijos. Con ese argumento, no asumió la paternidad.

Frente a esa negativa, la mujer inició un recorrido para que su hija tuviera reconocida su identidad y su vínculo paterno. Recurrió al Poder Judicial y, en representación de la niña, promovió una acción de filiación. De esta manera, el fuero de Familia de Villa Regina ordenó una prueba genética para determinar si existía el vínculo biológico.

Antes de que el proceso llegara a una sentencia, el hombre falleció. La mujer informó su muerte en y presentó el acta de defunción. También acompañó un acuerdo que ambos habían firmado unos meses antes. Allí habían establecido, entre otras cuestiones, el nombre con el cual quedaría inscripta la niña.

Durante el trámite judicial se ordenó una extracción de muestras y el análisis molecular de ADN. La pericia del Laboratorio Regional de Genética Forense del Poder Judicial de Río Negro determinó una probabilidad de vínculo biológico de paternidad superior al 99,99998 por ciento. El resultado no recibió objeciones de las partes.

El fallecimiento del hombre no impidió que el expediente continuara. Se suspendió la tramitación y se citó a sus herederos. Luego se ordenó la publicación de edictos y, ante la eventual existencia de sucesores, se designó un Defensor de Ausentes. La Defensoría Oficial asumió esa representación. Antes de la sentencia, el Defensor de Menores e Incapaces dictaminó que correspondía hacer lugar a la acción de filiación.

Con la prueba genética como elemento central, el fuero de Familia tuvo por acreditado que el hombre era el progenitor biológico de la niña. La sentencia destacó el valor de este tipo de estudios para establecer la denominada verdad biológica y señaló que el resultado obtenido aportaba una certeza casi absoluta sobre la paternidad.

El fallo también hizo lugar a la incorporación del apellido paterno. De acuerdo con lo que los progenitores habían pactado antes del fallecimiento del hombre, la niña llevará un apellido compuesto, primero el materno y luego el paterno.

La jueza ordenó librar oficio y testimonio al Registro Civil para que se modifique la inscripción correspondiente y dispuso que las costas del proceso sean soportadas en el orden causado.

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Entró por una ventana, golpeó a su ex pareja y la amenazó de muerte frente a sus hijos: Fue condenado a un año y dos meses de prisión

El hecho ocurrió un domingo al mediodía en Roca. La víctima estaba junto a sus tres hijos cuando su ex pareja irrumpió en la vivienda. Tras un llamado a la Policía, fue detenido.

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Un hombre fue condenado a un año y dos meses de prisión efectiva luego de reconocer su responsabilidad por un violento episodio ocurrido en General Roca, cuando ingresó por la fuerza a la vivienda de su ex pareja, la golpeó y la amenazó de muerte con un cuchillo frente a los tres hijos de la mujer.

El hecho ocurrió un domingo, alrededor de las 13.10, antes del inicio de las vacaciones de invierno. Según explicó la fiscal Natalia Pascual, el hombre ingresó a la casa a través de una ventana de una habitación, donde se encontraba su ex pareja junto a sus tres hijos, uno de ellos en común con el imputado.

Una vez dentro de la vivienda, se produjo la agresión contra la mujer. En ese contexto, el hombre tomó un cuchillo y la amenazó de muerte.

La situación terminó luego de que se realizara un llamado a la Policía. La intervención de los efectivos permitió que cesara la actitud del hombre y que fuera aprehendido en el lugar.

«Fue un llamado a la policía lo que permitió que la actitud del hombre cesara y que fuera detenido», explicó la fiscal. Al día siguiente se formularon los cargos y se solicitó la prisión preventiva, por lo que el acusado llegó detenido a la audiencia en la que finalmente se resolvió su condena.

Reconoció los hechos y aceptó la pena

Con la conformidad de la víctima, el Ministerio Público Fiscal solicitó una pena única de un año y dos meses de prisión efectiva. Tanto la Fiscalía como la Defensa Penal Pública renunciaron a los plazos procesales y, una vez conocida la resolución judicial, el hombre comenzó a cumplir la condena.

Asistido por el defensor penal público Juan Pablo Chirinos, el imputado reconoció ante el juez Maximiliano Camarda haber cometido los hechos. También aceptó la calificación legal y la pena acordada.

La condena fue dictada por los delitos de violación de domicilio, lesiones leves doblemente calificadas por el vínculo y por haber sido cometidas por un hombre contra una mujer mediando violencia de género, y amenazas calificadas, todo en concurso real.

El caso fue encuadrado además en las disposiciones de la Ley 26.485 de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres.

Las pruebas que sustentaron la acusación

Entre los elementos reunidos durante la investigación se incorporaron la denuncia realizada por la víctima, un video en el que quedó registrada la agresión, el acta del procedimiento realizado por personal del Destacamento 177 y el certificado médico confeccionado por el Hospital de General Roca.

