Seguinos

Sociedad

Exoneraron a las docentes que tomaron la UNRN

También hay sanciones para estudiantes que ocuparon el Vicerrectorado de Roca.

el

Foto: Archivo (Patagonia FotoPress)

En una conferencia de prensa donde se presentó la única lista que participará de las elecciones en la Universidad Nacional de Río Negro, el rector Juan Carlos Del Bello adelantó que las docentes Victoria y Virginia Naffa fueron exoneradas, pena máxima en el orden previsto dentro de la institución educativa. Ambas habían encabezado la ocupación del Vicerrectorado junto a un grupo de estudiantes.

Las hermanas ya fueron notificadas de la determinación, aunque aún pueden presentar un recurso jerárquico ante el Consejo de Programación y Gestión Estratégica de la UNRN, dentro de los plazos legales establecidos.

Las sanciones también recaen sobre once estudiantes, quienes formaron parte de la ocupación que terminó con el desalojo por parte de Gendarmería Nacional, el 10 de diciembre del año pasado. Los alumnos no podrán reinscribirse a las carreras dictadas en la universidad durante los próximos cinco años. La medida se revertiría en caso de que los sancionados reparen los daños acreditados y formalicen por escrito su compromiso a no incurrir en conductas que impliquen la reiteración de esas acciones que dieron lugar a la inhabilitación disciplinaria.

En este sentido, Del Bello sostuvo que «no sólo el daño fue a la institución, con pintadas y pérdidas por la ocupación de La Casona, sino también a las personas, con agresiones verbales y físicas a estudiantes, docentes y nodocentes, afectando incluso si dignidad».

Lista Compromiso

El rector buscará la reelección la próxima semana, 18 y 19 de junio, cuando se realicen las elecciones en la UNRN. En el Vicerrectorado de la Sede Alto Valle y Valle Medio, la arquitecta Andrea Tapia irá por el lugar que dejará el actual vicerrector Carlos Arzone.

«El hecho de que haya una sola lista, significa que una amplísima mayoría de la comunidad universitaria defiende este proyecto, inclusivo y de altísima calidad», destacó Del Bello. En este sentido, sostuvo que «definitivamente se cumplió lo que decíamos, porque no se presentó ninguna lista pro-toma; eso quiere decir que siempre fueron un grupo minúsculo que no respetó la democracia en la universidad, ni siquiera las verdaderas asambleas interclaustro que se realizaron y que se manifestaron en contra de la ocupación del Vicerrectorado».

Asimismo destacó que «somos la única Universidad Nacional que cumple con la paridad de género; tenemos el 51,7% de mujeres en la lista».

Quien será la nueva Vicerrectora, actualmente directora de la Escuela de Arquitectura, Arte y Diseño de la UNRN, aseguró estar frente a un gran desafío debido a la extensión que presenta la Sede Alto Valle y Valle Medio. «Tenemos 6 localizaciones, entre Cinco Saltos y Choele Choel, y muchas veces se dificulta la comunicación debido a las distancias existentes».

Tanto Del Bello como Tapia anunciaron el plan de obras previsto para la gestión 2019-2023, que incluye la terminación de la segunda parte de la obra del Hospital Escuela de Odontología (donde también cursarán la Tecnicatura en Mantenimiento Industrial) y del Pabellón de Necropsia en el Hospital Escuela de Medicina Veterinaria de Choele Choel. «Tenemos preadjudicada desde hace dos años la obra de Villa Regina -donde hoy se cursan las respectivas carreras en edificios alquilados- y esperamos comenzar con la construcción de espacios aúlicos en Cipolletti», destacó.

Finalmente proyectaron también la extensión del edificio de la ex Valle Fértil hasta la calle Avenida Roca, dedicado exclusivamente para la Escuela de Arquitectura, Arte y Diseño.

