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Sociedad

«Las reglas de tránsito no pueden quedar libradas a la interpretación de conductores o jueces»

Deben estar estipuladas por la ley y ser conocidas de antemano por la ciudadanía, según asegura un fallo del STJ.

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Al no ser un boulevard una semiautopista, entonces para que se revierta la prioridad de paso por la derecha, debe existir señalización que así lo indique, argumenta uno de los fallos del Superior Tribunal de Justicia que en 2018 sentó antecedentes. La sentencia recalca que “las reglas de circulación vehicular no pueden quedar libradas a la interpretación de los conductores o a la que realicen los Jueces, en un determinado contexto. Deben estar estipuladas por la ley y ser conocidas de antemano por la ciudadanía”.

En el fallo, el Superior Tribunal de Justicia de Río Negro reafirmó que en los cascos urbanos la prioridad de paso por la derecha solo cede ante ingresos a autopistas, semiautopistas o cuando exista señalización específica que así lo obligue.

El caso testigo ocurrió en Viedma, cuando un vehículo que circulaba por calle Álvaro Barros chocó con otro que transitaba por el boulevard Sussini. Luego del fallo, el Municipio colocó allí un semáforo.

Al no ser el boulevard una semiautopista, entonces para que se revierta la prioridad de paso por la derecha, debe existir señalización que así lo indique, argumenta el fallo del STJ.

El máximo tribunal interpretó la Ley Nacional de Tránsito, que en su artículo 41 establece: “todo conductor debe ceder siempre el paso en las encrucijadas al que cruza desde su derecha. Esta prioridad del que viene por la derecha es absoluta y solo se pierde” ante señalización específica o vehículos que circulan por una semiautopista.

Al definir a una autopista, la misma normativa dice que es una vía multicarril con calzadas separadas físicamente y con limitación de ingreso directo desde predios lindantes. La semiautopista es “un camino similar a al autopista pero con cruces a nivel con otra calle o ferrocarril”.

Al analizar la normativa local y provincial, el voto rector determina que “no existe en el ámbito de la Provincia de Río Negro norma alguna que autorice la asimilación de tal tipo de calle (en referencia a los boulevares) a una semiautopista”. Esta definición no encuadra a los boulevares viedmenses.

Al estudiar el caso, el fallo del STJ entiende que, más allá de situaciones específicas, “la cuestión central a resolver se haya circunscripta a determinar el alcance de la prioridad de paso en las encrucijadas asignada al vehículo que cruza desde su derecha, establecidas por la Ley Nacional de Tránsito Nº 24.449, a la que la Provincia de Río Negro adhirió mediante la Ley Nº 2.942”.

En este marco, el voto rector concluye que “la prioridad de paso de quien circula por la derecha solo cede ante vehículos que circulen por una semiautopista, excluyendo a los boulevares dentro de la previsión legal”.

Luego, resalta la importancia de contar con criterios certeros: es “necesario y conveniente dejar sentado que las reglas de circulación vehicular no pueden quedar libradas a la interpretación de los conductores y/o a la que realicen los Jueces, en un determinado contexto fáctico. Deben estar estipuladas por la ley y ser conocidas de antemano por la ciudadanía, y en tal cometido, la Ley Nº 24.449 en su art. 41 señala, al menos en dos ocasiones, lo absoluto del principio de la regla adoptada respecto de la prioridad de paso que posee quien circula por la derecha; primero, cuando dice que “debe ceder siempre” y luego, cuando califica la prioridad como “absoluta”.

“Es que con el loable afán de hacer justicia en el caso concreto, la relativización de los principios propios de la materia ha contribuido al caos generalizado hoy existente en el tránsito cotidiano de automotores y otros rodados, con consecuencias disvaliosas en cuanto a muertes, heridos y daños materiales”, finaliza.

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Sociedad

El Correo Argentino asegura que está garantizada la continuidad del servicio en Cervantes

La atención se realiza a través del Punto Correo Autoservicio El Abuelo.

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El Correo Argentino informó que la prestación de servicios postales en Cervantes continuará garantizada mediante distintos esquemas de atención y cercanía operativa. Según indicaron oficialmente, en la localidad el servicio funciona a través del Punto Correo Autoservicio El Abuelo, ubicado en Manuel Belgrano 552.

Desde allí, los vecinos y vecinas pueden realizar operaciones postales y acceder a los servicios habituales de Correo Argentino. El horario de atención establecido es de lunes a sábado de 8.00 a 13.00 y de 16.00 a 21.00 horas.

Además, recordaron que los servicios telegráficos, emisiones, cobro de servicios monetarios y postventa monetaria continúan disponibles en las sucursales de Ingeniero Huergo y General Roca, siendo las más próximas a la localidad de Cervantes.

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Roca

Advierten sobre multas y cargos por falta de limpieza en terrenos baldíos

La normativa vigente establece que los propietarios deben mantener los lotes cercados y en condiciones de higiene y salubridad.

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El Municipio de General Roca emitió un comunicado recordando a propietarios y propietarias de terrenos baldíos o descubiertos la obligación de mantener los espacios en condiciones adecuadas de higiene, salubridad y estética, de acuerdo a lo establecido por la Ordenanza N° 1022/89.

La normativa determina que cada frentista debe conservar su propiedad debidamente cercada y libre de malezas, residuos y acumulación de elementos que puedan generar riesgos para la salud o la seguridad pública.

Además, la ordenanza también establece la obligación de mantener limpias las veredas correspondientes, incluyendo la tierra de las plantas existentes sobre las aceras y los canteros, según el ancho disponible en cada frente.

Desde el Municipio remarcaron que los terrenos baldíos en estado de abandono representan un peligro para las condiciones de higiene y seguridad de la comunidad, motivo por el cual la normativa prevé plazos de acción y sanciones ante incumplimientos.

En aquellos casos donde los propietarios no realicen las tareas correspondientes dentro de los plazos establecidos, el Municipio podrá ejecutar la limpieza del lote y posteriormente derivar al titular los costos generados por los trabajos realizados.

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Río Negro

Provincia paga la segunda cuota de indumentaria a estatales este 16 de mayo

El pago de los $125.000 se realizará por planilla complementaria.

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El Gobierno de Río Negro depositará el sábado (16/05) el segundo tramo del concepto destinado a las y los trabajadores de la administración pública provincial. El pago de los $125.000 se realizará por planilla complementaria.

En cumplimiento con lo acordado en la Mesa de la Función Pública, el Gobierno de Río Negro abonará este sábado la segunda cuota del concepto de indumentaria. El depósito de $125.000, que se realizará a través de planilla complementaria, «representa un refuerzo directo al bolsillo de las y los agentes estatales», destacaron desde el Ejecutivo.

«El objetivo de este concepto es garantizar que el personal cuente con los recursos necesarios para la adquisición de vestimenta para el desarrollo de sus tareas diarias», agregaron.

Con este depósito, se cumplirá con la totalidad del monto de $250.000 establecido para indumentaria durante el 2026.

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