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Aguas Rionegrinas deberá pagar casi 4 millones de pesos porque el agua socavó los cimientos de una casa

Los hechos ocurrieron en pleno centro de Río Colorado.

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Una gran acumulación de agua y los trabajos realizados para drenarla socavaron las bases de una casa y un comercio en pleno centro de Río Colorado. Ahora sus propietarios deberán ser indemnizados con casi 4 millones de pesos. Los peritos compararon los daños con las secuelas de “un terremoto”, llegando incluso a sugerir la necesidad de una demolición.

La condena civil, que no se encuentra firme, fue dictada por la titular del Juzgado N° 31 de Choele Choel, quien impuso a la empresa Aguas Rionegrinas y al Departamento Provincial de Aguas el pago de 3.832.750 pesos, más los intereses computados desde el año 2012, a los dueños del inmueble.

Los problemas comenzaron en 2011, con una lluvia inusualmente intensa que generó una importante acumulación de agua en los desagües pluviales y en la esquina de la casa, tras lo cual la empresa ARSA realizó tareas de bombeo y drenaje. Luego, en 2012, hubo un desprendimiento de un caño de agua en el mismo sector y los empleados de ARSA rompieron el asfalto, colocaron una bomba para sacar el agua y realizaron la reconexión.

Al ser notificado de la demanda, el DPA negó cualquier responsabilidad propia o de ARSA y solicitó a la jueza que se incluya a la Municipalidad de Río Colorado como demandada. Sin embargo, el reclamo contra la comuna no prosperó porque estaba prescripto el plazo para reclamar una eventual responsabilidad de su parte.

En tanto que ARSA nunca se presentó a contestar la demanda y fue declarada “en rebeldía”. En el proceso civil eso acarrea una presunción en contra de la empresa, dando por ciertos los hechos que relate la parte demandante, salvo que los mismos fueran “inverosímiles”.

Un estudio geosísmico indicó que la acumulación de agua fue “saturando los estratos por debajo de las construcciones adyacentes, provocando la alteración de su capacidad de carga tanto bajo viviendas como bajo el pavimento. Al momento de efectuar la reparación se excavó una zanja que se inundó de agua, la que fue bombeada (…) Este desplazamiento del agua alojada allí arrastró las partículas más finas del suelo, que eran las que le daban cohesión, (…) generando un vacío que provocó los asentamientos diferenciales que dejaron varios muros sin sustento”.

Otra pericia indica daños en el 75% del edificio, calificándolos como “cuantiosos y de gran envergadura”, con “hundimiento de suelo, cimientos, fractura de paredes, azulejos estallados; casi se podría comparar con un movimiento telúrico o terremoto”, y evalúa “una demolición, ya que sus zapatas en partes han quedado en el aire”.

En tanto que el informe técnico de un arquitecto advierte “un colapso estructural en varios sectores importantes” de la edificación, de “carácter irreversible; por lo que teniendo en cuenta la inestabilidad del edificio, que los problemas de evacuación del agua por precipitaciones no se han resuelto y siguen generando filtraciones, se encomienda la demolición de las áreas afectadas o de la totalidad del edificio”.

“Tanto ARSA como el Estado Provincial (DPA) son responsables en forma directa por los daños derivados de los incumplimientos incurridos, al no haber efectuado una distribución, administración y contralor eficiente del servicio como así tampoco implementaron los estudios e inversiones necesarios que hubieran evitado el desastre sobreviniente. Que como consecuencia de las fallas devenidas en la provisión del servicio y en la falta de mantenimiento e inversiones de infraestructura se produjeron los deterioros materiales en la propiedad de los demandantes”, concluyó la jueza en su sentencia.

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Imputaron a la dueña de una agencia de viajes que vendía traslados a Italia que nunca se realizaron

La mujer está bajo investigación del Ministerio Público Fiscal. Se ordenó la inhibición de bienes y la presentación diaria ante la Justicia.

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Ayer (17/10) por la tarde, el Ministerio Público Fiscal de General Roca solicitó la aplicación de estrictas medidas cautelares contra una mujer investigada por presunta estafa en la venta de viajes al exterior.

Según la acusación, el hecho bajo investigación habría ocurrido entre octubre de 2024 y agosto de 2025, en un local ubicado sobre calle Mitre 930 de Roca, donde la imputada -representante de una empresa de viajes Lola Tour se habría ganado la confianza de un grupo de personas a las que ofreció paquetes turísticos a Italia.

De acuerdo con la Fiscalía, la mujer emitía comprobantes falsos y aparentaba tener la capacidad para brindar el servicio. Sin embargo, nunca gestionó los pasajes ni las reservas de alojamiento, y llegada la fecha del viaje, éste no se concretó.

Las víctimas, integrantes de un grupo de estudio, habrían abonado la totalidad del paquete, sin recibir el reintegro del dinero pese a los reclamos reiterados. «De esa manera, les ocasionó un perjuicio patrimonial significativo», explicó la representante fiscal durante la audiencia.

