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«Las reglas de tránsito no pueden quedar libradas a la interpretación de conductores o jueces»

Deben estar estipuladas por la ley y ser conocidas de antemano por la ciudadanía, según asegura un fallo del STJ.

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Al no ser un boulevard una semiautopista, entonces para que se revierta la prioridad de paso por la derecha, debe existir señalización que así lo indique, argumenta uno de los fallos del Superior Tribunal de Justicia que en 2018 sentó antecedentes. La sentencia recalca que “las reglas de circulación vehicular no pueden quedar libradas a la interpretación de los conductores o a la que realicen los Jueces, en un determinado contexto. Deben estar estipuladas por la ley y ser conocidas de antemano por la ciudadanía”.

En el fallo, el Superior Tribunal de Justicia de Río Negro reafirmó que en los cascos urbanos la prioridad de paso por la derecha solo cede ante ingresos a autopistas, semiautopistas o cuando exista señalización específica que así lo obligue.

El caso testigo ocurrió en Viedma, cuando un vehículo que circulaba por calle Álvaro Barros chocó con otro que transitaba por el boulevard Sussini. Luego del fallo, el Municipio colocó allí un semáforo.

Al no ser el boulevard una semiautopista, entonces para que se revierta la prioridad de paso por la derecha, debe existir señalización que así lo indique, argumenta el fallo del STJ.

El máximo tribunal interpretó la Ley Nacional de Tránsito, que en su artículo 41 establece: “todo conductor debe ceder siempre el paso en las encrucijadas al que cruza desde su derecha. Esta prioridad del que viene por la derecha es absoluta y solo se pierde” ante señalización específica o vehículos que circulan por una semiautopista.

Al definir a una autopista, la misma normativa dice que es una vía multicarril con calzadas separadas físicamente y con limitación de ingreso directo desde predios lindantes. La semiautopista es “un camino similar a al autopista pero con cruces a nivel con otra calle o ferrocarril”.

Al analizar la normativa local y provincial, el voto rector determina que “no existe en el ámbito de la Provincia de Río Negro norma alguna que autorice la asimilación de tal tipo de calle (en referencia a los boulevares) a una semiautopista”. Esta definición no encuadra a los boulevares viedmenses.

Al estudiar el caso, el fallo del STJ entiende que, más allá de situaciones específicas, “la cuestión central a resolver se haya circunscripta a determinar el alcance de la prioridad de paso en las encrucijadas asignada al vehículo que cruza desde su derecha, establecidas por la Ley Nacional de Tránsito Nº 24.449, a la que la Provincia de Río Negro adhirió mediante la Ley Nº 2.942”.

En este marco, el voto rector concluye que “la prioridad de paso de quien circula por la derecha solo cede ante vehículos que circulen por una semiautopista, excluyendo a los boulevares dentro de la previsión legal”.

Luego, resalta la importancia de contar con criterios certeros: es “necesario y conveniente dejar sentado que las reglas de circulación vehicular no pueden quedar libradas a la interpretación de los conductores y/o a la que realicen los Jueces, en un determinado contexto fáctico. Deben estar estipuladas por la ley y ser conocidas de antemano por la ciudadanía, y en tal cometido, la Ley Nº 24.449 en su art. 41 señala, al menos en dos ocasiones, lo absoluto del principio de la regla adoptada respecto de la prioridad de paso que posee quien circula por la derecha; primero, cuando dice que “debe ceder siempre” y luego, cuando califica la prioridad como “absoluta”.

“Es que con el loable afán de hacer justicia en el caso concreto, la relativización de los principios propios de la materia ha contribuido al caos generalizado hoy existente en el tránsito cotidiano de automotores y otros rodados, con consecuencias disvaliosas en cuanto a muertes, heridos y daños materiales”, finaliza.

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Judiciales

Le vaciaron la cuenta con los ahorros de toda su vida con un cambio de chip en otra ciudad: Condenan a banco y telefónica

La víctima descubrió que de los casi 3 millones de pesos de ese momento solo quedaban $8.000.

