Río Negro
Río Negro sigue pidiendo explicaciones a Nación por el histórico apagón
Exigen detalles del por qué en la demora de reposición del servicio en toda la región.

Representantes de Energía de Río pidieron explicaciones al titular de la Secretaría de Energía de la Nación, Gustavo Lopetegui, por la demora en la restitución del servicio durante el apagón masivo del 16 de junio.
Ayer (3/07) por la mañana, el titular de la Secretaría de Gobierno de Energía de la Nación, expuso en el Senado de la Nación el resultado del informe que determinó cuáles fueron las causas del corte de energía de junio pasado.
Allí estuvo representado el gobierno provincial a través del titular de la Secretaría de Energía, Sebastián Caldiero, y la referente del área de Energía Eléctrica, Andrea Confini, quienes pidieron explicaciones en torno a la excesiva demora en la restitución del servicio en la región del Comahue, donde no hubo electricidad disponible hasta la noche. “Es algo inentendible para una zona generadora de electricidad que hayamos sido de los últimos en recuperar la energía”, reflexionó Caldiero.
El funcionario nacional fue convocado por la Comisión de Energía de la Cámara Alta, que preside el senador neuquino Guillermo Pereyra, y reconoció las fallas en la recuperación a través de las centrales hidroeléctricas del sur, una de las causas que demoró la energización más de la cuenta.
El corte masivo
En el comienzo de la reunión, realizada en el Salón Eva Perón del Senado, Lopetegui identificó tres causas que convergieron hacia la falla masiva del Sistema Interconectado Nacional (SIN). La primera de ellas, según apuntó, fue un error operativo de la transportista Transener, encargada de la red de alta tensión, que no modificó una serie de parámetros mientras cambiaba la topología de su red en la zona del Litoral. Como se sabe desde hace varios días, ello fue lo que desestabilizó el equilibrio entre la demanda y oferta de energía necesaria para que funcione el sistema nacional.
Ante esta falla inicial, el titular de la cartera energética nacional sostuvo que el problema fue que no funcionaron los sistemas de desconexión automática de generación (DAG) previstos. Y agregó que las distribuidoras y los generadores no reaccionaron como se preveía para impedir ese desbalance de energía.
De hecho, apuntó hacia la mayoría de las empresas distribuidoras que no restringieron la demanda en la medida en la que hubiera sido necesaria ante una situación de estas características. Lopetegui afirmó que faltó restringir 1.500 MW, lo cual sumó otro elemento determinante para que se produzca el apagón, tal cual quedó registrado en la respuesta que dieron 69 de las 75 distribuidoras aludidas.
Las demoras en el Comahue
En el caso de Río Negro y Neuquén, la región del Comahue fue una de las zonas donde más se tardó en reestablecer el servicio tras el colapso eléctrico. Según informes propios, una serie de falencias ajenas al control provincial impidió que el sistema se energice a media mañana, como debería haber ocurrido.
El secretario de Energía de Río Negro, Sebastián Caldiero, intervino durante el encuentro y expuso la cadena de irregularidades, que fueron reconocidas por Lopetegui. Puntualmente se refirió a la falta de mantenimiento evidenciado en la central hidroeléctrica Planicie Banderita, más las térmicas Alto Valle y Chihuido de la Sierra Negra; que son centrales que tienen declarado lo que se denomina “arranque en negro”, lo cual significa que pueden arrancar sin tener tensión de referencia y sirven para levantar el sistema.
“Las deficiencias operativas de disponibilidad de esas centrales que tenían que estar en condiciones para generar en isla, que entiendo perciben una remuneración por eso y está establecido en los contratos de concesión, hubiera permitido que tengamos electricidad antes de las 10 de la mañana”, señaló.
Tras reconocer lo descripto por las autoridades rionegrinas, Lopetegui adelantó que las fallas en el proceso de recuperación son objeto de investigación y serán abordadas oportunamente en un segundo informe que se está preparando.
