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Quedó libre la policía acusada de encubrimiento por robo

Hoy le formularon cargos en Cipolletti pero la dejaron en libertad.

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El fiscal Guillermo Merlo y la adjunta de Fiscalía, Vanina Bravo, formularon cargos contra la oficial de la policía de Río Negro acusada de encubrimiento en favor de un hombre con el cual mantenía una relación sentimental y habría cometido un robo en una joyería de Cipolletti. No obstante, tras la audiencia, la mujer quedó en libertad.

Según describieron los representantes del Ministerio Público, el hecho ocurrió el 17 de mayo de este año cuando la acusada en su carácter de empleada pública -por desempeñar funciones como oficial de la Comisaría 31° de General Roca- tomó conocimiento de forma directa por parte del presunto autor de un robo en la joyería Scorpio de Cipolletti de que el mismo había participado del atraco. La mujer omitió ponerlo en conocimiento de las autoridades que investigaban el mencionado robo, teniendo la obligación por el cargo que desempeña de denunciarlo.

Al momento de explicar como se tomó conocimiento de la situación, el fiscal advirtió que el marco de la investigación por el asalto a la joyería, se solicitó la autorización judicial para intervenir los teléfonos de los presuntos implicados. De esas escuchas, surgió una conversación donde expresamente la imputada hablaba con el hombre con quien mantenía una relación sentimental y en donde el hombre comentaba que estaba vinculado a esa causa.

“Me queda la causa de la joyería de Cipolletti, no puedo zafar ni a palo, se me ve toda la cara”, habría mencionado el sujeto, a lo que la imputada le habría respondido entre otras cosas, que debía tener más cuidado a la hora de cometer los atracos.

Ayer por la mañana se realizaron dos diligencias en la ciudad de General Roca; un allanamiento en la vivienda de la acusada y una requisa en la Comisaría 31° de esa ciudad en donde se secuestraron distintos elementos tecnológicos los cuales serán peritados con el fin de obtener evidencias para fortalecer tanto esta acusación, como la del robo calificado por el uso de arma de fuego ocurrido el 12 de agosto del año pasado.

Durante su exposición, el representante del Ministerio Público destacó el trabajo de la Brigada de Investigaciones de la ciudad de Cipolletti, dependiente de la Policía de Río Negro, quienes «fueron los encargados de realizar los informes de las escuchas telefónicas en las cuales se basó la acusación y de realizar los allanamientos que tuvieran lugar ayer en la ciudad de General Roca».

Si bien la mujer llegó a la audiencia en carácter de detenida, la Fiscalía no solicitó el dictado de la prisión preventiva por considerarla improcedente, puesto que el delito imputado prevé la posibilidad de que sea condenada a penas excarcelables y que no existen los riesgos procesales de riesgo de fuga o que la imputada en libertad pudiera entorpecer la investigación.

La jueza de Garantías Florencia Caruso, al no presentarse objeciones por parte de la defensa de la acusada, tuvo por formulados los cargos tal como fueran expuesto por la Fiscalía.

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Judiciales

Un grupo de WhatsApp para organizar las camperas de egresados terminó en un conflicto entre familias que se resolvió en mediación

Los intercambios incluyeron insultos, burlas y mensajes ofensivos entre estudiantes de una escuela primaria.

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Lo que comenzó como una conversación entre estudiantes de sexto grado de una escuela primaria del Valle Medio terminó en un conflicto entre familias. El problema surgió en un grupo de WhatsApp creado para organizar las camperas de egresados, donde se intercambiaron mensajes ofensivos, insultos y burlas. Aunque los chicos ya habían superado sus diferencias, tres madres participaron de una mediación extrajudicial y asumieron compromisos para prevenir nuevos episodios y favorecer la convivencia dentro y fuera de la escuela.

El grupo de mensajería había sido creado para coordinar la confección de las camperas que los estudiantes utilizarían como parte de su último año de primaria. Sin embargo, las conversaciones derivaron en intercambios ofensivos entre algunos de sus integrantes y el conflicto trascendió el ámbito escolar. A raíz de una denuncia presentada ante el Juzgado de Paz, el caso fue derivado al Centro Integral de Métodos Autocompositivos de Resolución de Conflictos (CIMARC).

La mediación extrajudicial estuvo a cargo de un mediador oficial de la segunda circunscripción judicial y reunió a las tres madres, dos de manera presencial y una en forma virtual. El encuentro permitió que las propias familias dialogaran sobre lo ocurrido, sus responsabilidades y las medidas necesarias para evitar que situaciones similares afectaran nuevamente a sus hijos.

Las participantes reconocieron que los hechos habían sucedido y coincidieron en que existían mecanismos de diálogo más apropiados para abordar las diferencias, incluso dentro de la propia escuela. También señalaron que la relación entre los estudiantes ya se había normalizado y que no se habían registrado nuevos episodios de conflicto.