Entre las pruebas reunidas por el Ministerio Público se encuentran 15 denuncias formales, testimonios, el allanamiento de la vivienda de la acusada y el secuestro de documentación vinculada a las operaciones.

Tras el pedido del Ministerio Público Fiscal, la jueza interviniente ordenó la inhibición general de todos los bienes de la mujer, el bloqueo de sus cuentas bancarias y la obligación de presentarse diariamente en la Fiscalía.

En caso de incumplir las medidas impuestas, la Fiscalía podrá solicitar una nueva audiencia para evaluar sanciones más severas y garantizar el avance de la causa.

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Pagó las 84 cuotas de un plan de ahorro y nunca le entregaron el vehículo

La empresa tendrá que devolverle el dinero e indemnizarlo por el incumplimiento.

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Un hombre de Cipolletti se inscribió a un plan de ahorro con la expectativa de adquirir un Volkswagen Fox cero kilómetro. Abonó cada una de las 84 cuotas pero nunca le entregaron el vehículo. Impulsó un reclamo civil y obtuvo una sentencia favorable: la empresa tendrá que devolverle el dinero e indemnizarlo por el incumplimiento.

El plan, de tipo 70/30, se orientaba a la adquisición de un Volkswagen Fox Confortline, cinco puertas, motor 1.6. El contrato preveía 84 pagos mensuales y una vez cancelado, la empresa debía adjudicar el vehículo si el adherente cumplía con los requisitos establecidos. El ciudadano completó todos los pagos en marzo de 2017 y solicitó la unidad en varias oportunidades, sin obtener respuesta.

Ante la falta de información, remitió dos cartas documento. En la primera, pidió detalles sobre el procedimiento y los datos para concretar el pago del 30% restante. En la segunda, intimó a la empresa a entregarle el vehículo o devolverle las sumas abonadas. Ninguna de las misivas fue respondida.

La jueza del caso concluyó que el contrato se resolvió por un incumplimiento imputable a la empresa. Determinó que no existió comunicación fehaciente hacia el adherente sobre los sorteos, los requisitos para la adjudicación ni el resultado de la liquidación final. Tampoco surgió prueba alguna de que la firma hubiera notificado al consumidor sobre el avance o finalización del plan.

El fallo ordenó la devolución del total de las cuotas abonadas, con intereses desde la fecha de cada pago. También reconoció una indemnización por la privación de uso del rodado, al establecer que el ciudadano mantuvo durante más de un año la expectativa legítima de acceder al vehículo.

La sentencia incluyó una compensación por daño moral: valoró la frustración causada por el incumplimiento, luego de siete años de aportes cumplidos. Destacó la ausencia total de información por parte de la empresa, incluso después de las intimaciones formales.

Finalmente, la resolución impuso una multa por daño punitivo. La jueza consideró que la empresa actuó con desinterés frente a los derechos del consumidor y con un nivel de desinformación que justificó la sanción prevista por la Ley de Defensa del Consumidor.

La sentencia es de primera instancia y el fallo no está firme porque puede ser apelado. La empresa condenada es Volkswagen S.A de ahorro para fines determinados.

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Condenado a 4 años de prisión por distribuir material de abuso infantil

El hombre de 36 años reconoció haber compartido imágenes de abuso sexual infantil a través de redes sociales.

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Un hombre de 36 años fue condenado a 4 años de prisión efectiva por distribución y tenencia de material de abuso sexual infantil, en el marco de un juicio abreviado llevado adelante por el Ministerio Público Fiscal y la Defensa Penal Pública.

Durante la audiencia, el imputado reconoció haber cometido los hechos investigados: 5 episodios ocurridos entre 2023 y 2024, todos en la localidad de Cervantes.

Según la Fiscalía, el hombre poseía y distribuía imágenes y videos de contenido sexual infantil a través de medios electrónicos y redes sociales. La denuncia se originó a partir de un reporte del National Center for Missing and Exploited Children (NCMEC), organización internacional que trabaja en la detección de este tipo de delitos y mantiene convenios de cooperación con el Ministerio Público Fiscal de la Ciudad de Buenos Aires y, a su vez, con el de Río Negro.

Durante la investigación, se realizaron allanamientos en el domicilio del acusado, donde se secuestró material informático. También se incorporaron al expediente los informes periciales de la Oficina de Investigación en Telecomunicaciones (OITel), del Cuerpo de Investigación Forense (CIF) y de la Delegación de Criminalística de Cervantes.

El Tribunal Colegiado consideró acreditada la responsabilidad penal del hombre por el delito de distribución de material de abuso sexual infantil en concurso real con tenencia de material de abuso sexual infantil con fines de distribución agravado por ser menores de 13 años, de acuerdo a lo previsto en los artículos 128, 1°, 3° y último párrafo del Código Penal.

El condenado no posee antecedentes penales ni causas en trámite, y deberá cumplir la pena de prisión efectiva, además de afrontar las costas del proceso judicial.

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