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Una jubilada de Viedma perdió varios millones de pesos en menos de una hora después de que delincuentes tomaran el control de su línea telefónica mediante un cambio fraudulento de chip. Con ese acceso ingresaron a su cuenta bancaria y realizaron ocho transferencias que vaciaron prácticamente todos sus ahorros. La Cámara de Apelaciones de la capital provincial concluyó que el fraude fue posible por fallas concurrentes en los sistemas de seguridad de dos prestadores de servicios.

La mujer tenía constituido un plazo fijo y el 13 de octubre de 2022 advirtió que su celular solo permitía realizar llamadas de emergencia. Horas más tarde, cuando intentó renovar esa inversión, descubrió que de los casi 3 millones de pesos de ese momento solo quedaban $8.000. El dinero había sido transferido mediante seis débitos inmediatos (DEBIN) y dos transferencias a personas desconocidas.

Frente a esa situación promovió una demanda por daños y perjuicios. Sostuvo que el cambio de la tarjeta SIM se había concretado sin verificar correctamente la identidad de quien lo solicitó y que, además, nadie advirtió una serie de operaciones bancarias completamente ajenas a su comportamiento habitual como clienta.

En primera instancia, el fuero Civil de Viedma responsabilizó únicamente a la empresa de telefonía. Entendió que el cambio fraudulento del chip había sido la causa adecuada del perjuicio y liberó de responsabilidad a la entidad financiera.

La Cámara confirmó que existió una falla en el procedimiento que permitió reemplazar la tarjeta SIM. Valoró que el cambio se autorizó desde una antena ubicada en Neuquén cuando apenas una hora y media antes la línea funcionaba normalmente en Viedma. También destacó que no existían registros que permitieran comprobar cómo se había validado la identidad de quien realizó esa gestión.

Sin embargo, el tribunal consideró que la entidad financiera también incumplió su deber de seguridad. Señaló que las operaciones reunían numerosos indicadores de riesgo: la generación de un nuevo token, el alta de varios destinatarios desconocidos, ocho transferencias consecutivas en apenas 36 minutos, el vaciamiento casi total de la cuenta y montos incompatibles con el historial de la clienta. Pese a ello, no se activó ningún mecanismo de alerta, bloqueo o verificación.

La sentencia recordó que las entidades financieras tienen la obligación de implementar sistemas de monitoreo basados en el perfil transaccional de cada cliente y destacó que ese control existe precisamente para detectar operaciones que, aunque se realicen con credenciales válidas, resulten completamente atípicas.

Con ese criterio, la Cámara concluyó que el fraude solo pudo concretarse por la concurrencia de dos incumplimientos. Por un lado, la autorización irregular del cambio de chip. Por otro, la ausencia de controles frente a movimientos claramente inusuales en la cuenta bancaria. En consecuencia, modificó el fallo de primera instancia, dejó sin efecto la obligación de la mujer de devolver el dinero recibido por la medida cautelar y extendió la condena en forma solidaria a Banco Patagonia y Telefónica Móviles Argentina.

También confirmó las indemnizaciones por daño emergente, pérdida de chance, daño moral y daño punitivo.

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Río Negro

Con aumento incluido, la Provincia abonó sueldos y aguinaldo a estatales

Significó una inyección de $170.000 millones por parte del Gobierno a la economía rionegrina.

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El Gobierno de Río Negro realizó hoy (03/07) el pago unificado de salarios y del medio aguinaldo a todo el personal estatal de la provincia, con un 4,28% de aumento incluido.

Esta decisión, significó una inyección de $170.000 millones por parte del Gobierno a la economía rionegrina e incluyó el 4,28% de aumento en los sueldos, impactando también en el aguinaldo. Se consolida así una evolución salarial por encima de la inflación acumulada en el semestre.

