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Río Negro

Serán reconocidos y compensados los particulares que generen energía

Además se estableció que todo proyecto de construcción de edificios públicos provinciales debe contemplar la utilización de algún sistema de generación distribuida proveniente de fuentes renovables.

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Luego de compatibilizar varios proyectos, se unificaron criterios y fue aprobada la Ley provincial que va a regular la Generación Distribuida de Energía, que implica reconocer el esfuerzo de los particulares de abastecerse de electricidad mediante mecanismos que aprovechan las fuentes renovables de energía, como la solar, eólica o hidriáulica. “La generación distribuida contribuye a la sustentabilidad del sistema energético”, destacó el legislador Leandro Tozzi, de Juntos Somos Río Negro, miembro del bloque oficialista que tuvo a su cargo la presentación del proyecto, que además dispone que los nuevos edificios públicos de la administración provincial deben contemplar alguno de estos sistemas de auto abastecimiento eléctrico. En relación a este aspecto, se solicitó a los municipios a adherir.

Las opiniones de los diversos expositores fueron coincidentes respecto de la necesidad de darle un marco legal y un beneficio económico a quienes resuelven generar energía en sus hogares, o establecimientos productivos, para su autoabastecimiento.

En La práctica, el particular generador tendrá en su propiedad un medidor de doble vía que registrará el momento de toma de electricidad que provee el mayorista, como así también cuando el particular tiene excedentes y los inyecta a la red.

En el texto de la norma se explicita de la siguiente manera: “Recibir del distribuidor del servicio de energía eléctrica (..), la remuneración o compensación que reglamentariamente se establezca y que refleje el volumen de la energía inyectada por el usuario-generador a la red”.

Pero además se destaca que “a partir de la entrada en vigencia de la presente ley, todo proyecto de construcción de edificios públicos provinciales debe contemplar la utilización de algún sistema de generación distribuida proveniente de fuentes renovables”.

Tozzi explicó que “se propicia la autogeneración de energía eléctrica a escala domiciliaria, permitiendo la inyección de los excedentes a la red pública de distribución, para su posterior aprovechamiento y compensación de costos”.

El legislador advirtió también que la nueva Ley implicará “dejar de utilizar sistemas de baterías para acumularla para un uso posterior. De este modo se evita, no sólo un importante porcentaje del costo inicial de la instalación, sino también el pasivo ambiental vinculado a la corta vida útil y la contaminación siempre asociada a las baterías”.

El proyecto prevé una adhesión plena a la Ley Nacional N° 27.424, lo que permite que los usuarios/generadores de Río Negro puedan acceder al FODIS, fondo nacional destinado al otorgamiento de préstamos e incentivos dirigidos a la implementación de sistemas de generación distribuida y también al FANSIGED, régimen de fomento a la fabricación de equipos e insumos para generación distribuida.

Al mismo tiempo se exime de impuestos provinciales, por 5 años, a las actividades, bienes y servicios comprendidos en los beneficios, provenientes del Fondo Fiduciario para el Desarrollo de Generación Distribuida (FODIS) y del Régimen de Fomento para la Fabricación Nacional de Sistemas, Equipos e Insumos para Generación Distribuida (FASINGED).

Policiales

Desapareció un hombre de 35 años y creen que podría estar en Bariloche

El último contacto telefónico se registró el pasado 7 de mayo.

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La Policía de Río Negro solicitó la colaboración de la comunidad para dar con el paradero de Iván Ezequiel De La Canal, un hombre de 35 años que es intensamente buscado en la provincia.

Según informaron fuentes policiales, fue visto por última vez durante el mes de abril y el último contacto telefónico con él se registró el pasado 7 de mayo a las 13.07.

De acuerdo a los datos aportados, presuntamente podría encontrarse residiendo en la ciudad de San Carlos de Bariloche.

Iván De La Canal es de nacionalidad argentina, contextura delgada, tez blanca, mide aproximadamente 1,75 metros, tiene cabello oscuro ondulado y ojos marrones.

Ante cualquier información que permita localizarlo, se solicita comunicarse de inmediato con la Unidad 42° de San Carlos de Bariloche o al sistema de emergencias 911.

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Judiciales

Un divorcio y una fotografía patrimonial incompleta fue determinante para rechazar la compensación económica

La jueza consideró que ambos integrantes de la pareja trabajaron durante toda la relación y compartieron las dificultades financieras.

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La pareja se conoció mientras trabajaba en un galpón de empaque. Ella buscaba empleo y una oportunidad mejor para su hija. Él realizaba tareas rurales junto a su padre. Entre cajones de fruta y largas temporadas laborales comenzó la relación.

Los comienzos fueron difíciles. No tenían vivienda propia ni estabilidad económica. Vivían en un monoambiente alquilado y trataban de sostenerse con trabajos temporarios. En ese contexto nació el primer hijo de la pareja. La situación económica era frágil y las discusiones comenzaron temprano.

Finalmente se casaron y la vida continuó siendo trabajosa. Ella hizo temporadas en empaque, tareas rurales y pequeños emprendimientos. Más adelante vendió ropa  y luego estudió un oficio. Él continuó vinculado al trabajo rural y a las actividades de la chacra familiar.

