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Río Negro

Hasta la fecha no son válidas las multas de tránsito por los radares de Chimpay y Darwin

Ya se recibieron casi 1000 reclamos en la Defensoría del Pueblo.

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La Defensoría del Pueblo de Río Negro ha recibido más de 850 reclamos de automovilistas, de diferentes ciudades del país, que fueron notificados con actas de infracción cometidas, a la altura de la ciudad de Chimpay, por superar la velocidad máxima permitida. Misma situación se da en la localidad de Darwin.

En este sentido, el organismo provincial informó nuevamente que los equipos de control de velocidad instalados en la provincia deben contar, como requisito obligatorio, con la homologación y autorización de la Agencia Nacional de Seguridad Vial para el caso de las rutas nacionales y, autorizados por la Agencia Provincial de Seguridad Vial para el caso de rutas provinciales, caminos y autovía que atraviese los ejidos municipales. «Esta condición es necesaria y así lo establecen las leyes de transito nacional y provincial, para que la infracción tenga validez», destacaron desde la Defensoría.

La Legislatura provincial promulgó la Ley N° 5.263 el 27 de diciembre del año pasado, de adhesión a la Ley Nacional de Transito N° 24.449, con modificatorias. El artículo 36 expresa que «no pueden privatizarse ni concesionarse las acciones vinculadas al contralor directo de las infracciones, las cuales quedan a cargo exclusivamente de las autoridades de aplicación. Las personas que utilicen los sistemas o instrumentos o labren infracciones con dichos equipos, deben ser funcionarios públicos».

Por su parte, el artículo 37 indica que «la autoridad de aplicación es el Ministerio de Seguridad y Justicia a través de la Agencia Provincial de Seguridad Vial y los Cuerpos de Seguridad Vial de la Policía de Río Negro, pudiendo delegar en otras autoridades provinciales o municipales de constatación la operación de los equipos de control».

En caso de la participación municipal, la ley establece que para la instalación y uso de instrumentos cinemómetros y otros equipos de detección de velocidad en rutas nacionales, provinciales, caminos y autovía que atraviese el ejido municipal, deberán contar con la autorización del Ministerio de Seguridad y Justicia a través de la Agencia Provincial de Seguridad Vial. Todo ello previa autorización, en el caso de las rutas nacionales, de la Agencia Nacional de Seguridad Vial, creada por Ley N° 26.363 como máxima autoridad en la materia.

Radar instalado a la altura de Chimpay

Según lo informado por la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), hasta la fecha no son válidas las multas de tránsito por exceso de velocidad, aplicadas por el Municipio de Chimpay, con utilización del cinemómetro de instalación móvil (Marca STALKER), ubicado en el Km 1044 de la Ruta Nacional N° 22, ya que el radar no ha sido autorizado por la autoridad de aplicación.

Las quejas recibidas por este organismo de control son derivadas al Municipio, solicitando la anulación de las actas de infracción. Al mismo tiempo, todos los reclamos son puestos en conocimiento de la Agencia Nacional de Seguridad Vial.

Así fue acordado por la defensora del Pueblo, Adriana Santagati en oportunidad de reunirse en Buenos Aires con la Dra. Daniela Ortíz, directora nacional de Coordinación Interjurisdiccional del organismo competente en la materia.

Para eximirse de la multa, los ciudadanos pueden realizar un descargo ante la Oficina Administrativa de Faltas de la Municipalidad de Chimpay y, para ello, encontrarán un modelo de nota/descargo orientativa en la página web www.defensoriarionegro.gov.ar.

También pueden hacer el reclamo en la Defensoría del Pueblo de Río Negro adjuntando copia del Acta de infracción (fotocopia o escaneo en caso de ser enviada de manera digital) y copia del DNI (fotocopia o escaneo digital).

Las vías de contacto para canalizar el reclamo son: correo electrónico consulta@defensoria.rionegro.gov.ar; la página web; línea gratuita 0800 999 3776 o correo postal con franqueo pago a través de los formularios de reclamo y sobres que se encuentran en todos los Juzgados de Paz de la provincia.

