Río Negro
Imputan al Banco Patagonia por el cobro de seguros que no fueron autorizados por los usuarios
En total, hubo 54 reclamos.

En el marco del expediente promovido por la Defensoría del Pueblo de Río Negro, el área de Defensa del Consumidor dependiente de la Agencia de Recaudación Tributaria realizó la imputación de cargos a la Compañía de Seguros SURA S.A. y al Banco Patagonia S.A. En este caso, la imputación se aplica sobre los primeros 54 reclamos por el débito de valores en concepto de seguro RSA y SURA, los cuales -a priori- no fueron autorizados y/o contratados por los denunciantes, sino impuestos sin consentimiento.
Al Banco Patagonia S.A. le imputaron cuatro cargos por la infracción a los Arts.4,8 bis, 10 ter, 19 y 35 de la Ley de Defensa del Consumidor 24.240. En este caso porque «no consta que hayan informado a sus clientes en forma cierta, clara y detallada todo lo relacionado con el contrato de seguros que ofreció, como así tampoco que sus clientes hayan recibido copia de la póliza y/o de la solicitud del seguro (Art.4)», indicaron desde la Defensoría del Pueblo.
La contravención al Art.8 bis, estaría dada porque el Banco Patagonia S.A. no puso el mismo esmero en dar las bajas de los seguros en comparación con el alta, no garantizando con su actitud, condiciones dignas y equitativas de atención, lo cual evidencia una situación vejatoria. Este aspecto se relaciona con el Art.10, ya que el Banco no recepciona la baja del seguro por el mismo medio que se contrató. Principalmente en los casos de contratación telefónica, ya que se comprobó que no tomaba las bajas por teléfono.
Por su parte, el incumplimiento al Art.19 se configura porque «el banco no cumplió con los términos y condiciones para la prestación del servicio, por cuanto realiza débitos no autorizados por sus clientes a favor de SURA y, en reiteradas oportunidades, no les remitió las pólizas comprometidas a remitir».
Por último, la infracción al Art.35 está dada porque el Banco le generó a sus clientes un cargo automático en el débito, por un servicio que no fue requerido, obligándolos a manifestarse por la negativa, esto es, pedir la baja para que no le sigan descontando.
Por otra parte, a la Compañía Seguros SURA S.A se le imputan dos cargos. Por un lado, el de incumplimiento del art.4 de la Ley 24.240, ya que la aseguradora no informó a los clientes en forma cierta, clara y detallada sobre las características de los contratos de seguros. En el segundo cargo se le imputa la infracción al Art.11 de la Ley de Seguros, por no haber acreditado la entrega de las pólizas a sus clientes con las exigencias legales impuestas.
En la Defensoría del Pueblo se han recibido a la fecha 269 reclamos, de los cuales en el 10 % de los casos, ni el Banco, ni la Compañía de Seguros SURA pudieron comprobar la contratación de los clientes por lo que se les devolvió el dinero debitado. Esto confirma las irregularidades detectadas por la Defensoría del Pueblo que promovieron la acción del órgano de ejecución provincial de la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor.
Río Negro
Educación avanza con la licitación de obras en Roca, Cervantes y Cipolletti
En el caso de Roca, se trata de ampliaciones y refacciones para el CET N° 1.

El Ministerio de Educación y Derechos Humanos continúa con las licitaciones para obras escolares planificadas para el mes de abril, con la apertura de sobres para ampliaciones y refacciones en el CET N° 1 de General Roca, el Jardín N° 57 de Cervantes y CET N° 9 de Cipolletti.
En el caso del CET N° 1, el coordinador de Infraestructura Escolar, Gustavo Nogues indicó que «se trata de una obra que se interviene en 150 metros cuadrados, con la adecuación de las instalaciones existentes con una nueva batería de cocina con mesadas, artefactos de gas y todos los elementos necesarios para para trabajar en mejores condiciones en la escuela y una adecuación del comedor existente».
En esta institución de General Roca, se dispuso que, para no interrumpir el servicio de almuerzo, se instalará un trailer gastronómico mientras se ejecuta la obra. «Es una obra que tiene un monto de 120 millones de presupuesto oficial y una ejecución de 120 días», detalló Nogues.
Por otro lado, se llevará adelante la apertura de sobres para la terminación de la ampliación del Jardín N° 57 de Cervantes. «Esta obra a la que se había dado inicio en 2023 fue paralizada por incumplimiento de la empresa. El Ministerio multó a la empresa, se rescindió el contrato y ahora vuelve a licitar con un monto de obra de 108 millones para la terminación de una sala de jardín y un sector administrativo para la dirección», explicó el coordinador.
Finalmente, esta semana se licitarán los trabajos para el CET N° 9, «una obra de refacción integral muy grande de distintos puntos del establecimiento. Cuenta con un monto de 257 millones y un plazo de ejecución de 150 días», indicó el funcionario.
Judiciales
Robos, hurtos y estafas, los delitos más comunes en Río Negro
Las estadísticas se desprenden de un informe del Poder Judicial de la Provincia sobre causas del 2024.

