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Para la Fiscalía, Gigli es culpable

El viernes será el turno del veredicto de los jueces.

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El representante del Ministerio Público Fiscal, Luciano Garrido realizó sus alegatos en el juicio oral y público que investiga la muerte de Guillermo Adrián Martínez, quien fue ultimado de 7 puñaladas en el año 2015.

El fiscal solicitó la declaración de la “responsabilidad penal de Octavio Gigli por considerarlo autor de homicidio simple de Guillermo Martínez, conclusión a la que arribó luego de analizar la totalidad de la prueba tras estas siete jornadas de debate”.

“Se acreditó la teoría del caso puesta de manifiesto por el Ministerio Público Fiscal. Al momento de producirse el ataque, en el lugar del hecho solamente se encontraban Martínez y su agresor, Gigli. El segundo punto de la teoría del caso fue probar que Gigli es el victimario y que mató a la víctima usando un arma blanca, y de siete puñaladas”, explicó Garrido y agregó que “el tercer punto era acreditar el derrotero que tuvo que hacer el imputado para fugarse e intentar lograr impunidad”.

De esta manera, el fiscal pudo establecer que “estas circunstancias no tienen ningún tipo de duda: sucedieron en el departamento número 3 propiedad del imputado, ubicado en Córdoba 991. Respecto de la hora fue acreditada y se encuentra comprendida entre las 20.00 del 31 de agosto y las 5.00 del 1 de septiembre de 2015, en un principio. Considero que con la prueba producida esa brecha se puede achicar”.

En relación a ello, el fiscal explicó, a través de las declaraciones que dieron los médicos policial y forenses en el debate, que es difícil determinar el intervalo post mortem. Es decir, desde el momento en que aconteció la muerte hasta que se encontró el cadáver. “Los testigos expertos que expusieron nombraron dos métodos: el científico biológico y la investigación, ambos van de la mano”.

Por un lado, el examen que realizó el médico policial a las 14.30 del 31 de agosto, momento en que se pudo ingresar a la vivienda y dijo que llevaba más de 8 horas muerto. Luego la autopsia realizada por el Cuerpo Médico Forense el 2 de septiembre, y marca un intervalo entre 20 y 28 horas, período que nos sitúa entre las 5.00 y las 13.00 del 1 de septiembre. Y finalmente las apreciaciones del médico forense de la IV Circunscripción que expresó en debate que el período más certero es desde la última vez que se vio con vida a la persona hasta el momento en que se encuentra el cadáver.

Es aquí que intervienen los datos que arroja la investigación: “el cuerpo se encuentra a las 12.00 del mediodía del 1 de septiembre. Aquí la brecha se acorta y se acorta bastante”, dijo Garrido.

La última persona que vio con vida a Martínez fue el vecino lindante a Gigli que expresó que lo vio ingresar a las 20.00 del 31 de agosto a lo del imputado. Se le suma que a las 00.00, luego de hacer la denuncia por desaparición de persona, la mujer de Martínez fue con su cuñado al departamento de calle Córdoba y encontraron el auto de su marido, que tocaron a la puerta y nadie los atendió.

El ingeniero David Baffoni, Coordinador de Políticas Informáticas del Ministerio Público, explicó que el teléfono de Martínez recibió varias llamadas que no fueron atendidas alrededor de las 21.30, momento en que los invitados a cenar de la víctima, y su mujer lo comenzaron a llamar y no los atendió.

El fiscal también mencionó la prueba de la consigna policial que se dispuso en calle Córdoba desde las 3 de la mañana del 1 de septiembre y que se quedó allí hasta que fueron relevadas a las 7:00.

“Puedo concluir entonces que la agresión aconteció entre las 20.00 y las 00.00 del 31 de agosto de 2015”, precisó Garrido. Luego analizó la cantidad de puñaladas, los centímetros de cada una, y cuál fue la causa de la muerte de la víctima: hemorragia interna.

“A esto le debo agregar los indicios de la investigación, de un procedimiento prolijo que realizó el Gabinete de Criminalística. Las únicas pisadas halladas son del diseño de las zapatillas que eran del imputado y que se encontraron al lado de la puerta de salida del departamento. Respecto de este diseño marca Nike, calzado que se incorporó como evidencia, la perito del Gabinete de Criminalística dijo que no había ningún punto desemejante”.

“A la suela de ese calzado se le hizo la prueba Bluestar y dio positivo, es más se probó otro tipo de reactivo y arrojó que esa mancha correspondía a sangre”,

A raíz de la intervención del Perito en Criminalística encargado del Departamento de Reconstrucción Virtual del Ministerio Público, Héctor Castillo en la reconstrucción virtual del hecho se supo que el agresor usó el baño de la planta alta para limpiarse, pudiendo haber usado en tal caso el de abajo. Arriba fue que se aplicó el reactivo y se encontró ADN del agresor en la rejilla de desagote, en el recipiente de jabón líquido y en la parte inferior del botiquín. “¿Y porqué estaba esta sangre ahí? La referencia de Castillo es que si se trató de un arma blanca sin guarda o sin protección es posible que el agresor haya tenido algún tipo de lesión”, explicó el fiscal.

