Judiciales
Quedó libre la policía acusada de encubrimiento por robo
Hoy le formularon cargos en Cipolletti pero la dejaron en libertad.

El fiscal Guillermo Merlo y la adjunta de Fiscalía, Vanina Bravo, formularon cargos contra la oficial de la policía de Río Negro acusada de encubrimiento en favor de un hombre con el cual mantenía una relación sentimental y habría cometido un robo en una joyería de Cipolletti. No obstante, tras la audiencia, la mujer quedó en libertad.
Según describieron los representantes del Ministerio Público, el hecho ocurrió el 17 de mayo de este año cuando la acusada en su carácter de empleada pública -por desempeñar funciones como oficial de la Comisaría 31° de General Roca- tomó conocimiento de forma directa por parte del presunto autor de un robo en la joyería Scorpio de Cipolletti de que el mismo había participado del atraco. La mujer omitió ponerlo en conocimiento de las autoridades que investigaban el mencionado robo, teniendo la obligación por el cargo que desempeña de denunciarlo.
Al momento de explicar como se tomó conocimiento de la situación, el fiscal advirtió que el marco de la investigación por el asalto a la joyería, se solicitó la autorización judicial para intervenir los teléfonos de los presuntos implicados. De esas escuchas, surgió una conversación donde expresamente la imputada hablaba con el hombre con quien mantenía una relación sentimental y en donde el hombre comentaba que estaba vinculado a esa causa.
“Me queda la causa de la joyería de Cipolletti, no puedo zafar ni a palo, se me ve toda la cara”, habría mencionado el sujeto, a lo que la imputada le habría respondido entre otras cosas, que debía tener más cuidado a la hora de cometer los atracos.
Ayer por la mañana se realizaron dos diligencias en la ciudad de General Roca; un allanamiento en la vivienda de la acusada y una requisa en la Comisaría 31° de esa ciudad en donde se secuestraron distintos elementos tecnológicos los cuales serán peritados con el fin de obtener evidencias para fortalecer tanto esta acusación, como la del robo calificado por el uso de arma de fuego ocurrido el 12 de agosto del año pasado.
Durante su exposición, el representante del Ministerio Público destacó el trabajo de la Brigada de Investigaciones de la ciudad de Cipolletti, dependiente de la Policía de Río Negro, quienes «fueron los encargados de realizar los informes de las escuchas telefónicas en las cuales se basó la acusación y de realizar los allanamientos que tuvieran lugar ayer en la ciudad de General Roca».
Si bien la mujer llegó a la audiencia en carácter de detenida, la Fiscalía no solicitó el dictado de la prisión preventiva por considerarla improcedente, puesto que el delito imputado prevé la posibilidad de que sea condenada a penas excarcelables y que no existen los riesgos procesales de riesgo de fuga o que la imputada en libertad pudiera entorpecer la investigación.
La jueza de Garantías Florencia Caruso, al no presentarse objeciones por parte de la defensa de la acusada, tuvo por formulados los cargos tal como fueran expuesto por la Fiscalía.
Judiciales
Se quedó sin Ipross y recurrió a la Justicia: Rechazaron su pedido de reincorporación
El hombre había estado incorporado como afiliado obligatorio indirecto a través de su esposa. La Justicia consideró que no hubo una conducta arbitraria o ilegal de la obra social.