En el caso de los ciudadanos que hayan abonado el valor de la multa y requieran la restitución de su dinero, deberán realizar su reclamo ante el Juzgado de Faltas del Municipio adjuntando copias de: la infracción, el DNI y la constancia de pago (recibo, transferencia bancaria, etc.). Ante la falta de respuesta o negativa, el reclamo podrá hacerse por la vía judicial.

En la página Web de la Defensoría del Pueblo de Río Negro encontrarán los modelos de notas orientativas a presentar ante la Oficina Administrativa de Faltas de la Municipalidad de Chimpay.

Irregularidades detectadas en los radares ubicados en la Ruta Nº 22 a la altura de Darwin

La Defensoría del Pueblo de Río Negro fue notificada por la Agencia Nacional de Seguridad Vial respecto a la auditoría realizada en los radares ubicados en la Ruta Nacional Nº 22, entre los Km 1005 y 1010, a la altura de Darwin.

El organismo nacional indicó que inspeccionó los radares oportunamente autorizados y homologados por Disposición Nº 45/18 de fecha 15/02/18. En este sentido, informó haber detectado irregularidades en la implementación de estos puestos de control, por lo que intimó al Municipio de Darwin a que se abstenga de imponer infracciones hasta tanto no se hayan regularizado las anomalías constatadas, ya que las infracciones impuestas pueden ser pasibles de planteos de nulidad por parte de los particulares, en legítimo ejercicio de su derecho de defensa.

En este marco, la defensora Santagati mantuvo comunicación con el Intendente, Víctor Mansilla, quien le manifestó que estaba en proceso de cumplimentar las observaciones realizadas por la autoridad nacional.

Por ello, los ciudadanos que reciban multas por exceso de velocidad, captados con los radares ubicados a la altura de Darwin, a partir del 7 de septiembre y hasta el momento en que desde el Municipio se cumplimenten los requisitos exigidos por la Agencia Nacional de Seguridad Vial, pueden dirigir su reclamo ante la Oficina de Faltas de la Municipalidad de Darwin.

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Río Negro

Ciclo lectivo 2027: Ya comenzó el período de inscripciones en Río Negro

Las familias deberán completar las planillas para sala de 4, primer grado y primer año de Secundaria. El período permanecerá abierto hasta el viernes 25 de septiembre inclusive.

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Ya comenzó en Río Negro el período de inscripción para el ciclo lectivo 2027, destinado a estudiantes que ingresarán a sala de 4 años de Educación Inicial, primer grado de Primaria y primer año de Secundaria.

El proceso permanecerá abierto hasta el viernes 25 de septiembre inclusive y contempla tanto a las escuelas secundarias rionegrinas (ESRN) como a las instituciones de Educación Técnica.

La subsecretaria de Innovación y Planeamiento del Ministerio de Educación y Derechos Humanos, Aurelia Sosa, destacó la importancia de que durante esta semana las familias se contacten con la institución educativa más cercana al domicilio para obtener la planilla de inscripción. Según explicó, «desde las escuelas se brindará orientación para completar la documentación en su totalidad».

En el caso de los estudiantes que ya se encuentran escolarizados, los niños de 5 años y los alumnos de séptimo grado recibirán las planillas en sus propias instituciones, que también acompañarán el proceso de inscripción. Una vez completadas, las planillas deberán ser entregadas a las instituciones educativas. Desde allí serán derivadas a la Supervisión correspondiente para iniciar el período de clasificación.

Posteriormente se establecerá el orden de acuerdo con las opciones seleccionadas por las familias. En aquellas instituciones donde la cantidad de ingresantes supere las vacantes disponibles, se realizarán los sorteos correspondientes.

Sosa remarcó además la importancia de completar todas las opciones solicitadas en las planillas. Para Educación Inicial y Primaria, las familias deberán seleccionar tres establecimientos, mientras que para Educación Secundaria deberán completar ocho opciones.

De acuerdo con lo informado por Educación, se estima que los listados definitivos estarán finalizados entre fines de octubre y principios de noviembre.

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Judiciales

Se divorciaron en España y 17 años después lograron inscribir la sentencia en Río Negro

La sentencia había sido dictada por un juzgado español en diciembre de 2009. Para que tuviera efectos en Argentina, fue necesario realizar un procedimiento de reconocimiento judicial.

