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Caso Solano: Prisión perpetua para los siete policías acusados

Hasta tanto la sentencia quede firme, los uniformados seguirán en libertad.

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El tribunal de la ex Cámara Criminal Segunda, integrado por los jueces María Evelina García Balduini, Oscar Gatti y Gastón Martín, decidió condenar a Sandro Gabriel Berthe, Pablo Federico Bender, Héctor César Martínez, Juan Francisco Barrera, Pablo Andrés Albarrán Cárcamo, Pablo Roberto Quidel y Diego Vicente Cuello a prisión perpetua por la muerte de Daniel Solano ocurrida en 2011 en Choele Choel.

Los magistrados consideran que los acusados son coautores de los delitos de «homicidio agravado por alevosía y por haber sido cometido por miembros de una fuerza de seguridad abusando de sus funciones» (Art. 80 inc. 2 e inc. 9 del Código Penal).

Es así que a Sandro Daniel Berthe, Pablo Federico Bender y Juan Francisco Barrera se los condenó como co-autores de los delitos de “homicidio agravado por alevosía y por haber abusado de sus funciones siendo miembros de una fuerza de seguridad en concurso real, con vejaciones” (Art. 80 inc. 2 e inc. 9, Art. 142 bis inc. 2, Art. 54, Art. 45 del Código Penal), y les correspondió la pena de prisión perpetua más inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos. Mientras que a Pablo Andrés Albarrán Cárcamo, Pablo Roberto Quidel y Diego Vicente Cuello el tribunal los declaró co-autores de los delitos de “homicidio agravado por alevosía y por haber abusado de sus funciones siendo miembros de una fuerza de seguridad en concurso ideal, con incumplimiento de deberes de funcionarios públicos” (Art. 80 inc. 2 e inc. 9, Art. 248, Art. 45, Art. 54 del Código Penal), con la pena de prisión perpetua más inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos.

Finalmente, condenaron a Héctor César Martínez por “homicidio agravado por alevosía y por haber abusado de sus funciones siendo miembro de una fuerza de seguridad” (Art. 80 inc. 2 e inc. 9, Art. 45 del Código Penal), a la pena de prisión perpetua más inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos. Mientras que fue absuelto por el beneficio de la duda como autor del delito de “abuso de autoridad y falsedad ideológica en grado de autor”.

Asimismo, el tribunal de la ex Cámara Criminal Segunda de Roca no hizo lugar al pedido de prisión preventiva pedido tanto por la Fiscalía como por la querella ya que “los imputados se encuentran bajo caución real y con expresa prohibición de salir del país”.

Los jueces solicitaron el envío de las copias pertinentes al Ministerio Público Fiscal para que se investigue la comisión del delito de falso testimonio de tres personas que declararon durante el debate.

Cabe mencionar que se tuvo por acreditado, tal como lo sostuvo la acusación pública, que Daniel Solano fue víctima de la violencia policial desplegada por estas siete personas, que su fallecimiento fue producto de ello, y tras la cual su cuerpo no fue hallado hasta la fecha. “Daniel Solano fue sacado a la fuerza del boliche Macuba por los empleados policiales mencionados por los testigos, a quienes se sumaron luego el resto de los policías, que le siguieron pegando a Solano sobre calle Villegas e indefenso lo subieron a la camioneta EcoSport seguida del Duna Rojo”, explicaron los jueces esta mañana. También hicieron alusión a la billetera que era de la víctima, que fue encontrada en uno de los rastrillajes concretados por las fuerzas policiales junto a compañeros de trabajo de Solano y que luego desapareció entre los secuestros que figuraban en la causa; “una irregularidad más de la investigación realizada”.

El tribunal acompañó lo subrayado por la fiscal Teresa Giuffrida en su alegato de clausura, respecto “del miedo constante evidenciado en los testigos para prestar su declaración antes y durante el proceso. Lo digo para que el tribunal lo tenga en cuenta, ya que no se pueden evaluar los testimonios de manera individual sino que hay que tener presente toda la prueba en su conjunto”, dijo en su momento la representante del Ministerio Público Fiscal.