Un hombre descubrió que ya no tenía cobertura de Ipross cuando se presentó para realizarse estudios médicos. Hasta ese momento estaba incorporado como afiliado obligatorio indirecto. Su esposa era titular de la obra social. Explicó que se encontraba sin trabajo y no había recibido una notificación que le advirtiera sobre la baja.
Ante la imposibilidad de realizar las prácticas médicas que necesitaba, presentó un amparo contra la obra social. Sostuvo que la decisión lo había colocado en una situación de vulnerabilidad y reclamó su reincorporación. Durante el proceso también manifestó su disposición a ingresar bajo la modalidad de afiliado voluntario indirecto y afrontar la cuota mensual correspondiente.
No hubo arbitrariedad
Una jueza del fuero de Familia de Roca rechazó el amparo porque consideró que no existió una conducta arbitraria o ilegal por parte de Ipross.
El fallo señaló que la continuidad como afiliado indirecto dependía del cumplimiento de requisitos legales que debían acreditarse. El hombre no había realizado antes del vencimiento los trámites necesarios para renovar esa condición. Respecto de su posterior intención de incorporarse como afiliado voluntario, indicó que tampoco había iniciado el procedimiento administrativo específico ante la obra social.
La obra social explicó que la baja se produjo porque el hombre no renovó la documentación necesaria para continuar como afiliado a cargo de su esposa. Cuando posteriormente solicitó su reincorporación, presentó documentación que acreditaba que no tenía ingresos propios ni otra cobertura de salud. Sin embargo, no demostró que tuviera una incapacidad total y permanente para trabajar, otro de los requisitos que la obra social estipula como necesario para mantener esa categoría de afiliación.
La magistrada analizó el caso a partir de la Ley 2753, de creación del Instituto Provincial del Seguro de Salud, que establece las diferentes modalidades de afiliación y regula la incorporación de integrantes del grupo familiar. Según el fallo, la calidad de afiliado obligatorio indirecto está condicionada al cumplimiento de los requisitos. Por esa razón, haber estado incorporado anteriormente no genera por sí solo un derecho a permanecer de manera indefinida en la obra social.
Hacer los papeles, responsabilidad propia
Uno de los cuestionamientos centrales del amparista fue que Ipross no le comunicó personalmente la baja. La obra social reconoció que no existió esa notificación individual y explicó que no la realiza cuando la desafiliación responde al vencimiento de una afiliación indirecta y a la falta de renovación de la documentación.
La jueza entendió que el hombre conocía la vigencia temporal de su cobertura porque la fecha constaba en su ficha afiliatoria y que era responsabilidad del interesado realizar las gestiones necesarias antes del vencimiento.
El fallo también consideró que existe una discusión sobre la subsistencia de los requisitos que permitieron originalmente la afiliación. Esa controversia requiere un proceso judicial más amplio, con posibilidad de producir prueba, y no puede resolverse mediante la vía excepcional del amparo.
La vía del amparo
El fallo recordó que este tipo de acción procede frente a actos de arbitrariedad o ilegalidad manifiesta y cuando no existen otros mecanismos administrativos o judiciales adecuados para proteger el derecho afectado.
Finalmente, se rechazó la acción, pero dejó abierta la posibilidad de que el hombre inicie el proceso de conocimiento que considere correspondiente para discutir su derecho a mantenerse dentro de la obra social.
También indicó que deberá realizar los trámites administrativos pertinentes si pretende incorporarse como afiliado voluntario, modalidad cuya procedencia deberá analizar el organismo conforme a la normativa y a la documentación que presente.
Judiciales
Destruyeron en Roca más de 610 kilos de marihuana que eran evidencia de 104 causas judiciales
Más de 10 kilos correspondían a marihuana prensada y unos 600 kilos a plantas y material vegetal, entre tallos, cogollos y hojas secas.

Más de 610 kilos de marihuana secuestrada en distintos operativos de la Policía de Río Negro fueron destruidos en General Roca, en un procedimiento realizado bajo supervisión de la Justicia Federal. La droga había sido acumulada como evidencia en 104 causas judiciales y fue eliminada del circuito de custodia luego de cumplirse las disposiciones correspondientes.
La destrucción se llevó a cabo en el Parque Industrial II, ubicado sobre la Ruta Provincial N° 6, con la participación de autoridades policiales y representantes del Ministerio Público Fiscal del fuero Federal.
Del total destruido, más de 10 kilos correspondían a marihuana prensada, mientras que unos 600 kilos eran plantas y material vegetal, incluidos tallos, cogollos y hojas secas. Los estupefacientes habían sido secuestrados en diferentes investigaciones desarrolladas en la región.

En el procedimiento participaron autoridades de la Unidad Regional II de la Policía de Río Negro y efectivos de las áreas especializadas en investigaciones relacionadas con el narcomenudeo. También intervinieron integrantes de Toxicomanía y Leyes Especiales y de las distintas divisiones dependientes de esa estructura.
La destrucción se concretó bajo supervisión de la Unidad Fiscal correspondiente, a cargo del auxiliar fiscal federal interino Facundo Daniel Lencinas, de acuerdo con las disposiciones establecidas por las Leyes Nacionales N° 23.737 y N° 20.785.

Judiciales
Fueron halladas la mujer embarazada de siete meses y a su hija de 2 años
Habían sido vistas por última vez el domingo alrededor de las 15 horas.

La búsqueda de una mujer de 37 años, embarazada de siete meses, y de su hija de apenas 2 años quedó formalmente desactivada luego de que fueran halladas en buen estado de salud.
La mujer había sido visto por última vez el domingo (13/09) alrededor de las 15 horas junto a su hija, cuando se dirigían a la plaza La Esperanza. Desde entonces, el último contacto registrado había sido a través de WhatsApp a las 19.21, dato que generó preocupación entre sus familiares.
A partir de la denuncia comenzó la reconstrucción del posible recorrido realizado por madre e hija y se activaron los recursos destinados a establecer dónde se encuentran. En las tareas participaron efectivos de la Brigada de Investigaciones y personal especializado con perros adiestrados.
Finalmente, pasado el mediodía de hoy (15/09) fueron halladas en buen estado de salud, se las trasladó a la Subcomisaría 69° y tomó intervención la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia (SENAF) debido a que hay una menor involucrada.





