Judiciales
Quedó libre la policía acusada de encubrimiento por robo
Hoy le formularon cargos en Cipolletti pero la dejaron en libertad.

El fiscal Guillermo Merlo y la adjunta de Fiscalía, Vanina Bravo, formularon cargos contra la oficial de la policía de Río Negro acusada de encubrimiento en favor de un hombre con el cual mantenía una relación sentimental y habría cometido un robo en una joyería de Cipolletti. No obstante, tras la audiencia, la mujer quedó en libertad.
Según describieron los representantes del Ministerio Público, el hecho ocurrió el 17 de mayo de este año cuando la acusada en su carácter de empleada pública -por desempeñar funciones como oficial de la Comisaría 31° de General Roca- tomó conocimiento de forma directa por parte del presunto autor de un robo en la joyería Scorpio de Cipolletti de que el mismo había participado del atraco. La mujer omitió ponerlo en conocimiento de las autoridades que investigaban el mencionado robo, teniendo la obligación por el cargo que desempeña de denunciarlo.
Al momento de explicar como se tomó conocimiento de la situación, el fiscal advirtió que el marco de la investigación por el asalto a la joyería, se solicitó la autorización judicial para intervenir los teléfonos de los presuntos implicados. De esas escuchas, surgió una conversación donde expresamente la imputada hablaba con el hombre con quien mantenía una relación sentimental y en donde el hombre comentaba que estaba vinculado a esa causa.
“Me queda la causa de la joyería de Cipolletti, no puedo zafar ni a palo, se me ve toda la cara”, habría mencionado el sujeto, a lo que la imputada le habría respondido entre otras cosas, que debía tener más cuidado a la hora de cometer los atracos.
Ayer por la mañana se realizaron dos diligencias en la ciudad de General Roca; un allanamiento en la vivienda de la acusada y una requisa en la Comisaría 31° de esa ciudad en donde se secuestraron distintos elementos tecnológicos los cuales serán peritados con el fin de obtener evidencias para fortalecer tanto esta acusación, como la del robo calificado por el uso de arma de fuego ocurrido el 12 de agosto del año pasado.
Durante su exposición, el representante del Ministerio Público destacó el trabajo de la Brigada de Investigaciones de la ciudad de Cipolletti, dependiente de la Policía de Río Negro, quienes «fueron los encargados de realizar los informes de las escuchas telefónicas en las cuales se basó la acusación y de realizar los allanamientos que tuvieran lugar ayer en la ciudad de General Roca».
Si bien la mujer llegó a la audiencia en carácter de detenida, la Fiscalía no solicitó el dictado de la prisión preventiva por considerarla improcedente, puesto que el delito imputado prevé la posibilidad de que sea condenada a penas excarcelables y que no existen los riesgos procesales de riesgo de fuga o que la imputada en libertad pudiera entorpecer la investigación.
La jueza de Garantías Florencia Caruso, al no presentarse objeciones por parte de la defensa de la acusada, tuvo por formulados los cargos tal como fueran expuesto por la Fiscalía.
Judiciales
Se accidentó en pilates, responsabilizó al gimnasio pero su propio audio de WhatsApp la desmintió
La Justicia consideró que no hubo fallas en el gimnasio ni en la máquina.

Una demanda por daños y perjuicios contra un gimnasio de Viedma fue rechazada doblemente en el ámbito civil. Se analizaron los pormenores de una caída en una clase de pilates, una fractura de muñeca y una versión que no logró sostenerse en el proceso judicial.
La mujer asistía desde hacía 7 años al centro de pilates. Esto fue valorado en el expediente como un dato relevante sobre su conocimiento de la actividad. Durante una clase, mientras realizaba un ejercicio sobre la camilla, perdió el equilibrio y cayó hacia atrás. Luego fue diagnosticada con una fractura en la muñeca.
En su demanda, dijo que le habían cambiado el resorte de la máquina mientras pasaba de un ejercicio a otro. De esta manera, varió la resistencia del elemento. Al regresar no advirtió la modificación. Esa circunstancia, sostuvo, generó una reacción inesperada del equipo que derivó en la pérdida de equilibrio y la posterior caída.
Sin embargo, esa explicación no encontró respaldo en la prueba. Ninguna de las personas presentes vio que se modificara el equipo y los testimonios coincidieron en que el ejercicio debía realizarse con el tipo de resistencia que estaba colocado.
También se tuvo en cuenta que otras participantes de la clase confirmaron que ese tipo de ejercicio, destinado a alumnas con experiencia, se realiza habitualmente con esa configuración. Esto reforzó la idea de que no hubo una alteración inesperada del equipo en el momento del hecho.
Pero el punto más determinante surgió de un audio enviado por la propia mujer minutos después del hecho. Allí describió la caída de otra manera: reconoció que apoyó primero el pie en la parte móvil de la camilla, cuando debía hacerlo en el sector fijo, lo que hizo que el carro se deslizara y perdiera el equilibrio. En ese mensaje incluso calificó lo ocurrido como «un accidente».
Esa versión inicial contrastó con el planteo posterior en la demanda, donde se puso el foco en un supuesto cambio de resorte como causa del hecho. Para el Tribunal, esa diferencia resultó central al momento de reconstruir cómo ocurrió el episodio.
El fallo consideró acreditado que no hubo defectos en el equipo ni fallas en la prestación del servicio. También valoró que se trataba de una usuaria con experiencia, que conocía el ejercicio y la forma segura de ejecutarlo. En ese marco, entendió que no existió incumplimiento del deber de seguridad por parte del gimnasio.
En ese contexto, la jueza de primera instancia concluyó que la causa del accidente fue la forma en que la propia mujer se subió a la camilla, lo que interrumpió el vínculo entre el daño y la responsabilidad del gimnasio. Es decir, el hecho fue atribuido a su propio accionar y no a una deficiencia del servicio.
La mujer apeló el fallo y cuestionó la valoración de la prueba, el alcance del deber de seguridad del gimnasio y la aplicación de principios protectores del derecho del consumidor. Sostuvo que no se había tenido en cuenta la falta de documentación sobre el mantenimiento de la máquina y que, ante la duda, debía resolverse a su favor.
La Cámara de Apelaciones de Viedma rechazó esos planteos y confirmó la sentencia. Consideró que no existía incertidumbre sobre cómo ocurrió el hecho y que, por el contrario, la propia versión inicial de la mujer -expresada en el audio enviado tras la caída- resultaba clara y suficiente para reconstruir el episodio. También descartó que la falta de ciertos documentos generara una presunción capaz de modificar esa conclusión.
El Tribunal remarcó además la contradicción entre ese relato espontáneo y las distintas explicaciones que se fueron incorporando durante el proceso. Concluyó que la causa del accidente fue exclusivamente la conducta de la propia mujer al subir a la camilla, lo que rompió el nexo de causalidad y confirmó la eximición de responsabilidad del gimnasio.
Judiciales
Se cortó un tendón al ajustar un espejo retrovisor: Reconocen la incapacidad de un colectivero de KoKo
La Justicia reconoció una incapacidad laboral del 12,71%.