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La Justicia de Roca otorgó a un padre el cuidado exclusivo de su hija tras episodios de abandono de su madre

La mujer dejó a la niña sola en un taxi y luego en una terminal de ómnibus.

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El fuero de Familia de General Roca resolvió otorgar el cuidado personal unilateral de una niña a su padre, luego de acreditarse reiteradas situaciones de desprotección y negligencia por parte de la madre, que pusieron en riesgo su bienestar.

Según se desprende del expediente, cuando la niña tenía apenas un año, su madre la subió sola a un taxi y la envió al lugar de trabajo del padre. Al llegar, el hombre no se encontraba allí, lo que expuso a la menor a una grave situación de vulnerabilidad. Años más tarde, el episodio se repitió cuando la mujer dejó nuevamente sola a la niña, esta vez en una terminal de ómnibus.

En ambas oportunidades fue el padre quien asumió de manera inmediata el cuidado de su hija. Frente a estos antecedentes, y con el objetivo de garantizarle un entorno estable, seguro y afectivo, el hombre recurrió a la Justicia y solicitó el cuidado exclusivo de la menor.

Durante el proceso judicial se incorporó un informe socioambiental, que describió un hogar monoparental en el cual el padre organiza su actividad laboral en función de las necesidades de la niña. Si bien se señalaron carencias materiales en la vivienda, el informe concluyó que el entorno resulta apto para la crianza, destacando además que la menor asiste regularmente a la escuela y recibe atención psicológica.

La Defensora de Menores dictaminó a favor del otorgamiento del cuidado personal unilateral al padre, en atención al interés superior de la niña, valorando también la ausencia procesal de la madre y las pruebas que acreditaron conductas negligentes.

En su resolución, la jueza subrayó que la madre, pese a haber sido debidamente notificada del inicio de la demanda y de las audiencias fijadas, no compareció en ninguna instancia del proceso, lo que fue interpretado como un claro desinterés por la situación de su hija.

«El interés superior del niño es el lineamiento rector en todas las cuestiones en que este se halle afectado; la decisión se define por lo que resulta de mayor beneficio para ellos», sostuvo la magistrada, citando jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

El fallo remarcó que, si bien ambos progenitores conservan la titularidad de la responsabilidad parental, el cuidado personal puede ser atribuido de forma unilateral cuando existen razones fundadas que lo justifiquen, como ocurrió en este caso. Además, se recomendó la continuidad de un abordaje terapéutico integral y el acompañamiento profesional para la niña.

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Violencia de género en el barrio Malvinas: Un hombre quedó detenido tras una brutal agresión

El ataque ocurrió en una vivienda del barrio Malvinas y fue frenado por la intervención policial.

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El Ministerio Público Fiscal formuló cargos contra un hombre por un grave hecho de violencia de género ocurrido el pasado martes (13/01) en una vivienda del barrio Malvinas, en General Roca, donde una mujer fue agredida física y verbalmente en presencia de los tres hijos que ambos tienen en común.

Según se expuso en la audiencia, el imputado llegó al domicilio y comenzó a increpar e insultar a la víctima, para luego golpearla violentamente en distintas partes del cuerpo. En la vivienda se encontraban los hijos de la mujer, quienes presenciaron el ataque. La hija mayor, de 14 años, intentó proteger a sus hermanos menores mientras daba aviso a su abuelo. Al mismo tiempo, un vecino que escuchó los gritos alertó al sistema de emergencias 911.

La rápida llegada de personal policial, junto con el padre de la mujer, permitió frenar la agresión. Como consecuencia del ataque, la víctima sufrió múltiples lesiones que incluso le impidieron desplazarse por sus propios medios.

Entre las pruebas presentadas por la Fiscalía se incluyeron el registro de la llamada al 911, el acta de denuncia penal, certificados médicos que acreditan lesiones múltiples -calificadas como leves según el tiempo de curación- y el resultado del test de alcoholemia practicado al imputado. Además, se informó que se dio intervención a la Oficina de Atención a la Víctima (OFAVI).