Los aspectos relacionados con el funcionamiento en isla del sistema fueron derivados hacia el subsecretario de Energía Eléctrica, Juan Luchilo, quien no respondió adecuadamente al requerimiento provincial puesto que focalizó su respuesta en el sistema de extra alta tensión.
Lo que Caldiero trasladó fue la necesidad de revisar una serie de operaciones técnicas de CAMMESA y Transener que desestabilizaron el sistema cerca de las 14.30 de ese día e impidió a miles de rionegrinos tener luz en sus hogares. Incluso a pesar de las advertencias hechas por los equipos técnicos provinciales, acerca de que esas maniobras no sólo violaban los protocolos vigentes sino que afectarían la normalización del sistema, tal cual ocurrió.
Judiciales
Caso Mandagaray: El STJ anuló, reiteró la obligación de garantizar la revisión integral y fijó pautas para el nuevo análisis
La sentencia reenvió el caso al Tribunal de Impugnación, que deberá integrarse de manera diferente.

El STJ anuló nuevamente la sentencia dictada por el Tribunal de Impugnación en la causa en la que falleció el joven Gabriel Mandagaray. Concluyó que no se cumplió con la revisión integral que le había sido ordenada en un reenvío anterior y dispuso que otro tribunal, con distinta integración, vuelva a abordar el caso. Además, dio instrucciones detalladas de los pasos que debe seguir el órgano revisor.
El Superior Tribunal aclaró que no se pronunció sobre el fondo de la cuestión. «Con la intención de otorgar claridad -especialmente a los familiares de la víctima- este Tribunal no se pronuncia sobre la corrección y acogimiento de los agravios formulados, sino sobre la necesidad de otorgarles debido tratamiento».
El objetivo es garantizar el cumplimiento de la doctrina legal sobre «la obligación de los tribunales intermedios de ejercer una revisión plena y fundada de las sentencias condenatorias, en resguardo del derecho al recurso y del debido proceso».
Expresó que a pesar de las indicaciones que el STJ había establecido en su fallo anterior, el TI «desatiende su obligación de agotar su capacidad revisora». Se limitó a un análisis «superficial» y contradictorio. Recordó que la revisión de las sentencias condenatorias es una garantía de jerarquía constitucional. Citó fallos de la Corte y del propio órgano provincial al respecto.
Lo que se debe atender
El Superior Tribunal consideró que el órgano revisor no abordó de manera adecuada los planteos sobre el principio de congruencia. Esta garantía exige coherencia entre la acusación, la defensa y la sentencia. Este principio impide que la resolución realice modificaciones sorpresivas en los hechos o en las imputaciones. «La respuesta a los agravios relacionados con la vulneración del principio de congruencia procesal se ofrece limitada», dice la sentencia del STJ.
Tampoco analizó adecuadamente los planteamientos sobre los delitos atribuidos: abuso de autoridad (hecho 1) y homicidio culposo (hecho 2).
El fallo revisor confundió argumentos de ambas figuras penales, utilizó expresiones generales y no precisó cuáles fueron los actos concretos atribuidos a cada acusado.
En cuanto al homicidio culposo debió aplicar la doctrina de la autoría paralela, que refiere a la situación en que varias personas cometen un mismo delito de forma independiente, sin un acuerdo previo, causando conjuntamente el mismo resultado. A diferencia de la coautoría, aquí no existe un plan común.
En efecto, recordó el máximo Tribunal, hay doctrina obligatoria por la cual para probar este tipo de autoría es imprescindible determinar el aporte de cada interviniente en el hecho. A pesar de que ya había sido ordenado en el fallo anterior del STJ, la segunda conformación del TI no cumplió con ese requisito.
Indicó sobre este punto que el TI 2 se limitó a afirmar que todos los acusados actuaron imprudentemente, pero sin precisar cuál fue la conducta atribuida a cada uno ni de qué manera esa conducta generó un riesgo no permitido.