A lo anterior se suma que “hay un indicio determinante que es una huella de pisada que Martínez tenía en el pecho y que se corroboró que las zapatillas Salomon tenían correspondencia. Esa zapatilla (que se secuestró de la mochila que traía el imputado desde Brasil, luego de la audiencia de formulación de cargos) no sólo coincidió en diseño sino que fue analizada con Bluestar y la luminiscencia dio positivo, había rastros de sangre lavados”.

En otro lugar que el reactivo dio positivo fue en el interior de la camioneta Hilux perteneciente a Gigli, precisamente en la pedalera, en el acelerador, en la alfombra del lado izquierdo.

El fiscal mencionó también la manera intempestiva de irse de la ciudad, con su hijo sin avisarle a la madre, dejar de usar su teléfono, “claramente buscaba que no lo encontraran. Se fue a Buenos Aires, escondió la camioneta en un lugar público, la intención era luego recuperarla y ese es el pedido que le hacía a Carina Lombard a través de Facebook y ella nunca fue a buscarla”.

Se agrega que se fue a Brasil sin pasar por migraciones y que luego comenzó a comunicarse por Facebook y por líneas seguras, para hablar con sus hijos, tal como declaró Viviana Piergentilli. En el país vecino utilizó documento falso y fue detenido por ello, tuvo que cumplir un proceso y una vez culminado fue extraditado a Argentina.

“De lo anterior se desprende que la inferencia lógica es que Gigli no se escondía de posibles agresores sino porque lo buscaba la Justicia. Gigli se escondía por miedo, sí, pero por miedo a que lo encontrara la policía”, determinó Garrido.

El Tribunal compuesto por los jueces Fernando Sánchez Freytes, Verónica Rodríguez y Oscar Gatti anunció el anticipo del veredicto para este viernes 27 a las 12.30 horas.

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Comenzó el juicio contra cuatro policías acusados de torturar a dos adolescentes en Alta Barda

El juicio se extenderá durante cinco jornadas más y contará con la declaración de más de 30 testigos.

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Comenzó el debate oral por el hecho que investiga una serie de acciones que cuatro policías habrían cometido contra dos adolescentes en junio de 2024, en el playón deportivo del barrio Alta Barda de General Roca.

El Tribunal Colegiado comenzó a escuchar a los primeros testigos propuestos por el Ministerio Público Fiscal, teniendo en cuenta que la pretensión punitiva supera los 3 años de prisión.

Durante la primera jornada declararon la madre de uno de los jóvenes, la hermana de ella y dos enfermeras del servicio de emergencias.

El debate continuará durante cinco jornadas más. Para este miércoles (19/08) está prevista, entre otras medidas probatorias, la reproducción de las Cámaras Gesell.

Según la teoría del caso presentada por la Fiscalía, el hecho ocurrió el 15 de junio de 2024, entre las 2.05 y las 4.30, cuando los cuatro imputados, que se movilizaban en un móvil policial tipo pick up y prestaban funciones en la Comisaría 47° de J.J. Gómez, llegaron al playón deportivo del barrio Alta Barda.

La acusación sostiene que uno de los policías habría efectuado disparos al aire para dispersar a quienes se encontraban en el lugar y que, posteriormente, tras identificar a los dos adolescentes, los habría hecho subir al móvil frente a sus tres compañeros.

De acuerdo con el relato fiscal, una de las policías conducía, otra se encontraba en la cajuela y el restante ocupaba el asiento trasero junto a los adolescentes.

La acusación plantea que los jóvenes fueron trasladados a un descampado y que allí uno de los policías habría golpeado a ambos. Según la Fiscalía, las dos mujeres policías le pedían que detuviera su accionar, mientras el otro hombre observaba.

Siempre según la acusación, posteriormente el mismo efectivo les habría ordenado correr y efectuado nuevas detonaciones hacia los pies de los adolescentes. Uno de ellos habría sufrido una herida en el muslo izquierdo producto del impacto de un perdigón.

La Fiscalía también sostuvo que el policía habría amenazado a los jóvenes mientras tenía un arma cargada y que finalmente ambos lograron escapar hacia la zona de las sierras, donde permanecieron ocultos.

La calificación legal es torturas en concurso ideal con lesiones leves calificadas por el carácter de funcionario policial, privación ilegal de la libertad con abuso de función y amenazas con arma. Uno de los policías respondería como autor, mientras que los otros tres lo harían en carácter de partícipes necesarios.