Cultura

La Feria del Libro de Roca confirmó nuevas figuras nacionales para su edición 2026

Juan Solá, Luis Pescetti, Gonzalo Heredia, Felipe Pigna y Pedro Saborido son algunos de los invitados confirmados.

el

Del 1 al 4 de octubre, el Predio Ferial Municipal, ubicado en calle Cerro Tronador 260, será escenario de la 8° Feria del Libro de General Roca, organizada por el Municipio. Bajo el lema Leer entre bardas, la propuesta reunirá a escritores, periodistas, historiadores, artistas y referentes de distintos ámbitos culturales, con entrada libre y gratuita.

Entre los invitados confirmados para la primera jornada, el jueves 1 de octubre, estarán el escritor y guionista Juan Solá, quien brindará un taller destinado a estudiantes de escuelas secundarias; el escritor, músico y cantante Luis Pescetti, con un espectáculo para toda la familia; y el actor y escritor Gonzalo Heredia, que presentará su tercera novela, Extranjera.

El viernes 2 de octubre será el turno de la escritora, abogada y activista feminista Lala Pasquinelli, quien presentará los libros Estafa de la feminidad y Maternidad ¿deseo o mandato?. Ese mismo día también participará la periodista y escritora María O’Donnell, con su obra Montoneros, una historia visual.

La programación continuará el sábado 3 de octubre con el psicólogo Marcelo Rocha, la escritora Viviana Rivero y el guionista y escritor Pedro Saborido, quien presentará Una historia de la felicidad.

El cierre, el domingo 4 de octubre, tendrá como protagonistas a la psicóloga especializada en reinvenciones laborales Claudina Kutnowski, con Inteligencia laboral, y al historiador Felipe Pigna, que presentará 76: Crónica de un año que cambió nuestra historia para siempre.

Además de las presentaciones de libros, la feria ofrecerá exposiciones, charlas, talleres y actividades para todas las edades. El Municipio informó que en los próximos días dará a conocer la programación completa.

Continuar leyendo

Roca

Cierra por reformas una delegación del Registro Civil en Roca: Dónde realizar los trámites

Los vecinos podrán realizar sus trámites en otras sedes habilitadas de la ciudad durante el período de obras.

el

La Delegación 2° del Registro Civil de General Roca, ubicada en calle Neuquén 1459, permanecerá cerrada hasta el próximo 7 de agosto inclusive debido a la realización de trabajos de reparación y mejoras edilicias.

Mientras duren las obras, la atención al público será trasladada a la Delegación 1° Hospital, ubicada en avenida Roca y Palacios. Además, quienes necesiten realizar consultas podrán comunicarse al correo electrónico delegacion2550@gmail.com.

También continuará brindando atención la Delegación General Roca 5° Barrio Nuevo, ubicada en San Juan 2833, con consultas al correo delegroca2981@gmail.com.

Por otra parte, el Gobierno de Río Negro informó que los trámites de Documento Nacional de Identidad (DNI) y Pasaporte seguirán realizándose con normalidad en la Delegación General Roca CDR, ubicada en Hipólito Yrigoyen 391.

Continuar leyendo

Judiciales

Préstamos online: Qué valor tiene un contrato sin firma digital

La Justicia analizó reclamos iniciados por empresas financieras y estableció un criterio: los contratos electrónicos sin firma digital no habilitan, por sí solos, la vía ejecutiva.

el

¿Qué pasa si una persona toma un préstamo online sin firma digital? El fuero Civil de Cipolletti analizó reclamos iniciados por empresas financieras y estableció un criterio: los contratos electrónicos sin firma digital no habilitan, por sí solos, la vía ejecutiva.

Las decisiones surgieron en varios expedientes tramitados en Cipolletti. En esos casos, las empresas invocaron contratos celebrados a distancia, a través de plataformas digitales. Luego pidieron la preparación de la vía ejecutiva para reclamar supuestos saldos impagos. Los fallos rechazaron esas presentaciones porque la documentación acompañada no contenía firma manuscrita ni firma digital de las personas reclamadas.