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Una pareja que se había casado en Chimpay logró que la Justicia de Río Negro reconociera e inscribiera una sentencia de divorcio dictada en España hace 17 años.

La pareja se había radicado en España y, con el paso del tiempo, decidió poner fin a la vida en común. En diciembre de 2009, un juzgado de Palma de Mallorca dictó la sentencia que formalizó el divorcio de mutuo acuerdo.

Si bien la decisión tenía plena vigencia en España, para que también produjera sus efectos en Argentina era necesario realizar un procedimiento de reconocimiento judicial de la sentencia extranjera.

El hombre se presentó ante el Poder Judicial y solicitó la inscripción del divorcio ante el Registro Civil y Capacidad de las Personas de Río Negro. Durante el trámite, la mujer prestó su conformidad expresa con el pedido.

Entre la documentación incorporada al expediente se presentó el testimonio de la sentencia dictada en España, acompañado por el correspondiente certificado de La Haya, destinado a acreditar la autenticidad del documento público extranjero.

Una jueza de Familia de Luis Beltrán hizo lugar a la solicitud y ordenó inscribir la sentencia de divorcio en el Libro de Extraña Jurisdicción del Registro Civil provincial.

Para resolver, el fallo tuvo en cuenta la Ley Nacional N° 26.413, que contempla la inscripción de matrimonios y de las sentencias que los disuelven cuando fueron dictadas en otros países y cumplen con las exigencias legales. También se consideraron las disposiciones del Código Civil y Comercial referidas a los actos celebrados en el extranjero y la Convención de La Haya sobre apostilla.

La magistrada señaló que «no se advierte la existencia de alguno de los impedimentos previstos en el Código Civil y Comercial». Además, destacó que tanto el Registro Civil como el Ministerio Público Fiscal se pronunciaron sin objeciones sobre la procedencia del trámite.

El procedimiento de reconocimiento o ejecución de una sentencia extranjera permite que una decisión judicial dictada en otro país produzca los efectos correspondientes en Argentina. En este caso, no se volvió a discutir el divorcio, sino que se verificó que la resolución española reuniera las condiciones necesarias para ser reconocida e inscripta en el país.

Con todos los recaudos cumplidos y la conformidad de ambas personas divorciadas, la Justicia provincial ordenó finalmente la inscripción de la sentencia.

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Política

Weretilneck: «Esta decisión permitirá que IPROSS siga mejorando y compita con otras obras sociales»

El gobernador destacó la iniciativa enviada a la Legislatura.

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La libertad de elegir y pagar su obra social para estatales rionegrinos representa un desafío y una oportunidad para el IPROSS: el proceso de mejora que atraviesa le brinda las condiciones necesarias para competir con prepagas y sindicales. «Esto obliga a IPROSS a seguir mejorando su prestación, dando respuestas ágiles y de calidad a sus afiliados frente a la competencia«, destacó el gobernador Alberto Weretilneck.

«Creemos que el IPROSS tiene todas las condiciones para competir en el mercado, por los servicios que brinda, por ello tomamos la decisión de darle la libertad para que cada agente público pueda elegir y pagar la obra social que decida», afirmó el mandatario en diálogo con los medios y agregó que esto “permitirá que siga creciendo”.

Con más de 130.000 afiliados de manera directa e indirecta, la obra social provincial podrá afianzar su proceso de mejora. «Sabemos que hoy IPROSS cuenta con muy buena cobertura en discapacidad, diabetes, también se incrementó la cobertura en medicamentos», aseguró Weretilneck y reafirmó que «esta decisión de abrir la competencia se centra en la buena respuesta que está dando actualmente».

El proyecto de ley representa un beneficio para todas las partes: para IPROSS significa acentuar su proceso de mejora, consolidando su prestación en beneficio de los afiliados; mientras que los agentes tendrán la libertad de elegir y pagar la obra social que consideren más conveniente para ellos y su grupo familiar.

«Esta decisión representa un cambio histórico para IPROSS, que ahora podrá competir con el resto de las obras sociales. Desde su fundación, nunca contó con esta posibilidad y creemos que tiene todas las condiciones para hacerlo de la mejor manera», sintetizó el gobernador.

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