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Río Negro

Río Negro va camino a convertirse en un Estado totalmente digital

La Provincia hace un año trabaja en un sistema digital que busca agilizar la tarea de los agentes del Estado, terminar con el papel y brindar mejores servicios a los ciudadanos.

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Río Negro hace poco más de un año logró implementar nuevas herramientas digitales que le permitieron avanzar en un sistema de modernización del Estado, con el objetivo de organizar y agilizar el trabajo administrativo, terminar con el uso del papel, y a su vez brindarle a la sociedad un servicio de mejor calidad.

La Secretaría de Modernización e Innovación Tecnológica, es el organismo que a través del sistema de Gestión Documental Electrónica trabaja con varios organismos, buscando en el 2020 tener casi el 100% de la administración pública trabajando de manera digital.

Hoy, el Registro Civil y Lotería de Río Negro son los organismos más avanzados en la materia.

“El objetivo de acá al 2020 es que por lo menos un 80% de la administración pública esté trabajando de manera digital, evitando el uso de papel en lo que son los trámites diarios”, enfatizó el secretario de Modernización, Silvio Castro.

En este aspecto, el funcionario explicó que “desde hace un año estamos trabajando en la implementación de un sistema de expediente electrónico, que es el sistema de Gestión Documental Electrónica que nos cedió a Nación, y logramos que algunos organismos lo implementen en su totalidad, como el Registro Civil y Lotería de Río Negro”. También están trabajando con los ministerios de Desarrollo Social, Gobierno y Economía, la Agencia de Recaudación Tributaria y Secretaría General.

Avances notorios

En este año de trabajo, Río Negro logró tener importantes avances en modernización, como es el Registro Civil electrónico, el boletín oficial web y el sistema de compras digitales. “También queremos avanzar en un sistema para administrar los bienes del Estado dentro de la Secretaría General”, agregó Castro.

Con respecto a las ventajas que tiene este sistema, Castro sostuvo: “Para los trabajadores del Estado el principal beneficio es que organiza el trabajo administrativo, evita el gasto y el uso del papel y da cierta seguridad al estar todo en una sola plataforma, ya la información no se pueda perder, cambiar o alterar”.

“Para el ciudadano, permite agilizar los tiempos de tramitación porque hay tiempos muertos que el sistema no permite; además, evita que se presenten dos veces la documentación y también ahora la cuestión burocrática”, finalizó.

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Judiciales

Ordenan al Estado limitar descuentos por préstamos en el salario de una docente

La trabajadora expuso que en los meses de diciembre de 2024 y enero de 2025 los descuentos alcanzaron el 100% de sus haberes mensuales.

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Una trabajadora del sistema educativo de Río Negro obtuvo una sentencia favorable para frenar retenciones que reducían su salario a niveles extremos. El fallo, dictado por la Cámara Primera del Trabajo de Bariloche, dispuso que el Ministerio de Educación no podrá descontar más del 20% de su sueldo neto en beneficio de entidades financieras y mutuales.

La presentación judicial se realizó en marzo de este año mediante una acción sumarísima. La profesional expuso que en los meses de diciembre de 2024 y enero de 2025 los descuentos alcanzaron el 100% de sus haberes mensuales. En febrero, la liquidación dejó disponible apenas el 14% de su salario. Acompañó documentación oficial que acreditaba las cifras denunciadas.

Según consta en el expediente, las deducciones estaban vinculadas a préstamos personales tomados con las entidades MUT.REG.SUR, AMSER, MEPUC, CREDIT NOW y U.P.A.M. La mujer solicitó que se aplicara el límite previsto en el Decreto-Ley N° 6754/43, norma ratificada por Ley Nacional, que establece un tope del 20% para este tipo de retenciones.

El Ministerio de Educación, representado por Fiscalía de Estado, negó los términos del planteo y pidió el rechazo de la demanda. Las partes fueron citadas a una audiencia de conciliación obligatoria conforme lo establece la Ley P 5631, sin lograr un acuerdo.

La sentencia remarcó que los descuentos aplicados por vía administrativa no pueden superar los topes legales vigentes, aun cuando deriven de convenios firmados de forma voluntaria por la trabajadora. El fallo también señaló que los embargos judiciales -sujetos a revisión y autorizaciones expresas- no permiten alcanzar porcentajes de descuento similares.

El Tribunal dispuso que las deducciones sobre los haberes de la trabajadora no podrán superar el 20% de su salario neto, una vez realizadas las quitas obligatorias por ley. Además, ordenó que la maestra indique en un plazo de 48 horas a cuál de las entidades acreedoras debe destinarse ese porcentaje. En caso de no comunicar esa decisión, el monto será distribuido de forma proporcional entre las cinco instituciones involucradas. La sentencia de primera instancia no está firme y se encuentra dentro de los plazos de revisión.