Era una jornada habitual de trabajo para un chofer de colectivos de la empresa de transporte KoKo. Mientras cumplía su turno de la tarde, estiró la mano para acomodar el espejo retrovisor del colectivo. Este gesto mecánico los había repetido miles de veces durante 12 años.
Ese día, el cristal se rompió y le provocó un corte profundo en el dedo pulgar de la mano derecha. El dolor fue inmediato e intenso, lo que le impidió continuar al volante. Lo que parecía una herida simple resultó ser una lesión grave. Una resonancia magnética confirmó el corte completo del tendón que permite flexionar el pulgar.
El hombre debió someterse a una cirugía reconstructiva y a meses de rehabilitación, pero las secuelas persistieron. La lesión le dejó una limitación permanente en el movimiento de la mano derecha, lo que derivó en una incapacidad laboral.
El chofer presentó una demanda en el marco de la Ley de Riesgos del Trabajo. Solicitó una indemnización por incapacidad laboral derivada del accidente sufrido durante su jornada.
El fuero laboral de Roca hizo lugar a la demanda. Consideró acreditados el accidente, la lesión y la incapacidad. En consecuencia, condenó a la aseguradora a pagar una indemnización.
En una instancia inicial, una comisión médica fijó un 9,74% de incapacidad y calculó la indemnización correspondiente. La aseguradora cuestionó ese porcentaje y el monto, lo que impidió un acuerdo en sede administrativa. Finalmente, una pericia médica determinó una incapacidad mayor, del 12,71%, con relación directa con el accidente.
La aseguradora reconoció la existencia del contrato de cobertura y la atención médica brindada, pero negó la magnitud de las secuelas. También puso en duda las circunstancias del accidente y los daños.
Los jueces analizaron las pruebas y consideraron acreditado el vínculo laboral. Señalaron que la aseguradora había aceptado el siniestro en su momento al brindar prestaciones médicas, lo que volvió inconsistente su posterior negativa en juicio.
El fallo otorgó valor probatorio al informe pericial, ya que no fue impugnado y se encontraba debidamente fundado. En consecuencia, concluyó que el trabajador tenía derecho a percibir la indemnización prevista por la normativa de riesgos del trabajo.
El caso se resolvió aplicando la Ley de Riesgos del Trabajo, que regula los accidentes y enfermedades laborales. También establece las prestaciones médicas y las indemnizaciones por incapacidad.
Judiciales
Crimen en Cervantes: Cayó en Roca uno de los sospechosos por el asesinato de Santiago Drinovac
El detenido se presentó en Tribunales y quedó a disposición de la Justicia. Otro sospechoso permanece prófugo.

Un joven de 19 años fue detenido en Roca en el marco de la investigación por el homicidio agravado de Santiago Drinovac, también de 19 años, ocurrido días atrás en la localidad de Cervantes.
La detención se concretó durante la mañana de ayer martes (06/05), cuando el sospechoso se presentó de manera voluntaria en los Tribunales de Roca. Tras ello, quedó alojado en la Comisaría 31° a disposición de la Justicia, a la espera de la formulación de cargos.
El hecho que se investiga tuvo lugar en el barrio 10 Viviendas de Cervantes, donde la tranquilidad se vio abruptamente interrumpida por una serie de disparos. Según los primeros testimonios, dos jóvenes a bordo de una motocicleta fueron señalados como los autores de la balacera que terminó con la vida de Drinovac dentro de una vivienda.
De acuerdo a las pericias iniciales, el ataque habría sido perpetrado con un arma de fuego calibre 22. A partir de estos elementos, la Justicia dispuso la identificación y orden de detención de los presuntos responsables.
El segundo sospechoso permanece prófugo y es intensamente buscado por las fuerzas policiales en toda la región.
La investigación continúa bajo las directivas del Ministerio Público Fiscal, con el objetivo de esclarecer completamente el hecho y determinar las responsabilidades correspondientes.