Las defensas, en tanto, cuestionaron tanto la teoría de la fiscalía como la calificación legal. El defensor penal público Juan Pablo Chirinos sostuvo que su asistido reconoció el hecho, aunque no en el grado ni con la participación que plantea la acusación, y afirmó que para esa parte no existió tortura.

Por su parte, Flavia Rojas planteó que la defensa discutirá la teoría fiscal a partir de la desigualdad existente en la fuerza policial entre hombres y mujeres y su impacto en la labor de su asistida.

El juicio está previsto durante toda esta semana, desde las 8.30, en los Tribunales de General Roca.

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Identificaron al joven que fue asesinado a tiros en la zona oeste de Roca

La investigación busca determinar cómo ocurrió el crimen, identificar a los responsables y localizar las armas que habrían sido utilizadas.

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Un joven de 19 años fue asesinado durante la noche del jueves (14/08) en la zona oeste de General Roca, luego de recibir múltiples disparos de arma de fuego. La víctima fue identificada como Diego Nicolás Gutierrez, quien murió como consecuencia de las heridas provocadas durante el ataque.

El hecho ocurrió dentro de la jurisdicción de la Comisaría 47° y es investigado por el Ministerio Público Fiscal, bajo la coordinación de la fiscal Verónica Villarruel.

En la escena trabajaron integrantes de la Fiscalía de Turno, el Gabinete de Criminalística, la Unidad Operativa del Ministerio Público, la Policía de Río Negro y la Brigada de Investigaciones.

El cuerpo del joven fue trasladado a la Morgue Judicial de General Roca, donde profesionales médicos realizarán la autopsia para determinar con precisión la causa y las circunstancias del fallecimiento.

Mientras tanto, los investigadores continúan con distintas diligencias para reconstruir lo ocurrido, identificar a los responsables del homicidio y avanzar en la búsqueda de las armas utilizadas en el ataque.

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Acusan a un hombre de enviar mensajes y audios sexuales a una adolescente

La Fiscalía sostuvo que el imputado contactó a la víctima entre julio y agosto de 2025 y le envió mensajes y audios de contenido sexual, sabiendo que era menor de edad.

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El Ministerio Público Fiscal formuló cargos contra un hombre por el delito de acoso sexual infantil, en una causa en la que se investiga el contacto que habría mantenido con una adolescente a través de WhatsApp y el envío de mensajes y audios de contenido sexual.

La audiencia se realizó este viernes (14/08) en el Foro Penal de General Roca. La fiscal adjunta Daniela Espinoza Sagredo detalló que los hechos investigados ocurrieron entre julio y agosto de 2025.

Según la acusación, el hombre se comunicó con la adolescente mediante WhatsApp y le envió mensajes y audios de contenido sexual, a sabiendas de que se trataba de una menor de edad. La calificación legal propuesta es acoso sexual infantil en carácter de autor.

La investigación comenzó luego de que la madre de la joven escuchara a su hija hablar por teléfono con una persona desconocida, a quien le brindaba información sobre sus rutinas y horarios. Ante esta situación, la mujer realizó la denuncia penal que dio inicio a las actuaciones judiciales.

Como principal evidencia, la Fiscalía presentó un informe técnico de la Oficina de Investigación en Telecomunicaciones. El análisis de los teléfonos del imputado y de la víctima permitió identificar más de 1.000 páginas de registros, conversaciones y archivos de audio que sustentan la acusación.

El legajo también incorpora el acta del allanamiento realizado en la vivienda del imputado, en Cipolletti, y un informe de la Oficina de Atención a la Víctima. Este último documento explicó las razones técnicas por las cuales no fue posible realizar una entrevista en Cámara Gesell a la adolescente. Además, se anexó como prueba el Certificado Único de Discapacidad de la menor.

Durante la audiencia, la defensa del acusado, a cargo del abogado Pablo Barrionuevo, no presentó objeciones formales a la imputación, aunque señaló que discutirá la interpretación que la Fiscalía realiza de los mensajes. El imputado, por su parte, hizo uso de su derecho constitucional y optó por no declarar.

Tras escuchar a las partes, el juez de Garantías Gustavo Quelín dio por iniciada la etapa de investigación penal preparatoria por un plazo de cuatro meses.

¿Qué es el grooming?

El grooming es una forma de violencia sexual contra niñas, niños y adolescentes en el entorno digital, mediante la cual una persona adulta establece contacto con fines sexuales a través de medios tecnológicos, utilizando estrategias de engaño, manipulación y sometimiento emocional.

En Argentina, el delito de grooming está tipificado en el artículo 131 del Código Penal y contempla una pena de prisión de seis meses a cuatro años.

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