El fallo subraya que la revisión integral es una exigencia que deriva del mandato constitucional de motivar las decisiones judiciales, previsto en el artículo 200 de la Constitución de Río Negro, y que constituye una garantía esencial de la administración de justicia. «El Tribunal elude su responsabilidad institucional, no se ocupa de revisar lo revisable y solo ensaya una contestación dogmática, superficial e insuficiente que no satisface el alcance del derecho a la revisión de la sentencia de condena, o doble instancia», señala la resolución.
Indicaciones de los pasos a seguir
La sentencia reenvió el caso al Tribunal de Impugnación, que deberá integrarse de manera diferente. Para evitar más dilaciones, el STJ dejó sentado los pasos que deberán seguirse en la revisión: en primer término tendrá que examinar los cuestionamientos vinculados con el principio de congruencia. Para ello deberá confrontar los hechos de la acusación y los establecidos en la sentencia.
Luego, al abordar el hecho de abuso de autoridad, deberá identificar los actos concretos de los acusados que constituyan inobservancia de la ley, «sin vaguedades ni descripciones genéricas». Por último, en la revisión del hecho de homicidio culposo, se deberán determinar los aportes individuales en el resultado muerte.
Río Negro
Nuevos vuelos internacionales llegarán a Bariloche
La zona andina rionegrina comienza a calentar motores para el 2026

De cara a la temporada de invierno 2026, Aerolíneas Argentinas anunció que sumará una nueva ruta aérea entre San Pablo y San Carlos de Bariloche, facilitando el arribo de turistas brasileños de forma directa al destino rionegrino, que año a año se consolida como uno de los predilectos por el turismo nacional e internacional.
Esta noticia resulta de gran relevancia para Bariloche, ya que la aerolínea de bandera ofrecerá durante los meses de julio y agosto una frecuencia diaria que unirá el Aeropuerto Internacional de Guarulhos con el Aeropuerto Internacional Teniente Luis Candelaria de la localidad andina.
Se trata de una importante incorporación no sólo para la ciudad, sino también para la Provincia, ya que la conexión directa con el país vecino facilitará la llegada de los turistas de Brasil a los distintos destinos rionegrinos esparcidos por las cuatro regiones del territorio que cuentan con una amplia oferta turística por descubrir.
De esta manera, mientras espera expectante la llegada del próximo verano, Bariloche comienza a calentar motores para el 2026 en que espera nuevamente un arribo masivo de visitantes extranjeros a la vez que sugiere continuar con la racha de récord de vuelos que tuvo en 2025 y lo posicionó entre los lugares predilectos de Argentina.
Río Negro
Veda electoral: Cómo funcionarán los comercios y qué está prohibido durante el fin de semana de las elecciones legislativas nacionales
Conocé las restricciones previstas por el Código Electoral Nacional de cara a los comicios del domingo 26 de octubre.

Con motivo de las Elecciones Legislativas Nacionales que se desarrollarán el domingo 26 de octubre, entrará en vigencia la veda electoral establecida por el Código Electoral Nacional (Ley 19.945).
Entre las principales disposiciones, se prohíbe la venta de bebidas alcohólicas desde las 20 horas del sábado 25 y hasta las 21 del domingo 26 de octubre, es decir, 12 horas antes del inicio y 3 horas después del cierre de los comicios.
Durante ese período, bares, restaurantes, confiterías y comercios afines podrán permanecer abiertos solo hasta las 18 horas del domingo y bajo modalidad take away o delivery. Luego de ese horario podrán retomar su actividad normal, respetando la prohibición de expendio de alcohol.
Asimismo, la normativa prohíbe la realización de espectáculos públicos, eventos deportivos, reuniones políticas, proselitismo y difusión de encuestas electorales durante el desarrollo de los comicios y hasta 3 horas después de su finalización.
Las infracciones a la normativa vigente pueden implicar multas o sanciones penales, como lo establecen los artículos 71, 135 y 136 del Código Electoral Nacional.