La preparación de la vía ejecutiva no es todavía una ejecución. Es un trámite previo que busca transformar un documento en un título ejecutivo. Con ese título, luego sí, la parte que reclama puede iniciar un proceso más rápido para cobrar la deuda. Ese proceso puede habilitar medidas sobre el patrimonio de la persona reclamada, como embargos sobre cuentas, ingresos o bienes, siempre que el documento tenga fuerza suficiente según la ley.

En el esquema tradicional, la empresa acompaña un contrato con firma ológrafa. En ese caso, se cita a la persona reclamada para que reconozca o desconozca la firma atribuida en el documento. Si la persona no la reconoce, el trámite puede avanzar con una pericia caligráfica. Ese mecanismo parte de un dato material: existe una firma que puede ser reconocida o sometida a análisis técnico.

El problema en los contratos online examinados fue distinto. Los documentos no tenían firma manuscrita ni firma digital. Según las presentaciones, la contratación se produjo mediante una plataforma, con validaciones de datos, constancias digitales y remisión de documentación, como una foto del DNI. Para los Juzgados, esos elementos no reemplazaron la firma exigida para habilitar la preparación de la vía ejecutiva.

En las sentencias, las Unidades Jurisdiccionales Civiles de Cipolletti señalaron que no toda contratación electrónica tiene el mismo efecto procesal. Las resoluciones diferenciaron la firma digital de la firma electrónica. La primera fue equiparada por la ley a la firma manuscrita. La segunda puede servir como prueba de una manifestación de voluntad, pero no tiene las mismas presunciones legales.

En los préstamos online, la firma electrónica también puede consistir en una aceptación realizada dentro de una plataforma digital, el uso de una clave, un token, un código enviado por mensaje o correo electrónico, o la confirmación de términos y condiciones mediante una aplicación. A diferencia de la firma digital, no cuenta con un certificado oficial que la equipare automáticamente a la firma manuscrita. Por eso, si una empresa la invoca en un reclamo, debe probar su validez, su autoría y su eficacia.

Ese punto resultó central. Los fallos indicaron que, para habilitar la preparación de la vía ejecutiva, el documento base debe reunir las condiciones de un instrumento privado en los términos del Código Procesal Civil y Comercial. En los casos analizados, los fallos consideraron que las empresas presentaron instrumentos particulares no firmados, cuyo valor probatorio debía evaluarse en otro tipo de proceso, con mayor debate y prueba.

En términos prácticos, el criterio fijó un límite para los reclamos basados solo en constancias digitales: sin firma manuscrita o digital, la empresa no puede acceder directamente a ese trámite más rápido y debe acudir a un proceso con mayor posibilidad de debate y prueba.

Las resoluciones citaron el artículo 288 del Código Civil y Comercial y la Ley de Firma Digital. También recordaron que la firma digital cuenta con una estructura de certificación que permite equipararla a la firma manuscrita. En cambio, cuando se invoca una firma electrónica, la parte que la presenta debe probar su validez, su autoría y su eficacia.

Los fallos aclararon que el rechazo de la preparación de vía ejecutiva no implica una decisión sobre la existencia de las deudas ni sobre su alcance. Tampoco descartaron la validez de las contrataciones electrónicas. Lo que resolvieron fue que esos reclamos, con la documentación presentada, no podían avanzar por ese trámite previo y debían canalizarse por la vía procesal correspondiente.

Para las personas usuarias de servicios financieros digitales, las sentencias ofrecen una pauta concreta: antes de contratar un préstamo online conviene revisar qué tipo de firma se utiliza, qué documentación queda disponible y qué mecanismos de validación respalda la operación.

Por el momento se trata de sentencias de primera instancia que aún no están firmes porque ya fueron apeladas.

Continuar leyendo
Advertisement
Advertisement
Advertisement
Advertisement
Advertisement