Durante la primera parte del año, los incrementos escalonados que sostuvo Río Negro alcanzaron un 16% de aumento, por encima de la inflación del 14,7% de acuerdo a datos del INDEC para los primeros cinco meses de 2026.

De esta manera, hoy percibieron sus haberes y el medio aguinaldo el personal de Salud Pública (guardias y horas extras); Policía de Río Negro; Servicio Penitenciario Provincial; docentes; porteros; personal comprendido en la Ley N° 1.844; Vialidad Rionegrina; pensiones de Bomberos Voluntarios; Poder Legislativo; Poder Judicial y Órganos de Control.

«Con el pago de salarios y aguinaldo de manera conjunta, Río Negro sostiene el rumbo que se enmarca en una gestión responsable de los recursos públicos, cumpliendo con las obligaciones en materia de salarios a la planta de trabajadores estatales de la provincia», indicaron desde la Provincia.

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Río Negro

Río Negro avanza con la fiscalización ambiental del proyecto de GNL

El objetivo es que el proyecto avance con una presencia activa del Estado.

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La Secretaría de Ambiente y Cambio Climático fiscaliza en territorio, durante la ejecución del proyecto de exportación de GNL en el Golfo San Matías, el cumplimiento ambiental asumido por la empresa.

Mientras Río Negro consolida una nueva etapa productiva vinculada al desarrollo energético, la Provincia mantiene una presencia técnica permanente para acompañar, controlar y verificar que cada avance del proyecto se realice bajo la normativa ambiental vigente.

El seguimiento alcanza las distintas etapas de ejecución, tanto en las obras terrestres como en la infraestructura marítima asociada al desarrollo de Gas Natural Licuado Flotante en el Golfo San Matías. El objetivo es claro: que el crecimiento energético avance con planificación, responsabilidad ambiental y control del Estado.

Control técnico en cada etapa

La Secretaría de Ambiente y Cambio Climático, como autoridad de aplicación, lleva adelante inspecciones y controles en territorio para verificar el cumplimiento de los compromisos ambientales establecidos durante el proceso de evaluación del proyecto.

Las autorizaciones ambientales contemplan obligaciones específicas vinculadas al monitoreo de flora y fauna, la protección de ecosistemas marinos y terrestres, la gestión de residuos, la prevención de impactos y el seguimiento de las tareas que se desarrollan en las áreas intervenidas.
Además de las inspecciones en obra, la Provincia supervisa los procesos de recomposición ambiental en los sectores afectados por la construcción de infraestructura terrestre, con el fin de asegurar que las intervenciones se realicen de acuerdo con los compromisos asumidos.

Desarrollo energético con responsabilidad ambiental

El proyecto contempla infraestructura clave para que Río Negro se consolide como punto estratégico de salida del GNL argentino al mundo, incluyendo obras terrestres, instalaciones submarinas y un centro de soporte logístico en Puerto San Antonio Este.

En ese marco, el Gobierno Provincial sostiene una política que combina nuevas inversiones, generación de empleo, desarrollo de proveedores locales y protección de los recursos naturales que distinguen al Golfo San Matías y a toda la costa rionegrina.

El esquema de fiscalización se apoya en tres pilares: control integral durante todo el ciclo del proyecto, participación ciudadana en los procesos de evaluación ambiental y capacidad del Estado para exigir medidas correctivas o aplicar sanciones ante eventuales incumplimientos.

Un Estado presente para cuidar el rumbo

La decisión del Gobierno de Río Negro, encabezado por Alberto Weretilneck, es que las inversiones estratégicas avancen con reglas claras, planificación y presencia activa del Estado en cada etapa.

De esta manera, la Provincia reafirma que el desarrollo energético no es un hecho aislado, sino parte de un rumbo que busca transformar oportunidades en trabajo, infraestructura y futuro para los rionegrinos, sin resignar el cuidado ambiental ni la protección de los ecosistemas provinciales.

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