Durante 2024 ingresaron a las Oficinas Judiciales de toda la provincia de Río Negro un total de 6.942 legajos, lo que representa un incremento del 19% en comparación con el año anterior. De ese total, 6.189 causas fueron promovidas por el Ministerio Público ante la presunta comisión de algún delito.
Los delitos contra la propiedad fueron los más frecuentes, con 2.697 legajos, lo que representa el 43,59% del total promovido por el Ministerio Público. Esta categoría incluye hurtos, robos, estafas, daños materiales y otros hechos de similar naturaleza.
En segundo lugar se ubicaron los delitos contra la administración pública, con 933 legajos (14,75%). Comprenden atentado y resistencia a la autoridad, falsa denuncia, falso testimonio, encubrimiento y desobediencia a órdenes judiciales, entre ellas el incumplimiento de medidas cautelares por violencia de género.
Los delitos contra las personas generaron 829 causas (13,39%) e incluyen homicidios en todas sus formas, lesiones, abuso de armas y abandono de personas. Por su parte, los delitos contra la libertad sumaron 699 legajos (11,29%), entre ellos privaciones ilegítimas de la libertad, detenciones ilegales y violación de secretos.
También se contabilizaron 620 causas por delitos contra la integridad sexual (10,02%), como abusos sexuales con o sin acceso carnal, corrupción de menores, facilitación a la prostitución y exhibiciones obscenas.
El resto de los legajos registrados en 2024 corresponde a trámites de ejecución, exhortos y solicitudes administrativas (738 causas) y a querellas privadas (12 casos).
La información forma parte del relevamiento anual realizado por el Centro de Planificación Estratégica del Superior Tribunal de Justicia.
Judiciales
Reconocen el lazo paterno de un hombre con los tres hijos de su pareja y autorizan su adopción plena
El progenitor biológico había sido privado previamente de la responsabilidad parental mediante sentencia el año pasado. Los adolescentes llevarán el apellido de la pareja de su madre.

Durante años un hombre acompañó el crecimiento de tres adolescentes como si fueran sus propios hijos. Compartió sus rutinas, los cuidó en la enfermedad, los sostuvo en los desafíos de la adolescencia y construyó con ellos un vínculo sólido, afectivo y cotidiano. Finalmente, ese lazo recibió reconocimiento legal: el Poder Judicial de Río Negro otorgó la adopción por integración con carácter pleno y autorizó que los tres jóvenes lleven su apellido.
La solicitud fue presentada en el fuero de Familia de Bariloche por el propio hombre con el acompañamiento expreso de la madre de los adolescentes. El proceso se desarrolló sin oposición, ya que el progenitor biológico había sido privado previamente de la responsabilidad parental mediante sentencia firme, dictada en agosto de 2024. Esa resolución se encontraba inscripta en el Registro Civil al momento de iniciarse el trámite de adopción.
Los adolescentes fueron escuchados por la jueza interviniente y manifestaron su voluntad de formalizar legalmente la relación con quien siempre trataron como padre. Expresaron su deseo de llevar su apellido.
En la misma audiencia, estuvieron presentes la madre, la abuela materna y la letrada del peticionante. La Defensora de Menores e Incapaces dio su conformidad a la adopción. También lo hizo la Fiscalía, que emitió dictamen favorable. La jueza valoró el consentimiento de todas las partes, el ejercicio del derecho a ser oídos por parte de los jóvenes, y la documentación reunida.
El expediente incluyó informes sociales y pericias que reflejaron una dinámica familiar organizada, basada en el respeto y con roles definidos. Los profesionales que intervinieron destacaron la presencia activa del adoptante en la vida de los tres adolescentes. El informe más reciente consignó que la familia atravesó distintas dificultades con fortaleza y que el vínculo con los jóvenes se construyó como una referencia paterna sostenida en el tiempo.
Uno de los informes señaló que los adolescentes habían solicitado a su madre «llevar un apellido que los represente en su identidad». La magistrada tuvo en cuenta ese deseo al momento de resolver y autorizó la inscripción de los nuevos apellidos. La sentencia dispuso la adopción plena conforme a los artículos 619, 620, 621 y 630 del Código Civil y Comercial.