Con el paso de los años la relación se deterioró. Finalmente se divorciaron. Para entonces, la dinámica familiar ya había cambiado mucho. El hijo menor eligió vivir con el padre y los abuelos paternos.

Luego de la separación, la mujer inició una demanda de compensación económica. Sostuvo que había dedicado gran parte de su vida al cuidado familiar y que terminó en una situación de desventaja económica. Él respondió que ambos siempre trabajaron y que ninguno construyó riqueza a costa del otro.

El fuero de Familia de Luis Beltrán rechazó la demanda. La jueza consideró que la historia de la pareja reflejaba años de esfuerzo compartido. También entendió que no existió una situación en la que uno hubiera sacrificado su desarrollo personal para que el otro prosperara económicamente.

La sentencia concluyó que no se acreditó un desequilibrio económico actual, manifiesto y directamente derivado del matrimonio y de su ruptura.

El fallo aclara que la compensación económica prevista el Código Civil y Comercial no es automática, sino una herramienta para equilibrar. El divorcio, por sí solo, no genera derecho a cobrar una compensación. La persona que la reclama debe probar cómo era su situación antes y durante el matrimonio, qué sacrificios o postergaciones realizó, de qué manera eso favoreció el crecimiento del otro cónyuge y cuál es el desequilibrio económico manifiesto que sufrió la persona tras la separación.

La jueza utilizó la «metáfora de la fotografía» para explicar cómo debe analizarse una compensación económica después del divorcio. Señaló que no basta con afirmar que una persona quedó en peor situación económica, sino que resulta necesario comparar dos momentos concretos de la vida de la pareja.

La metáfora consiste en tomar dos «fotografías» patrimoniales: una al inicio de la convivencia o del matrimonio y otra al momento de la ruptura. A partir de esa comparación, se determina si existe un desequilibrio económico relevante provocado por la relación y su finalización.

En este caso, la jueza valoró que esa «fotografía inicial» no pudo reconstruirse porque la actora no aportó pruebas suficientes sobre cuál era su situación económica al comienzo de la relación. Ese punto resultó central para rechazar la demanda.

Según la sentencia, si no se conoce la situación económica inicial de la actora, no es posible establecer si realmente empeoró como consecuencia del matrimonio o si las diferencias actuales ya existían antes.

Respecto del hombre, el fallo señaló que tampoco se comprobó que tuviera una posición económica significativamente superior. Los informes oficiales indicaron que no registraba actividad económica formal relevante, bienes rurales propios ni cuentas bancarias importantes. La explotación agropecuaria mencionada por la mujer figuraba registrada a nombre de su padre.

La sentencia también destacó que, tras la separación, el hijo menor quedó bajo el cuidado cotidiano del padre, con residencia principal junto a los abuelos paternos, y que incluso la madre asumió una cuota alimentaria. Esa circunstancia fue considerada relevante porque modificó la organización familiar.

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Río Negro

Comenzó la inscripción para las becas terciarias y universitarias

Hay tiempo de inscribirse hasta el 25 de mayo.

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A partir de ayer lunes (11/05) y hasta el 25 de mayo está abierta la inscripción para que estudiantes de la provincia puedan inscribirse en el Programa de Becas para Carreras Terciarias y Universitarias.

Se trata de una política del Gobierno de Río Negro que a través del Ministerio de Educación y Derechos Humanos, acompaña a las y los estudiantes en su formación y que en este caso brinda la posibilidad de asignar una beca a quienes precisen de ese recurso para poder continuar con sus estudios.

Las inscripciones se reciben en la página del Ministerio de Educación en el botón Becas mientras que también se pueden realizar consultas en el correo [email protected].

Luego, habrá una instancia de entrega de la documentación correspondiente (digital y/o presencial) la cual estará vigente desde el 25 de mayo hasta el 8 de junio en los Consejos Escolares correspondientes al lugar de residencia.

De acuerdo a los establecido por el Consejo Provincial de Becas, las mismas están destinadas a estudiantes terciarios y universitarios de gestión pública o privada, que cursen sus estudios dentro o fuera de la provincia.

Un aspecto importante reside en que aquellos estudiantes que hoy cuenten con alguna beca de otra institución o entidad educativa, también podrán inscribirse en este programa.

Quienes quieran anotarse deberán presentar Documento Nacional de Identidad del solicitante y de su grupo familiar; título de Nivel Medio y título analítico o su constancia en trámite, sin adeudar materias al momento de la entrega de la documentación; constancia de inscripción a una carrera de grado de universidades e institutos terciarios de gestión pública y/o privada, y acreditar Plan de Estudios.

También se solicitará constancia de CBU como titular de cuenta; recibos de sueldos del grupo familiar, constancia de inscripción al monotributo o como responsable inscripto, según correspondiera; rendimiento académico con la cursada y finales de materias; Certificado Único de Discapacidad (CUD), si lo hubiera; Certificación Negativa de Anses de los miembros del grupo familiar, si los hubiera y Declaración Jurada de domicilio.

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