También intervinieron el Gabinete de Criminalística y profesionales de la Oficina de Atención a la Víctima (OFAVI), quienes realizaron una evaluación de riesgo.

A esto se sumaron entrevistas a vecinos y un informe elaborado por el Cuerpo de Investigación Forense (CIF) de la Segunda Circunscripción Judicial.

Con el reconocimiento de los hechos y la aceptación de la pena, el proceso quedó resuelto y el hombre ya cumple la condena de un año y dos meses de prisión efectiva.

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Ampliaron la acusación contra los 11 imputados por una asociación ilícita que operaba en el Alto Valle y prorrogaron las medidas cautelares

5 de ellos continuarán en prisión preventiva y otros 2 permanecerán con tobillera electrónica.

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Este martes (11/08) se desarrolló en General Roca una audiencia en la que el Ministerio Público Fiscal reformuló y precisó la acusación contra 11 imputados, entre ellos un adolescente de 16 años, en el marco de una investigación por una asociación ilícita que habría actuado en distintas ciudades del Alto Valle y Neuquén.

La nueva instancia judicial se produjo luego de los resultados obtenidos a partir de distintas pericias, entre ellas el análisis de los teléfonos celulares de las personas señaladas como presuntos integrantes de la organización.

Los dispositivos fueron peritados por la Oficina de Investigación en Telecomunicaciones (OITel), organismo dependiente de la Procuración General. Según explicó la Fiscalía, los informes permitieron obtener datos que ubicaron a los imputados en los lugares donde se produjeron distintos hechos investigados.

A partir de esos elementos, la fiscal jefe Belén Calarco y la fiscal del caso Verónica Villarruel solicitaron al juez de Garantías Gustavo Quelín que tuviera por reformulados los cargos contra los acusados como integrantes de una asociación ilícita.

La Fiscalía sostuvo que los hechos investigados se desarrollaron entre el 1 de octubre de 2024 y el 22 de diciembre de 2025, en un lugar no determinado con exactitud pero ubicable en General Roca.

De acuerdo con la acusación, los 11 imputados habrían acordado formar parte de una asociación ilícita destinada a cometer delitos indeterminados contra la seguridad y el orden público y contra la propiedad. La organización habría desarrollado actividades en Villa Regina, Allen, General Roca, Cipolletti y Neuquén capital, con una pluralidad y diversidad de maniobras y una distribución de tareas caracterizada, según la Fiscalía, por estabilidad y permanencia en el tiempo.

Durante la audiencia, el Ministerio Público Fiscal detalló además qué función habría cumplido cada uno de los integrantes dentro de la organización y sumó dos hechos ocurridos en Cipolletti.

Uno de los puntos analizados estuvo relacionado con el adolescente de 16 años. Las defensas cuestionaron su incorporación a la asociación ilícita, mientras que la Fiscalía lo identificó como partícipe.

El juez explicó que existe una diferencia respecto de la situación del menor, dado que no se le atribuye la participación directa en ninguno de los 14 hechos imputados. Sin embargo, aclaró que la asociación ilícita constituye un delito autónomo y que una persona puede formar parte de ella sin intervenir necesariamente en los robos concretos.

En ese sentido, señaló que pueden existir tareas preparatorias o de colaboración destinadas a posibilitar la concreción de los hechos, sin que necesariamente quien las realiza participe directamente en cada uno de los delitos.

Durante la audiencia, la Fiscalía también solicitó la prórroga de todas las medidas cautelares y del plazo de la investigación penal preparatoria hasta el 10 de diciembre.

El pedido contó con el acuerdo de la Fiscalía y de los abogados defensores, tanto particulares como los representantes de la Defensa Penal Pública, Estela Aroca Alvarez y Juan Pablo Chirinos. El juez Quelín hizo lugar a la solicitud.

Además, pese a la oposición planteada por algunos defensores, el magistrado autorizó la realización de ruedas de reconocimiento.

¿Cuál es la situación de los acusados?

Con la resolución adoptada este martes, quedaron prorrogadas las prisiones preventivas de 5 imputados. Otros 2 continuarán bajo medidas cautelares con tobillera electrónica. A su vez, 2 imputados permanecen detenidos en prisión preventiva en el marco de otra causa.

Los 2 restantes continúan sujetos a medidas cautelares consideradas suficientes para garantizar los fines del proceso.

De esta manera, al día de la fecha, 10 personas mayores de edad y un adolescente de 16 años continúan vinculados a la causa con formulación de cargos.

Uno de los imputados ya había aceptado su responsabilidad y cumple una condena, que fue unificada en 13 años de prisión.

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