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Judiciales

Tras la separación, tiene 72 horas para devolverle la camioneta a su ex pareja

Si no lo hace, la Policía podrá secuestrarla.

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Después de separarse, una mujer de Cipolletti logró que el Poder Judicial le ordenara a su ex pareja devolverle la camioneta que él retuvo tras la ruptura. Se trata de una Toyota Hilux 4×4 cabina doble, que ella usaba para trabajar, trasladarse y llevar a sus hijos. Según denunció, al quedarse sin el vehículo tuvo que enfrentar deudas y dificultades para sostener su rutina diaria. El hombre tiene 72 horas para restituirla. Si no lo hace, la policía podrá secuestrarla.

La medida fue dictada por la Unidad Procesal de Familia Nº 11 de Cipolletti, en el contexto de una acción autosatisfactiva presentada por la mujer. Denunció que sufrió violencia económica durante y después de la convivencia, y que su ex pareja se quedó con bienes que estaban a su nombre, entre ellos el vehículo y un comercio.

El expediente incluyó un informe de dominio que acreditó que la camioneta estaba registrada a nombre de la mujer. Ella explicó que intentó recuperar el bien mediante una mediación previa, pero que no logró acuerdo. También relató que, tras la separación, quedó con deudas fiscales vinculadas al vehículo, y que su ausencia afectó su movilidad diaria y el cuidado de sus hijos.

El hombre se opuso a la restitución. Alegó que habían adquirido la camioneta durante la convivencia, con aportes de ambos, y que era su única herramienta de trabajo. Dijo que se hacía cargo de los hijos y que el retiro del vehículo lo colocaba en una situación de vulnerabilidad. También sostuvo que la mujer tenía otros automóviles a su disposición.

La jueza valoró que el vehículo era un bien registrable, y que su inscripción a nombre de la mujer demostraba la titularidad. Señaló que el hombre no promovió ninguna acción legal para reclamar participación en la propiedad del bien. Indicó que sus afirmaciones sobre los aportes económicos y la necesidad del vehículo no estaban respaldadas por pruebas.

La resolución se basó en el artículo 528 del Código Civil y Comercial, que regula la distribución de bienes al finalizar una unión convivencial. En estos casos, si no existe un pacto, cada bien permanece en el patrimonio de quien lo adquirió. El fallo subrayó que las partes nunca contrajeron matrimonio ni acordaron un régimen de distribución.

Por eso, el Poder Judicial consideró que la mujer fue desapoderada del vehículo y que correspondía restituírselo. Ordenó su devolución en un plazo de 72 horas. Si el hombre no cumple, se autoriza el secuestro inmediato del automotor.

La medida fue apelada, pero otro tribunal revisó y confirmó la sentencia. Se sostuvo en esta instancia que la resolución se basó en pruebas objetivas y que los argumentos del apelante no alcanzaban para modificarla.

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Río Negro

Hogares rionegrinos serán encuestados por personal provincial

Se buscan obtener datos claves sobre el empleo, la educación, la migración, los ingresos, y los servicios con los que cuenta cada hogar, entre otros aspectos.

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La Dirección de Estadística y Censos informa que, entre los meses de julio y septiembre, se realizará la Encuesta Permanente de Hogares (EPH) en toda la provincia, coordinada junto al Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC).

La Encuesta Permanente de Hogares (EPH) es una herramienta fundamental para conocer las condiciones de vida de la población. A través de ella se obtienen datos clave sobre el empleo, la educación, la migración, los ingresos, y los servicios con los que cuenta cada hogar, entre otros aspectos.

En esta edición, 1.240 viviendas fueron seleccionadas mediante métodos estadísticos de muestreo. Las localidades incluidas son: San Carlos de Bariloche, El Bolsón, Maquinchao, Los Menucos, Sierra Grande, San Antonio Oeste, General Conesa, Viedma, Río Colorado, Lamarque, Luis Beltrán, Villa Regina, General Roca, Allen, Cinco Saltos, Villa Manzano, Catriel, Ingeniero Huergo y Cipolletti.

Las entrevistas serán realizadas por personal debidamente acreditado, tanto en días hábiles, feriados o fines de semana. En algunos casos, los encuestadores estarán acompañados por supervisores que también contarán con identificación oficial.

Cabe destacar que la encuesta se realiza bajo los términos de la Ley Nacional N° 17.622, que garantiza la confidencialidad de toda la información relevada. La participación de los hogares seleccionados es fundamental para asegurar la calidad y representatividad de los resultados.

Contar con información confiable y actualizada permite una mejor interpretación de la realidad social y económica de la población, y en un mejor diseño de políticas públicas, por este motivo se solicita a la población que participe de la encuesta.

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