El acuerdo, por lo tanto, no se limitó a dar por superado el enfrentamiento. Las madres asumieron el compromiso de prestar mayor atención a sus deberes de cuidado, educación y protección integral de sus hijos, con el propósito de prevenir nuevas situaciones de violencia o discriminación y promover relaciones basadas en el respeto.

Las tres coincidieron en la necesidad de adoptar acciones positivas que contribuyan a la convivencia pacífica tanto en la escuela como fuera de ella. El compromiso compartido apuntó a fortalecer el diálogo entre las familias, acompañar las relaciones entre los niños y favorecer la paz social en la comunidad educativa.

Al finalizar el encuentro, las madres agradecieron la intervención del servicio de mediación y dieron por concluido el conflicto. Posteriormente, ratificaron lo acordado y expresaron su conformidad con los compromisos asumidos.

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Usaba auriculares, no escuchó a su jefe y recibió una sanción de la Justicia

La empleada cumplía funciones de atención al público y ya había recibido advertencias por el uso de auriculares. El tribunal consideró que su conducta afectó el funcionamiento del servicio.

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El Superior Tribunal de Justicia (STJ) aplicó un apercibimiento con anotación en el legajo a una empleada judicial que utilizaba auriculares durante su jornada laboral, pese a haber recibido advertencias anteriores. La trabajadora cumplía funciones de atención al público y recepción de personas, tareas que requerían interacción permanente con usuarios y compañeros.

El episodio comenzó cuando el funcionario a cargo de la dependencia intentó comunicarse con ella en reiteradas oportunidades para encomendarle tareas, pero no obtuvo respuesta. Al acercarse a su escritorio, advirtió que tenía auriculares colocados en ambos oídos. Una compañera también debió hacerle señas para alertarla sobre la presencia de su superior.

El funcionario le tocó el hombro para captar su atención y le recordó que no debía utilizar auriculares durante el horario laboral. La empleada respondió que esa práctica no estaba prohibida. Sin embargo, momentos después ingresó al despacho de su superior y cuestionó el llamado de atención en un tono elevado. Argumentó que necesitaba los auriculares para concentrarse y que quienes quisieran hablarle debían ubicarse frente a su escritorio.

La situación ocurrió mientras había usuarios en el sector de atención. Las declaraciones de otros trabajadores permitieron reconstruir lo sucedido y confirmaron que la empleada ya había recibido advertencias previas.

Tras la apertura de un sumario administrativo, la trabajadora ejerció su derecho de defensa y cuestionó la valoración de las pruebas. Al resolver, el STJ aclaró que no existe una norma que prohíba expresamente el uso de auriculares, pero consideró que su utilización afectó el cumplimiento de las tareas y la disponibilidad requerida para el servicio.

El tribunal también cuestionó el tono y la forma en que la trabajadora se dirigió a su superior. No obstante, valoró que posteriormente ofreciera disculpas y que no registrara antecedentes disciplinarios.

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Judiciales

Después de 20 años sin verse, un padre y su hija se reencontraron en una mediación

El encuentro se produjo en el marco de un reclamo para sostener los estudios terciarios de la joven. Además de alcanzar un acuerdo alimentario, padre e hija pudieron conversar, abrazarse y retomar el contacto.

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Una joven de 21 años se presentó en el Centro de Atención de la Defensa Pública (CADEP) para solicitar que su padre colaborara económicamente con el sostenimiento de sus estudios terciarios. Sin embargo, la mediación terminó convirtiéndose en una oportunidad para reencontrarse después de aproximadamente 20 años sin verse.

La joven llegó acompañada por su madre y, en un primer momento, la intervención se desarrolló en salas separadas. Durante la reunión, explicó cuáles eran sus necesidades, cómo era su carrera y por qué había recurrido a esa instancia. Por su parte, el padre realizó un ofrecimiento concreto y pidió poder hablar con su hija.

Ante esa situación, las defensoras intervinientes les propusieron compartir un espacio a solas, sin abogados de por medio. Ambos aceptaron y se sentaron juntos en una de las salas del Centro Integral de Métodos Autocompositivos de Resolución de Conflictos (CIMARC).

El encuentro se prolongó durante un tiempo considerable. Cuando las profesionales volvieron a ingresar, encontraron a padre e hija abrazados y llorando.

Según explicó una de las representantes de la Defensa Pública, esos minutos, que fueron posibles a partir de una necesidad concreta de la joven para continuar sus estudios, abrieron una posibilidad para recomponer el vínculo familiar.

Durante la reunión, ambos intercambiaron sus números de celular y acordaron coordinar un encuentro para tomar un café. De acuerdo con lo informado por las defensoras, ese contacto comenzó a sostenerse desde que salieron de la mediación.

En cuanto al reclamo económico, las partes acordaron que el padre destinará un porcentaje del beneficio previsional que percibe. Para instrumentar lo convenido, se dispuso la apertura de una cuenta judicial y se ofició a la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) para que se realice la retención voluntaria acordada en concepto de prestación alimentaria para su hija.

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