Durante la audiencia, la defensa se opuso al pedido de prisión preventiva y propuso medidas alternativas, como prohibición de acercamiento, dispositivos duales y acciones vinculadas al tratamiento por consumo problemático de alcohol, con el objetivo de que el imputado pudiera continuar con su actividad laboral.

La Fiscalía, en tanto, sostuvo la necesidad de la prisión preventiva debido a la gravedad del hecho, el riesgo para la víctima y la necesidad de garantizar el normal desarrollo del proceso penal.

Finalmente, la jueza de Garantías tuvo por formulados los cargos y resolvió dictar la prisión preventiva del imputado, además de prohibir todo tipo de contacto con la víctima.

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Dos policías resultaron heridos y los acusados quedaron en prisión preventiva

Los hechos ocurrieron en diciembre pasado.

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Dos efectivos policiales resultaron lesionados en distintos hechos ocurridos en General Roca y, como consecuencia de las investigaciones impulsadas por el Ministerio Público Fiscal, se formularon cargos contra los presuntos autores, quienes quedaron en prisión preventiva. Las imputaciones se concretaron en el marco de dos audiencias independientes desarrolladas este martes (13/01).

En la primera audiencia, la Fiscalía imputó a un hombre que era buscado desde hacía aproximadamente un mes por dos hechos ocurridos el 14 de diciembre de 2025. El primero se registró cerca de las 23 en la zona de calle Petunias, en inmediaciones del Cementerio Parque Las Fuentes. Según la acusación, dos personas que se movilizaban en una motocicleta interceptaron a otra pareja que circulaba en un rodado similar y, tras descender uno de los agresores, atacó con un arma blanca a una de las víctimas, provocándole una herida punzocortante en el abdomen, para luego huir del lugar.

Minutos más tarde, alrededor de las 23.30, se produjo el segundo episodio en el barrio Alta Barda, cuando personal policial intentó identificar a los sospechosos. Al advertir la presencia de los uniformados, los individuos intentaron escapar hasta un predio lindante al aeropuerto local. Allí, uno de los imputados descendió del rodado y atacó con un cuchillo a un efectivo, causándole una herida profunda en un antebrazo. Al intervenir otro policía para auxiliar a su compañero, también resultó lesionado y fue posteriormente embestido por la motocicleta conducida por el segundo agresor, lo que provocó que cayera al suelo y perdiera el conocimiento.

Con la imputación de este segundo sujeto, ambos acusados quedaron formalmente imputados por lesiones leves y graves -estas últimas en perjuicio de un policía- y atentado a la autoridad agravado, al haber puesto manos en la autoridad y por tratarse de integrantes de la fuerza policial. Para sostener la acusación, la Fiscalía presentó actas de procedimiento, certificados médicos, testimonios, elementos secuestrados y el reconocimiento realizado por una de las víctimas.

La defensa se opuso a la formulación de cargos, cuestionando la participación del imputado. Sin embargo, la Fiscalía señaló que durante un allanamiento se secuestraron prendas de vestir y cuchillos con presuntas manchas hemáticas. Finalmente, la jueza dio por formulados los cargos, habilitó la investigación penal preparatoria por tres meses y dispuso la prisión preventiva por el mismo plazo para ambos imputados.

En una segunda audiencia, desarrollada de manera independiente, se formularon cargos contra otro hombre por hechos ocurridos en una vivienda familiar. Según la acusación, el imputado ingresó al domicilio tras dañar una ventana, pese a encontrarse excluido del lugar, y mantuvo una conducta hostil hacia su madre y su hermana. Al intervenir la policía, el sujeto se resistió, dañó bienes y golpeó a uno de los efectivos, causándole lesiones leves.

Los hechos fueron calificados como violación de domicilio, daño, resistencia a la autoridad y lesiones leves. Si bien la defensa no se opuso a la formulación de cargos, sostuvo una versión distinta del hecho, indicando que el imputado consideraba tener derechos sobre el inmueble. La jueza de garantías tuvo por formulados los cargos y, a pedido de la Fiscalía, dictó también la prisión preventiva, al considerar acreditados los riesgos de fuga y de entorpecimiento de la investigación, valorando especialmente los testimonios incorporados.

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